ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 400

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

58° año
2 de diciembre de 2015


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2015/C 400/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7828 — Ineos/DEA UK E&P Holdings) ( 1 )

1


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2015/C 400/02

Tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a sus principales operaciones de refinanciación: 0,05 % a 1 de diciembre de 2015 — Tipo de cambio del euro

2

2015/C 400/03

Decisión de la Comisión, de 30 de noviembre de 2015, sobre los días festivos del año 2017 en las instituciones de la Unión Europea

3

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2015/C 400/04

Notificación por Francia de la aplicación del artículo 19, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1008/2008 en relación con la modificación prevista de las normas de distribución del tráfico en los aeropuertos de Paris Orly, Paris Charles-de-Gaulle, y Paris Le Bourget ( 1 )

4

2015/C 400/05

Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares ( 1 )

5


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

2.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 400/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.7828 — Ineos/DEA UK E&P Holdings)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 400/01)

El 26 de noviembre de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7828. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

2.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 400/2


Tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a sus principales operaciones de refinanciación (1):

0,05 % a 1 de diciembre de 2015

Tipo de cambio del euro (2)

1 de diciembre de 2015

(2015/C 400/02)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0600

JPY

yen japonés

130,57

DKK

corona danesa

7,4602

GBP

libra esterlina

0,70360

SEK

corona sueca

9,2118

CHF

franco suizo

1,0908

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

9,2015

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,023

HUF

forinto húngaro

310,50

PLN

esloti polaco

4,2679

RON

leu rumano

4,4588

TRY

lira turca

3,0625

AUD

dólar australiano

1,4540

CAD

dólar canadiense

1,4118

HKD

dólar de Hong Kong

8,2180

NZD

dólar neozelandés

1,5935

SGD

dólar de Singapur

1,4947

KRW

won de Corea del Sur

1 229,00

ZAR

rand sudafricano

15,3361

CNY

yuan renminbi

6,7808

HRK

kuna croata

7,6365

IDR

rupia indonesia

14 641,99

MYR

ringit malayo

4,4880

PHP

peso filipino

50,009

RUB

rublo ruso

70,7140

THB

bat tailandés

37,953

BRL

real brasileño

4,1255

MXN

peso mexicano

17,5080

INR

rupia india

70,5123


(1)  Tipo aplicado a la más reciente operación llevada a cabo antes del día indicado. En el caso de una licitación con tipo variable, el tipo de interés es el índice marginal.

(2)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


2.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 400/3


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 30 de noviembre de 2015

sobre los días festivos del año 2017 en las instituciones de la Unión Europea

(2015/C 400/03)

DÍAS FESTIVOS DEL AÑO 2017

2 de enero

Lunes, día siguiente a Año Nuevo

13 de abril

Jueves Santo

14 de abril

Viernes Santo

17 de abril

Lunes de Pascua

1 de mayo

Lunes, Fiesta del Trabajo

9 de mayo

Martes, aniversario de la declaración del presidente Schuman de 1950

25 de mayo

Jueves, día de la Ascensión

26 de mayo

Viernes, puente de la Ascensión

5 de junio

Lunes de Pentecostés

21 de julio

Viernes, fiesta nacional de Bélgica

15 de agosto

Martes, día de la Asunción

1 de noviembre

Miércoles, Todos los Santos

2 de noviembre

Jueves, Día de Difuntos

25 de diciembre

a

29 de diciembre

Lunes

5 días de fin de año

Viernes

TOTAL

18 días

Luxemburgo: los mismos días que Bruselas, excepto el viernes 21 de julio que se sustituye por el viernes 23 de junio, fiesta nacional de Luxemburgo.

El trabajo se reanudará normalmente el miércoles 3 de enero de 2018.

Sin perjuicio del calendario definitivo de los días festivos de 2018, el lunes 1 de enero y el martes 2 de enero de 2018 se considerarán días festivos de ese año.

La Comisión se reserva el derecho de modificar estas disposiciones si así lo requieren las necesidades del servicio.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 400/4


Notificación por Francia de la aplicación del artículo 19, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1008/2008 en relación con la modificación prevista de las normas de distribución del tráfico en los aeropuertos de Paris Orly, Paris Charles-de-Gaulle, y Paris Le Bourget

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 400/04)

De conformidad con el artículo 19, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (1), el 28 de septiembre de 2015, la Comisión recibió una notificación de Francia acerca de una propuesta de modificación del Decreto de 15 de noviembre de 1994 sobre la distribución del tráfico aéreo intracomunitario en el sistema aeroportuario de París.

Fundamentalmente, las modificaciones propuestas hacen extensiva la aplicación de las normas de distribución del tráfico a los servicios extracomunitarios.

Además, eliminan las normas actuales por las que cada compañía aérea solo puede operar cuatros servicios diarios de ida y vuelta, como máximo, entre Orly y otro destino comunitario, salvo en lo que se refiere a los servicios operados a una hora específica del día y con un avión cuya capacidad sea superior a una capacidad mínima dada.

En todo lo demás, seguirán vigentes las normas actuales de distribución del tráfico aéreo, es decir:

Orly y Charles-de-Gaulle seguirán recibiendo las siguientes categorías de servicios:

1.

Servicios aéreos regulares.

2.

Servicios aéreos no regulares con aviones que tengan una capacidad superior a 25 asientos.

3.

Servicios aéreos no regulares con aviones que tengan una capacidad de 25 asientos o menos, si los asientos son comercializados individualmente al público, ya sea directamente por la compañía aérea, ya sea indirectamente.

4.

Como excepción individual, servicios aéreos no regulados con aviones que tengan una capacidad de 25 asientos o menos y transporten pasajeros en tránsito.

Paris Le Bourget seguirá recibiendo todos los servicios aéreos no regulares efectuados con aviones que tengan una capacidad de 25 asientos o menos si los asientos no son comercializados individualmente al público, ya sea directamente por la compañía aérea, ya sea indirectamente.

La Comisión invita a las partes interesadas a presentar sus observaciones en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de la presente comunicación, enviándolas a:

Comisión Europea

Dirección General de Movilidad y Transportes (Unidad E4. Mercado Interior y Aeropuertos)

Despacho: DM24 05/84

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: christophe.dussart@ec.europa.eu


(1)  DO L 293 de 31.10.2008, p. 3.


2.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 400/5


Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 400/05)

Estado miembro

France

Ruta

La Désirade, les Saintes, y Marie-Galante, por un lado, y Point-à-Pitre, por otro

Fecha de entrada en vigor de las obligaciones de servicio público

Al día siguiente de la publicación de la presente comunicación

Dirección en la que puede obtenerse el texto y cualquier otra información o documentación relacionada con la obligación de servicio público

Arrêté du 15 octobre 2015 relatif à l’imposition d’obligations de service public sur les services aériens réguliers entre la Désirade, les Saintes, et Marie-Galante d’une part et Point-à-Pitre, d’autre part

(Orden de 15 de octubre de 2015 sobre obligaciones de servicio público en los servicios aéreos regulares entre la Désirade, les Saintes y Marie-Galante, por un lado, y Point-à-Pitre, por otro)

NOR: DEVA1522647A

http://www.legifrance.gouv.fr/initRechTexte.do

Para más información:

Direction Générale de l’Aviation Civile

DTA/SDT/T2

50 rue Henry Farman

75 720 Paris cedex 15

FRANCIA

Tel. +33 158094321

Correo electrónico: osp-compagnies.dta@aviation-civile.gouv.fr