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Estrategia de la UE para los biocarburantes

La Unión Europea (UE) fija siete ejes estratégicos para el desarrollo de la producción y uso de los biocarburantes por los Estados miembros y los países en desarrollo.

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 8 de febrero de 2006, «Estrategia de la UE para los biocarburantes» [COM (2006) 34 final - Diario Oficial C 67 de 18.3.2006].

SÍNTESIS

En la presente estrategia, la Comisión define el papel que podrían desempeñar en el futuro los biocarburantes *. Obtenidos a partir de la biomasa, un recurso renovable, los biocarburantes constituyen una fuente de energía renovable y representan una alternativa a las fuentes de energía fósil utilizadas por el sector del transporte (principalmente el petróleo). Por otra parte, la Comisión propone medidas que permitan fomentar la producción y el uso de los biocarburantes.

La estrategia completa el Plan de acción sobre la biomasa * adoptado a finales de 2005 y responde a un triple objetivo: promover una mayor utilización de los biocarburantes en la Unión Europea (UE) y los países en desarrollo, preparar la utilización a gran escala de biocarburantes, y desarrollar la cooperación con los países en desarrollo para la producción sostenible de biocarburantes. Este triple objetivo se articula en torno a siete ejes políticos, en los que se agrupan las medidas prioritarias que adoptará la Comisión.

Entre las medidas previstas para estimular la demanda de biocarburantes, la Comisión prevé presentar un informe sobre la aplicación de la Directiva sobre biocarburantes con vistas a una posible revisión; en dicho informe se hará hincapié en el establecimiento de objetivos nacionales, en las obligaciones de utilización y en la producción sostenible de biocarburantes. Asimismo, la Comisión prestará especial atención a los beneficios fiscales previstos por la Directiva de 2003 sobre imposición de los productos energéticos, así como a la posible creación de un marco reglamentario en materia de incentivos vinculados al rendimiento medioambiental de los combustibles. Continuará promoviendo el uso de biocarburantes en los parques de vehículos públicos y privados. Así pues, ha presentado a finales de 2005 una propuesta de Directiva sobre la promoción de vehículos limpios de transporte por carretera.

Entre las medidas para actuar en provecho del medio ambiente, la Comisión prevé poner de relieve los beneficios de los biocarburantes en términos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (y sobre todo, vincular estos beneficios al fomento de los biocarburantes). Además, es esencial garantizar la producción sostenible de las materias primas para los biocarburantes en la Unión Europea y en los terceros países, sobre todo a efectos de la protección de la biodiversidad, de la calidad de las aguas y suelos, y de la protección de los hábitats y especies. Otro elemento importante que se tendrá en cuenta es la compatibilidad de las normas técnicas con las medioambientales, especialmente en lo relativo a las cantidades máximas de biocarburantes presentes en la gasolina y el diésel.

A fin de desarrollar la producción y distribución de biocarburantes, se pide a los Estados miembros y las regiones que tengan en cuenta los beneficios de los biocarburantes en términos de actividades económicas y de creación de puestos de trabajo, en el marco de las políticas de cohesión y de desarrollo rural. En este sentido, la Comisión ya ha propuesto unas líneas generales de orientación y contempla la posibilidad de crear un grupo ad hoc de reflexión. La Comisión solicitará a las industrias correspondientes que justifiquen la utilización de prácticas que obstaculizan la introducción de biocarburantes y controlará el comportamiento de dichas industrias para garantizar que no haya ninguna discriminación con respecto a los biocarburantes.

A fin de garantizar la producción sostenible de biocarburantes, la Comisión prevé ampliar el suministro de materias primas. Entre las medidas que piensa aplicar, incluirá la producción de azúcar para fabricar bioetanol * en los regímenes de ayuda de la PAC. Además, estudiará la posibilidad de transformar los cereales procedentes de las existencias de intervención, financiará una campaña de información destinada a los agricultores y silvicultores, presentará un plan de acción forestal y examinará la posibilidad de utilizar subproductos de origen animal y residuos como recursos energéticos.

Con objeto de potenciar las oportunidades comerciales de los biocarburantes, la Comisión estudiará la posibilidad de establecer códigos arancelarios distintos para los biocarburantes. Asimismo, prevé seguir aplicando un enfoque equilibrado en las negociaciones comerciales con los países productores de etanol para garantizar un desarrollo sostenible de la producción europea y de las importaciones de biocarburantes, y presentar una modificación a la norma aplicable al biodiésel *.

Además, la Comisión desea apoyar a los países en desarrollo que disponen de potencial para la producción de biocarburantes, especialmente a través de medidas de acompañamiento destinadas a los países afectados por la reforma del sector del azúcar, un programa específico de ayuda para los biocarburantes y un marco de cooperación eficaz, que incluiría, entre otros, la creación de plataformas nacionales de biocarburantes y de planes regionales de acción para los biocarburantes.

