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Contribución de las políticas fiscal y aduanera a la estrategia de Lisboa

La Comisión ha lanzado un plan que establece medidas fiscales y aduaneras a escala de la Unión Europea (UE) para alcanzar los objetivos de la estrategia de Lisboa. El funcionamiento de 25 sistemas fiscales nacionales impide sacar pleno partido de las ventajas ofrecidas por el mercado único. Las medidas propuestas tienen por objeto reducir los efectos negativos que tiene la coexistencia de distintos sistemas fiscales nacionales en la integración de los mercados.

ACTO

Comunicación de la Comisión de 25 de octubre de 2005 al Consejo y al Parlamento Europeo «Contribución de las políticas fiscal y aduanera a la estrategia de Lisboa» [COM (2005) 532 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

En 2005, la Comisión propuso dar un nuevo impulso a la estrategia de Lisboa. La presente comunicación describe las medidas e iniciativas adoptadas por la Comunidad Europea (CE) para realizar los objetivos de la estrategia de Lisboa en el ámbito de las políticas fiscal y aduanera.

Las medidas e iniciativas en los ámbitos fiscal y aduanero tienen por objetivo:

  • convertir a la Unión Europea (UE) en un lugar más atractivo para los inversores y los trabajadores;
  • aumentar y mejorar el conocimiento y la innovación para el crecimiento.

INVERSIONES E INTEGRACIÓN DE LOS MERCADOS

Para hacer de la UE un lugar más atractivo para los inversores y los trabajadores, la presente comunicación presenta acciones fiscales y aduaneras destinadas a:

  • ampliar y desarrollar más el mercado interior;
  • garantizar la apertura y la competitividad de los mercados dentro y fuera de la UE;
  • mejorar las legislaciones europea y las nacionales.

Ampliación y mayor desarrollo del mercado interior

El funcionamiento de los sistemas fiscales nacionales tiene una incidencia negativa en la integración de los mercados en la UE. Con el fin de sacar pleno partido de las ventajas ofrecidas por el mercado único, deberían eliminarse los obstáculos aún existentes. La Comisión ha previsto cinco categorías de medidas que deben adoptarse.

La coexistencia de distintos sistemas de fiscalidad de las empresas concede a las actividades transfronterizas un trato distinto del reservado a actividades nacionales similares. La primera medida es introducir en la UE una base común consolidada para el impuesto de sociedades. Desde 2001, la Comisión está poniendo en marcha una estrategia destinada a establecer una base común consolidada para el impuesto de sociedades («ACCIS»).

Una segunda serie de medidas tiene por objeto simplificar el entorno fiscal. Para crear un entorno competitivo equitativo, es necesario eliminar los obstáculos relacionados con la fiscalidad de las empresas respecto de:

  • las obligaciones relativas al impuesto sobre el valor añadido (IVA);
  • la aplicación con carácter experimental de la fiscalidad según las normas del Estado de residencia;
  • las normas en materia de IVA aplicables a las prestaciones de servicios internacionales;
  • las normas en materia de IVA aplicables a los servicios financieros;
  • las normas que regulan las exenciones aplicables a los servicios de interés público.

Una tercera serie de medidas contempla suprimir los obstáculos fiscales transfronterizos que encuentran las empresas europeas. A la espera de la creación de ACCIS, la Comisión prevé establecer:

  • un sistema de compensación transfronteriza de pérdidas;
  • un sistema de gestión de los precios de las transferencias;
  • medidas para suprimir algunos impuestos indirectos como el impuesto sobre las aportaciones de capital.

La cuarta medida se propone establecer una nueva estrategia de imposición de los vehículos automóviles con el fin de suprimir los impuestos de matriculación en los Estados miembros.

La quinta medida se refiere a una nueva política de lucha contra las distorsiones imputables al fraude y la evasión fiscales.

Apertura y competitividad de los mercados

Los productos pirateados y falsificados van en detrimento de los derechos de propiedad industrial e intelectual de las empresas europeas. Por eso es necesario adoptar medidas de protección de los derechos de propiedad intelectual. En octubre de 2005 la Comisión adoptó una comunicación sobre el papel de las aduanas de cara a las tendencias de falsificación y piratería.

