ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
58° año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2015/C 319/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7606 — Grupo Antolín/Magna Interiors) ( 1 ) |
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2015/C 319/02 |
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2015/C 319/03 |
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Tribunal de Cuentas |
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2015/C 319/04 |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2015/C 319/05 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías |
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2015/C 319/06 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías |
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2015/C 319/07 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías |
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2015/C 319/08 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN |
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Comisión Europea |
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2015/C 319/09 |
Anuncio de expiración de determinadas medidas compensatorias |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2015/C 319/10 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7708 — ALSO/PCF) ( 1 ) |
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2015/C 319/11 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7765 — Carlyle/Veritas) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2015/C 319/12 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7651 — Bain Capital/Davigel Group) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.7606 — Grupo Antolín/Magna Interiors)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 319/01)
El 4 de agosto de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7606. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/1 |
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea
(2015/C 319/02)
De conformidad con el artículo 9, apartado 1, letra a), segundo guion, del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo (1), las notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea (2) se modifican como sigue:
En la página 182, se añade el texto siguiente después de la nota explicativa de la subpartida: «3824 90 70 Preparaciones ignífugas, hidrófugas y otras, utilizadas para la protección de construcciones»:
«3824 90 92 y 3824 90 93 |
Productos o preparaciones químicas constituidos predominantemente por compuestos orgánicos, no expresados ni comprendidos en otra parte. A efectos de la clasificación de los productos o preparaciones químicas de estas subpartidas, no debe tenerse en cuenta la cantidad de agua. El término “compuestos orgánicos” se aplica a todos los productos orgánicos, independientemente de dónde estén clasificados.». |
(1) Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256 de 7.9.1987, p. 1).
(2) DO C 76 de 4.3.2015, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/2 |
Tipo de cambio del euro (1)
25 de septiembre de 2015
(2015/C 319/03)
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1151 |
JPY |
yen japonés |
134,92 |
DKK |
corona danesa |
7,4597 |
GBP |
libra esterlina |
0,73475 |
SEK |
corona sueca |
9,3917 |
CHF |
franco suizo |
1,0922 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
9,5130 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
27,193 |
HUF |
forinto húngaro |
315,46 |
PLN |
esloti polaco |
4,2218 |
RON |
leu rumano |
4,4111 |
TRY |
lira turca |
3,3767 |
AUD |
dólar australiano |
1,5895 |
CAD |
dólar canadiense |
1,4845 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
8,6420 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7578 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,5860 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 326,92 |
ZAR |
rand sudafricano |
15,3184 |
CNY |
yuan renminbi |
7,1082 |
HRK |
kuna croata |
7,6405 |
IDR |
rupia indonesia |
16 341,76 |
MYR |
ringit malayo |
4,8912 |
PHP |
peso filipino |
52,126 |
RUB |
rublo ruso |
73,2000 |
THB |
bat tailandés |
40,322 |
BRL |
real brasileño |
4,3383 |
MXN |
peso mexicano |
18,6723 |
INR |
rupia india |
73,7709 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
Tribunal de Cuentas
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/3 |
Informe Especial no 9/2015
«Apoyo de la UE a la lucha contra la tortura y a la abolición de la pena de muerte»
(2015/C 319/04)
El Tribunal de Cuentas Europeo anuncia que acaba de publicar su Informe Especial no 9/2015, «Apoyo de la UE a la lucha contra la tortura y a la abolición de la pena de muerte».
El informe puede consultarse o descargarse en el sitio web del Tribunal de Cuentas Europeo: http://eca.europa.eu.