Por último, para la Comisión es esencial continuar fomentando la investigación y la innovación a fin de mejorar los procedimientos de producción y reducir los costes. Las principales medidas se referirán, entre otras cuestiones, al fomento de las actividades de I+D mediante el Séptimo Programa Marco de investigación, y al pleno uso de la biomasa y los biocarburantes de segunda generación (es decir, los procedentes del tratamiento de materias primas lignocelulósicas, como la paja o los residuos forestales). La creación de plataformas tecnológicas europeas, lideradas por la industria, como la relativa a los biocarburantes, debería permitir aplicar una visión y una estrategia europeas comunes para la producción y el uso de los biocarburantes.

Contexto

Las dos principales razones para buscar fuentes de energía renovables, alternativas al petróleo, son:

  • la contribución significativa del sector del transporte en las emisiones de gases de efecto invernadero; en efecto, el transporte representa un 21 % de las emisiones totales de gases de efecto invernadero, por lo que es necesario utilizar combustibles menos contaminantes que el petróleo;
  • la necesidad de garantizar la seguridad del abastecimiento energético mediante una diversificación de las fuentes de combustible; en efecto, la cantidad limitada de petróleo disponible y la subida de los precios de los combustibles fósiles constituyen un reto cada vez más acuciante para el sector del transporte y la economía de los países.

Términos-clave del acto

  • Biocarburante: combustible líquido o gaseoso utilizado en el sector del transporte, obtenido a partir de la biomasa.
  • Biomasa: conjunto de la materia orgánica, de origen animal o vegetal; comprende, principalmente, la fracción biodegradable de los productos y residuos procedentes de la agricultura y la silvicultura, así como de los residuos industriales y domésticos.
  • Biodiésel: éster metílico de calidad diésel producido a partir de un aceite vegetal o animal y utilizado como biocarburante.
  • Bioetanol: etanol producido a partir de la fermentación de plantas ricas en azúcar/almidón y utilizado como biocarburante.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 10 de enero de 2007, « Programa de trabajo de la energía renovable - Las energías renovables en el siglo XXI: construcción de un futuro más sostenible» [COM (2006) 848 final - no publicada en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión, de 10 de enero de 2007, sobre los biocarburantes - Informe sobre los progresos realizados respecto de la utilización de biocarburantes y otros combustibles renovables en los Estados miembros de la Unión Europea [COM (2006) 845 final - no publicado en el Diario Oficial].

En 2005, los biocarburantes se utilizaban en diecisiete de los veintiún Estados miembros de los que se disponía de datos. La Comisión señala un notable aumento de su cuota de mercado que ha alcanzado un 1 % por término medio (y que, por lo tanto, se ha duplicado en dos años). No obstante, esta cifra es inferior al valor de referencia fijado en un 2 %. Además, los progresos han sido muy poco homogéneos: sólo Alemania (3,8 %) y Suecia (2,2 %) alcanzaron el valor de referencia. Mientras el biodiésel logró una cuota del 1,6 % en el mercado del gasóleo, el etanol sólo consiguió una cuota de 0,4 % en el mercado de la gasolina. Partiendo de distintas previsiones, la Comisión considera poco probable que los Estados miembros alcancen el objetivo del 5,75 % fijado para 2010 por la Directiva sobre biocarburantes, por lo que cree necesario modificar dicha Directiva, concretamente fijando un objetivo obligatorio del 10 % para 2010 aplicable a toda la UE y fomentando los biocarburantes de calidad superior. El informe expone por otro lado la incidencia económica y medioambiental del fomento de los biocarburantes.

Comunicación de la Comisión, de 7 de diciembre de 2005, «Plan de acción sobre la biomasa» [COM (2005) 628 final - Diario Oficial C 49 de 28.2.2006].

Directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2003, relativa al fomento del uso de biocarburantes u otros combustibles renovables en el transporte [Diario Oficial L 123 de 17.5.2003].

Comunicación de la Comisión, de 15 de junio de 2006, relativa a un Plan de acción de la UE para los bosques [COM (2006) 302 final - no publicada en el Diario Oficial]. El Plan de acción ofrece un marco para las iniciativas en favor de los bosques en la UE, con el objetivo de apoyar y mejorar la gestión forestal sostenible y el papel multifuncional de los bosques. Este plan quinquenal (2007-2011) define una serie de acciones clave que la Comisión y los Estados miembros deben aplicar; se trata, entre otras acciones, del fomento del uso de la biomasa forestal para producir biocarburantes.

Última modificación: 25.04.2008

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