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Document 32017D0224(03)

Decisión de la Comisión, de 23 de febrero de 2017, relativa a la concesión de licencias individuales a todos los coordinadores de las redes europeas de referencia para utilizar la marca de la Red Europea de Referencia

C/2017/1123

OJ C 60, 24.2.2017, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

24.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 60/7


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 23 de febrero de 2017

relativa a la concesión de licencias individuales a todos los coordinadores de las redes europeas de referencia para utilizar la marca de la Red Europea de Referencia

(2017/C 60/06)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión de la Comisión de 19 de septiembre de 2001 (PV1536) que confiere a los Directores Generales y a los Jefes de Servicio la facultad de decidir sobre la necesidad de presentar una solicitud de protección de los derechos de propiedad intelectual resultantes de las actividades o programas de los que sean responsables, la concesión de las licencias correspondientes, la adquisición, cesión, renuncia o abandono de derechos, y a los Directores Generales la facultad de ejecución administrativa correspondiente,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (1) establece que la Comisión apoyará el desarrollo de redes europeas de referencia (RER) entre los prestadores de asistencia sanitaria muy especializados de los Estados miembros.

(2)

El artículo 7 de la Decisión de Ejecución 2014/287/UE de la Comisión (2) dispone que la Comisión concede licencias a las redes y a sus miembros para la utilización de un identificador gráfico único (un logotipo).

(3)

La Comisión registró el logotipo de la «Red Europea de Referencia» como marca figurativa (reg. n.o 012252128) en el territorio de la Unión Europea.

(4)

La Unión Europea es el propietario legítimo de la marca y está dispuesta a conceder una licencia de utilización a todos los coordinadores de las redes europeas de referencia.

DECIDE:

Artículo 1

Todos los coordinadores de las redes europeas de referencia que el Consejo de Estados miembros de la Red Europea de Referencia haya aprobado tendrán un derecho no exclusivo, a título gratuito y condicional a utilizar la marca «Red Europea de Referencia» (reg. n.o 012252128) para las iniciativas relacionadas con las actividades de las redes europeas de referencia de conformidad con los objetivos establecidos en el artículo 12 de la Directiva 2011/24/UE.

Artículo 2

Todos los coordinadores de las redes europeas de referencia que el Consejo de Estados miembros de la Red Europea de Referencia haya aprobado están autorizados a conceder sublicencias a los miembros de sus respectivas redes sobre el derecho a utilizar la marca para las iniciativas relativas a las actividades de sus redes.

Hecho en Bruselas, el 23 de febrero de 2017.

Por la Comisión

Vytenis ANDRIUKAITIS

Miembro de la Comisión


(1)  Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza (DO L 88 de 4.4.2011, p. 45).

(2)  Decisión de Ejecución 2014/287/UE de la Comisión, de 10 de marzo de 2014, por la que se fijan los criterios para la creación y evaluación de las redes europeas de referencia y de sus miembros, y se facilita el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de tales redes (DO L 147 de 17.5.2014, p. 79).


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