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Hungría

1) REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM(97) 2001 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(98) 700 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(1999) 505 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2000) 705 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1748 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1404 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1205 - No publicado en el Diario Oficial]Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 236 de 23.9.2003]

2) SÍNTESIS

El dictamen de julio de 1997 consideraba que Hungría debería poder atenerse a la mayor parte de los elementos de la reglamentación energética de la Unión en los próximos años, si continúa realizando los esfuerzos emprendidos. No obstante, el informe también pedía que fueran objeto de un seguimiento atento algunos ámbitos como la adaptación de los monopolios, en especial por lo que respecta a las importaciones y exportaciones, el acceso a las redes, la determinación de los precios de la energía, las intervenciones públicas en los sectores de los combustibles sólidos y del uranio, la mejora de la eficiencia energética y las normas de calidad de los combustibles. En cambio, el dictamen no preveía ningún problema especial en lo que se refiere al cumplimiento de las disposiciones Euratom, siempre que las normas de seguridad nuclear reciban la atención necesaria de manera que la única central nuclear de que dispone Hungría alcance el nivel deseado. Sin embargo, pedía que se vigilen las soluciones que se han de encontrar a largo plazo para los residuos nucleares.

El informe de noviembre de 1998 señalaba la realización de progresos en lo que se refiere al ajuste de monopolios, el acceso a las redes y la fijación de los precios de la energía. No obstante, pedía que se prestara atención a la intervención estatal en los sectores de los combustibles sólidos y el uranio, así como al desarrollo de la eficiencia energética y las normas de calidad de los combustibles.

El informe de octubre de 1999 señalaba que se habían realizado progresos, en particular en lo respectivo a la adopción de una nueva estrategia en materia de política energética. No obstante, seguía siendo necesario realizar esfuerzos particulares en algunos sectores, tales como la preparación del mercado interior de la energía (Directivas sobre el gas y la electricidad) o la adaptación de los monopolios. Por lo que respecta a las disposiciones Euratom, su cumplimiento no debería plantear ningún problema importante. Como en el pasado, Hungría debía seguir prestando la atención debida a las cuestiones de seguridad nuclear.

En su informe de noviembre de 2000 la Comisión observaba que Hungría ya había integrado los principios fundamentales del mercado interior de la energía, si bien debía aplicarlos plenamente. Se necesitaban esfuerzos, especialmente en lo que se refiere a una mayor liberalización en la perspectiva del mercado interior de la energía (Directivas sobre el gas y la electricidad) y al rendimiento energético.

En su informe de noviembre de 2001 la Comisión consideraba que se realizaron avances limitados en este ámbito desde el último informe periódico. Si bien es cierto que Hungría adoptó un marco administrativo para este sector, se observó cierto retraso en la adaptación al mercado interior, ya que aún no se aprobó el proyecto de ley sobre la liberalización del mercado de la electricidad y no se ha producido avance alguno en el sector del gas. Por consiguiente, deberá prestarse especial atención a este aspecto del ámbito energético. El refuerzo de las instituciones progresó y el Gobierno siguió fomentando el rendimiento energético. Hungría también registró avances en el ámbito importante de la seguridad nuclear.

El informe de octubre de 2002 observaba los avances en la preparación de la adhesión en el ámbito de la energía, aunque la aproximación al acervo en los sectores de la electricidad y el gas fue más lenta de lo previsto. No obstante, la adopción de la ley sobre la electricidad constituía un hecho positivo considerable, ya que suponía una etapa importante de la integración de Hungría en el mercado interior de la electricidad de la UE.

El informe de 2003 subraya que Hungría cumple la mayor parte de los compromisos contraídos y de los requisitos derivados de las negociaciones de adhesión en el ámbito energético. Ahora bien, debe seguir liberalizando los mercados de la electricidad y el gas y completar la adaptación de su legislación al acervo en estos ámbitos.

El Tratado de adhesión se firmó el 16 de abril de 2003, y la adhesión se produjo el 1 de mayo de 2004

ACERVO COMUNITARIO

Los elementos fundamentales del acervo en el ámbito energético están constituidos por las disposiciones del Tratado y del Derecho derivado relacionado concretamente con la competencia y las ayudas estatales, el mercado interior de la energía -en especial, las directivas sobre electricidad, transparencia de precios, tránsito de gas y electricidad, hidrocarburos, concesión de licencias, medidas de intervención en casos de emergencia y, en particular, las obligaciones en materia de reservas de seguridad, etc.- la energía nuclear, la eficiencia energética y las normas de respeto del medio ambiente.

