ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 264

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

58° año
12 de agosto de 2015


Número de información

Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2015/C 264/01

Tipo de cambio del euro

1

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2015/C 264/02

Autoridades nacionales competentes contempladas en el artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) no 1338/2001 del Consejo

2

2015/C 264/03

Anuncio del Gobierno de la República de Polonia relativo a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos en la zona de Poręba — Tarnawa

30


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN

 

Comisión Europea

2015/C 264/04

Anuncio de inicio de un procedimiento antidumping relativo a las importaciones de ciclamato sódico originario de la República Popular China, limitado a Fang Da Food Additive (Shen Zhen) Limited y Fang Da Food Additive (Yang Quan) Limited

32

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2015/C 264/05

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

40


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

12.8.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 264/1


Tipo de cambio del euro (1)

11 de agosto de 2015

(2015/C 264/01)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1055

JPY

yen japonés

137,99

DKK

corona danesa

7,4623

GBP

libra esterlina

0,70880

SEK

corona sueca

9,5853

CHF

franco suizo

1,0859

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

9,0835

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,026

HUF

forinto húngaro

312,25

PLN

esloti polaco

4,1973

RON

leu rumano

4,4151

TRY

lira turca

3,0596

AUD

dólar australiano

1,5092

CAD

dólar canadiense

1,4454

HKD

dólar de Hong Kong

8,5743

NZD

dólar neozelandés

1,6866

SGD

dólar de Singapur

1,5465

KRW

won de Corea del Sur

1 304,40

ZAR

rand sudafricano

14,0630

CNY

yuan renminbi

6,9923

HRK

kuna croata

7,5415

IDR

rupia indonesia

15 073,49

MYR

ringit malayo

4,3927

PHP

peso filipino

50,925

RUB

rublo ruso

70,8091

THB

bat tailandés

39,013

BRL

real brasileño

3,8366

MXN

peso mexicano

17,9843

INR

rupia india

70,9786


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

12.8.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 264/2


AUTORIDADES NACIONALES COMPETENTES

contempladas en el artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) no 1338/2001 del Consejo

(2015/C 264/02)

El Reglamento (CE) no 1338/2001 del Consejo (1), por el que se definen las medidas necesarias para la protección del euro contra la falsificación, dispone que se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea las listas de las autoridades nacionales competentes.

El Reglamento (CE) no 1339/2001 del Consejo (2) extendió los efectos del Reglamento (CE) no 1338/2001 a los Estados miembros que no habían adoptado el euro como su moneda única.

En cumplimiento de lo dispuesto en ambos Reglamentos, los Estados miembros han designado a las autoridades competentes a nivel nacional para la lucha contra la falsificación.

La Comisión ha compilado estas listas de autoridades nacionales competentes. Las listas que se presentan a continuación sustituyen a las listas de autoridades nacionales competentes publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 56 de 10 de marzo de 2009, p. 3.

Las listas que figuran en las próximas páginas se corresponden con los cuatro guiones del artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) no 1338/2001.

Autoridades designadas por los Estados miembros para la detección de los billetes falsos y de las monedas falsas

[conforme al artículo 2, letra b), primer guion, del Reglamento (CE) no 1338/2001 del Consejo]

Estado miembro (3)

Institución

Bélgica

Office central de la répression du faux monnayage (Police fédérale)

Boulevard de Berlaimont, 14

1000 Bruxelles

BELGIQUE

Tel. +32 22215403/+32 22215409

Fax +32 22215410

Centrale dienst ter beteugeling van valsmunterij (Federale politie)

De Berlaimontlaan 14

1000 Brussel

BELGIË

Tel. +32 22215403/+32 22215409

Fax +32 22215410

Bulgaria

1)

Българска народна банка – Bulgarian National Bank

National Analysis Centre

10, Michael Tenev Str.

Cash Centre of the BNB

1783 Sofia

BULGARIA

Tel. +359 291451349

Fax +359 291451054

correo electrónico: nacbg@bnbank.org

2)

State Agency for National Security

Specialized Directorate for Combating Organized Crime

«Counterfeit» Unit

133A, Tzarigradsko shose Blvd.

1784 Sofia

BULGARIA

correo electrónico: dans@dans.bg

República Checa

Česká Národní Banka — Czech National Bank

NCC

Na Příkopě 28

115 03 Praha 1

ČESKÁ REPUBLIKA

Tel. +420 224413078, +420 224412159

Fax +420 224412834

correo electrónico: ncc.cz@cnb.cz

Dinamarca

Rigspolitiet

Nationalt Kriminalteknisk Center

Dokumentafsnittet NAC/CNAC

Slotsherrensvej 113

2720 Vanløse

DANMARK

Tel. +45 45154570

Fax +45 45150136

correo electrónico: rpcha-ktadoc@politi.dk

Alemania

1)

Bundeskriminalamt Wiesbaden

SO 31-4

Thaerstraße 11

65193 Wiesbaden

DEUTSCHLAND

National Central Office (NCO)

Tel. +49 61155-15770

correo electrónico: so31@bka.bund.de

2)

Landeskriminalamt Baden-Württemberg

Inspektion 310 A/F

Taubenheimstr. 85

70372 Stuttgart

DEUTSCHLAND

Tel. +49 7115401-3452

correo electrónico: stuttgart.lka.abt3.i310.a.aw@polizei.bwl.de

3)

Bayerisches Landeskriminalamt

SG 623

Maillingerstr. 15

80636 München

DEUTSCHLAND

Tel. +49 891212-1623

correo electrónico: blka.sg623@polizei.bayern.de

4)

Landeskriminalamt Berlin

LKA 413 — FG

Tempelhofer Damm 12

12101 Berlin

DEUTSCHLAND

Tel. +49 304664-941300

correo electrónico: lka413@polizei.berlin.de

5)

Landeskriminalamt Brandenburg

LKA 111

Tramper Chaussee 1

16225 Eberswalde

DEUTSCHLAND

Tel. +49 3334388-1116

correo electrónico: falschgeld.fdlka@polizei.brandenburg.de

6)

Landeskriminalamt Bremen

LKA K 44/FG

In der Vahr 76

28329 Bremen

DEUTSCHLAND

Tel. +49 421362-3844

correo electrónico: k44@polizei.bremen.de

7)

Landeskriminalamt Hamburg

LKA 522

Überseering 35

22297 Hamburg

DEUTSCHLAND

Tel. +49 4042867-5220

correo electrónico: lka52hh@polizei.hamburg.de

8)

Hessisches Landeskriminalamt

HSG 41

Hölderlinstr. 1-5

65187 Wiesbaden

DEUTSCHLAND

Tel. +49 61183-4160

correo electrónico: hsg41.hlka@polizei.hessen.de

9)

Landeskriminalamt Mecklenburg-Vorpommern

Dez. 63.2

Retgendorfer Str. 9

19067 Rampe

DEUTSCHLAND

Tel.: +49 386664-6328

correo electrónico: dez63.lka@polmv.de

10)

Landeskriminalamt Niedersachsen

SG. 35.1

AM Waterlooplatz 11

30169 Hannover

DEUTSCHLAND

Tel. +49 51126262-3512

correo electrónico: sg35-1@lka.polizei.niedersachsen.de

11)

Landeskriminalamt Nordrhein-Westfalen

SG. 31.1

Völklinger Str. 49

40221 Düsseldorf

DEUTSCHLAND

Tel. +49 211939-3102

correo electrónico: 33-sg311fg.lka@polizei.nrw.de

12)

Landeskriminalamt Rheinland-Pfalz

Dez. 48 OK/FG

Valenciaplatz 1-7

55118 Mainz

DEUTSCHLAND

Tel. +49 613165-2388

correo electrónico: LKA.48.L@polizei.rlp.de

13)

Landespolizeipräsidium Saarland

LPP225.2

Rubensstr. 40

66119 Saarbrücken

DEUTSCHLAND

Tel. +49 681962-2520

correo electrónico: LPP225.2@polizei.slpol.de

14)

Landeskriminalamt Sachsen

Dez. 21-FG

Neuländer Str. 60

01129 Dresden

DEUTSCHLAND

Tel. +49 351855-3461

correo electrónico: auswertung.ok.lka@polizei.sachsen.de

15)

Landeskriminalamt Sachsen-Anhalt

Abt. 4, Dez. 41.2-3

Lübecker Str. 53-63

39124 Magdeburg

DEUTSCHLAND

Tel. +49 391250-2453

correo electrónico: falschgeld.lka@polizei.sachsen-anhalt.de

16)

Landeskriminalamt Schleswig-Holstein

Dez. 23

Mühlenweg 166

24116 Kiel

DEUTSCHLAND

Tel. +49 431160-4231

correo electrónico: kiel.lka231@polizei.landsh.de

17)

Landeskriminalamt Thüringen

Abt. 6/Dez. 61.6

Am Schwemmbach

99099 Erfurt

DEUTSCHLAND

Tel. +49 361341-1578

correo electrónico: falschgeld.lka@polizei.thueringen.de

18)

Bundespolizeipräsidium

Abt. 3/Ref. 31

Heinrich-Mann-Allee 103, Haus 44

14473 Potsdam

DEUTSCHLAND

Tel. +49 33197997-3116

correo electrónico: bpolp.referat.31@polizei.bund.de

19)

Deutsche Bundesbank

Falschgeldstelle

H 12

Hegelstraße 65

55122 Mainz

DEUTSCHLAND

Tel. +49 6131377-4400

Fax +49 6131377-4499

correo electrónico: nccde@bundesbank.de

Estonia

1)

Police and Border Guard Board

Intelligence Management Bureau

NCO: Intelligence Analysis Division

Tööstuse 52

10416 Tallinn

EESTI/ESTONIA

Tel. +372 6123810

Fax +372 6123812

2)

Bank of Estonia

NCC

Cash and Infrastructure Department

Estonia Bld.13

15095 Tallinn

EESTI/ESTONIA

Tel. +372 6680985, +372 6680732

Fax +372 6680705

Irlanda

1)

An Garda Siochána

Examination Section

Documents and Handwriting

Garda Technical Bureau

Garda Headquarters

Phoenix Park

Dublin 8

IRELAND

Tel. +353 16662590

Fax +353 16662595

correo electrónico: documents@garda.ie

2)

An Garda Siochána

Garda Bureau of Fraud Investigation

Harcourt Square

Harcourt Street

Dublin 2

IRELAND

Tel. +353 16663768

Fax +353 16663770

correo electrónico: gbfi_cheques@garda.ie

3)

Central Bank of Ireland

Currency Centre

PO Box 61

Sandyford

Dublin 16

IRELAND

Tel. +353 12198818

correo electrónico: nacie@centralbank.ie; cnac.ie@centralbank.ie

Grecia

1)

Bank of Greece

Cash Department

Mesogeion 341

15231 Halandri

GREECE

Τel. +30 2106709502

Fax +30 2106709195

correo electrónico: nccgr@bankofgreece.gr

2)

