EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Relación estadística del transporte marítimo de mercancías y pasajeros

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2009/42/CE: relación estadística del transporte marítimo de mercancías y pasajeros con escala en los puertos de la UE

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Establece la forma en que los países de la Unión Europea (UE) deben elaborar las estadísticas sobre el transporte marítimo de mercancías y pasajeros que hacen escala en los puertos de la UE.

PUNTOS CLAVE

Datos

  • Estos datos estadísticos hacen referencia a la información sobre las mercancías y los pasajeros, y sobre el propio buque. En los anexos de esta Directiva se especifican las características de la recogida de datos, a saber:
    • peso bruto y descripción de las mercancías,
    • puerto declarante,
    • clasificación del tipo de cargamento,
    • número de pasajeros,
    • tipo y clase del buque.
  • Podrán excluirse de la recogida de datos los buques con un arqueo bruto inferior a 100 toneladas.

Recogida

  • La Comisión Europea debe elaborar una lista que incluya todos los puertos de la UE, para los que se facilitarán datos abreviados. Además, cada país de la UE debe seleccionar de esta lista cualquier puerto que registre un tráfico anual superior:
    • al millón de toneladas de mercancías, o
    • a los 200 000 movimientos de pasajeros.
  • Estos puertos seleccionados deben, por lo tanto, recoger datos más detallados.

Transmisión de los datos

  • Los países de la UE deben transmitir los resultados de la recogida a la Comisión (Eurostat):
    • en un plazo de cinco meses contados a partir de la fecha en que finalice el período de observación para los datos de periodicidad trimestral, y
    • en un plazo de ocho meses para los datos de periodicidad anual.
  • Los países de la UE deben informar a Eurostat de los métodos utilizados para la obtención de datos, así como cualquier modificación sustancial que se produzca en los métodos utilizados. A continuación, Eurostat difundirá los datos estadísticos pertinentes.
  • La Directiva fue modificada por el Reglamento (UE) n.o 1090/2010 a fin de poner en consonancia la recogida de datos sobre mercancías transportadas por buques de navegación marítima con otros modos de transporte.
  • La Decisión 2010/216/UE modificó algunas características técnicas en relación con la recogida de datos, incluidos los códigos que deben utilizarse para la nacionalidad de registro del buque y la estructura de los conjuntos de datos.
  • La Decisión 2012/186/UE modificó algunas de las variables estadísticas utilizadas en la recogida de datos y aclaró algunas definiciones y la clasificación del tipo de cargamento.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva 2009/42/CE está en vigor desde el 26 de junio de 2009. Es una versión refundida de la Directiva 95/64/CE, y sus modificaciones sucesivas, que debía ser incorporada al Derecho nacional antes del 31 de diciembre de 1996.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2009/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, sobre la relación estadística del transporte marítimo de mercancías y pasajeros (versión refundida) (DO L 141 de 6.6.2009, pp. 29-47)

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2009/42/CE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el ejercicio de los poderes para adoptar actos delegados otorgados a la Comisión con arreglo al Reglamento (UE) no 1090/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se modifica la Directiva 2009/42/CE, sobre la relación estadística del transporte marítimo de mercancías y pasajeros [COM(2015)362 final de 28.7.2015]

última actualización 01.03.2017

Top