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Un marco para la acción de la UE en Iraq

La Comunicación tiene por objeto proporcionar una base para el debate con el futuro gobierno soberano de Iraq y la sociedad iraquí en general. Propone un marco de acción, en tres fases, que deberá contribuir a reforzar los vínculos entre ambas partes, en función de los avances de la transición política y de la existencia de las necesarias condiciones de seguridad.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 9 de junio de 2004 - La Unión Europea e Iraq: un marco para la acción [COM (2004) 417 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Contexto

Esta Comunicación responde a la petición formulada por el Consejo Europeo, en octubre de 2003, de definir una estrategia en lo que respecta a las relaciones de la Unión Europea (UE) con Iraq. El nombramiento de un nuevo Gobierno provisional iraquí y la aprobación, el 8 de junio de 2004, de la resolución 1546 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la que se prevé el traspaso de autoridad a los iraquíes y se consolida el papel de las Naciones Unidas, brindan a la UE la oportunidad de apoyar los esfuerzos de los iraquíes por dar un nuevo rumbo a su país.

Durante los veinticuatro años que se prolongó el régimen de Saddam Hussein, la UE no mantuvo con Iraq relaciones políticas ni contractuales. Con todo, la Unión Europea fue el mayor proveedor de ayuda humanitaria, tras las Naciones Unidas. Desde octubre de 2003, ha venido a añadirse otro objetivo, a saber, la reconstrucción del país, con medidas destinadas a la creación de empleo, la provisión de servicios públicos esenciales, la lucha contra la pobreza y el fortalecimiento de la gobernanza y de las instituciones democráticas en Iraq. En la Conferencia de Donantes celebrada en Madrid los días 23 y 24 de octubre de 2003, la UE (la Comisión y los Estados miembros) se comprometió a conceder ayuda por un importe superior a 1 250 millones de euros.

Objetivos

Los objetivos de la UE, en sus relaciones con Iraq, van asociados a sus intereses, y ambos se centran fundamentalmente en lo siguiente:

  • establecimiento de un Iraq seguro, estable y democrático, con un parlamento y un gobierno electos, sustentados por una Constitución, y donde se respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales;
  • instauración de una economía de mercado y de un modelo de sociedad abiertos, estables, sostenibles y diversificados, y fomento de un desarrollo económico y social equitativo;
  • integración económica y política de Iraq en su región y en un sistema internacional abierto.

Para que Iraq llegue a ser un país seguro, estable y democrático, la UE debe estar dispuesta a seguir ayudando a las Naciones Unidas (ONU) a desempeñar un papel conductor, y a asegurar una coordinación adecuada de sus respectivas medidas de asistencia. Merced a la experiencia y conocimientos acumulados, la Unión Europea podría:

  • apoyar la resolución 1546 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la que se confirma el carácter soberano del Gobierno provisional de Iraq;
  • entablar un diálogo con las futuras autoridades iraquíes;
  • destinar su ayuda a la celebración de elecciones, a la buena gobernanza, al desarrollo de la sociedad civil iraquí y a la promoción de los derechos humanos;
  • estudiar la posibilidad de ampliar su asistencia con vistas a reforzar la seguridad, mediante la instauración de un Estado de Derecho y la reforma de la justicia y del sector de la seguridad.

Al objeto de crear en Iraq una economía de mercado abierta, viable y diversificada, la UE podría:

  • facilitar el pago de la deuda externa iraquí;
  • proseguir la asistencia con vistas a la consolidación de las instituciones;
  • ayudar a Iraq en la labor de capacitación para la administración de justicia y a establecer los oportunos marcos normativo y jurídico;
  • hacer hincapié en la necesidad de adoptar medidas contra el desempleo y la pobreza, ayudar a implantar un sistema de protección social eficaz y corregir los desequilibrios regionales en la distribución de los recursos;
  • dejar claro que la explotación de la riqueza mineral de Iraq debe orientarse a la consecución de los mencionados objetivos.

Para hacer de Iraq un país en paz con sus vecinos e integrado en la comunidad internacional, la UE podría:

  • utilizar su influencia y el diálogo que mantiene con los países de la región, especialmente con los vecinos de Iraq, para promover un compromiso constructivo con Iraq y una mayor cooperación intrarregional;
  • invitar a Iraq a participar en la asociación estratégica de la UE con el Mediterráneo y Oriente Medio;
  • valorar positivamente la candidatura de Iraq a la Organización Mundial del Comercio (OMC) y alentar su participación en otros foros internacionales.

Para alcanzar los referidos objetivos, la UE ha previsto un marco de acción progresiva en tres fases, conforme a la resolución 1546 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Será esencial cerciorarse de que los Estados miembros de la UE colaboren sobre el terreno, en estrecha coordinación con la ONU, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y otros organismos internacionales.