Hellenic Police Headquarters

Forensic Science Division

False Documents & Counterfeit Currency Laboratory

Hellenic National Analysis Center

Coin National Analyses Center

Athinon Avenue & Antigonis 2-6

104 42 Athens

GREECE

Τel. +30 2105103259

Fax +30 2105103261

correo electrónico: nacgr@otenet.gr

3)

Ministry of Finance

Directorate General for Economic Policy

Directorate for European Union Affairs

Single Market and Horizontal European Policies Unit

5-7 Nikis Street, Syntagma

101 80 Athens

GREECE

Tel. +30 2103332129

Fax +30 2103332760

4)

Ministry of Finance

General Secretariat of Fiscal Policy

General Accounting Office

Directorate General of Treasure and Budget

25th Directorate of Capital Movement, Guarantees, Loans and Securities

37, Panepistimiou Street

101 65 Athens

GREECE

Τel. +30 2103338910-913

Fax +30 2103338959

correo electrónico: d25@glk.gr

España

1)

Ministerio del Interior

Dirección General de la Policía

Comisaría General de Policía Judicial

Brigada de Investigación del Banco de España (OCN)

C/Alcalá, 522

28027 Madrid

ESPAÑA

Tel. +34 913386995

Fax +34 913386886

correo electrónico: bibe@dgp.mir.es

2)

Banco de España

Emisión y Caja

C/Alcalá, 522

28027 Madrid

ESPAÑA

Tel. +34 913386438

Fax +34 913386887

correo electrónico: ncces.es@bde.es

Francia

1)

Direction Centrale de la Police Judiciaire

Sous-Direction de la lutte contre la criminalité organisée et la délinquance financière (SDLCODF)

Office Central pour la Répression du Faux Monnayage (OCRFM)

101-103 rue des Trois Fontanot

92000 Nanterre

FRANCE

Tel. +33 140978416, +33 140978279

Fax +33 140978896

correo electrónico: doc-ocrfm@interieur.gouv.fr

2)

Banque de France

Direction Générale des Activités Fiduciaires et de Place

DAF-ETM-GECOFORM

32-159

75049 Paris Cedex 01

FRANCE

Tel. +33 142926480

Fax +33 142924552

correo electrónico: nccfr@banque-france.fr

3)

Monnaie de Paris

Centre national d'analyse des pièces (CNAP)

Etablissement monétaire de Pessac

Voie Romaine - 33600 Pessac

FRANCE

Tel. +33 556077857

Fax +33 556077865

e-mail: cnac.fr@monnaiedeparis.fr

4)

Gendarmerie Nationale

Centre Technique de la Gendarmerie

Service Technique des Recherches Judiciaires et de Documentation (STRJD)

Fort de Rosny

1 boulevard Théophile Sueur

93111 Rosny-sous-Bois cedex

FRANCE

Tel. +33 158665362

e-mail dopo.dsj.strjd@gendarmerie.interieur.gouv.fr

5)

Direction du Renseignement Douanier (DRD) — Direction Nationale du Renseignement et des Enquêtes Douanières (DNRED)

Division soutien et analyse opérationnels, groupe renseignements financiers

Direction des opérations douanières, groupe circuits financiers

Bureau de la communication et des relations extérieures (BCRE)

2, Mail Monique Maunoury

TSA 90313 94853 Ivry-sur-Seine Cedex

FRANCE

Tel. +33 970281000

correo electrónico: drd-blanchiment-dnred@douanes.finances.gouv.fr; bcre-dnred@douanes.finances.gouv.fr

6)

Direction des Affaires Criminelles et de Grâces

Bureau de l'entraide pénale internationale

Mission Justice auprès de la Direction Centrale de la Police Judiciaire

101 rue des Trois Fontanot

92000 Nanterre

FRANCE

Tel. +33 144861422

correo electrónico: liste.mae-mission-justice.dacg@justice.gouv.fr

Croacia

Croatian National Bank

Currency Department

National Counterfeit Centre

Trg hrvatskih velikana 3

p.o. box 603

HR-10002 Zagreb

HRVATSKA

Tel. +385 14564824

Fax +385 14610549

correo electrónico: ncc.hr@hnb.hr

Italia

1)

Ufficio Centrale Nazionale del Falso Monetario

Servizio per la Cooperazione Internazionale di Polizia presso la Direzione Centrale della Polizia Criminale

Via Torre di Mezzavia, 9/121

00173 Roma

ITALIA

Tel. +39 0646542208, +39 0646542642, +39 0646542128, +39 0646542649, +39 0646542194, +39 0646542787

Fax +39 0646542244, +39 0646542243

correo electrónico: ucifm.rome@dcpc.interno.it

2)

Comando Generale della Guardia di Finanza

II Reparto

Ufficio Cooperazione Internazionale — Economia

Viale XXI Aprile, 51

00162 Roma

ITALIA

Tel. +39 0644223020

Fax +39 064404148

correo electrónico: IIreparto.teletrattamento@gdf.it; PECrm0010430p@pec.gdf.it

3)

Arma dei Carabinieri

Comando Carabinieri Antifalsificazione Monetaria

Via Milazzo n. 24

00185 Roma

ITALIA

Tel. +39 064450391

Fax +39 064457440

correo electrónico: ccafmcdo@carabinieri.it

4)

Polizia di Stato

presso Ministero dell'Interno

Dipartimento della Pubblica Sicurezza

Direzione Centrale Anticrimine della Polizia di Stato

Via Tuscolana, 1548

00173 Roma

ITALIA

Tel. +39 0646522388

Fax +39 0646522318

correo electrónico: sco@interno.it

5)

Ministero dell’Economia e delle Finanze

Dipartimento del Tesoro- Direzione III

Ufficio Centrale Antifrode Mezzi di Pagamento (UCAMP)

Via Venti Settembre, 97

00187 Roma

ITALIA

Tel. +39 0647613535

Fax +39 0647613089

correo electrónico: ucamp@tesoro.it

Chipre

1)

The Central Bank of Cyprus

Currency Section

80 Kennedy Avenue,

1076 Nicosia

CYPRUS

Tel. +357 22714165

Fax +357 22714941

correo electrónico: ncccy@centralbank.gov.cy

2)

The Cyprus Police Forensic Science Laboratory

Forensic Science Laboratory

Criminalistic Services

Police Headquarters

1478 Nicosia

CYPRUS

Tel. +357 22607240-45

Fax +357 22808936

correo electrónico: forensiclab@police.gov.cy

Letonia

Bank of Latvia

Cash Department

K. Valdemra iela 2A

Rīga, LV-1050

LATVIJA

NCC

Tel. +371 67022391

correo electrónico: ncclv@bank.lv

Lituania

1)

Bank of Lithuania

Cash Service

6, Gedimino ave.

LT-01103, Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

Tel. +370 52680913, +370 52680914

Fax +370 52680327

correo electrónico: naclt@lb.lt; ncc@lb.lt; cnac@lb.lt

2)

Lithuanian Police Forensic Science Centre

Liepyno str. 11A

LT-08105, Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

Tel. +370 52719667

Fax +370 52719690

correo electrónico: lpktc@policija.lt

Luxemburgo

1)

Service de Police Judiciaire

Section Criminalité Générale

24, Rue de Bitbourg

2957 Luxembourg

LUXEMBOURG

Tel. +352 49976126, +352 49976127, +352 49976110

Fax +352 49976129

correo electrónico: spj.crigen@police.etat.lu

2)

Banque centrale du Luxembourg

Département Caisse et numismatique

Section Contrôle de la circulation fiduciaire

2, boulevard Royal

2983 Luxembourg

LUXEMBOURG

Tel. +352 47744540

correo electrónico: ncclu@bcl.lu

Hungría

Magyar Nemzeti Bank (The Central Bank of Hungary)

Bankjegyszakértői és fejlesztési önálló osztály (National Counterfeit Centre)

1054 Budapest

Szabadság tér 9.

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

Tel. +36 14213393

Fax +36 14298000

correo electrónico: NCCHU@mnb.hu

Malta

The Central Bank of Malta

Pjazza Kastilja,

Valletta, VLT 1060,

MALTA

Tel. +356 25500000

Fax +356 25502500

correo electrónico: info@centralbankmalta.org

Países Bajos

1)

De Nederlandsche Bank NV

afdeling Cash Operations

Nationaal Analyse Centrum

Westeinde 1

1017 ZN Amsterdam

NEDERLAND

Tel. +31 205242864

Fax +31 205242502

correo electrónico: nacnl@dnb.nl

2)

Koninklijke Nederlandse Munt N.V.

Nationaal Analyse Centrum voor Munten

Leidseweg 90

3500 GK Utrecht

NEDERLAND

Tel. +31 302910440

Fax +31 302910432

correo electrónico: cnac.nl@coins.nl

Austria

1)

Oesterreichische Nationalbank

Cashier`s Division

National Counterfeit Centre — National Analysis Centre

Otto Wagner Platz 3

1090 Wien

ÖSTERREICH

Tel. +43 1404201301

Fax +43 1404201392

correo electrónico: nacat@oenb.at

2)

Münze Österreich Aktiengesellschaft

Labor (CNAC)

Am Heumarkt 1

1031 Wien

ÖSTERREICH

Tel. +43 171715370

Fax +43 171715378

correo electrónico: cnac.at@austrian-mint.at

3)

Bundesministerium für Inneres

Bundeskriminalamt

Büro 7.1 — NCO Austria

Josef Holaubek Platz 1

1090 Wien

ÖSTERREICH

Tel. +43 124836985025, 985026

Fax +43 124836985191

correo electrónico: bmi-ii-bk-spoc@bmi.gv.at

Polonia

Narodowy Bank Polski

Departament Emisyjno-Skarbcowy

ul. Świętokrzyska 11/21

00-919 Warszawa

POLSKA

Tel. +48 221851300, +48 221852512

Fax +48 221852543

correo electrónico: nccpl@nbp.pl

Portugal

1)

Polícia Judiciária

Unidade Nacional de Combate à Corrupção (UNCC)

Novo Edifício — Sede da Polícia Judiciária

Rua Gomes Freire

1169-007 Lisboa

PORTUGAL

Tel. +351 211967000, +351 211968116, +351 211968020

correo electrónico: direccao.uncc@pj.pt

2)

Banco de Portugal — Complexo do Carregado

Laboratório do Centro Nacional de Contrafações

Apartado 81

2584-908 Carregado

PORTUGAL

Tel. +351 263856500

correo electrónico: cncontrafaccoes@bportugal.pt

Rumanía

1)

General Inspectorate of Romanian Police

Directorate for Combating Organized Criminality

Service for Fighting against Money Laundering and Financing of Terrorism

National Central Office for countering currency counterfeiting (NCO)

Ștefan cel Mare street no. 13-15

Bucharest

ROMANIA

Tel. +40 213104070

Fax +40 213100522

correo electrónico: onc-co@politiaromana.ro

2)

