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República Checa - Empleo y asuntos sociales

Prioridades a corto plazo

  • elaborar una estrategia nacional con vistas a la posterior participación en la estrategia europea de empleo;
  • apoyar los esfuerzos de los interlocutores sociales para dotarse de las capacidades necesarias para el desarrollo y la aplicación del acervo.

Evaluación (noviembre de 2000)

Esta prioridad se cumplió ampliamente. Se estableció un plan nacional de empleo. Mejoró el diálogo social, sobre todo en la empresa.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Prioridades a medio plazo:

  • desarrollar las adecuadas estructuras relativas al mercado de trabajo y evaluar conjuntamente las políticas de empleo como preparación en la perspectiva de la participación en una coordinación europea;
  • adaptar el derecho laboral y la legislación sobre salud y seguridad en el trabajo;
  • desarrollar estructuras de control (adoptar rápidamente la Directiva marco sobre salud y seguridad en el trabajo);
  • aplicar el principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres;
  • potenciar el diálogo social activo y autónomo;
  • promover el desarrollo de la protección social;
  • perseverar para situar las normas de sanidad pública al mismo nivel que las normas europeas.

Evaluación (octubre de 1999)

Los preparativos para el examen conjunto de las políticas de empleo se continúan de manera satisfactoria. Se han realizado progresos en la aproximación de la legislación en lo relativo a la igualdad de oportunidades.

Evaluación (noviembre de 2000)

Se progresó en la incorporación del acervo en materia de seguridad social. Se observan mayores adaptaciones en lo relativo al tiempo de trabajo y los despidos colectivos. Se adoptaron leyes sobre la igualdad de oportunidades, la discriminación entre mujeres y hombres, el permiso parental, la remuneración, las personas con discapacidades y la salud pública. Se adoptaron las primeras medidas para crear un sistema de vigilancia estatal de la seguridad y la salud en el lugar de trabajo.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Tras la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa se incorporaron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

REFERENCIAS

Decisión 98/267/CE de 30.03.1998Diario Oficial L 121 de 23.04.1998

Decisión 1999/858/CE de 06.12.1999Diario Oficial L 335 de 28.12.1999

Dictamen de la Comisión COM(97) 2009 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(98) 708 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(1999) 503 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2000) 703 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1200No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

Última modificación: 19.11.2004

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