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Document 32014R1001

Reglamento Delegado (UE) n °1001/2014 de la Comisión, de 18 de julio de 2014 , que modifica el anexo X del Reglamento (UE) n ° 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común

OJ L 281, 25.9.2014, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2022; derog. impl. por 32021R2115

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2014/1001/oj

25.9.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 281/1


REGLAMENTO DELEGADO (UE) No 1001/2014 DE LA COMISIÓN

de 18 de julio de 2014

que modifica el anexo X del Reglamento (UE) no 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Reglamento (UE) no 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) no 637/2008 y (CE) no 73/2009 del Consejo (1), y, en particular, su artículo 46, apartado 9, letra c),

Considerando lo siguiente:

(1)

El título III, capítulo 3, del Reglamento (UE) no 1307/2013 establece las condiciones de concesión del pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. Entre esas condiciones se incluyen normas sobre superficies de interés ecológico a fin de cumplir los objetivos de la biodiversidad.

(2)

Con objeto de simplificar la gestión de esas superficies de interés ecológico y atender a las características de los diferentes tipos de superficies, el artículo 46, apartado 3, del Reglamento (UE) no 1307/2013 prevé la utilización de factores de conversión y ponderación.

(3)

El Reglamento Delegado (UE) no 639/2014 de la Comisión (2) modifica el anexo X del Reglamento (UE) no 1307/2013 con el fin de establecer los factores de conversión y ponderación pertinentes a que se hace referencia en el artículo 46, apartado 3, de dicho Reglamento.

(4)

Como resultado de los debates con el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el Reglamento Delegado (UE) no 639/2014, la Comisión se comprometió a aumentar el factor de ponderación de las superficies con cultivos fijadores de nitrógeno a que se refiere el artículo 46, apartado 2, párrafo primero, letra j), del Reglamento (UE) no 1307/2013, con el fin de alcanzar los objetivos antes citados.

(5)

Procede, pues, modificar el anexo X del Reglamento (UE) no 1307/2013 en consecuencia.

(6)

El presente Reglamento debe ser aplicable a las solicitudes de ayuda relativas a los años naturales posteriores al año natural de 2014.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Modificación del Reglamento (UE) no 1307/2013

En el anexo X del Reglamento (UE) no 1307/2013, el factor de ponderación de «0,3» aplicable a las superficies con cultivos fijadores de nitrógeno se sustituye por «0,7».

Artículo 2

Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a las solicitudes de ayuda relativas a los años naturales posteriores al año natural de 2014.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2014.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 608.

(2)  Reglamento Delegado (UE) no 639/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) no 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, y que modifica el anexo X de dicho Reglamento (DO L 181 de 20.6.2014, p. 1).


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