ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 138

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

59° año
20 de abril de 2016


Número de información

Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2016/C 138/01

Tipo de cambio del euro

1

2016/C 138/02

Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2014/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de los recipientes a presión simples (Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la legislación sobre armonización de la Unión)  ( 1 )

2

2016/C 138/03

Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2014/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la legislación sobre armonización de la Unión)  ( 1 )

4


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2016/C 138/04

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7987 — Towerbrook Capital Partners/Infopro Digital) ( 1 )

8


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

20.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 138/1


Tipo de cambio del euro (1)

19 de abril de 2016

(2016/C 138/01)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1343

JPY

yen japonés

124,10

DKK

corona danesa

7,4423

GBP

libra esterlina

0,78975

SEK

corona sueca

9,1773

CHF

franco suizo

1,0922

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

9,2578

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,021

HUF

forinto húngaro

310,51

PLN

esloti polaco

4,3027

RON

leu rumano

4,4813

TRY

lira turca

3,2136

AUD

dólar australiano

1,4547

CAD

dólar canadiense

1,4418

HKD

dólar de Hong Kong

8,7971

NZD

dólar neozelandés

1,6127

SGD

dólar de Singapur

1,5197

KRW

won de Corea del Sur

1 277,28

ZAR

rand sudafricano

16,2034

CNY

yuan renminbi

7,3372

HRK

kuna croata

7,5005

IDR

rupia indonesia

14 858,20

MYR

ringit malayo

4,3700

PHP

peso filipino

52,290

RUB

rublo ruso

74,4242

THB

bat tailandés

39,587

BRL

real brasileño

4,0408

MXN

peso mexicano

19,5947

INR

rupia india

75,4905


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


20.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 138/2


Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2014/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de los recipientes a presión simples (refundición)

(Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la legislación sobre armonización de la Unión)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2016/C 138/02)

OEN (1)

Referencia y título de la norma

(y documento de referencia)

Primera publicación DO

Referencia de la norma retirada y sustituida

Fecha límite para obtener presunción de conformidad respecto a la norma sustituida Nota 1

CEN

EN 10207:2005

Aceros para recipientes a presión simples. Condiciones técnicas de suministro para chapas, bandas y barras.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN ISO 15614-1:2004

Especificación y cualificación de los procedimientos de soldeo para los materiales metálicos. Ensayo de procedimiento de soldeo. Parte 1: Soldeo por arco y con gas de aceros y soldeo por arco de níquel y sus aleaciones. (ISO 15614-1:2004)

Esta es la primera publicación

 

 

 

EN ISO 15614-1:2004/A1:2008

Esta es la primera publicación

Nota 3

 

 

EN ISO 15614-1:2004/A2:2012

Esta es la primera publicación

Nota 3

 

CEN

EN ISO 15614-2:2005

Especificación y cualificación de los procedimientos de soldeo para los materiales metálicos. Ensayo de procedimiento de soldeo. Parte 2: Soldeo al arco del aluminio y sus aleaciones (ISO 15614-2:2005)

Esta es la primera publicación

 

 

 

EN ISO 15614-2:2005/AC:2009

Esta es la primera publicación

 

 

Nota 1:

Generalmente la fecha límite para obtener presunción de conformidad será la fecha de la retirada («dow»), indicada por la organización europea de normalización, pero se llama la atención de los usuarios de estas normas sobre el hecho de que en ciertas ocasiones excepcionales pudiera ser otro el caso.

Nota 2.1:

La norma nueva (o modificada) tiene el mismo campo de aplicación que la norma sustituida. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión.

Nota 2.2:

La norma nueva tiene un campo de aplicación más amplio que las normas sustituidas. En la fecha declarada las normas sustituidas dejan de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión.

Nota 2.3:

La norma nueva tiene un campo de aplicación más limitado que la norma sustituida. En la fecha declarada la norma sustituida (parcialmente) deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión para los productos o servicios que pertenecen al campo de aplicación de la norma nueva. No se ve afectada la presunción de la conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión por lo que se refiere a los productos o servicios que siguen estando en el campo de aplicación de la norma (parcialmente) sustituida, pero que no pertenecen al campo de aplicación de la norma nueva.

Nota 3:

En caso de modificaciones, la norma referenciada es la norma EN CCCCC :YYYY, sus modificaciones previas, si las hubiera, y esta nueva modificación; la norma retirada y sustituida, por lo tanto, consiste en la norma EN CCCCC :YYYY y sus modificaciones previas, si las hubiera, pero sin la nueva modificación. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión.

