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Evaluación de las repercusiones de los proyectos sobre el medio ambiente - Informe

1) OBJETIVO

Analizar la aplicación y la eficacia de la Directiva 85/337/CE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (EIA).

2) ACTO

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de 23 de junio de 2003, sobre la aplicación y eficacia de la Directiva de EIA (Directiva 85/337/CEE en su versión modificada por la Directiva 97/11/CE) - Qué avances han realizado los Estados miembros en la aplicación de la Directiva de EIA [COM (2003) 334 final - no publicado en el Diario Oficial].

3) SÍNTESIS

1. En este informe se presentan comprobaciones relativas a la aplicación de la Directiva 85/337/CE modificada por la Directiva 97/11/CE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (EIA). El informe se publicó cinco años después de la entrada en vigor de la Directiva 97/11/CE y se refiere a la eficacia de las modificaciones introducidas por la Directiva 97/11/CE y sobre la eficacia de la Directiva EIA en su conjunto.

2. La constatación principal es que el problema más importante reside en la aplicación de la Directiva y no, esencialmente, en la transposición de sus exigencias jurídicas.

3. Conviene mejorar y reforzar la aplicación de la Directiva en varios aspectos. A continuación se indican algunas iniciativas que deben adoptarse para solucionar los problemas señalados. A fin de mejorar la aplicación de la Directiva, la Comisión invita a los Estados miembros a:

  • Eliminar las lagunas en cuanto a evaluación del impacto sobre el medio ambiente de sus legislaciones nacionales y regionales.
  • Establecer registros para disponer de información anual sobre el número y el tipo de proyectos que son objeto de una evaluación de impacto medioambiental.
  • Velar por que los sistemas de umbrales fijos obligatorios (en el marco de la comprobación preliminar) se conciban de forma que todos los proyectos susceptibles de tener repercusiones significativas sean objeto de un proceso de comprobación adecuado.
  • Recurrir más a menudo a las directrices existentes en cuanto a evaluación de impacto medioambiental (EN) y en cuanto a la comprobación preliminar, scoping (operación que consiste en determinar los puntos a los que debe referirse la declaración de impacto medioambiental), examen e incidencias acumulativas.
  • Aplicar disposiciones jurídicas relativas al examen de la información medioambiental proporcionada por la autoridad contratante.
  • Organizar cursos de formación para las autoridades regionales y locales, a fin de mejorar sus conocimientos de la Directiva EIA.
  • Referirse especialmente a las orientaciones establecidas por la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (EN) (FR) sobre la evaluación de impacto medioambiental.

4. Por su parte, la Comisión tomará las siguientes cinco iniciativas destinadas a mejorar la aplicación de la Directiva:

  • Estudiar la necesidad de profundizar en la investigación para mejorar el screening (operación que consiste en determinar si un proyecto específico requiere o no una evaluación de impacto medioambiental) y la utilización de límites máximos, y lograr una mayor coherencia de enfoques.
  • Redactar orientaciones prácticas y consejos de interpretación de la Directiva EIA con la colaboración de expertos de los Estados miembros, así como con otras partes como las organizaciones no gubernamentales, las autoridades locales y regionales, y las empresas.
  • Estudiar lo que podría hacerse para mejorar la formación de los funcionarios responsables de la evaluación de impacto medioambiental.
  • Tomar iniciativas jurídicas en caso de transposición incompleta o problemas de aplicación de la Directiva EIA.
  • Estudiar las modificaciones de la Directiva EIA que se revelen necesarias.

4) medidas de aplicación

5) trabajos posteriores

Última modificación: 08.11.2005

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