Primera fase - Acciones inmediatas

Tras el 30 de junio de 2004, y en el período previo a la elección de una Asamblea Nacional de transición, la UE podría estudiar la posibilidad de poner en marcha las siguientes iniciativas:

  • Asistencia electoral, que comprenda ayuda orientada al desarrollo de la sociedad civil y a la instauración de un Estado de Derecho, con vistas a la educación de los electores.
  • Diálogo político informal: si las condiciones de seguridad lo permiten, se podría celebrar una reunión de diálogo político de la troika a nivel ministerial en Bagdad, o paralelamente a la Asamblea General de la ONU en septiembre de 2004. La UE podría sondear la opinión de las autoridades iraquíes y entablar un diálogo informal con la sociedad civil iraquí.
  • Estado de derecho y Administración civil: desarrollo de capacidad institucional.
  • Compromiso positivo de los países vecinos de Iraq, en particular, a través de medidas encaminadas a crear un clima de confianza, por ejemplo, en materia de gestión de fronteras y de administración de aduanas.
  • Coordinación por lo que se refiere a la reprogramación/condonación de la deuda de Iraq y a ciertas condiciones conexas en materia de política económica.
  • Colaboración administrativa con vistas a la reintroducción del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), del que Iraq era beneficiario hasta la Guerra del Golfo.
  • Prosecución de la ayuda humanitaria y de la ayuda a la reconstrucción.
  • Apertura de una oficina de la Comisión Europea encargada de Iraq en los locales de su delegación en Amman (Jordania).

Segunda fase - Después de las elecciones

Tras la elección de una Asamblea Nacional, debería constituirse un Gobierno provisional y redactarse una nueva Constitución, que se sometería a referéndum en 2005. Podrían iniciarse así una cooperación y un diálogo más intensos con Iraq. Además de las actuaciones de la primera fase, la Unión podría emprender las siguientes iniciativas:

  • Contribución a la reconstrucción a través de programas de asistencia técnica y medidas de apoyo al desarrollo de capacidad, tanto orientadas al ámbito político (asesoramiento sobre el proceso constitucional, organismos civiles encargados del cumplimiento de la ley, etc.) como al económico y social (buena gobernanza, adjudicación de contratos públicos, creación de un régimen comercial, aduanero y de inversiones, etc.).
  • Diálogo político formal: podría aprobarse una declaración política conjunta UE-Iraq a fin de institucionalizar el diálogo político en relación con temas tales como los derechos humanos, la lucha contra el terrorismo y la no proliferación.
  • Grupos de trabajo mixtos en ámbitos de interés común, como la economía, la estadística, el comercio, la energía, los transportes, la sociedad de la información, los derechos humanos, el Estado de Derecho, la emigración, la lucha contra el terrorismo.

Tercera fase - Medio plazo

Una vez constituido el Gobierno electo, aprobada la Constitución y establecidos, mediante elección, un ejecutivo y una asamblea legislativa, la UE podría adoptar algunas medidas suplementarias, tales como:

  • negociación de un acuerdo bilateral de comercio y cooperación;
  • asistencia para la diversificación económica y la lucha contra la pobreza;
  • ayuda a la creación de un marco regional;
  • asistencia sostenida para consolidar el Estado de Derecho y la democracia y garantizar el respeto de los derechos humanos;
  • préstamos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) (DE/EN/FR), que servirán de puente entre las ayudas no reembolsables, que irán disminuyendo, y las inversiones del sector privado. Estos préstamos podrían inscribirse en un mandato regional, que incluiría los países situados al este de Jordania;
  • apertura de una Delegación de la Comisión Europea en Bagdad.

Todas las anteriores recomendaciones deberán revisarse periódicamente y adaptarse en función de las circunstancias.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 7 de junio de 2006, «Recomendaciones para un compromiso renovado de la Unión Europea con Iraq» [COM (2006) 283 final - no publicada en el Diario Oficial].

Declaración conjunta de la UE e Iraq sobre el diálogo político (EN) (FR) (pdf), firmada el 21 de septiembre de 2005 en Nueva York.

Declaración de la Conferencia Internacional sobre Iraq (FR) (pdf), 22 de junio de 2005 en Bruselas.

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 26 de marzo de 2003, sobre las repercusiones de la guerra en Iraq en los sectores de la energía y los transportes [COM (2003) 164 final - no publicada en el Diario Oficial].

See also

Para obtener más información sobre las relaciones UE-Iraq, consúltese la página del Servicio Europeo de Acción Exterior (EN) (FR).

Última modificación: 07.05.2007

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