National Bank of Romania

Issue, Treasury and Cash Management Department

25, Lipscani Street, Sector 3

030031 Bucharest

ROMANIA

Tel. +40 213070151

Fax +40 213123566

correo electrónico: NCCRO@bnro.ro

Eslovenia

Generalna policijska uprava

Nacionalni forenzični laboratorij

Oddelek za preiskave dokumentov NAC/CNAC

Štefanova 2

SI-1501 Ljubljana

SLOVENIJA

Tel. +386 14284175

Fax +386 14284986

correo electrónico: nac.si@policija.si

Eslovaquia

Národná banka Slovenska

Odbor riadenia peňažnej hotovosti (NCC)

Imricha Karvaša 1

813 25 Bratislava

SLOVENSKO/SLOVAKIA

Tel. +421 257872709/57872718

Fax +421 257871171

correo electrónico: NCCSK@nbs.sk

Finlandia

1)

Bank of Finland

Legal affairs

P.O. Box 160

00101 HELSINKI

SUOMI/FINLAND

Tel. +358 108311

Fax +358 9174872

correo electrónico: JOLA@bof.fi

2)

National Bureau of Investigation

Forensic Laboratory, NAC and CNAC

Jokiniemenkuja 4

P.O. Box 285

FI-01301 Vantaa

SUOMI/FINLAND

Tel. +358 295480141

Fax +358 92732150

correo electrónico: nacfi@poliisi.fi; cnac.fi.krp@poliisi.fi

3)

National Bureau of Investigation

Criminal Intelligence Division

Forgery of Money

Jokiniemenkuja 4

P.O. Box 285

FI-01301 Vantaa

SUOMI/FINLAND

Tel. +358 295480141

Fax +358 92732138

Suecia

1)

Rikskriminalpolisen

Kriminalpolisenheten

Finanspolisen

P.O. Box 12256/Polhemsgatan 30

SE-102 26 Stockholm

SVERIGE

Tel. +46 84013800

Fax +46 84013789

correo electrónico: fipo@polisen.se

2)

Statens Kriminaltekniska Laboratorium

Dokumentenheten/Kemi & Teknikenheten

Brigadgatan 13

SE-58194 Linköping

SVERIGE

Tel. +46 13241400

Fax +46 13145715

correo electrónico: skl@skl.polisen.se

Reino Unido

1)

National Central Office for the Suppression of Counterfeit Currency

National Crime Agency (NCA)

PO Box 8000

London

SE11 5EN

UNITED KINGDOM

Tel. +44 3704967622

Fax +44 2072388049

correo electrónico: UKNCO@NCA.x.gsi.gov.uk

2)

The Royal Mint

Llantrisant

Pontyclun

CF72 8YT

UNITED KINGDOM

Tel. +44 1443623414

Fax +44 1443623336

correo electrónico: counterfeit@royalmint.com

3)

Bank of England

Counterfeit Section

Bank of England

Langston Road

Loughton

Essex

IG10 3TN

UNITED KINGDOM

Tel. +44 2084181688

Fax +44 2084181670

correo electrónico: counterfeit@bankofengland.co.uk

4)

The Commissioner of Currency

The Financial & Development Secretary

The Treasury Building

John Mackintosh Square

GIBRALTAR

Autoridades designadas por los Estados miembros para la recogida y el análisis de los datos técnicos y estadísticos relativos a los billetes falsos

(Centros Nacionales de Análisis)

[conforme al artículo 2, letra b), segundo guion, del Reglamento (CE) no 1338/2001 del Consejo]

Estado miembro (4)

Institución

Bélgica

Banque nationale de Belgique

National Analysis Centre

Boulevard de Berlaimont 14

1000 Bruxelles

BELGIQUE

Tel. +32 22212060

correo electrónico: Be.Nacbe@nbb.be

Nationale Bank van België

National Analysis Centre

De Berlaimontlaan 14

1000 Brussel

BELGIË

Tel. +32 22212060

correo electrónico: Be.Nacbe@nbb.be

Bulgaria

Българска народна банка – Bulgarian National Bank

NAC - National Analysis Centre

Cash Centre of the BNB

10, Michael Tenev Str.

1783 Sofia

BULGARIA

Tel. +359 291451349

Fax +359 291451054

e-mail: nacbg@bnbank.org

República Checa

Česká národní banka — Czech National Bank

NAC

Na Příkopě 28

115 03 Praha 1

ČESKÁ REPUBLIKA

Tel. +420 224413475, +420 224413911, +420 224413078

Fax +420 224412834

correo electrónico: nac.cz@cnb.cz

Dinamarca

Rigspolitiet

Nationalt Kriminalteknisk Center

Dokumentafsnittet NAC/CNAC

Slotsherrensvej 113

2720 Vanløse

DANMARK

Tel. +45 45154570

Fax +45 45150136

correo electrónico: rpcha-ktadoc@politi.dk

Alemania

Deutsche Bundesbank

Falschgeldstelle (NCC/NAC/CNAC)

H 12

Hegelstraße 65

55122 Mainz

DEUTSCHLAND

Tel. +49 61313774400

Fax +49 61313774499

correo electrónico: nccde@bundesbank.de

Estonia

Estonian Forensic Science Institute

NAC/CNAC

Tervise 30

13419 Tallinn

EESTI/ESTONIA

Tel. +372 6636600

correo electrónico: kohtuekspertiis@ekei.ee; nac@ekei.ee; cnac@ekei.ee

Irlanda

Central Bank of Ireland

NAC/CNAC Ireland

Currency Centre

PO Box 61

Sandyford

Dublin 16

IRELAND

Tel. +353 12198818

correo electrónico: nacie@centralbank.ie; cnac.ie@centralbank.ie

Grecia

Hellenic Police Headquarters

Forensic Science Division

False Documents & Counterfeit Currency Laboratory

Hellenic National Analysis Center

Coin National Analysis Center

Athinon Avenue & Antigonis 2-6

104 42 Athens

GREECE

Τel. +30 2105103259

Fax +30 2105103261

correo electrónico: nacgr@otenet.gr

España

Banco de España

Emisión y Caja

Centro Nacional de Análisis (C.N.A.)

C/Alcalá, 522

28027 Madrid

ESPAÑA

Tel. +34 913386438

Fax +34 913386887

correo electrónico: naces@bde.es

Francia

Banque de France

Direction Générale des Activités Fiduciaires de de Place

DAF-ETM-GECOFORM

32-159

75049 Paris Cedex 01

FRANCE

Tel. +33 142926480

Fax +33 142924552

correo electrónico: nccfr@banque-france.fr

Croacia

Croatian National Bank

Currency Department

National Analysis Centre

Trg hrvatskih velikana 3

p.o. box 603

HR-10002 Zagreb

HRVATSKA

Tel. +385 14564708

Fax +385 14610549

correo electrónico: nac.hr@hnb.hr

Italia  (5)

Banca d’Italia

Servizio Cassa Generale

Divisione Qualità della circolazione e analisi della contraffazione

Via Nazionale, 91

00184 Roma

ITALIA

Tel. +39 0647923782, +39 0647924878, +39 0647924060

Fax +39 0647923896

correo electrónico: Nacit@bancaditalia.it

Chipre

The Cyprus Police Forensic Science Laboratory

Forensic Science Laboratory

Criminalistic Services

Police Headquarters

1478 Nicosia

CYPRUS

Tel. +357 22607240-45

Fax +357 22808936

correo electrónico: forensiclab@police.gov.cy

Letonia

Latvia State Police

NAC

Forensic Research Department

Bruņieku iela 72b

Rīga, LV-1009

LATVIJA

Tel. +371 67208459

correo electrónico: naclv@ekspertize.vp.gov.lv

Lituania

Bank of Lithuania

Cash Service

6, Gedimino ave.

LT-01103, Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

Tel. +370 52680914

Fax +370 52680327

correo electrónico: naclt@lb.lt

Luxemburgo

Banque centrale du Luxembourg

Département Caisse et numismatique

Section Contrôle de la circulation fiduciaire

2, boulevard Royal

2983 Luxembourg

LUXEMBOURG

Tel. +352 47744540

correo electrónico: ncclu@bcl.lu

Hungría

Magyar Nemzeti Bank (The Central Bank of Hungary)

Nemzeti Bankjegyszakértői Központ (National Analysis Centre)

1054 Budapest

Szabadság tér 9.

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

Tel. +36 14213393

Fax +36 14298000

correo electrónico: NCCHU@mnb.hu

Malta

The Central Bank of Malta

National Analysis Centre

Currency Surveillance Unit

Pjazza Kastilja,

Valletta, VLT 1060,

MALTA

Tel. +356 25506012

Fax +356 25502500

correo electrónico: nccmt@centralbankmalta.org

Países Bajos

De Nederlandsche Bank NV

afdeling Cash Operations

Nationaal Analyse Centrum

Westeinde 1

1017 ZN Amsterdam

NEDERLAND

Tel. +31 20242864

Fax +31 205242502

correo electrónico: nacnl@dnb.nl

Austria

Oesterreichische Nationalbank

Cashier's Division

National Counterfeit Centre — National Analysis Centre

Otto Wagner Platz 3

1090 Wien

ÖSTERREICH

Tel. +43 1404201301

Fax +43 1404201392

correo electrónico: nacat@oenb.at

Polonia

Narodowy Bank Polski

Departament Emisyjno-Skarbcowy

ul. Świętokrzyska 11/21

00-919 Warszawa

POLSKA

(National Analysis Center)

Tel. +48 221851300, +48 221852596

Fax +48 221852543

correo electrónico: nacpl@nbp.pl

Portugal

Centro Nacional de Análise de Notas (CNAN)

Laboratório de Polícia Científica (LPC)

Novo Edifício — Sede da Polícia Judiciária, Rua Gomes Freire

1169-007 Lisboa

PORTUGAL

Tel. +35 1211967256

Fax +35 1213540217

correo electrónico: nacpt@pj.pt

Rumanía

National Bank of Romania

National Analysis Centre

25, Lipscani Street, Sector 3

RO-030031 Bucharest

ROMANIA

Tel. +40 213070151

Fax +40 213123566

correo electrónico: NCCRO@bnro.ro

Eslovenia

Generalna policijska uprava

Nacionalni forenzični laboratorij

Oddelek za preiskave dokumentov NAC/CNAC

Štefanova 2

SI-1501 Ljubljana

SLOVENIJA

Tel. +386 14284175

Fax +386 14284986

correo electrónico: nac.si@policija.si

Eslovaquia

Národná banka Slovenska

Odbor riadenia peňažnej hotovosti (NAC)

Imricha Karvaša 1

813 25 Bratislava

SLOVENSKO/SLOVAKIA

Tel. +421 257872721/57872722

Fax +421 257871171

correo electrónico: NACSK@nbs.sk

Finlandia

National Bureau of Investigation

Forensic Laboratory, NAC

Jokiniemenkuja 4

P.O. Box 285

FI-01301 VANTAA

SUOMI/FINLAND

Tel. +358 295480141

Fax +358 92732150

correo electrónico: nacfi@poliisi.fi

Suecia

Statens Kriminaltekniska Laboratorium

Dokumentenheten

Brigadgatan 13

SE-58194 Linköping

SVERIGE

Tel. +46 13241400

Fax +46 13145715

correo electrónico: skl@skl.polisen.se

Reino Unido

Bank of England

Counterfeit Section

Bank of England

Langston Road

Loughton

Essex

IG10 3TN

UNITED KINGDOM

Tel. +44 2084181688

Fax +44 2084181670

correo electrónico: counterfeit@bankofengland.co.uk

Autoridades designadas por los Estados miembros para la recogida y el análisis de los datos técnicos y estadísticos relativos a las monedas falsas

(Centros Nacionales de Análisis de Monedas)

[conforme al artículo 2, letra b), tercer guion, del Reglamento (CE) no 1338/2001 del Consejo]

Estado miembro (6)

Institución

Bélgica

Centre national d’analyse des pièces (CNAP)

Monnaie Royale de Belgique

Bld. Pacheco, 32

1000 Bruxelles

BELGIQUE

Tel. +32 22210729, +32 2210762

Fax +32 22210818

correo electrónico: CNAC.BE@minfin.fed.be

Belgian CNAC

Koninklijke Munt van België

Pachecolaan 32

1000 Brussel

BELGIË

Tel. +32 22210729

Fax +32 22210811

correo electrónico: cnac.be@minfin.fed.be

Bulgaria

Българска народна банка — Bulgarian National Bank

CNAC — National Analysis Centre

Cash Centre of the BNB

10, Michael Tenev Str.

