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Registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes (E-PRTR)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 166/2006 relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

  • El Reglamento establece el registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes (E-PRTR).
  • Se trata de una base electrónica de acceso público que consta de datos medioambientales clave procedentes de complejos industriales en Europa.
  • En 2019, el Reglamento (CE) n.o 166/2006 fue modificado por el Reglamento (UE) n.o 1010/2019 para adaptar y racionalizar las obligaciones de información en el ámbito de la legislación de la Unión Europea (UE) relativa al medio ambiente. Entre otras cosas, el Reglamento modificativo confirió poderes a la Comisión Europea para adoptar actos de ejecución que especifiquen el tipo, el formato y la frecuencia de la información que se debe comunicar en virtud del Reglamento (CE) n.o 166/2006.
  • La Decisión de Ejecución (UE) 2019/1741 de la Comisión introdujo cambios específicos al E-PRTR adicionalmente a los del Reglamento (UE) n.o 1010/2019.

PUNTOS CLAVE

El E-PRTR es accesible al público de forma gratuita a través de Internet. La información en él contenida puede ser consultada con arreglo a distintos criterios (tipo de contaminantes, localización geográfica, medio afectado, complejo difusor, etc.).

Contenido del E-PRTR

  • El registro contiene información sobre las emisiones de contaminantes al aire, al agua y al suelo, así como las transferencias, fuera del emplazamiento, de contaminantes en aguas residuales y los residuos. El registro abarca los 91 contaminantes enumerados en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 166/2006, incluidos los gases de efecto invernadero, metales pesados, pesticidas y sustancias orgánicas cloradas.
  • Las emisiones deben comunicarse cuando superen un cierto umbral y tengan su origen en una de las 65 actividades enumeradas en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 166/2006. La mayoría de estas actividades están también reguladas por la Directiva 2010/75/UE relativa a las emisiones industriales (véase la síntesis) y comprenden, en particular, los establecimientos vinculados a los siguientes sectores:
    • producción de energía;
    • producción y transformación de metales;
    • industria mineral;
    • industria química;
    • gestión de residuos y aguas residuales;
    • fabricación y transformación de papel y madera;
    • ganadería y acuicultura intensiva;
    • productos de origen animal y vegetal de la industria alimentaria y de las bebidas; y
    • otras actividades, p. ej. producción textil o curtido de pieles.
  • En los casos en que esté disponible, el registro también ofrece información acerca de las emisiones de fuentes difusas de aire y de agua.

Cómo funciona el E-PRTR

  • El Reglamento (UE) 2019/1010 modificativo insta:
    • a los titulares de cada complejo industrial a enviar a la autoridad nacional competente, con carácter anual, información relativa a sus emisiones y transferencias de contaminantes, que deberá incluir los contaminantes emitidos a la atmósfera, al agua y al suelo y las transferencias fuera del emplazamiento de contaminantes contenidos en aguas residuales y en residuos;
    • a los países de la UE a cotejar y verificar esta información a nivel nacional;
    • a las autoridades nacionales a enviar esta información por transferencia electrónica a la Comisión en un plazo de 11 meses después de que finalice el año de referencia;
    • a la Comisión, con la asistencia de la Agencia Europea de Medio Ambiente, a incorporar la información comunicada por los países de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Serbia y Suiza al E-PRTR en el plazo de un mes.
  • La Decisión de Ejecución (UE) 2019/1741:
    • especifica el formato electrónico que deben desarrollar los países de la UE para este proceso de comunicación, así como la información que deben facilitar;
    • establece que, salvo que se especificase otra cosa en el anexo de la misma, la información tenía que presentarse por primera vez con respecto al año de notificación 2019;
    • dispone que la información de las secciones 1 a 4 del anexo se debe presentar a la Comisión a más tardar el 30 de septiembre del año de notificación siguiente;
    • dispone que la información de las secciones 5 a 10 del anexo se debe presentar a la Comisión a más tardar el 30 de noviembre del año de notificación siguiente;
    • se revisará a más tardar el 31 de diciembre de 2024 con el fin de evaluar la viabilidad de avanzar hacia el objetivo de hacer públicos con mayor antelación los datos del E-PRTR.
  • Estas modificaciones reducen de 16 a 12 meses el tiempo de incorporación al PRTR europeo de la información comunicada por los países de la UE, lo que permite al público acceder a la misma con mayor rapidez.

Participación del público

El Reglamento es un instrumento clave para cumplir los requisitos del Convenio de Aarhus, ya que prevé la posibilidad de que el público participe en la toma de decisiones en materia medioambiental.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 24 de febrero de 2006.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de enero de 2006, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo (DO L 33 de 4.2.2006, pp. 1-17).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 166/2006 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión de Ejecución (UE) 2019/1741 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2019, por la que se establecen el formato y la frecuencia de la información que deben facilitar los Estados miembros a efectos de la comunicación de datos con arreglo al Reglamento (CE) n.o 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo (DO L 267 de 21.10.2019, pp. 3-8).

Reglamento (UE) 2019/1010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativo a la adaptación de las obligaciones de información en el ámbito de la legislación relativa al medio ambiente y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 166/2006 y (UE) n.o 995/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/49/CE, 2004/35/CE, 2007/2/CE, 2009/147/CE y 2010/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 338/97 y (CE) n.o 2173/2005 del Consejo, y la Directiva 86/278/CEE del Consejo (DO L 170 de 25.6.2019, pp. 115-127).

Protocolo sobre registros de emisiones y transferencias de contaminantes (DO L 32 de 4.2.2006, pp. 56-79).

Decisión 2006/61/CE del Consejo, de 2 de diciembre de 2005, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo de la CEPE/ONU sobre registros de emisiones y transferencias de contaminantes (DO L 32 de 4.2.2006, pp. 54-55).

última actualización 08.05.2020

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