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Exposición al humo de tabaco ambiental (propuesta)

El tabaco provoca 650 000 muertes cada año en la Unión Europea. Representa la primera causa de fallecimiento, enfermedad y discapacidad. El humo de tabaco ambiental (HTA) es igualmente peligroso porque contiene más de cuatro mil compuestos gaseosos y de partículas e incluye sesenta y nueve carcinógenos conocidos y numerosos agentes tóxicos. Habiéndose demostrado que el HTA es la causa de enfermedades como el asma o la bronconeumopatía crónica, la Comisión Europea considera necesaria una acción común de los Estados miembros para reducir las exposiciones al tabaco, nefastas para la sociedad.

PROPUESTA

Propuesta de recomendación del Consejo, de 30 de junio de 2009, sobre los entornos sin humo [COM(2009) 328 final – no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La presente propuesta recoge las medidas que deben adoptarse para la aplicación del artículo 8 del Convenio Marco de la OMS (pdf) para el Control del Tabaco. Este artículo, ratificado por veintiséis Estados miembros de la UE, obliga a los signatarios a garantizar una protección eficaz contra la exposición al humo de tabaco en:

  • lugares de trabajo interiores;
  • lugares públicos cerrados;
  • medios de transporte público.

Proteger a los sectores de la población prioritarios

La protección de niños y adolescentes es prioritaria. Por ello, los Estados miembros deben elaborar o consolidar estrategias para reducir la exposición al humo de tabaco ajeno de este sector de la población.

Complementar las políticas antitabaco

Las políticas antitabaco deben contar con medidas de apoyo como las relativas a la promoción del abandono del tabaco y tratamientos adecuados para la dependencia del mismo.

También se pueden introducir otras medidas de apoyo en el ámbito de la información, como las advertencias sobre los riesgos sanitarios y las fotografías en los envases de tabaco. Del mismo modo, se puede añadir información sobre servicios que apoyen el abandono del uso del tabaco.

Desarrollar una estrategia específica

Las estrategias, programas y planes de control del tabaco existentes deben actualizarse y revisarse regularmente para proteger a la población contra el humo de tabaco en marcos públicos y privados. Estas estrategias, programas o planes deben contar con instrumentos de aplicación adecuados.

Por otro lado, los Estados miembros tienen que crear centros de referencia nacionales en un plazo de seis meses a partir de la adopción de la presente Recomendación, con objeto de intercambiar información y buenas prácticas.

Por último, se recomienda encarecidamente a los Estados miembros que cooperen estrechamente en la elaboración de definiciones, parámetros e indicadores comunes para una aplicación coherente de la presente Recomendación en toda la Comunidad.

Contexto

En 2007, la Comisión Europea inició una consulta mediante el Libro Verde “Hacia una Europa sin humo de tabaco”. En ella se puso de manifiesto un apoyo considerable a las prohibiciones generales de fumar en todos los lugares de trabajo y lugares públicos cerrados en la mayoría de los Estados miembros. Esta postura se debió en parte a los datos sobre los efectos del HTA sobre la salud. En 2008, 6000 personas murieron en la UE como consecuencia de la exposición al HTA, de las cuales, 2500 eran no fumadores. Además, la exposición al HTA conlleva un elevado coste económico que podría evitarse.

Referencias y procedimiento

Propuesta

Diario Oficial

Procedimiento

COM(2009) 328 final

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2009/0088/CNS

See also

Última modificación: 22.10.2009

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