NOTA:

Todas las informaciones sobre la disponibilidad de las normas pueden obtenerse o en las organizaciones europeas de normalización o en los organismos nacionales de normalización, cuya lista se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea de conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) n.o 1025/2012 (2).

Las organizaciones europeas de normalización adoptan las normas armonizadas en inglés (el CEN y el Cenelec también las publican en alemán y en francés). Luego, los organismos nacionales de armonización traducen los títulos de las normas armonizadas a todas las demás lenguas oficiales de la Unión Europea que se requieran. La Comisión Europea no es responsable de la exactitud de los títulos que se le presentan para su publicación en el Diario Oficial.

Las referencias a las correcciones de errores «[…]/AC:AAAA» solo se publican con fines informativos. Las correcciones de errores eliminan errores de impresión, lingüísticos o similares de un texto y pueden hacer referencia a una o a varias versiones lingüísticas (inglés, francés y/o alemán) de una norma, tal y como ha sido adoptada por la organización europea de normalización.

La publicación de las referencias en el Diario Oficial de la Unión Europea no implica que las normas estén disponibles en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea.

Esta lista reemplaza las listas anteriores publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión Europea garantiza la puesta al día de la presente lista.

Para obtener más información sobre normas armonizadas y otras normas europeas consulte la dirección siguiente:

http://ec.europa.eu/growth/single-market/european-standards/harmonised-standards/index_en.htm


(1)  OEN: organización europea de normalización:

CEN: Avenue Marnix 17, B-1000, Brussels, Tel.+32 25500811; fax +32 25500819 (http://www.cen.eu)

Cenelec: Avenue Marnix 17, B-1000, Brussels, Tel.+32 25196871; fax +32 25196919 (http://www.cenelec.eu)

ETSI: 650, route des Lucioles, F-06921 Sophia Antipolis, Tel.+33 492944200; fax +33 493654716, (http://www.etsi.eu)

(2)  DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.


20.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 138/4


Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2014/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (refundición)

(Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la legislación sobre armonización de la Unión)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2016/C 138/03)

OEN (1)

Referencia y título de la norma

(y documento de referencia)

Primera publicación DO

Referencia de la norma retirada y sustituida

Fecha límite para obtener presunción de conformidad respecto a la norma sustituida Nota 1

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

CEN

EN 81-20:2014

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores para el transporte de personas y cargas. Parte 20: Ascensores para personas y personas y cargas.

Esta es la primera publicación

EN 81-1:1998+A3:2009

EN 81-2:1998+A3:2009

Nota 2.1

31.8.2017

CEN

EN 81-21:2009+A1:2012

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores para el transporte de personas y cargas. Parte 21: Ascensores nuevos de pasajeros y cargas en edificios existentes.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 81-22:2014

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores para el transporte de personas y cargas. Parte 22: Ascensores eléctricos con trayectoria inclinada.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 81-28:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Ascensores para el transporte de pasajeros y cargas. Parte 28: Alarmas a distancia en ascensores de pasajeros y pasajeros y cargas.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 81-50:2014

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Inspecciones y ensayos. Parte 50: Reglas de diseño, cálculos, inspecciones y ensayos de componentes de ascensor.

Esta es la primera publicación

EN 81-1:1998+A3:2009

EN 81-2:1998+A3:2009

Nota 2.1

31.8.2017

CEN

EN 81-58:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Exámenes y ensayos. Parte 58: Ensayo de resistencia al fuego de las puertas de piso.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 81-70:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para los ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 70: Accesibilidad a los ascensores de personas, incluyendo personas con discapacidad.

Esta es la primera publicación

 

 

 

EN 81-70:2003/A1:2004

Esta es la primera publicación

Nota 3

 

CEN

EN 81-71:2005+A1:2006

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 71: Ascensores resistentes al vandalismo.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 81-72:2015

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para los ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 72: Ascensores contra incendios.

Esta es la primera publicación

EN 81-72:2003

Nota 2.1

31.8.2017

CEN

EN 81-73:2005

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 73: Comportamiento de los ascensores en caso de incendio.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 81-77:2013

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores. Aplicaciones particulares para ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas. Parte 77: Ascensores sujetos a condiciones sísmicas.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 12016:2013

Compatibilidad electromagnética. Norma de familia de productos para ascensores, escaleras mecánicas y andenes móviles. Inmunidad.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 12385-3:2004+A1:2008

Cables de acero. Seguridad. Parte 3: Información para la utilización y el mantenimiento.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 12385-5:2002

Cables de acero. Seguridad. Parte 5: Cables de cordones para ascensores.