1783 Sofia

BULGARIA

Tel. +359 291451349

Fax +359 291451054

correo electrónico: nacbg@bnbank.org

República Checa

Česká národní banka — Czech National Bank

CNAC

Na Příkopě 28

115 03 Praha 1

ČESKÁ REPUBLIKA

Tel. +420 224413078, +420 224413475

Fax +440 224412834

correo electrónico: cnac.cz@cnb.cz

Dinamarca

Rigspolitiet

Nationalt Kriminalteknisk Center

Dokumentafsnittet NAC/CNAC

Slotsherrensvej 113

2720 Vanløse

DANMARK

Tel. +45 45154570

Fax +45 45150136

correo electrónico: rpcha-ktadoc@politi.dk

Alemania

Deutsche Bundesbank

Falschgeldstelle (NCC/NAC/CNAC)

H 12

Hegelstraße 65

55122 Mainz

DEUTSCHLAND

Tel. +49 61313774400

Fax +49 61313774499

correo electrónico: nccde@bundesbank.de

Estonia

Estonian Forensic Science Institute

NAC/CNAC

Tervise 30

13419 Tallinn

EESTI/ESTONIA

Tel. +372 6636600

correo electrónico: kohtuekspertiis@ekei.ee; nac@ekei.ee; cnac@ekei.ee

Irlanda

Central Bank of Ireland

NAC/CNAC Ireland

Currency Centre

PO Box 61

Sandyford

Dublin 16

IRELAND

Tel. +353 12198818

correo electrónico: nacie@centralbank.ie; cnac.ie@centralbank.ie

Grecia

Hellenic Police Headquarters

Forensic Science Division

False Documents & Counterfeit Currency Laboratory

Hellenic National Analysis Center

Coin National Analysis Center

Athinon Avenue & Antigonis 2-6

104 42 Athens

GREECE

Τel. +30 2105103259

Fax +30 2105103261

correo electrónico: nacgr@otenet.gr

España

Banco de España

Emisión y Caja

Centro Nacional de Análisis de Moneda (C.N.A.M.)

C/Alcalá, 522

28027 Madrid

ESPAÑA

Tel. +34 913386438

Fax +34 913386887

correo electrónico: cnac.es@bde.es

Francia

Monnaie de Paris

Centre national d'analyse des pièces (CNAP)

Etablissement monétaire de Pessac

Voie Romaine — 33600 Pessac

FRANCE

Tel. +33 556077857

Fax +33 556077865

e-mail: cnac.fr@monnaiedeparis.fr

Croacia

Croatian National Bank

Currency Department

Coin National Analysis Centre

Trg hrvatskih velikana 3

p.o. box 603

HR-10002 Zagreb

HRVATSKA

Tel. +385 14564708

Fax +385 14610549

correo electrónico: cnac.hr@hnb.hr

Italia  (7)

Centro Nazionale di Analisi delle Monete

Istituto Poligrafico e Zecca della Stato

c/o Sezione Zecca

Via Gino Capponi, 49

00179 Roma

ITALIA

Tel. +39 0685083720, +39 0685083600

Fax +39 0685083729

correo electrónico: cnac.it@ipzs.it

Chipre

The Cyprus Police Forensic Science Laboratory

Forensic Science Laboratory

Criminalistic Services

Police Headquarters

1478 Nicosia

CYPRUS

Tel. +357-22607240-45

Fax +357-22808936

correo electrónico: forensiclab@police.gov.cy

Letonia

Latvia State Police

CNAC

Forensic Research Department

Bruņieku iela 72b

Rīga, LV-1009

LATVIJA

Tel. +371 67208459

correo electrónico: naclv@ekspertize.vp.gov.lv

Lituania

Bank of Lithuania

Cash Service

6, Gedimino ave.

LT-01103, Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

Tel. +370 52680913

Fax +370 52680327

correo electrónico: cnac@lb.lt

Luxemburgo

Banque centrale du Luxembourg

Centre national d’analyse des pièces

Département Caisse

2, Boulevard Royal

2983 Luxembourg

LUXEMBOURG

Tel. +352 47744540

correo electrónico: cnac.lu@bcl.lu

Hungría

Magyar Nemzeti Bank (The Central Bank of Hungary)

Nemzeti Érmeszakértői Központ (Coin National Analysis Centre)

1054 Budapest

Szabadság tér 9.

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

Tel. +36 14213393

Fax +36 14298000

correo electrónico: NCCHU@mnb.hu

Malta

The Central Bank of Malta

Coin National Analysis Centre

Currency Surveillance Unit

Pjazza Kastilja,

Valletta, VLT 1060,

MALTA

Tel. +356 25506012

Fax +356 25502500

correo electrónico: cnac.mt@centralbankmalta.org

Países Bajos

Koninklijke Nederlandse Munt N.V.

Nationaal Analyse Centrum voor Munten

Leidseweg 90

3500 GK Utrecht

NEDERLAND

Tel. +31 302910440

Fax +31 302910432

correo electrónico: cnac.nl@coins.nl

Austria

Münze Österreich Aktiengesellschaft

Labor (CNAC)

Am Heumarkt 1

1031 Wien

ÖSTERREICH

Tel. +43 171715370

Fax +43 171715378

correo electrónico: cnac.at@austrian-mint.at

Polonia

Narodowy Bank Polski

Coins National Analysis Center

Departament Emisyjno-Skarbcowy

ul. Świętokrzyska 11/21

00-919 Warszawa

POLSKA

Tel. +48 221851300, +48 221854174

Fax +48 221852543

correo electrónico: cnacpl@nbp.pl

Portugal

Centro Nacional de Análise de Moedas (CNAM)

Laboratório de Polícia Científica (LPC)

Novo Edifício — Sede da Polícia Judiciária,

Rua Gomes Freire

1169-007 Lisboa

PORTUGAL

Tel. +35 1211967256

Fax +35 1213540217

correo electrónico: cnac.pt@pj.pt

Rumanía

National Bank of Romania

Coin National Analysis Centre

25, Lipscani Street, Sector 3

RO-030031 Bucharest

ROMANIA

Tel. +40 311321614

Fax +40 213123566

correo electrónico: NCCRO@bnro.ro

Eslovenia

Generalna policijska uprava

Nacionalni forenzični laboratorij

Oddelek za preiskave dokumentov NAC/CNAC

Štefanova 2

SI-1501 Ljubljana

SLOVENIJA

Tel. +386 14284175

Fax +386 14284986

correo electrónico: nac.si@policija.si

Eslovaquia

Národná banka Slovenska

Odbor riadenia peňažnej hotovosti (CNAC)

Imricha Karvaša 1

813 25 Bratislava

SLOVENSKO/SLOVAKIA

Tel. +421 27872708/57872744

Fax +421 257871171

correo electrónico: CNACSK@nbs.sk

Finlandia

National Bureau of Investigation

Forensic Laboratory, CNAC

Jokiniemenkuja 4

P.O. Box 285

FI-01301 Vantaa

SUOMI/FINLAND

Tel. +358 295480141

Fax +358 92732150

correo electrónico: cnac.fi.krp@poliisi.fi

Suecia

Statens Kriminaltekniska Laboratorium

Kemi och Teknikenheten

Brigadgatan 13

SE-58194 Linköping

SVERIGE

Tel. +46 13241400

Fax +46 13145715

correo electrónico: skl@skl.polisen.se

Reino Unido  (8)

National Central Office for the Suppression of Counterfeit Currency

Coin National Analysis Centre (CNAC)

National Crime Agency (NCA)

PO Box 8000

London

SE11 5EN

UNITED KINGDOM

Tel. +44 3704967622

Fax +44 2072388049

correo electrónico: UKNCO@NCA.x.gsi.gov.uk

Autoridades designadas por los Estados miembros para la recogida de los datos relativos a la falsificación del euro, así como el análisis de los mismos

[conforme al artículo 2, letra b), cuarto guion, del Reglamento (CE) no 1338/2001 del Consejo]

Estado miembro (9)

Institución

Bélgica

Office central de la répression du faux monnayage

(Police fédérale)

Boulevard de Berlaimont, 14

1000 Bruxelles

BELGIQUE

Tel. +32 22215403, +32 22215409

Fax +32 22215410

Centrale dienst ter beteugeling van valsmunterij

(Federale politie)

De Berlaimontlaan 14

1000 Brussel

BELGIË

Tel. +32 22215403, +32 22215409

Fax +32 22215410

Bulgaria

Ministry of Interior

NCO (National Central Office)

General Directorate «Combating Organized Crime», Counterfeit Unit,

133A Tsarigradsko shose blvd.

1748 Sofia

BULGARIA

Tel. +359 887716374, +359 886402868, +359 29828316, +359 29828049

Fax +359 29885902

correo electrónico: nco@cybercrime.bg

República Checa

Policie České republiky

Služba kriminální policie a vyšetřování

Útvar pro odhalování organizovaného zločinu

Odbor padělání — Národní centrála proti penězokazectví (NCO)

P.O. BOX 41/V6

156 80 Praha 5 — Zbraslav

ČESKÁ REPUBLIKA

Tel. +420 974843933, +420 974842045

Fax +420 974842598

correo electrónico: uooz.ncp.praha@pcr.cz

Dinamarca

Rigspolitiet

Nationalt Efterforsknings Center (NEC)

Ejby Industrivej 125-135

2600 Glostrup

DANMARK

Tel. +45 45154101

Fax +45 33322771

correo electrónico: nec@politi.dk

Alemania

Bundeskriminalamt Wiesbaden

National Central Office (NCO)

SO 31-4

Thaerstraße 11

65193 Wiesbaden

DEUTSCHLAND

Tel: +49 611/55-15770

correo electrónico: so31@bka.bund.de

Estonia

Police and Border Guard Board

Intelligence Management Bureau

NCO: Intelligence Analysis Division

Tööstuse 52

10416 Tallinn

EESTI/ESTONIA

Tel. +372 6123810

Fax +372 6123812

Irlanda

An Garda Siochána

Garda Bureau of Fraud Investigation

Harcourt Square

Harcourt Street

Dublin 2

IRELAND

Tel. +353 16663768

Fax +353 16663770

correo electrónico: gbfi_cheques@garda.ie

Grecia

Hellenic Police Headquarters

Forensic Science Division

False Documents & Counterfeit Currency Laboratory

Hellenic National Analysis Center

Coin National Analysis Center

Athinon Avenue & Antigonis 2-6

104 42 Athens

GREECE

Τel. +30 2105103259

Fax +30 2105103261

correo electrónico: nacgr@otenet.gr

España

Ministerio del Interior

Dirección General de la Policía

Comisaría General de Policía Judicial

Brigada de Investigación del Banco de España (O.C.N.)

