ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
58° año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2015/C 278/01 |
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2015/C 278/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7690 — CVC/Douglas Group) ( 1 ) |
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2015/C 278/03 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7696 — Lone Star/Balta) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2015/C 278/04 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2015/C 278/05 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7733 — Tokio Marine/HCC) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2015/C 278/06 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7741 — Apollo Management/Stemcor) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2015/C 278/07 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7711 — Advent International/Bain Capital/ICBPI) ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
22.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278/1 |
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN
Publicación de la solicitud de modificación de un término tradicional de acuerdo con los artículos 33 y 37 del Reglamento (CE) no 607/2009 de la Comisión (1)
(2015/C 278/01)
De acuerdo con los artículos 33 y 37 del Reglamento (CE) no 607/2009 de la Comisión, una solicitud de modificación de un término tradicional debe publicarse en el Diario Oficial, serie C, con el fin de informar a terceras partes de la existencia de dicha solicitud, a efectos de una posible oposición al reconocimiento y a la protección del término tradicional objeto de la solicitud.
El texto que debe publicarse es el siguiente:
PUBLICACIÓN DE UNA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE UN TÉRMINO TRADICIONAL DE ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 33 Y 37 DEL REGLAMENTO (CE) No 607/2009 DE LA COMISIÓN
Fecha de recepción |
3 de marzo de 2014 |
Número de páginas |
10 |
Lengua de la solicitud |
Francés |
Número de expediente |
TDT-FR-A1646-AM01 |
Solicitante
Autoridad competente del Estado miembro:
Ministère de l'agriculture, de l'agroalimentaire et de la forêt |
DGPE |
3, rue Barbet de Jouy |
75349 Paris SP |
FRANCE |
Denominación: Cru classé 1855
Completada o no por:
Grand, Premier grand, Deuxième, Troisième, Quatrième, Cinquième
— |
Término tradicional a tenor del artículo 112, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) no 1308/2013 |
Lengua
— |
Artículo 31, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 607/2009 de la Comisión. |
Lista de denominaciones de origen o indicaciones geográficas protegidas en cuestión (sin modificación)
— |
PDO-FR-A0186 «Barsac»; |
— |
PDO-FR-A1012 «Graves»; |
— |
PDO-FR-A0993 «Saint-Emilion grand cru»; |
— |
PDO-FR-A0730 «Médoc»; |
— |
PDO-FR-A0710 «Haut-Médoc»; |
— |
PDO-FR-A0329 «Margaux»; |
— |
PDO-FR-A0713 «Pauillac»; |
— |
PDO-FR-A0162 «Pessac-Léognan»; |
— |
PDO-FR-A0500 «Saint-Julien»; |
— |
PDO-FR-A0178 «Saint-Estèphe»; |
— |
PDO-FR-A0819 «Sauternes». |
Categorías de productos vitícolas
— |
1. Vino [anexo VII, parte II, punto 1, del Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo] |
Definición (sin modificación)
— |
Expresión relativa a la calidad de un vino, a su historia, así como a un tipo de zona que evoca una jerarquía de mérito entre los vinos procedentes de una propiedad específica. |
Modificación
— |
del término tradicional «Cru classé» |
Completado o no por:
Grand, Premier grand, Deuxième, Troisième, Quatrième, Cinquième
y/o completado o no por:
— |
1855. |
(1) DO L 193 de 24.7.2009, p. 60.
22.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278/3 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.7690 — CVC/Douglas Group)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 278/02)
El 3 de agosto de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7690. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
22.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278/3 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.7696 — Lone Star/Balta)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 278/03)
El 5 de agosto de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7696. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
22.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278/4 |
Tipo de cambio del euro (1)
21 de agosto de 2015
(2015/C 278/04)
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1281 |
JPY |
yen japonés |
138,40 |
DKK |
corona danesa |
7,4629 |
GBP |
libra esterlina |
0,71980 |
SEK |
corona sueca |
9,5314 |
CHF |
franco suizo |
1,0765 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
9,2745 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
27,021 |
HUF |
forinto húngaro |
312,77 |
PLN |
esloti polaco |
4,2038 |
RON |
leu rumano |
4,4295 |
TRY |
lira turca |
3,3039 |
AUD |
dólar australiano |
1,5384 |
CAD |
dólar canadiense |
1,4787 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
8,7441 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,6936 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,5852 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 346,41 |
ZAR |
rand sudafricano |
14,5991 |
CNY |
yuan renminbi |
7,2064 |
HRK |
kuna croata |
7,5590 |
IDR |
rupia indonesia |
15 725,28 |
MYR |
ringit malayo |
4,6915 |
PHP |
peso filipino |
52,653 |
RUB |
rublo ruso |
77,0944 |
THB |
bat tailandés |
40,191 |
BRL |
real brasileño |
3,9161 |
MXN |
peso mexicano |
18,9972 |
INR |
rupia india |
74,3454 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
22.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278/5 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7733 — Tokio Marine/HCC)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 278/05)
1. |
El 14 de agosto de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Tokio Marine Holdings, Inc. («Tokio Marine», Japón) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de HCC Insurance Holdings, Inc. («HCC», EE.UU.). |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Tokio Marine: seguros de vida y no vida, reaseguros y servicios auxiliares a escala mundial, principalmente en Japón, — HCC: seguros de no vida, reaseguros y servicios auxiliares a escala mundial, principalmente en Japón. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del no de referencia M.7733 — Tokio Marine/HCC, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
22.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278/6 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7741 — Apollo Management/Stemcor)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 278/06)
1. |
El 14 de agosto de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Apollo Group («Apollo», EE.UU.) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Stemcor Limited y Stemcor Holding 2 Limited y sus filiales («Stemcor», Reino Unido) mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Apollo: fondos de inversión, — Stemcor: comercio de acero, transporte y logística de productos de acero y carga heterogénea a granel. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del no de referencia M.7741 — Apollo Management/Stemcor, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
22.8.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 278/7 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.7711 — Advent International/Bain Capital/ICBPI)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2015/C 278/07)
1. |
El 12 de agosto de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual fondos gestionados por Advent International Corporation («Advent International», EE.UU.) y fondos gestionados por Bain Capital Investors, LLC («Bain Capital», EE.UU.) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, de Istituto Centrale delle Banche Popolari Italiane SpA («ICBPI», Italia) mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Advent International: inversor de capital inversión activo en diversos sectores, entre los que se incluyen los siguientes: industrial, minorista, medios de comunicación, comunicaciones, tecnología de la información, internet, asistencia sanitaria y productos farmacéuticos, — Bain Capital: inversor de capital inversión que invierte en empresas de la mayoría de sectores, entre los que se incluyen los siguientes: la tecnología de la información, asistencia sanitaria, minorista y de productos de consumo, comunicaciones, financiero e industrial/manufacturero, — ICBPI: grupo bancario activo en Italia en la emisión de tarjetas de pago, afiliación de comerciantes, gestión de terminales, servicios de pago, servicios de mercado de valores, y servicios de gestión de cumplimiento de la normativa. |
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del no de referencia M.7711 — Advent International/Bain Capital/ICBPI, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).