Al objeto de mejorar la legislación aduanera y promover la aduana electrónica, la Comisión adoptó comunicaciones sobre:

Mejora de las legislaciones europea y nacionales

Es necesario proceder a la modernización de las normas en materia de IVA, decidida en la sexta directiva sobre el IVA, para poner a disposición de los operadores un conjunto de normas precisas. La existencia de disposiciones vinculantes contribuiría a eliminar las divergencias existentes a escala comunitaria y brindaría la posibilidad de una aplicación más uniforme de estas normas. Así, una aplicación más uniforme del sistema del IVA facilitará el ejercicio de las actividades a las empresas europeas.

CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN

Con el fin de incrementar los conocimientos y la innovación con vistas a un mayor crecimiento, la presente comunicación presenta acciones fiscales y aduaneras para:

  • favorecer las inversiones en la investigación y el desarrollo (I+D);
  • promover la utilización sostenible de los recursos.

Investigación y desarrollo (I+D)

Para aumentar y mejorar las inversiones en la investigación y el desarrollo (I+D), la Comisión propone adoptar directrices relativas a los incentivos fiscales en favor de la I+D. Estas directrices deberían:

  • decidir las principales exigencias jurídicas que deben cumplir los incentivos fiscales implantados en la UE;
  • sacar a la luz las buenas prácticas adoptadas en algunos Estados miembros por lo que se refiere al trato fiscal y los incentivos en favor de la I+D;
  • precisar el mensaje político y el contenido de posibles iniciativas futuras en los Estados miembros.

Utilización sostenible de los recursos

Los impuestos indirectos pueden desempeñar un papel importante para favorecer una utilización sostenible de los recursos, sobre todo en el ámbito de la energía, el transporte y el medio ambiente. Se trata, por ejemplo, de la directiva relativa a la fiscalidad de los productos energéticos, y también de la fiscalidad del gasóleo con fines profesionales, la fiscalidad de la energía y la fiscalidad del automóvil.

ACTOS CONEXOS

IMPUESTO DE SOCIEDADES

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo: "Aplicación del Programa Comunitario para el aumento del crecimiento y el empleo y la mejora de la competitividad de las empresas de la UE: Progresos realizados en 2006 y próximas etapas hacia la elaboración de una propuesta relativa a la Base Imponible Consolidada Común del Impuesto sobre Sociedades (BICCIS)" [COM(2007) 223 final - no publicada en el Diario Oficial].

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo, de 5 de abril de 2006, «Aplicación del Programa comunitario de Lisboa - Avances realizados y por realizar para el establecimiento de una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS)» [COM (2006) 157 final - no publicada en el Diario Oficial].

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo, de 23 de diciembre de 2005, «Superación de los obstáculos con que se enfrentan las pequeñas y medianas empresas en el mercado interior en materia de impuesto de sociedades - Esbozo de una posible aplicación de un régimen piloto de imposición según las normas del Estado de origen» [COM (2005) 702 final - no publicada en el Diario Oficial].

Comunicación de la Comisión de 24 de noviembre de 2003 al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo, «Un mercado interior sin obstáculos vinculados al impuesto de sociedades: logros, iniciativas actuales y retos pendientes». [COM (2005) 261 final - no publicada en el Diario Oficial]

Comunicación de la Comisión de 23 de octubre de 2001 al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo - «Hacia un mercado interior sin obstáculos fiscales - Una estrategia destinada a dotar a las empresas de una base imponible consolidada del impuesto sobre sociedades para sus actividades a escala comunitaria». [COM (2001) 582 final - no publicada en el Diario Oficial].

FISCALIDAD DE LOS VEHÍCULOS

Propuesta de directiva del Consejo de 5 de julio de 2005 sobre los impuestos aplicables a los vehículos de turismo [COM (2005) 261 final - no publicada en el Diario Oficial] [Procedimiento CNS/2005/0130].

Última modificación: 24.05.2007

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