C/Alcalá, 522

28027 Madrid

ESPAÑA

Tel. +34 913386995

Fax +34 913386886

correo electrónico: bibe@dgp.mir.es

Francia

Direction Centrale de la Police Judiciaire

Sous-Direction de la lutte contre la criminalité organisée et la délinquance financière (SDLCODF)

Office Central pour la Répression du Faux Monnayage (OCRFM)

101-103 rue des Trois Fontanot

92000 Nanterre

FRANCE

Tel. +33 140978416, +33 140978279

Fax +33 140978896

correo electrónico: doc-ocrfm@interieur.gouv.fr

Croacia

Ministry of the Interior

General Police Directorate

Criminal Police Directorate

National Police Office for Suppression of Corruption and Organized Crime

Organised Crime Department

Ilica, 355

HR-10000 Zagreb

HRVATSKA

Tel. +385 13788002

Fax +385 13788264

correo electrónico: pnuskok.oorgk@mup.hr

Italia

1)

Ufficio Centrale Nazionale del Falso Monetario

Servizio per la Cooperazione Internazionale di Polizia presso la Direzione Centrale della Polizia Criminale

Via Torre di Mezzavia, 9/121,

00173 Roma

ITALIA

Tel. +39 0646542208, +39 0646542642, +39 0646542128, +39 0646542649, +39 0646542194, +39 0646542787

Fax +39 0646542244, +39 0646542243

correo electrónico: ucifm.rome@dcpc.interno.it

2)

Ministero dell'Economia e delle Finanze

Dipartimento del Tesoro- Direzione V

Ufficio Centrale Antifrode Mezzi di Pagamento (UCAMP)

Via Venti Settembre, 97

00187 Roma

ITALIA

Tel. +39 0647613535

Fax +39 0647613089

correo electrónico: segreteria.ucamp@tesoro.it

Chipre

The Cyprus Police Forensic Science Laboratory

Forensic Science Laboratory

Criminalistic Services

Police Headquarters

1478 Nicosia

CYPRUS

Tel. +357 22607240-45

Fax +357 22808936

correo electrónico: forensiclab@police.gov.cy

Letonia

Latvia State Police

NCO

Economic Crime Enforcement Department

Central Criminal Police Department

Iekurkalna 1. Inija 1, korpuss 4

Rīga, LV-1026

LATVIJA

Tel. +371 67208266

correo electrónico: nco@vp.gov.lv

Lituania

Lithuanian Criminal Police Bureau

Serious Crime Investigation Board

Vitebsko 19, LT-11350 Vilnius

LITHUANIA

Tel. +370 52719845

Fax +370 52717997

Luxemburgo

Le Procureur Général d’Etat

Cité judiciaire

2080 Luxembourg

LUXEMBOURG

Tel. +352 475981393

Fax +352 470550

Hungría

Országos Rendőr-főkapitányság (Hungarian National Police Headquarters)

Bűnügyi Főigazgatóság (General Directorate of Criminal Investigation)

Bűnügyi Főosztály (Criminal Investigation Department)

Korrupció és Gazdasági Bűnözés Elleni Osztály (Division Against Corruption and Economic Crimes)

1139 Budapest

Teve u. 4-6.

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

Tel. +361 4435500/33435

Fax +361 4435500/33003

correo electrónico: gvpo@orfk.police.hu

Malta

Malta National Counterfeit Office

Economic Crimes Unit

Police General Headquarters

Floriana,

MALTA

Tel. +356 22942714, +356 22942120

correo electrónico: nco.police@gov.mt

Países Bajos

Landelijke Eenheid Nationale Politie

Dienst LIO

Europaweg 45

2711 EM Zoetermeer

NEDERLAND

Tel. +31 793459911, +31 621507343

Austria

Bundesministerium für Inneres

Bundeskriminalamt

Büro 7.1

Josef Holaubek Platz 1

1090 Wien

ÖSTERREICH

Tel. +43 12483685025

Fax +43 124836951135

correo electrónico: ncb.vienna@AT.igcs.int

Polonia

National Police Headquarters

Criminal Service Bureau

148/150 Pulawska St.

02-624 Warsaw

POLAND

Tel. +48 226013581

Fax +48 226014114

Portugal

Polícia Judiciária

Unidade Nacional de Combate à Corrupção (UNCC)

Novo Edifício-Sede da Polícia Judiciária

Rua Gomes Freire

1169-007 Lisboa

PORTUGAL

Tel. +351 211967000, +351 211968116, +351 211968020

correo electrónico: direccao.uncc@pj.pt

Rumanía

General Inspectorate of Romanian Police

Directorate for Combating Organized Criminality

Service for Fighting against Money Laundering and Financing of Terrorism

National Central Office for countering currency counterfeiting (NCO)

Ștefan cel Mare street no. 13-15

Bucharest

ROMANIA

Tel. +40 213104070

Fax +40 213100522

correo electrónico: onc-co@politiaromana.ro

Eslovenia

Generalna policijska uprava

Nacionalni forenzični laboratorij

Oddelek za preiskave dokumentov NAC/CNAC

Štefanova 2

SI-1501 Ljubljana

SLOVENIJA

Tel. +386 14284175

Fax +386 14284986

correo electrónico: nac.si@policija.si

Eslovaquia

Ministerstvo vnútra Slovenskej republik

Prezídium Policajného zboru

Úrad kriminálnej polície

Odbor ekonomickej kriminality

Račianska 45

812 72 Bratislava

SLOVENSKO/SLOVAKIA

Tel. +421 961050191

Fax +421 961059073

Finlandia

National Bureau of Investigation

Criminal Intelligence Division

Forgery of Money Section

Jokiniemenkuja 4

P.O. Box 285

FI-01301 Vantaa

SUOMI/FINLAND

Tel. +358 295480141

Fax +358 92732138

Suecia

Rikskriminalpolisen- Kriminalpolisenheten

Finanspolisen

P.O. Box 12256 / Polhemsgatan 30

SE-102 26 STOCKHOLM

SVERIGE

Tel. +46 84013800

Fax +46 84013789

correo electrónico: fipo@polisen.se

Reino Unido

National Central Office for the Suppression of Counterfeit Currency

National Crime Agency (NCA)

PO Box 8000

London

SE11 5EN

UNITED KINGDOM

Tel. +44 3704967622

Fax +44 2072388049

correo electrónico: UKNCO@NCA.x.gsi.gov.uk


(1)  DO L 181 de 4.7.2001, p. 6. Modificado por el Reglamento (CE) no 44/2009 (DO L 17 de 22.1.2009, p. 1).

(2)  DO L 181 de 4.7.2001, p. 11. Modificado por el Reglamento (CE) no 45/2009 (DO L 17 de 22.1.2009, p. 4).

(3)  El orden protocolario de los Estados miembros se ajusta al orden alfabético de sus topónimos en la(s) lengua(s) original(es).

(4)  El orden protocolario de los Estados miembros se ajusta al orden alfabético de sus topónimos en la(s) lengua(s) original(es).

(5)  Esta autoridad se encarga asimismo de los billetes falsos detectados en el Estado de la Ciudad del Vaticano y en la República de San Marino.

(6)  El orden protocolario de los Estados miembros se ajusta al orden alfabético de sus topónimos en la(s) lengua(s) original(es).

(7)  Esta autoridad se encarga asimismo de los billetes falsos detectados en el Estado de la Ciudad del Vaticano y en la República de San Marino.

(8)  La Royal Mint (Fábrica de Moneda y Timbre) (Llantristant, Pontyclun, CF72 8YT, Reino Unido) tiene capacidad para ofrecer soporte técnico al CNAC.

(9)  El orden protocolario de los Estados miembros se ajusta al orden alfabético de sus topónimos en la(s) lengua(s) original(es).


12.8.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 264/30


Anuncio del Gobierno de la República de Polonia relativo a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos en la zona de «Poręba — Tarnawa»

(2015/C 264/03)

El presente procedimiento se refiere al otorgamiento de concesiones para la prospección y/o exploración de yacimientos de petróleo y/o gas natural en la zona de «Poręba — Tarnawa», voivodato de Pequeña Polonia:

Nombre

Bloque no

Sistema de coordenadas PL-1992

X

Y

Poręba — Tarnawa

Partes de los bloques concesionarios nos 413 y 433

219 005,58

580 176,25

219 222,83

593 635,80

209 956,15

593 516,79

209 976,71

594 697,07

199 816,95

594 875,07

199 583,78

580 168,79

Las solicitudes deben referirse a la misma zona.

Las solicitudes de concesión deben llegar al Ministerio de Medio Ambiente no más tarde de las 12.00 horas (CET/CEST) del último día de un período de 90 días contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Las solicitudes se examinarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a)

la tecnología de trabajo propuesta (50 %);

b)

la capacidad técnica y financiera del solicitante (40 %);

c)

la cuantía de la cuota propuesta en pago del usufructo minero (10 %).

La cuantía mínima de la cuota por usufructo minero para la zona de «Poręba — Tarnawa» es:

a)

en caso de prospección de yacimientos de petróleo y/o gas natural:

—   sobre una base trienal: 31 192,74 PLN al año,

—   para el cuarto y quinto año de vigencia del contrato de usufructo minero: 37 431,29 PLN al año,

—   para el sexto año y posteriores de vigencia del contrato de usufructo minero: 43 669,84 PLN al año;

b)

en caso de exploración de yacimientos de petróleo y/o gas natural:

—   sobre una base trienal: 62 385,48 PLN al año,

—   para el cuarto y quinto año de vigencia del contrato de usufructo minero: 74 862,58 PLN al año,

—   para el sexto año y posteriores de vigencia del contrato de usufructo minero: 87 339,68 PLN al año;

c)

en caso de prospección y exploración de yacimientos de petróleo y/o gas natural:

—   sobre una base quinquenal: 62 385,48 PLN al año,

—   para el sexto, séptimo y octavo año de vigencia del contrato de usufructo minero: 74 862,58 PLN al año,

—   para el noveno año y posteriores de vigencia del contrato de usufructo minero: 87 339,68 PLN al año.

