26.2.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
LI 54/3 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/282 DEL CONSEJO
de 26 de febrero de 2018
por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012. |
(2) |
Ante la gravedad de la situación en Siria y teniendo en cuenta los últimos cambios ministeriales, procede añadir dos personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012. Procede, además, actualizar la información relativa a cinco personas que consta en dicha lista. |
(3) |
Procede, por lo tanto, modificar el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 26 de febrero de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
(1) DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.
ANEXO
I. |
Se añaden las siguientes entradas a la lista establecida en la parte A (Personas) del anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012:
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II. |
En la lista establecida en la parte A (Personas) del anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012, las entradas que figuran a continuación se sustituyen por el texto siguiente:
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