En la actualidad, el acervo comunitario en el ámbito de la energía nuclear está constituido por un marco de instrumentos reglamentarios y políticos que incluyen acuerdos internacionales. Abarca los problemas de salud y seguridad (en particular, la radioprotección), la seguridad de las instalaciones nucleares, la gestión de los residuos radiactivos, las inversiones, el fomento de la investigación, la creación de un mercado común en el ámbito nuclear, el abastecimiento, el control de seguridad y las relaciones internacionales

El Libro Blanco (Preparación de los Estados asociados de Europa Central y Oriental a su integración en el mercado interior de la Unión Europea) señala, en la parte consagrada a la energía, la necesidad de aplicar íntegramente las principales directivas sobre el mercado interior, así como las disposiciones conjuntas del derecho de competencia de la Comunidad Europea. Por lo que respecta al sector nuclear, el Libro Blanco menciona los problemas del abastecimiento, el control de seguridad y la transferencia de residuos nucleares.

EVALUACIÓN

La adopción, en julio de 1999, de la estrategia energética a largo plazo permitió definir el marco adecuado para la adaptación al acervo en materia de energía. En conjunto, Hungría avanza en la aplicación del acervo y sigue consolidando su marco administrativo. Hungría ya ha adoptado los grandes principios del mercado interior de la energía y sigue velando por su aplicación. Sin embargo, Hungría ha registrado cierto retraso en este ámbito. Debe intensificar sus esfuerzos en la preparación del mercado interior mediante una aprobación acelerada de nuevas medidas legislativas sobre el gas y la electricidad, con el fin de evitar nuevos retrasos en la apertura del mercado.

En lo que se refiere a la seguridad del suministro, las reservas de petróleo crudo y de productos petrolíferos alcanzan el nivel exigido. Los niveles actuales de reservas de petróleo son superiores a los requisitos comunitarios.

En materia de competitividad y de mercado interior de la energía, Hungría ha adoptado la Ley sobre la electricidad, por la que la legislación húngara se aproxima del acervo y que constituye un desarrollo importante en el sector de la energía. Se prevé una apertura a la competencia del 44% del mercado del gas a partir de enero de 2004.

En lo que se refiere a la eficiencia energética y a las fuentes de energía renovables, Hungría ha lanzado un programa en favor de la eficiencia energética cuyos principales objetivos son fomentar la utilización de fuentes de energía renovables y lograr una mayor concienciación de la población ante los problemas energéticos.

Hungría dispone de una estructura institucional bien desarrollada en el ámbito de la energía. Dicha estructura ha sido reforzada desde el último informe. Entre otros puntos, Hungría ya dispone de un organismo para la seguridad nuclear, un Consejo de conciliación de intereses en materia energética, un centro de energía responsable del rendimiento energético y un gestor de la red independiente. Ahora bien, convendría que algunos de estos organismos fueran reforzados. El Gobierno aprobó, a finales de 1999, un programa para el rendimiento energético y se continúa fomentando esta política.

En el sector de la energía nuclear, Hungría posee cuatro reactores VVER 440/213 en funcionamiento en la central nuclear de Paks. Estos reactores, de concepción soviética, se consideran capaces de alcanzar los niveles de seguridad internacionales.

Hungría prosigue actualmente un programa de modernización de la central nuclear de Paks, que deberá concluir antes de finales del 2002 y más de dos tercios de las actividades previstas ya se habían realizado a finales del año 2000. Estas medidas han permitido dividir por 10 el riesgo de daños en el núcleo del reactor. Hungría debería facilitar información complementaria sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones del informe del Consejo sobre la seguridad nuclear en el contexto de la ampliación, publicado en el año 2001.

La Autoridad de la

energía atómica

ejerce funciones de regulación, concesión de licencias y control. Aunque depende del Gobierno, se trata de una autoridad independiente y dispone de un presupuesto separado. Una misión del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) ha confirmado la elevada competencia de la Autoridad. En junio de 2001 el Consejo de la Unión Europea aprobó un informe sobre la seguridad nuclear en el contexto de la ampliación. El informe presenta recomendaciones generales para todos los países candidatos, especialmente en lo que se refiere a la plena realización de los programas de modernización y gestión fiable de los residuos radiactivos y del combustible irradiado. El Consejo recomienda a Hungría adoptar varias medidas específicas. Por ejemplo, considera que Hungría debería prever zonas de almacenamiento de residuos radiactivos de nivel bajo y medio.

Hungría es parte en todos los grandes Convenios internacionales y es miembro del Organismo Internacional de Energía Atómica y de la Agencia de la OCDE. Hungría ha suscrito un acuerdo global de salvaguardias con el OIEA. No obstante, deberá velarse por que se cumplan íntegramente los requisitos y los procedimientos de Euratom.

Hungría participa en el programa comunitario de fomento de la eficacia energética - SAVE II (1), así como en el programa JOULE-THERMIE. (1) Decisión del Consejo de asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Hungría, por otra, de 22 de junio de 1999, por la que se adoptan las modalidades y condiciones de participación de Hungría en el programa de fomento de la eficacia energética en la Comunidad - SAVE II

Última modificación: 16.01.2004

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