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Erasmus Mundus (2004 – 2008)

El programa Erasmus Mundus se propone mejorar la calidad de la enseñanza superior europea favoreciendo la cooperación con terceros países con objeto de mejorar el atractivo de la enseñanza superior en Europa.

ACTO

Decisión n° 2317/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de diciembre de 2003, por la que se establece un programa para la mejora de la calidad de la enseñanza superior y la promoción del entendimiento intercultural mediante la cooperación con terceros países (Erasmus Mundus) (2004-2008).

SÍNTESIS

El programa Erasmus Mundus, puesto en marcha para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2008, propone una oferta claramente «europea» en el ámbito de la enseñanza superior. Pretende sobre todo mejorar la calidad y el atractivo de la enseñanza superior en Europa y favorecer la movilidad internacional de los académicos y estudiantes. Erasmus Mundus es consecuencia de las comunicaciones de la Comisión relativas al refuerzo de la cooperación con terceros países y al papel de las universidades en la Europa del conocimiento.

Objetivos

Erasmus Mundus pretende mejorar la calidad de la enseñanza superior europea favoreciendo la cooperación con terceros países con objeto de mejorar el desarrollo de los recursos humanos y fomentar el diálogo y el entendimiento entre los pueblos y las culturas. Más en concreto, este programa se propone:

  • promover una oferta de enseñanza superior de calidad, que presente un valor añadido propiamente europeo;
  • fomentar y permitir que titulados superiores y académicos altamente cualificados de todo el mundo adquieran cualificaciones y experiencia en la Unión Europea (UE);
  • desarrollar una cooperación más estructurada entre los centros de la UE y de terceros países y una mayor movilidad con origen en la UE;
  • aumentar la accesibilidad y mejorar la visibilidad de la enseñanza superior en el mundo.

Para alcanzar los objetivos del programa, la Comisión respetará la política general de la Comunidad respecto a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. La Comisión asegurará, asimismo, que ningún grupo de ciudadanos o nacionales de terceros países sea excluido o desfavorecido.

Acciones

El programa Erasmus Mundus se lleva a la práctica mediante las cinco acciones siguientes.

Los cursos de máster Erasmus Mundus son títulos europeos de segundo y tercer ciclo, seleccionados por la Comunidad en función de la calidad de los cursos ofrecidos. Los cursos de máster Erasmus Mundus tienen las siguientes características:

  • cuenten con la participación de al menos tres centros de enseñanza superior de tres Estados miembros diferentes;
  • un programa de estudios en el que se prevea un periodo de estudio en al menos dos de los tres centros;
  • dispondrán de mecanismos integrados para el reconocimiento de los periodos de estudio cursados en los centros asociados;
  • la concesión, por los centros participantes, de titulaciones conjuntas, dobles o múltiples reconocidas o acreditadas por los Estados miembros;
  • reservarán un mínimo de plazas para estudiantes de terceros países;
  • condiciones transparentes de admisión, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, cuestiones relacionadas con la equidad y con la igualdad entre hombres y mujeres;
  • normas claras para conceder becas a estudiantes y académicos;
  • instalaciones apropiadas (servicios de información, alojamiento, etc.) para los estudiantes originarios de terceros países;
  • el empleo de al menos dos lenguas europeas habladas en los Estados miembros en que estén situados los centros de enseñanza superior participantes.

Los cursos de máster Erasmus Mundus se seleccionarán por un periodo de cinco años, renovable anualmente.

Las becas son ayudas financieras destinadas a los estudiantes titulados superiores y a los académicos de terceros países que participan en los cursos de máster Erasmus Mundus. No obstante, los estudiantes y académicos deberán cumplir determinadas condiciones para beneficiarse de una de estas becas.

