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Comercialización a distancia de servicios financieros: protección de los consumidores

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2002/65/CE relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Establece normas comunes para la comercialización de servicios financieros por parte de los proveedores a los consumidores de la Unión Europea (UE), a fin de mejorar la protección de los consumidores.

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

La Directiva abarca todos los servicios financieros, como las tarjetas de crédito, los fondos de inversión, los seguros y los planes de jubilación personal, que puedan ser vendidos a los consumidores a través de canales de venta a distancia tales como el teléfono, el fax e internet.

La Directiva garantiza la protección de los consumidores, a saber:

  • el proveedor está obligado a proporcionar a los consumidores toda la información antes de la celebración de un contrato;
  • el derecho del consumidor a rescindir el contrato en un plazo de catorce días naturales;
  • una prohibición de las prácticas de comercialización abusivas que intentan obligar a los consumidores a comprar un servicio que no han solicitado (suministro «no solicitado»);
  • las normas para limitar otras prácticas, como las llamadas telefónicas o los mensajes de correo electrónico no solicitados (llamadas frías y correos basura);
  • unas sanciones adecuadas por parte de los Estados miembros de la UE a los proveedores que incumplan esta Directiva;
  • unas vías de recurso jurídico adecuadas, incluidos los procedimientos de liquidación extrajudiciales para los consumidores cuyos derechos se hayan vulnerado.

La Directiva sobre los derechos de los consumidores —Directiva 2011/83/CE (véase la síntesis)— regula la venta a distancia a los consumidores de todos los demás servicios y mercancías no financieros, y sustituye a la Directiva 97/7/CE.

Revisión de la Directiva

La revisión de la Directiva se incluyó en el programa de trabajo de la Comisión para 2020 (anexo II: Iniciativas REFIT, «Nuevo impulso a la democracia europea»). En 2020, también se publicó una evaluación de la Directiva.

Derogación

La Directiva 2002/65/CE será derogada por la Directiva (UE) 2023/2673 a partir del 19 de junio de 2026.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 9 de octubre de 2002 y debía convertirse en ley en los Estados miembros a más tardar el 9 de octubre de 2004.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, y por la que se modifican la Directiva 90/619/CEE del Consejo y las Directivas 97/7/CE y 98/27/CE (DO L 271 de 9.10.2002, pp. 16-24).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2002/65/CE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 304 de 22.11.2011, pp. 64-88).

Véase la versión consolidada.

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo: Examen de la Directiva relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (2002/65/CE) [COM(2009) 626 final de 20.11.2009].

última actualización 08.12.2023

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