El procedimiento de evaluación de solicitudes se llevará a cabo en un plazo de seis meses a partir de la fecha límite de presentación de solicitudes. Los solicitantes serán informados por escrito del resultado del procedimiento.

Las solicitudes deben presentarse en polaco.

La autoridad competente otorgará concesiones para la prospección y/o exploración de yacimientos de petróleo y/o gas natural en la zona de «Poręba — Tarnawa» al solicitante seleccionado, previo dictamen de las autoridades pertinentes, y celebrará con él un contrato de usufructo minero.

Para poder realizar la actividad consistente en la prospección o exploración de yacimientos de hidrocarburos en Polonia, el operador deberá contar a la vez con derechos de usufructo minero y con una concesión.

Las solicitudes se enviarán a la siguiente dirección:

Ministerstwo Środowiska [Ministerio de Medio Ambiente]

Departament Geologii i Koncesji Geologicznych [Departamento de Geología y Concesiones Geológicas]

ul. Wawelska 52/54

00-922 Warsaw

POLSKA/POLAND

Pueden obtener información en:

la web del Ministerio de Medio Ambiente: www.mos.gov.pl

el Departamento de Geología y Concesiones Geológicas

Ministerio de Medio Ambiente

ul. Wawelska 52/54

00-922 Warsaw

POLSKA/POLAND

tel. +48 225792449

fax +48 225792460

correo electrónico: dgikg@mos.gov.pl


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN

Comisión Europea

12.8.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 264/32


Anuncio de inicio de un procedimiento antidumping relativo a las importaciones de ciclamato sódico originario de la República Popular China, limitado a Fang Da Food Additive (Shen Zhen) Limited y Fang Da Food Additive (Yang Quan) Limited

(2015/C 264/04)

La Comisión Europea («la Comisión») ha recibido una denuncia de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1225/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea (1) («el Reglamento de base»), en la que se alega que las importaciones de ciclamato sódico originario de la República Popular China y producido por dos empresas pertenecientes al mismo grupo, Fang Da Food Additive (Shen Zhen) Limited y Fang Da Food Additive (Yang Quan) Limited («los dos productores exportadores afectados»), están siendo objeto de dumping y por ello causando un perjuicio importante a la industria de la Unión, o contribuyendo a tal perjuicio.

1.   Denuncia

La denuncia fue presentada el 30 de junio de 2015 por Productos Aditivos S. A. («el denunciante»), único productor de ciclamato sódico de la Unión, que representa, por tanto, el 100 % de la producción total de la Unión.

2.   Producto investigado

El producto objeto de la presente investigación es el ciclamato sódico originario de la República Popular China («el producto investigado»).

3.   Alegación de dumping

El producto presuntamente objeto de dumping es el producto investigado, originario de la República Popular China («RPC» o «el país afectado») y fabricado por los dos productores exportadores afectados, clasificado actualmente en el código NC ex 2929 90 00 (código TARIC 2929900010). Los códigos NC y TARIC se indican a título meramente informativo.

Dado que, a la vista de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 7, del Reglamento de base, se considera que la RPC no es un país de economía de mercado, el denunciante estableció el valor normal de las importaciones procedentes de este país a partir del valor normal calculado (costes de producción, gastos de venta, generales y administrativos y beneficios) en un tercer país de economía de mercado, a saber, Indonesia. La alegación de dumping se basa en la comparación entre el valor normal así calculado y el precio de exportación (de fábrica) del producto investigado vendido para su exportación a la Unión.

Los márgenes de dumping calculados de este modo son significativos.

4.   Alegación de perjuicio y causalidad

El denunciante ha proporcionado pruebas de que las importaciones del producto investigado originario del país afectado y fabricado por los dos productores exportadores afectados han aumentado globalmente en términos absolutos y en cuanto a cuota de mercado.

Los indicios razonables facilitados por el denunciante muestran que el volumen y los precios del producto investigado importado han tenido, entre otras consecuencias, repercusiones negativas en las cantidades vendidas por la industria de la Unión y en la cuota de mercado de dicha industria, lo cual ha tenido efectos muy desfavorables en los resultados generales y en la situación financiera de esta.

5.   Procedimiento

Habiendo determinado, tras informar a los Estados miembros, que la denuncia ha sido presentada por la industria de la Unión o en su nombre y que existen pruebas suficientes para justificar el inicio de un procedimiento, la Comisión inicia por el presente anuncio una investigación con arreglo al artículo 5 del Reglamento de base.

La investigación se limitará a los dos productores exportadores afectados y a toda empresa vinculada a ellos. Los dos productores exportadores afectados obtuvieron un tipo de derecho antidumping nulo tras la investigación que condujo a la imposición de las medidas antidumping contra las importaciones de ciclamato sódico originario de la República Popular China (2). Por consiguiente, ambos fueron excluidos del ámbito de aplicación de ese procedimiento y de cualquier reconsideración posterior de él.

La investigación determinará si el producto investigado originario del país afectado y fabricado por los dos productores exportadores afectados está siendo objeto de dumping y si la importaciones objeto de dumping han causado un perjuicio a la industria de la Unión o han contribuido a él. En caso de que las conclusiones sean afirmativas, la investigación examinará si la imposición de medidas iría o no en contra del interés de la Unión.

5.1.    Período de investigación y período considerado

La investigación sobre el dumping y el perjuicio abarcará el período que va del 1 de abril de 2014 al 31 de marzo de 2015 («el período de investigación»). El examen de las tendencias pertinentes para la evaluación del perjuicio abarcará el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el final del período de investigación («el período considerado»).

5.2.    Procedimiento para determinar el dumping

Se invita a los dos productores exportadores (3) afectados a que participen en la investigación de la Comisión.

5.2.1.   Investigación de los productores exportadores afectados

Con objeto de obtener la información que considera necesaria para su investigación, la Comisión enviará cuestionarios a los dos productores exportadores afectados y a las autoridades de la República Popular China.

Los dos productores exportadores afectados deben presentar el cuestionario cumplimentado en un plazo de treinta y siete días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, salvo que se especifique otra cosa.

5.2.2.   Procedimiento adicional con respecto a los productores exportadores del país afectado sin economía de mercado

5.2.2.1.   Selección de un tercer país de economía de mercado

Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 5.2.2.2, de conformidad con el artículo 2, apartado 7, letra a), del Reglamento de base, en el caso de las importaciones procedentes de la República Popular China, el valor normal se determinará a partir del precio o el valor calculado en un tercer país de economía de mercado. Para ello, la Comisión seleccionará un tercer país de economía de mercado que sea adecuado. La Comisión ha elegido provisionalmente Indonesia. Se invita a las partes interesadas a que presenten sus observaciones sobre la pertinencia de esta elección en los diez días siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea. Según la información de que dispone la Comisión, Indonesia es el único tercer país de economía de mercado que produce el producto objeto de reconsideración. Con el fin de seleccionar finalmente el tercer país de economía de mercado, la Comisión examinará si existe producción y venta del producto investigado en los terceros países de economía de mercado respecto de los cuales exista algún indicio de que se esté fabricando el producto investigado.

5.2.2.2.   Trato de los productores exportadores afectados del país afectado sin economía de mercado

De conformidad con el artículo 2, apartado 7, letra b), del Reglamento de base, si alguno de los dos productores exportadores afectados considera que para él prevalecen condiciones de economía de mercado con respecto a la fabricación y la venta del producto investigado, podrá presentar a tal efecto una solicitud de trato de economía de mercado debidamente justificada («solicitud de TEM»). El TEM se concederá si la evaluación de la correspondiente solicitud pone de manifiesto que se cumplen los criterios establecidos en el artículo 2, apartado 7, letra c), del Reglamento de base (4). El margen de dumping de los productores exportadores afectados, si se les concede el TEM, se calculará, en la medida de lo posible y sin perjuicio de la utilización de los datos disponibles con arreglo al artículo 18 del Reglamento de base, haciendo uso de su propio valor normal y sus precios de exportación de conformidad con el artículo 2, apartado 7, letra b), del Reglamento de base.

La Comisión enviará formularios de solicitud de TEM a los dos productores exportadores afectados, así como a las autoridades de la República Popular China. Si cualquiera de los dos productores exportadores afectados decide solicitar el TEM, debe presentar el formulario de solicitud de TEM cumplimentado en un plazo de veintiún días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, salvo que se especifique otra cosa.

5.2.3.   Investigación de los importadores no vinculados  (5)  (6)

Se invita a participar en la investigación a los importadores no vinculados que importen en la Unión el producto objeto de reconsideración originario del país afectado.

Dado que el número de importadores no vinculados que pueden estar implicados en este procedimiento puede ser elevado, y con objeto de finalizar la investigación dentro de los plazos reglamentarios, la Comisión podrá seleccionar una muestra para limitar a una cifra razonable el número de importadores no vinculados que investigará (proceso al que se hará también referencia con el término «muestreo»). El muestreo se efectuará de conformidad con el artículo 17 del Reglamento de base.

Para que la Comisión pueda decidir si es necesario el muestreo y, de serlo, seleccionar una muestra, por el presente anuncio se ruega a todos los importadores no vinculados, o a los representantes que actúen en su nombre, que se den a conocer a la Comisión. Salvo que se especifique otra cosa, deben hacerlo en un plazo de quince días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, facilitando a la Comisión la información sobre sus empresas que se les solicita en el anexo del presente anuncio.

Con el fin de obtener la información que considere necesaria para la selección de la muestra de importadores no vinculados, la Comisión también podrá ponerse en contacto con toda asociación de importadores conocida.

Todas las partes interesadas que deseen presentar cualquier otra información pertinente con respecto a la selección de la muestra, distinta de la solicitada anteriormente, deben hacerlo en un plazo de veintiún días a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, salvo que se especifique otra cosa.

Si es necesaria una muestra, los importadores podrán ser seleccionados sobre la base del mayor volumen representativo de ventas del producto objeto de reconsideración en la Unión que pueda investigarse razonablemente en el plazo disponible. La Comisión notificará a todos los importadores no vinculados y asociaciones de importadores que conozca qué empresas han sido seleccionadas para la muestra.

Con el fin de obtener la información que considere necesaria para su investigación, la Comisión enviará cuestionarios a los importadores no vinculados incluidos en la muestra y a todas las asociaciones de importadores conocidas. Los cuestionarios deben presentarse cumplimentados en un plazo de treinta y siete días a partir de la fecha de notificación de la selección de la muestra, salvo que se especifique otra cosa.

5.3.    Procedimiento para la determinación del perjuicio y para la investigación de los productores de la Unión

Investigación de los productores de la Unión

La determinación del perjuicio se ha de basar en pruebas reales e incluir un examen objetivo del volumen de importaciones objeto de dumping, de su efecto en los precios del mercado de la Unión y de la consiguiente repercusión de esas importaciones en la industria de la Unión. Para determinar si la industria de la Unión sufre un perjuicio, se invita a los productores del producto investigado de la Unión a que participen en la investigación de la Comisión.

