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Transporte intermodal: intermodalidad del transporte de mercancías

1) OBJETIVO

Crear un marco en el que se garantice una integración óptima de los diferentes modos de transporte, de forma que se ofrezcan servicios puerta a puerta continuos que respondan a las necesidades del cliente y permitan una utilización eficaz y rentable del sistema de transporte, favoreciendo al mismo tiempo la competencia entre los operadores.

2) ACTO

Comunicación de la Comisión, de 29 de mayo de 1997, relativa a la intermodalidad y transporte intermodal de mercancías en la Unión Europea: una lógica de sistemas para el transporte de mercancías; estrategias y acciones para promover la eficacia, los servicios y el desarrollo sostenible [COM(97) 243 final - no publicado en el Diario Oficial].

3) SÍNTESIS

En el transporte de mercancías se tiende a una intensificación del tráfico y a un desequilibrio creciente en la utilización de los distintos modos de transporte, con un aumento de la parte correspondiente al transporte por carretera y una reducción de la parte correspondiente al transporte ferroviario.

La intermodalidad, definida por la Comisión como una característica de un sistema de transportes en virtud de la cual se utilizan de forma integrada al menos dos modos de transporte diferentes para completar una cadena de transporte puerta a puerta, permite, mediante un planteamiento global, una utilización más racional de la capacidad de transporte disponible.

La intermodalidad (EN) no pretende imponer una opción modal, pero permite utilizar mejor el ferrocarril, las vías navegables y el transporte marítimo, que por sí solos no permiten el transporte puerta a puerta. La intermodalidad es complementaria de las otras políticas de transporte desarrolladas por la Unión Europea, en particular con vistas a:

  • la liberalización de los mercados de transporte;
  • el desarrollo de las Redes Transeuropeas (RTE) (EN) (FR);
  • el fomento de una tarificación equitativa y eficaz;
  • la realización de la sociedad de la información en el sector del transporte.

Actualmente, el transporte intermodal de mercancías debe hacer frente a una serie de obstáculos. En un trayecto, un cambio de modo de transporte equivale más a un cambio de sistema que a un mero transbordo técnico. Los costes de fricción resultantes repercuten sobre la competitividad del transporte intermodal y se traducen en:

  • precios más elevados;
  • trayectos más largos, más retrasos y plazos menos fiables;
  • menor disponibilidad de servicios de calidad;
  • restricciones del tipo de mercancías;
  • un mayor riesgo de daños en la carga;
  • procedimientos administrativos más complicados.

La falta de interconexión que genera estos costes de fricción se sitúa en el ámbito de:

  • la infraestructura y el material de transporte:

- la inexistencia de redes coherentes y de interconexiones (falta de tramos de infraestructura, por ejemplo) impone a los operadores costes de transferencia;

- el sistema actual se financia y administra de forma independiente para cada modo de transporte, por lo que es difícil determinar quién es responsable del refuerzo de los vínculos entre los modos de transporte;

- la falta de interoperabilidad entre los modos, como por ejemplo los diferentes sistemas de señalización ferroviaria, plantea problemas;

- las dimensiones de las unidades de carga a través de los distintos modos no están armonizadas;

  • las operaciones y la utilización de la infraestructura, en particular de las terminales:

- algunos servicios, como la identificación de los vehículos o los sistemas de información de predicción, son inaccesibles de forma intermodal;

- los distintos modos de transporte tienen niveles dispares de rendimiento y de calidad de servicios;

- las informaciones y prácticas comerciales no siempre están coordinadas entre los diferentes modos;

- las terminales no siempre pueden adaptarse a los horarios de trenes y buques que operan 24 horas al día y la jornada laboral de los conductores y equipos no siempre se adapta a operaciones intermodales;

- los horarios de los diferentes modos de transporte no están armonizados;

  • los servicios y reglamentaciones orientados a los distintos modos:

- la falta de sistemas armonizados para la comunicación electrónica entre los diferentes eslabones de la cadena intermodal impide una planificación adecuada de las operaciones;

- en caso de que la carga se estropee, es difícil determinar la responsabilidad, que está regulada por diferentes convenios internacionales en función del modo de transporte de que se trate;

- hay estrangulamientos de carácter administrativo que afectan negativamente a la competitividad del transporte intermodal.

