EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Los actos unilaterales

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Artículo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Artículo 289 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LOS ARTÍCULOS 288 Y 289 DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA (TFUE)?

Estos describen los principales actos unilaterales de la Unión Europea (artículo 288) y, en particular, los que son actos jurídicos (artículo 289).

PUNTOS CLAVE

¿Qué son los actos unilaterales?

  • Entre las fuentes del Derecho de la Unión Europea (UE), los actos unilaterales son la parte de su legislación secundaria distinta de los convenios y acuerdos.
  • Las instituciones de la UE los adoptan de forma autónoma basándose en los tratados constitutivos.

¿Cuáles son los distintos tipos de actos unilaterales?

  • Son principalmente los actos que se enumeran en el artículo 288 del TFUE:
    • los reglamentos, las directivas y las decisiones, los cuales son actos jurídicos, como se indica en el artículo 289. Estos se adoptan mediante procedimiento legislativo y son vinculantes, con matices en cuanto al ámbito de aplicación y el efecto vinculante.
    • Los dictámenes y las recomendaciones, los cuales no son actos legales. Estos no conceden derechos ni imponen obligaciones a sus destinatarios, pero pueden ofrecer orientación en cuanto a la interpretación y el contenido de las leyes de la UE.
  • Otros actos unilaterales no vinculantes, de carácter más político, se denominan «actos atípicos» —no porque no se usen con frecuencia, sino porque no aparecen enumerados en el artículo 288—. Entre estos, se incluyen las resoluciones, las conclusiones, las comunicaciones y los libros verdes y blancos. Los actos atípicos están previstos por otros artículos de los tratados de la UE o se han desarrollado a través de la práctica de las instituciones de la UE.

Estatuto jurídico de los actos unilaterales

  • Para aplicar sus políticas, las instituciones de la UE pueden elegir el tipo de acto que les parezca más pertinente.
  • Sin embargo, puesto que la UE solo goza de las competencias que le atribuyen los tratados, cualquier acto debe citar la base jurídica del TFUE correspondiente al ámbito en el que actúen las instituciones europeas.
  • Asimismo, los actos están sujetos a la obligación de vistos, en referencia al fundamento jurídico en el que se basan (con vistos precedidos del término «Visto»), y de motivación (con considerandos precedidos por la expresión «Considerando lo siguiente»).
  • Los actos deben publicarse en el Diario Oficial de la UE. Pueden entrar en vigor el mismo día de su publicación, salvo que se indique lo contrario en su texto (como suele ocurrir).
  • Su legalidad puede ser impugnada en el Tribunal de Justicia de la UE.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte - Disposiciones institucionales y financieras — Disposiciones institucionales — Capítulo 2 — Actos jurídicos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones — Sección primera — Los actos jurídicos de la Unión — Artículo 288 (anterior artículo 249 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 171-172).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras — Disposiciones institucionales — Capítulo 2 — Actos jurídicos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones —Sección primera — Los actos jurídicos de la Unión - Artículo 289 (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 172).

última actualización 21.03.2018

Top