Con el fin de obtener la información que considere necesaria para su investigación en relación con los productores de la Unión, la Comisión enviará cuestionarios a los productores de la Unión conocidos o los productores de la Unión representativos y a todas las asociaciones de productores de la Unión conocidas, en concreto a:

Productos Aditivos SA

El productor de la Unión mencionado debe presentar el cuestionario cumplimentado en un plazo de treinta y siete días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, salvo que se especifique otra cosa.

Se invita a todos los productores de la Unión y a las asociaciones de productores de la Unión que no se han mencionado anteriormente a que se pongan inmediatamente en contacto con la Comisión, preferiblemente por correo electrónico, a más tardar en el plazo de quince días a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, salvo que se especifique otra cosa, con objeto de darse a conocer y de solicitar un cuestionario.

5.4.    Procedimiento de evaluación del interés de la Unión

En caso de que se determine la existencia de dumping y del consiguiente perjuicio, se decidirá, con arreglo al artículo 21 del Reglamento de base, si la adopción de medidas antidumping iría o no en contra del interés de la Unión. Se invita a los productores de la Unión, a los importadores y sus asociaciones representativas, a los usuarios y sus asociaciones representativas y a las organizaciones de consumidores representativas a que se den a conocer en un plazo de quince días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, salvo que se especifique otra cosa. Para participar en la investigación, las organizaciones de consumidores representativas deben demostrar, en el mismo plazo, que existe un nexo objetivo entre sus actividades y el producto investigado.

Salvo que se especifique otra cosa, las partes que se den a conocer en el plazo indicado dispondrán de un plazo de treinta y siete días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea para facilitar a la Comisión información sobre el interés de la Unión. Esta información podrá facilitarse en formato libre o rellenando un cuestionario preparado por la Comisión. En cualquier caso, la información facilitada con arreglo al artículo 21 solo se tendrá en cuenta si se presenta acompañada de pruebas fácticas.

5.5.    Otra información presentada por escrito

Sin perjuicio de las disposiciones del presente anuncio, se invita a todas las partes interesadas a que expongan sus puntos de vista, presenten información y aporten justificantes. Salvo que se especifique otra cosa, dicha información y los justificantes deben obrar en poder de la Comisión en un plazo de treinta y siete días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.

5.6.    Posibilidad de audiencia con los servicios de investigación de la Comisión

Todas las partes interesadas pueden solicitar audiencia con los servicios de investigación de la Comisión. Toda solicitud de audiencia debe hacerse por escrito especificando las razones de la solicitud. En el caso de audiencias sobre cuestiones relativas a la fase inicial de la investigación, la solicitud debe presentarse en un plazo de quince días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea. Posteriormente, las solicitudes de audiencia deben presentarse en los plazos concretos que establezca la Comisión en su comunicación con las partes.

5.7.    Instrucciones para presentar información por escrito y enviar los cuestionarios cumplimentados y la correspondencia

La información presentada a la Comisión para la realización de investigaciones de defensa comercial deberá estar libre de derechos de autor. Las partes interesadas, antes de presentar a la Comisión información o datos sujetos a derechos de autor de terceros, deben solicitar al titular de los derechos de autor un permiso específico que permita de forma explícita: a) que la Comisión utilice la información y los datos a efectos del presente procedimiento de defensa comercial, y b) que la información o los datos se faciliten a las partes interesadas en la presente investigación de forma que puedan ejercer su derecho de defensa.

Toda la información presentada por escrito para la que se solicite un trato confidencial, con inclusión de la información solicitada en el presente anuncio, los cuestionarios cumplimentados y la correspondencia de las partes interesadas, deberá llevar la indicación «Limited» (difusión restringida) (7).

Las partes interesadas que faciliten información de difusión restringida deberán proporcionar resúmenes no confidenciales de dicha información, con arreglo al artículo 19, apartado 2, del Reglamento de base, con la indicación «For inspection by interested parties» (para inspección por las partes interesadas). Conviene que estos resúmenes sean lo suficientemente detallados para permitir una comprensión razonable del contenido de la información facilitada con carácter confidencial. Si una parte interesada presenta información confidencial sin un resumen no confidencial con el formato y la calidad requeridos, dicha información podrá ser ignorada.

Se invita a las partes interesadas a que envíen toda la información y las solicitudes por correo electrónico, incluidas las copias escaneadas de los poderes notariales y las certificaciones, con excepción de las respuestas voluminosas, que se presentarán en CD-ROM o DVD, en mano o por correo certificado. Al utilizar el correo electrónico, las partes interesadas manifiestan su acuerdo con las normas aplicables a la información presentada por medios electrónicos contenidas en el documento CORRESPONDENCE WITH THE EUROPEAN COMMISSION IN TRADE DEFENCE CASES (Correspondencia con la Comisión Europea en asuntos de defensa comercial), publicado en el sitio web de la Dirección General de Comercio: http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2011/june/tradoc_148003.pdf Las partes interesadas deben indicar su nombre, dirección, número de teléfono y una dirección de correo electrónico válida, y asegurarse de que esta última sea una dirección de correo electrónico oficial de la empresa, que funcione y que se consulte a diario. Una vez facilitados los datos de contacto, la Comisión se comunicará con las partes interesadas únicamente por correo electrónico, a no ser que estas soliciten expresamente recibir todos los documentos de la Comisión por otro medio de comunicación, o que la naturaleza del documento que deba enviarse exija su envío por correo certificado. Para consultar otras normas y otra información sobre la correspondencia con la Comisión, incluidos los principios que se aplican a la información presentada por correo electrónico, las partes interesadas deben consultar las instrucciones de comunicación con las partes interesadas mencionadas anteriormente.

Dirección de la Comisión para la correspondencia:

European Commission

Directorate-General for Trade

Directorate H

Office: CHAR 04/039

1040 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico

:

TRADE-SOCYBIS-DUMPING@ec.europa.eu

TRADE-SOCYBIS-INJURY@ec.europa.eu

6.   Falta de cooperación

Cuando una parte interesada deniegue el acceso a la información necesaria, no la facilite en los plazos establecidos u obstaculice de forma significativa la investigación, las conclusiones, positivas o negativas, podrán formularse a partir de los datos disponibles, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base.

Si se comprueba que alguna de las partes interesadas ha facilitado información falsa o engañosa, podrá ignorarse dicha información y hacerse uso de los datos disponibles.

Si una parte interesada no coopera, o solo coopera parcialmente, y en consecuencia las conclusiones se basan en los datos disponibles, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de base, el resultado podrá ser menos favorable para ella que si hubiera cooperado.

El hecho de no suministrar una respuesta por medios informatizados no se considerará una falta de cooperación, siempre que la parte interesada demuestre que presentar la respuesta en dicha forma supondría un trabajo o un coste suplementarios desproporcionados. Dicha parte interesada debe ponerse en contacto de inmediato con la Comisión.

7.   Consejero Auditor

Las partes interesadas pueden solicitar la intervención del Consejero Auditor en litigios comerciales. Este actúa de intermediario entre las partes interesadas y los servicios de investigación de la Comisión. El Consejero Auditor revisa las solicitudes de acceso al expediente, las controversias sobre la confidencialidad de los documentos, las solicitudes de ampliación de plazos y las peticiones de audiencia de terceras partes. El Consejero Auditor puede celebrar una audiencia con una parte interesada concreta y mediar para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos de defensa.

Toda solicitud de audiencia con el Consejero Auditor debe hacerse por escrito, especificando los motivos de la solicitud. En el caso de audiencias sobre cuestiones relativas a la fase inicial de la investigación, la solicitud debe presentarse en un plazo de quince días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea. Posteriormente, las solicitudes de audiencia deben presentarse en los plazos concretos que establezca la Comisión en su comunicación con las partes.

El Consejero Auditor también ofrecerá la posibilidad de celebrar una audiencia con las partes en la cual puedan presentarse distintos puntos de vista y rebatirse argumentos sobre cuestiones relativas, entre otras cosas, al dumping, al perjuicio, al nexo causal y al interés de la Unión. Dicha audiencia se celebraría, por regla general, a más tardar al final de la cuarta semana siguiente a la divulgación de las conclusiones.

Las partes interesadas pueden encontrar más información, así como los datos de contacto, en las páginas web del Consejero Auditor, en el sitio web de la Dirección General de Comercio: http://ec.europa.eu/trade/trade-policy-and-you/contacts/hearing-officer/

8.   Calendario de la investigación

De conformidad con el artículo 6, apartado 9, del Reglamento de base, la investigación finalizará en el plazo de quince meses a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea. Con arreglo al artículo 7, apartado 1, del Reglamento de base, podrán imponerse medidas provisionales en un plazo máximo de nueve meses a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.

9.   Tratamiento de datos personales

Todo dato personal obtenido en el transcurso de la presente investigación se tratará de conformidad con el Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (8).


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 51.

(2)  Reglamento (CE) no 435/2004 del Consejo, de 8 de marzo de 2004, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ciclamato sódico originarias de la República Popular China y de Indonesia (DO L 72 de 11.3.2004, p. 1).

(3)  Por productor exportador se entiende toda empresa del país afectado que produzca y exporte al mercado de la Unión el producto investigado, bien directamente, bien a través de un tercero, incluida cualquiera de sus empresas vinculadas que participe en la producción, en las ventas nacionales o en la exportación del producto investigado.

(4)  Los productores exportadores han de demostrar, en particular, que: i) las decisiones de las empresas y los costes se adoptan en función de las condiciones de mercado y sin interferencias significativas del Estado, ii) las empresas poseen exclusivamente un juego de libros contables básicos que se utilizan a todos los efectos y que son auditados con la adecuada independencia conforme a los criterios normales en contabilidad internacional, iii) no existen distorsiones significativas heredadas del sistema anterior de economía no sujeta a las leyes del mercado; iv) las leyes relativas a la propiedad y la quiebra garantizan la seguridad jurídica y la estabilidad necesarias, y v) las operaciones de cambio se efectúan a los tipos del mercado.

(5)  Solo podrán incluirse en la muestra importadores que no estén vinculados con productores exportadores. De conformidad con el artículo 143 del Reglamento (CEE) no 2454/93 de la Comisión, relativo a la aplicación del código aduanero comunitario, solo se considera que existe vinculación entre las personas en los siguientes casos: a) si una de ellas forma parte de la dirección o del consejo de administración de la empresa de la otra o viceversa; b) si ambas tienen jurídicamente la condición de asociadas; c) si una es empleada de otra; d) si una persona cualquiera posee, controla o tiene directa o indirectamente el 5 % o más de las acciones o títulos con derecho a voto de una y otra; e) si una de ellas controla, directa o indirectamente, a la otra; f) si ambas son controladas, directa o indirectamente, por una tercera persona; g) si juntas controlan, directa o indirectamente, a una tercera persona; o h) si son miembros de la misma familia. Las personas solo serán consideradas miembros de la misma familia si su relación de parentesco es una de las siguientes: i) marido y mujer; ii) ascendientes y descendientes en línea directa, en primer grado; iii) hermanos y hermanas (carnales, consanguíneos o uterinos); iv) ascendientes y descendientes en línea directa, en segundo grado; v) tío o tía y sobrino o sobrina; vi) suegros y yerno o nuera; vii) cuñados y cuñadas (DO L 253 de 11.10.1993, p. 1). En este contexto, se entenderá por «persona» toda persona física o jurídica.