La integración de los distintos modos de transporte debe realizarse a todos estos niveles.

En tales circunstancias, la Comisión preconiza una serie de acciones para fomentar el transporte intermodal en Europa.

En materia de infraestructuras y medios de transporte integrados, el objetivo es tener una red coherente de infraestructuras y puntos de transbordo a escala europea con objeto de garantizar la interoperabilidad y la interconexión de los modos de transporte. Con este fin, la Comisión:

  • desea reforzar la configuración intermodal de las RTE;
  • apoya la implantación de servicios logísticas que tengan un potencial de valor añadido en la localización de los puntos de transbordo;
  • garantiza el pilotaje del proceso de armonización de las unidades de carga (dimensiones y pesos).

Las medidas propuestas para mejorar la interoperabilidad y la interconexión de operaciones son las siguientes:

  • analizar el mercado de forma que se incrementen la integración del transporte y la logística;
  • prolongar el antiguo programa PACT (el nuevo Programa es Marco Polo);
  • crear "superpistas" transeuropeas de transporte ferroviario de mercancías caracterizadas por la libertad de acceso e integrarlas en un entorno intermodal;
  • elaborar unos principios comunes de tarificación y definición de cargas para los distintos modos de transporte;
  • revisar el Reglamento (CEE) nº 1107/70 (nueva propuesta COM (2000) 0007 final), relativo a las ayudas concedidas en el sector del transporte combinado, habida cuenta de la necesidad de mejorar la competitividad de dicho sector;
  • definir unas directrices para la concesión de ayudas estatales en el sector del transporte intermodal;
  • aplicar las reglas de competencia al transporte intermodal de mercancías;
  • coordinar los horarios intermodales mediante la creación de un foro electrónico.

Para que la intermodalidad sea una realidad, se necesitan servicios y reglamentaciones comunes a todos los modos de transporte. Para ello, la Comisión fomenta las iniciativas siguientes:

  • establecer un marco que facilite el desarrollo de sistemas electrónicos intermodales de información en tiempo real;
  • utilizar estructuras de comunicación como los satélites o la red GSM para el seguimiento y la localización de las cargas en los distintos modos de transporte;
  • determinar unos criterios de normalización adecuados para los procedimientos y documentos relativos al transporte sin soporte papel, en especial procedimientos aduaneros;
  • promover un régimen no obligatorio de responsabilidad intermodal.

También se deben promover algunas acciones en materia de:

  • investigación e innovación a través de la red de investigación INTERACT y de los Programas Marco;
  • evaluación y escalonamiento de los rendimientos mediante la elaboración de metodologías y la creación de un centro europeo de referencia intermodal para el transporte de mercancías;
  • cooperación entre los Estados miembros;
  • definición de conceptos para las estadísticas de transporte intermodal.

Por último, la Comisión pone de manifiesto la necesidad de coordinación entre la intermodalidad y las acciones desarrolladas en los ámbitos de la sociedad de la información, el desarrollo regional, la integración de las PYME y el medio ambiente.

4) TRABAJOS POSTERIORES

Propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las unidades de carga intermodales [COM (2004) 361 - no publicada en el Diario Oficial].

Reglamento (CE) n° 1382/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativo a la concesión de ayuda financiera comunitaria para mejorar el impacto medioambiental del sistema de transporte de mercancías (programa Marco Polo) [Diario Oficial L 196 de 2.8.2003].

Reglamento (CE) nº 2196/98 del Consejo de 1 de octubre de 1998 relativo a la concesión de ayudas financieras comunitarias para la realización de acciones de carácter innovador en favor del transporte combinado [Diario Oficial L 277 de 14.10.1998].

Directiva 92/106/CEE del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, relativa al establecimiento de normas comunes para determinados transportes combinados de mercancías entre Estados miembros [Diario Oficial L 368 de 17.12.1992].

Última modificación: 23.02.2005

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