También puede obtenerse gratuitamente en versión papel, enviando una petición a la dirección siguiente:
Cour des comptes européenne |
Publications (PUB) |
12, rue Alcide De Gasperi |
1615 Luxemburgo |
LUXEMBURGO |
Tel. +352 4398-1 |
Correo electrónico: eca-info@eca.europa.eu |
o rellenando una orden de pedido electrónico en EU-Bookshop.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/4 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2015/C 319/05)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
Fecha y hora del cierre |
25.8.2015 |
Vigencia |
25.8-31.12.2015 |
Estado miembro |
Alemania |
Población o grupo de poblaciones |
HKE/571214 + HKE/*8ABDE. |
Especie |
Merluza (Merluccius merluccius) |
Zona |
Zonas VI y VII; aguas de la Unión y aguas internacionales de la zona Vb; aguas internacionales de las zonas XII y XIV + VIIIa, VIIIb, VIIId y VIIIe |
Tipos de buques pesqueros |
— |
Número de referencia |
39/TQ104 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/4 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2015/C 319/06)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
Fecha y hora del cierre |
31.8.2015 |
Vigencia |
31.8-31.12.2015 |
Estado miembro |
España |
Población o grupo de poblaciones |
GHL/2A-C46 |
Especie |
Fletán negro (Reinhardtius hippoglossoides) |
Zona |
Aguas de la Unión de las zonas IIa y IV; aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas Vb y VI |
Tipos de buques pesqueros |
— |
Número de referencia |
40/TQ104 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/5 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2015/C 319/07)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
Fecha y hora del cierre |
1.9.2015 |
Vigencia |
1.9-31.12.2015 |
Estado miembro |
Irlanda |
Población o grupo de poblaciones |
COD/07A |
Especie |
Bacalao (Gadus morhua) |
Zona |
Zona VIIa |
Tipos de buques pesqueros |
— |
Número de referencia |
41/TQ104 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/5 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2015/C 319/08)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
Fecha y hora del cierre |
1.9.2015 |
Vigencia |
1.9-31.12.2015 |
Estado miembro |
Irlanda |
Población o grupo de poblaciones |
NEP/*07U16 |
Especie |
Cigala (Nephrops norvegicus) |
Zona |
Unidad Funcional 16 de la subzona VII CIEM |
Tipos de buques pesqueros |
— |
Número de referencia |
42/TQ104 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN
Comisión Europea
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/6 |
Anuncio de expiración de determinadas medidas compensatorias
(2015/C 319/09)
Al no haberse presentado ninguna solicitud de reconsideración debidamente justificada tras la publicación de un anuncio de expiración inminente (1), la Comisión comunica que las medidas compensatorias indicadas a continuación expirarán en breve.
El presente anuncio se publica de conformidad con el artículo 18 del Reglamento (CE) no 597/2009 del Consejo, de 11 de junio de 2009, sobre la defensa contra las importaciones subvencionadas originarias de países no miembros de la Comunidad Europea (2).
Producto |
Países de origen o de exportación |
Medidas |
Referencia |
Fecha de expiración (3) |
Determinado tereftalato de polietileno |
Irán Pakistán Emiratos Árabes Unidos |
Derecho compensatorio |
Reglamento de Ejecución (UE) no 857/2010 del Consejo, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos (DO L 254 de 29.9.2010, p. 10). |
30.9.2015 |
(1) DO C 10 de 14.1.2015, p. 3.
(2) DO L 188 de 18.7.2009, p. 93.
(3) La medida expirará a las doce de la noche del día mencionado en esta columna.
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/7 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7708 — ALSO/PCF)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 319/10)
1. |
El 18 de septiembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa ALSO Holding AG (Suiza), bajo el control de Droege International Group AG (Alemania) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de la empresa PC Factory SA (Polonia) mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — ALSO Holding AG: distribución y logística mayorista para productos, soluciones y servicios de electrónica informática, de comunicaciones y de consumo en Europa; — Droege International Group AG: servicios de consultoría de gestión con participaciones mayoritarias en empresas farmacéuticas, de sistemas de seguridad, sanidad, recursos humanos y distribución de TIC; — PC Factory S.A.: distribución mayorista de productos de electrónica informática, de comunicaciones y de consumo principalmente en Polonia. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del no de referencia M.7708 — ALSO/PCF, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/8 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7765 — Carlyle/Veritas)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 319/11)
1. |
El 15 de septiembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa The Carlyle Group L.P. («Carlyle», EE. UU.) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, del negocio de gestión de la información de Symantec Corporation («Symantec», EE. UU.), conocido como Veritas («Veritas»), mediante adquisición de acciones y activos. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Carlyle: gestión de inversiones a nivel mundial en cuatro disciplinas de inversión: i) capital inversión empresarial, ii) bienes raíces, iii) estrategias de mercado global, y iv) soluciones, — Veritas: producción de programas informáticos de almacenamiento, que son programas que gestionan y aseguran la accesibilidad, la disponibilidad y el funcionamiento de información almacenada en los medios físicos de almacenamiento. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del número de referencia M.7765 — Carlyle/Veritas, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
26.9.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 319/9 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7651 — Bain Capital/Davigel Group)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 319/12)
1. |
El 18 de septiembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Bain Capital Europe LLP (Reino Unido, «Bain Capital») adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Davigel SAS (Francia) y Davigel España (España) (conjuntamente «Davigel Group»), mediante adquisición de activos. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Davigel Group: Davigel Group está especializado en la producción y distribución de productos de alimentación fuera de casa, — Bain Capital: Bain Capital es un fondo de inversiones de capital inversión activo en todos los sectores de la economía. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del número de referencia M.7651 — Bain Capital/Davigel Group, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.