Esta es la primera publicación

 

 

 

EN 12385-5:2002/AC:2005

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 13015:2001+A1:2008

Mantenimiento de ascensores y escaleras mecánicas. Reglas para instrucciones de mantenimiento.

Esta es la primera publicación

 

 

CEN

EN 13411-7:2006+A1:2008

Terminales para cables de acero. Seguridad. Parte 7: Terminales de de cuña simétricos.

Esta es la primera publicación

 

 

Nota 1:

Generalmente la fecha límite para obtener presunción de conformidad será la fecha de la retirada («dow»), indicada por la organización europea de normalización, pero se llama la atención de los usuarios de estas normas sobre el hecho de que en ciertas ocasiones excepcionales pudiera ser otro el caso.

Nota 2.1:

La norma nueva (o modificada) tiene el mismo campo de aplicación que la norma sustituida. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión.

Nota 2.2:

La norma nueva tiene un campo de aplicación más amplio que las normas sustituidas. En la fecha declarada las normas sustituidas dejan de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión.

Nota 2.3:

La norma nueva tiene un campo de aplicación más limitado que la norma sustituida. En la fecha declarada la norma sustituida (parcialmente) deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión para los productos o servicios que pertenecen al campo de aplicación de la norma nueva. No se ve afectada la presunción de la conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión por lo que se refiere a los productos o servicios que siguen estando en el campo de aplicación de la norma (parcialmente) sustituida, pero que no pertenecen al campo de aplicación de la norma nueva.

Nota 3:

En caso de modificaciones, la norma referenciada es la norma EN CCCCC:YYYY, sus modificaciones previas, si las hubiera, y esta nueva modificación; la norma retirada y sustituida, por lo tanto, consiste en la norma EN CCCCC:YYYY y sus modificaciones previas, si las hubiera, pero sin la nueva modificación. En la fecha declarada, la norma sustituida deja de otorgar presunción de conformidad con los requisitos esenciales, o con otros requisitos, de la legislación pertinente de la Unión.

NOTA:

Todas las informaciones sobre la disponibilidad de las normas pueden obtenerse o en las organizaciones europeas de normalización o en los organismos nacionales de normalización, cuya lista se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea de conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) n.o 1025/2012 (2).

Las organizaciones europeas de normalización adoptan las normas armonizadas en inglés (el CEN y el Cenelec también las publican en alemán y en francés). Luego, los organismos nacionales de armonización traducen los títulos de las normas armonizadas a todas las demás lenguas oficiales de la Unión Europea que se requieran. La Comisión Europea no es responsable de la exactitud de los títulos que se le presentan para su publicación en el Diario Oficial.

Las referencias a las correcciones de errores «[…]/AC:AAAA» solo se publican con fines informativos. Las correcciones de errores eliminan errores de impresión, lingüísticos o similares de un texto y pueden hacer referencia a una o a varias versiones lingüísticas (inglés, francés y/o alemán) de una norma, tal y como ha sido adoptada por la organización europea de normalización.

La publicación de las referencias en el Diario Oficial de la Unión Europea no implica que las normas estén disponibles en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea.

Esta lista reemplaza las listas anteriores publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión Europea garantiza la puesta al día de la presente lista.

Para obtener más información sobre normas armonizadas y otras normas europeas consulte la dirección siguiente:

http://ec.europa.eu/growth/single-market/european-standards/harmonised-standards/index_en.htm


(1)  OEN: organización europea de normalización:

CEN: Avenue Marnix 17, B-1000, Brussels, Tel.+32 25500811; fax +32 25500819 (http://www.cen.eu)

Cenelec: Avenue Marnix 17, B-1000, Brussels, Tel.+32 25196871; fax +32 25196919 (http://www.cenelec.eu)

ETSI: 650, route des Lucioles, F-06921 Sophia Antipolis, Tel.+33 492944200; fax +33 493654716, (http://www.etsi.eu)

(2)  DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

20.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 138/8


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.7987 — Towerbrook Capital Partners/Infopro Digital)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2016/C 138/04)

1.

El 13 de abril de 2016, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Towerbrook Capital Partners LP («Towerbrook», Estados Unidos) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Infopro Digital SAS («Infopro Digital», Francia) mediante adquisición de títulos.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   Towerbrook: empresa mundial de capital inversión que busca invertir en grandes y medianas empresas en Europa y América;

—   Infopro Digital: proveedor de información de empresa a empresa.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.7987 — Towerbrook Capital Partners/Infopro Digital, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).