(6)  Los datos facilitados por importadores no vinculados también podrán utilizarse en relación con aspectos de la presente investigación distintos de la determinación del dumping.

(7)  Un documento con la indicación «Limited» se considera confidencial con arreglo al artículo 19 del Reglamento (CE) no 1225/2009 del Consejo (DO L 343 de 22.12.2009, p. 51) y al artículo 6 del Acuerdo de la OMC relativo a la aplicación del artículo VI del GATT de 1994 (Acuerdo Antidumping). Tal documento está también protegido con arreglo al artículo 4 del Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43).

(8)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO

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OTROS ACTOS

Comisión Europea

12.8.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 264/40


Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

(2015/C 264/05)

La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

DOCUMENTO ÚNICO

«GRANADA MOLLAR DE ELCHE»/«GRANADA DE ELCHE»

No UE: ES-PDO-0005-01230-19.5.2014

DOP ( X ) IGP ( )

1.   Nombre

«Granada Mollar de Elche»/«Granada de Elche»

2.   Estado miembro o tercer país

España

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio

3.1.   Tipo de producto

Clase 1.6. Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

3.2.   Descripción del producto que se designa con el nombre indicado en el punto 1

El producto amparado por la DOP «Granada Mollar de Elche»/«Granada de Elche» es el fruto de la especie Punica Granatum L., que procede de la variedad Mollar, de las categorías Extra y I definidas en la Norma del Codex para la granada. El producto amparado se caracteriza por su equilibrio entre acidez y azúcares, por tener una coloración exterior del amarillo crema al rojo y por la composición antociánica de los arilos que le proporciona del color rosa intenso al rojo.

El fruto maduro presenta las siguientes características:

1.

Morfológicas

—   Forma del fruto: redonda, dividida interiormente en varios lóbulos, dentro de los cuales se encuentran las semillas (arilos). Corteza fina a media, lisa y brillante.

—   Color: de crema a rojo intenso en el exterior. Las semillas se encuentran recubiertas por una pulpa jugosa cuyo color oscila entre el rosa intenso y el rojo.

2.

Físico-químicas:

—   Grados Brix: mínimo de 14°

—   Acidez (% ácido cítrico): mínimo 0,18 y máximo 0,24

—   Índice de madurez (relación entre Grados Brix y Acidez): mínimo 60 y máximo 90

3.

Organolépticas

La pulpa del fruto es algo astringente y de sabor muy dulce. A su vez, el piñón se caracteriza por ser blando.

Las características que deberán presentar los frutos serán las siguientes:

a)

Frutos enteros, limpios y sanos; se excluyen los frutos afectados por cualquier tipo de podredumbre u otras alteraciones.

De aspecto fresco, exentos de olor y/o sabor extraño y exentos de humedad exterior anormal.

b)

El calibre de la «Granada Mollar de Elche»/«Granada de Elche» se determinará por el peso unitario de cada fruto quedando excluidos los frutos de peso unitario inferior a 125 gramos.

3.3.   Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal) y materias primas (únicamente en el caso de productos transformados)

3.4.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida

Todas las fases de la producción deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida.

3.5.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc., del producto al que se refiere el nombre registrado

El acondicionamiento y envasado deben realizarse en la zona geográfica definida a fin de evitar el deterioro del producto debido a manipulaciones excesivas o al transporte de los frutos sin el debido acondicionamiento.

Además, la adopción de estas medidas es importante en atención a la característica forma de este fruto, ya que la granada conserva en la zona opuesta al pedúnculo, la zona calicinal generando la característica forma de «corona»; cerrada y de cuello corto. Si no se manipula correctamente puede generar daños en la piel y roturas en la corona. Para evitar que un transporte inadecuado y/o manipulación excesiva del fruto pudiera dar lugar a su deterioro por golpes, rozaduras, magulladuras, etc., alterando tanto las características de su piel, la calidad de su pulpa o la rotura de la «corona», se establece el envasado en origen.

Una vez cortados los frutos, se trasladan a las instalaciones de acondicionamiento y envasado. Puede realizarse el cepillado de los frutos con cepillos de cerdas blandas, con el fin de no romper la «corona». Los frutos han de mantenerse en temperaturas entre 4 y 8 °C.

Asimismo, el acondicionamiento y envasado en origen garantiza la trazabilidad de las granadas, dado que los envases en los que se expide el producto portan las menciones obligatorias a la Denominación de Origen Protegida y el origen del producto, gracias a la utilización de un único sistema de control hasta la expedición del producto al consumidor final. Se establecen dos tipos de envases: hasta un peso máximo de 5 kg y hasta un plazo máximo de 10 kg.

3.6.   Normas especiales sobre el etiquetado del producto al que se refiere el nombre registrado

Las inscripciones, rotulaciones o etiquetas identificativas de la Granada Mollar de Elche destinada al consumo irán provistas de una marca de conformidad, denominada contraetiqueta, identificada mediante una clave alfanumérica, que será colocada en la industria envasadora inscrita de forma que no permita una nueva utilización de las mismas y que permitirá asegurar la trazabilidad. Dichas contraetiquetas son expedidas por el Consejo Regulador, de manera no discriminatoria, a todos los operadores que cumplan con el pliego de condiciones.

4.   Descripción sucinta de la zona geográfica

La zona de producción agrícola se sitúa al sureste de la Comunidad Valenciana, en la provincia de Alicante y está constituida por todos los términos municipales pertenecientes a las comarcas del Bajo Vinalopó, Alacantí y Bajo Segura.

5.   Vínculo con la zona geográfica

5.1.   Carácter específico de la zona geográfica

Factores naturales:

Climatología

El Sur de la Comunidad Valenciana presenta rasgos diferenciadores en cuanto a climatología respecto a otras zonas del Mediterráneo español. Especialmente pueden destacarse las escasas precipitaciones, entorno a 263 mm anuales, y los elevados niveles de radiación, por el bajo porcentaje de días nublados y las escasas nieblas, con un periodo especialmente seco durante el desarrollo del fruto de la granada, desde junio a septiembre. La mayor parte de la zona geográfica definida se encuentra encuadrada en la zona climática Bsh (según la clasificación de Köppen-Geiger) o estepa cálida y en menor medida en la zona Bsk o estepa fría.

Características edáficas

La mayoría de las parcelas cultivadas de granado en la zona de producción poseen suelos de textura franco-arcillosa. Una de las características de estos suelos es el elevado nivel pH (8-9), carbonatos (entorno al 45,76 %) y de caliza activa (entorno al 10 %), muy superiores a los encontrados en otras regiones y zonas de producción. Tanto estos niveles de sales en el suelo como los aportados con el agua de riego o el manejo del riego (Intrigliolo et al, 2011) suponen en la variedad Mollar una característica de producción.

Factores humanos:

Prácticas de cultivo

El cultivo del granado en España se centra de forma predominante en el sureste español. Según los datos del Anuario de Estadística Agraria en España en 2008 había plantadas 2 387 hectáreas, de las cuales el 84,4 % se concentraban en la provincia de Alicante, concretamente en las comarcas que comprenden la zona protegida.

De entre las distintas variedades cultivadas en la zona (mollar, valenciana y wonderful), la mollar ha sido cultivada de forma exclusiva en la zona hasta años recientes. Esta variedad local se ha obtenido a través de la selección por los agricultores de la zona durante décadas de aquellas plantas que daban frutos de mejor calidad y que mejor se adaptaban a las condiciones climatológicas y edáficas de la zona y multiplicadas por injerto o estaquilla.

Fruto de tantos años de implantación, los agricultores de la zona han desarrollado técnicas de cultivo que optimizan los resultados finales. De este modo, se realizan anualmente la poda de formación y/o mantenimiento del árbol; el control (principalmente por medios mecánicos) de sierpes y el aclareo manual de frutos en desarrollo (en varios pases) para obtener frutos con menor incidencia de plagas, color más homogéneo y tamaño más uniforme.

Muchos años de experiencia en el cultivo de la Granada Mollar han llevado a los productores a establecer un particular manejo del riego como técnica para mejorar el cuajado o disminuir el rajado.

5.2.   Carácter específico del producto

La Granada Mollar cultivada en la zona protegida tiene unas características diferenciadoras respecto a este cultivo ubicado en otras zonas. Las condiciones del medio influyen en las características físico-químicas y organolépticas del fruto así como en el momento de la recolección.

La fecha de madurez comercial en la variedad Mollar está determinada por dos factores: que el contenido del zumo en azúcares (sólidos solubles) sea superior a 14° Brix y que el color de la piel haya virado del verde al crema y no presente tonos verdosos. La madurez comercial del producto en la zona definida tiene lugar en la primera semana de octubre, pudiendo variar el primer corte una semana antes o después dependiendo de las temperaturas máximas diurnas y nocturnas durante el período de cambio de color. Esta fecha de recolección es anterior a las zonas más septentrionales o con mayor altitud.

La acidez titulable del zumo se sitúa en un rango entre 0,18 y 0,24 (expresado en porcentaje de ácido cítrico). El equilibrio entre acidez y azúcares otorga al producto un sabor dulce característico.

El color exterior del fruto se caracteriza por tener una coloración crema a roja, de aspecto brillante. El color del zumo es característico del producto cultivado en la zona debido a la composición antociánica.

5.3.   Relación causal entre la zona geográfica y la calidad o las características del producto (en el caso de las DOP) o una cualidad específica, la reputación u otras características del producto (en el caso de las IGP)

Las condiciones del medio (clima semiárido con temperaturas suaves en invierno y bajas precipitaciones, especialmente escasas en los meses de verano), los niveles de radiación y temperatura durante el desarrollo y maduración, afectan al color exterior, al sabor y la composición de los antocianos en la Granada Mollar cultivada en la zona.

La sequía característica de los últimos meses antes del comienzo de la campaña (desde junio a septiembre) se traduce en una potenciación del color rojo del zumo.

El intervalo de temperaturas máximas que se dan en la zona durante el desarrollo del fruto (julio-agosto), superiores a 30 °C, pero que no alcanzan los 40 °C hacen que la acidez del fruto, debida a los ácidos orgánicos, se sitúe en un rango entre 0,18 y 0,24 expresado en porcentaje de ácido cítrico. El equilibrio entre acidez y azúcares otorga al producto un sabor dulce característico.

Estas condiciones también afectan a la floración y a la fecha de recolección, que se produce en la primera semana de octubre, pudiendo variar una semana antes o después dependiendo de las temperaturas máximas diurnas y nocturnas durante el período de cambio de color.

Referencia a la publicación del pliego de condiciones

(artículo 6, apartado 1, párrafo segundo, del presente Reglamento)

http://www.agricultura.gva.es/pc_granadamollarelche


(1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.