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Document 32014D0614(02)
2014/C 182/01: Council Decision of 12 June 2014 appointing an alternate member of the Advisory Committee on Safety and Health at Work for Lithuania
Decisión del Consejo, de 12 de junio de 2014 , por la que se nombra a un suplente del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo de Lituania
Decisión del Consejo, de 12 de junio de 2014 , por la que se nombra a un suplente del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo de Lituania
DO C 182 de 14.6.2014, p. 16–16
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 28/02/2016
|
14.6.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 182/16 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 12 de junio de 2014
por la que se nombra a un suplente del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo de Lituania
2014/C 182/04
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Decisión del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la creación de un Comité Consultivo para la Seguridad y Salud en el Trabajo (1), y, en particular, su artículo 3,
Vista la lista de las candidaturas presentadas al Consejo por los Gobiernos de los Estados miembros,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Mediante sus Decisiones de 22 de abril de 2013 (2) y de 2 de diciembre de 2013 (3), el Consejo nombró a los miembros titulares y suplentes del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el período comprendido entre el 22 de abril de 2013 y el 28 de febrero de 2016. |
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(2) |
El Gobierno de Lituania ha presentado una nueva candidatura para proveer un cargo. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se nombra a la siguiente persona como suplente del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el período que termina el 28 de febrero de 2016:
III. REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS
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País |
Titular |
Suplente |
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Lituania |
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Sra. Nadežda FILIPOVA |
Artículo 2
El Consejo nombrará con posterioridad a los miembros titulares y suplentes cuya candidatura aún no se ha presentado.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 12 de junio de 2014.
Por el Consejo
El Presidente
Y. MANIATIS
(1) DO C 218 de 13.9.2003, p. 1.
(2) Decisión del Consejo, de 22 de abril de 2013, por la que se nombra a los miembros titulares y suplentes del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (DO C 120 de 26.4.2013, p. 7).
(3) Decisión del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por la que se nombra a los miembros titulares y suplentes del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo de Croacia, Hungría, Portugal y el Reino Unido (DO C 358 de 7.12.2013, p. 3).