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Dinamarca: cláusula de exención de la UEM

En el Tratado de Maastricht de 1992, Dinamarca obtuvo una cláusula de exención, denominada «opt-out»: significa que el país no está obligado a entrar en la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria (UEM) y, en consecuencia, a introducir el euro. El presente Protocolo especifica las disposiciones de esta cláusula.

ACTO

Protocolo sobre determinadas disposiciones relativas a Dinamarca, anexo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (1992).

SÍNTESIS

El Protocolo sobre determinadas disposiciones relativas a Dinamarca, anexo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, garantiza a Dinamarca que el paso a la tercera fase de la UEM no se efectúe automáticamente aunque se cumplan los criterios, ya que la Constitución danesa exige un referéndum sobre esta cuestión.

Disposiciones del Protocolo

El Protocolo especifica que:

  • el Gobierno danés notificará al Consejo su posición relativa a la participación en la tercera fase antes de que el Consejo haga su evaluación de los criterios de convergencia;
  • en caso de que Dinamarca notificara que no participa en la tercera fase, Dinamarca disfrutará de una excepción, lo que significa que serán aplicables todas las obligaciones del Tratado y el estatuto del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) que hacen referencia a una excepción;
  • el procedimiento para poner fin a la excepción sólo se iniciará a petición de Dinamarca.

Si se deroga la excepción, dejarán de ser aplicables las disposiciones del presente Protocolo.

Referéndum sobre el Tratado de Maastricht (1992)

El Parlamento danés adoptó el Tratado de Maastricht en mayo de 1992 con 125 votos a favor y 25 en contra. La Constitución danesa contempla un referéndum para todo proyecto de ley que autorice una transferencia de poderes a autoridades supranacionales.

El Tratado de Maastricht se presentó al pueblo danés en un referéndum el 2 de junio de 1992. El Tratado fue rechazado por un 50,7 % de los votos.

Responder a las preocupaciones danesas: la declaración de Edimburgo

Como el Tratado debe ser ratificado por todos los Estados miembros antes de entrar en vigor, el Consejo Europeo de Edimburgo de diciembre de 1992 encontró una solución que consiste en la «Decisión de los Jefes de Estado o de Gobierno, reunidos en el Consejo Europeo, por lo que se refiere a determinados problemas planteados por Dinamarca con respecto al Tratado de la Unión Europea». Esta declaración se refiere al documento «Dinamarca en Europa», presentado por el Gobierno danés, que enuncia los principales problemas detectados:

  • la dimensión de la política de defensa;
  • la tercera fase de la UEM;
  • la ciudadanía de la Unión;
  • la cooperación en los ámbitos de justicia e interior;
  • el principio de subsidiariedad.

El Consejo Europeo adopta disposiciones para responder a las preocupaciones danesas que se aplicarán solamente a Dinamarca y a ningún otro Estado miembro presente o futuro. Por lo que se refiere al paso a la tercera fase de la UEM, la declaración estipula que:

  • de acuerdo con el Protocolo sobre determinadas disposiciones relativas a Dinamarca, ésta notificó que no participaría en la tercera fase de la UEM. En consecuencia, Dinamarca no participa en la moneda única;
  • Dinamarca no está obligada a atenerse a las normas relativas a la política económica que se aplican a los Estados miembros de la UEM;
  • Dinamarca conserva sus competencias en materia de política monetaria de acuerdo con sus leyes nacionales;
  • Dinamarca participa plenamente en la segunda fase de la UEM y sigue participando en la cooperación en materia de tipos de cambio en el marco del sistema monetario europeo (SME);
  • Dinamarca conserva su capacidad de decidir su propia política en materia de distribución de las riquezas y de prestaciones sociales.

Un segundo referéndum

Sobre la base de estas declaraciones, se organizó un segundo referéndum el 18 de mayo de 1993. Entonces el Tratado fue aceptado con un 56,8 % de los votos.

La situación danesa actual

La corona danesa permaneció en el SME y forma parte del nuevo mecanismo de tipo de cambio (MTC II) desde la creación del euro. La corona puede fluctuar en un margen del 2,25 % con respecto a la cotización del euro.

Referéndum sobre la tercera fase (2000)

A raíz del paso de 11 Estados miembros a la moneda única, el 1 de enero de 1999, el Gobierno danés decidió organizar un referéndum sobre la entrada de Dinamarca en la tercera fase de la UEM y poner así fin a la excepción existente. El referéndum se celebró el 28 de septiembre del 2000, con una participación del 86 %. El 53,1 % de los votantes se manifestó contra la adopción del euro.

See also

Para más información, consúltense los sitios Internet siguientes de la Comisión Europea:

  • Criterios de convergencia;
  • Programas de estabilidad y convergencia (EN).
  • Dirección General (DG) de Asuntos Económicos y Financieros: el euro (EN).

Última modificación: 16.08.2006

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