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Plan de acción para 2001-2003

1) OBJETIVO

Definir las acciones prioritarias que deben aplicarse por los servicios de la Comisión en el plazo de tres años.

2) MEDIDA DE LA COMUNIDAD

Protección de los intereses financieros de las Comunidades. Lucha contra el fraude. Plan de acción 2001 - 2003.

3) CONTENIDO

En junio de 2000 la Comisión presentó una Comunicación destinada a definir una estrategia global para la protección de los intereses financieros y la lucha contra el fraude definiendo los grandes retos que deben alcanzarse en cinco años. El presente Plan de acción propone traducir esta estrategia global en acciones concretas durante tres años.

Con el fin de luchar contra la delincuencia económica y financiera en detrimento del presupuesto comunitario, el plan prevé cuatro retos:

  • desarrollar una política de lucha contra el fraude global;
  • reforzar una cultura de cooperación entre todas las autoridades competentes;
  • colaborar a nivel interinstitucional para prevenir y luchar contra el fraude y la corrupción;
  • reforzar la dimensión judicial penal.

Adjunto a la propuesta se recoge un cuadro recapitulativo de las acciones previstas.

Desarrollar una política de lucha contra el fraude global

La Comisión constata que las actividades ilegales en perjuicio de los intereses financieros comunitarios se aprovechan, entre otras cosas, de la debilidad de la legislación. Propone pues:

  • el desarrollo de la dimensión preventiva que incluye el análisis de los riesgos así como la protección de los sectores sensibles (como la legislación relativa a los contratos, a los contratos públicos y a la protección del euro contra la falsificación de moneda);
  • la sensibilización de los medios profesionales más vulnerables;
  • el refuerzo de los instrumentos jurídicos de detección, control y sanción de los fraudes. Se trata de mejorar la cooperación administrativa y la asistencia mutua en algunos ámbitos sensibles al fraude como los impuestos indirectos y el FEOGA.

Además, la Comisión no excluye la posibilidad de una revisión de las disposiciones relativas a los controles in situ en las cuales se basa la OLAF para colaborar en las investigaciones de los Estados miembros.

Reforzar una cultura de cooperación entre todas las autoridades competentes

La OLAF representa un potente instrumento de lucha contra el fraude. Puede pues contribuir a organizar un mejor tratamiento de la información (sobre cuestiones jurídicas y operativas) así como a definir métodos de trabajo innovadores. La OLAF tendrá como objetivo la recogida, la utilización y la puesta a disposición de los Estados miembros de toda información útil relativa a la lucha contra el fraude realizado en perjuicio de los intereses financieros comunitarios.

Además, la Comisión propone:

  • una mejor definición de los métodos de trabajo en el COCOLAF, teniendo en cuenta al mismo tiempo la modificación del artículo 280 del Tratado CE;
  • el aprovechamiento de las sinergias entre la Comisión y los distintos organismos exteriores como Eurojust, Europol e Interpol;
  • la optimización de la asociación con los Estados miembros con el fin de luchar eficazmente contra toda forma de delincuencia transnacional (fraude fiscal, blanqueo de dinero, corrupción, etc.) y de organizar la cooperación de manera más activa, incluido el nivel legislativo.

Colaborar a nivel interinstitucional para prevenir y luchar contra el fraude y la corrupción

La Comisión destaca que la misión de la OLAF, como servicio de investigación interna, no es la de investigar sistemáticamente sino la de tener en cuenta la información que le es remitida por los miembros de las instituciones en aplicación de su deber de cooperación. Además, recuerda que será necesaria una distribución clara de las competencias entre la OLAF e IDO (Oficina de investigación y disciplina) que se creará en la Dirección General de personal y administración de la Comisión Europea.

Reforzar la dimensión judicial penal

Antes de finales de año 2001 la Comisión se compromete a reanudar a través de un Libro Verde el debate sobre la propuesta relativa a la creación del puesto de Fiscal Europeo competente en las investigaciones internas y externas en lo que se refiere a la protección de los intereses financieros comunitarios (propuesta que no se abordó en el Consejo Europeo de Niza).

En cuanto a cooperación judicial penal, será esencial:

  • simplificar los procedimientos de asistencia judicial y comisiones rogatorias;
  • mejorar la coordinación de las actuaciones judiciales y el reconocimiento mutuo de sentencias. Por lo que se refiere a la cooperación entre las autoridades judiciales, la Comisión constata que las negociaciones relativas a Eurojust están actualmente en curso en el Consejo y que el 14 de diciembre de 2000 se creó una Unidad provisional de cooperación judicial.

Por lo que se refiere a la cooperación policial, las competencias de Europol se han extendido al blanqueo de capitales. La Comisión apoya una ampliación de las competencias de Europol en todos los ámbitos que afectan a la delincuencia organizada y prevé una cooperación reforzada con la OLAF en relación con la protección de los intereses financieros comunitarios.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

No se aplica

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la anterior)

No se aplica

6) referencias

COM (2001) 254 final

Aún no ha sido publicado en el Diario Oficial

7) trabajos posteriores

8) disposiciones de aplicación de la comisión

Última modificación: 09.10.2001

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