Los estudiantes deberán ser ciudadanos de un tercer país y poseer un primer título de enseñanza superior. No deberán residir en ninguno de los Estados miembros ni de los países participantes y no pueden haber ejercido su actividad principal en uno de los Estados miembros o uno de los países participantes durante más de doce meses a lo largo de los cinco últimos años. Además, deben haber sido admitidos para matricularse o estar matriculados en un curso de máster Erasmus Mundus.

Los académicos deben ser ciudadanos de un tercer país que no residan en ninguno de los Estados miembros o de los países participantes. No deben haber ejercido su actividad principal en uno de los Estados miembros o uno de los países participantes durante un periodo total de más de doce meses a lo largo de los últimos cinco años. Asimismo, deberán disponer de una experiencia académica y/o profesional de primer orden.

Las asociaciones con centros de enseñanza superior de terceros países vincularán, por periodos de hasta tres años, a un curso de máster de Erasmus Mundus y al menos un centro de enseñanza superior de un país no perteneciente a la UE, a fin de crear un marco para la movilidad hacia terceros países. Se asegurará el reconocimiento de los periodos de estudio en el centro de acogida (es decir, no perteneciente a la UE).

Los estudiantes y académicos ciudadanos de un Estado miembro o ciudadanos de terceros países que hayan residido legalmente en la UE durante un periodo mínimo de tres años (con fines distintos de los estudios) antes del comienzo del programa de movilidad, podrán solicitar las becas de movilidad.

Los proyectos de asociación también podrán incluir:

  • labores docentes en un centro asociado destinadas a elaborar el plan de estudios del proyecto;
  • intercambio de profesores, formadores, administradores y otros especialistas pertinentes;
  • la puesta a punto y la difusión de nuevas metodologías en el ámbito de la enseñanza superior, en particular la utilización de tecnologías de la información y la comunicación, el aprendizaje electrónico y la enseñanza abierta y a distancia;
  • el desarrollo de programas de cooperación con centros de enseñanza superior de terceros países con vistas a impartir un curso en el país en cuestión.

Erasmus Mundus apoya las actividades y medidas que potencien la capacidad de atracción de la enseñanza superior europea como destino educativo, por ejemplo mediante la mejora del perfil, la visibilidad y la accesibilidad de la enseñanza europea. Las medidas también pueden ir dirigidas a la realización de objetivos del programa Erasmus Mundus tales como la dimensión internacional de la garantía de calidad, la movilidad o el reconocimiento de créditos y de las cualificaciones europeas en el extranjero así como el reconocimiento mutuo de las cualificaciones con terceros países. Pueden consistir también en establecer vínculos entre la enseñanza superior y la investigación.

Las actividades deberán llevarse a cabo en redes que conectarán al menos a tres organizaciones públicas o privadas de tres Estados miembros diferentes cuya actividad se desarrolle en el ámbito de la enseñanza superior a escala nacional o internacional. Esas redes podrán asociar también a organizaciones de terceros países. Estas actividades (seminarios, conferencias, talleres, herramientas TIC, publicaciones, etc.) podrán tener lugar en los Estados miembros o en terceros países.

Las medidas de apoyo técnico, durante la ejecución del programa, podrán contar con la participación de expertos, agencias de ejecución u otras agencias competentes ya existentes en los Estados miembros por iniciativa de la Comisión y cualquier otra forma de asistencia técnica.

Beneficiarios

Erasmus Mundus va dirigido específicamente a:

  • los centros de enseñanza superior;
  • los estudiantes que posean un título de primer ciclo, expedido por un centro de enseñanza superior;
  • los académicos o investigadores;
  • el personal que intervenga directamente en la enseñanza superior;
  • los demás organismos públicos o privados cuya actividad se desarrolle en el ámbito de la enseñanza superior.

Países participantes

El programa está abierto a la participación de los Estados miembros de la Comunidad, los países de la Asociación Europea de Libre Comercio que forman parte del Espacio Económico Europeo (AELC-EEE) y los países candidatos a la adhesión a la UE.

Aplicación del programa

La Comisión se encarga de la puesta en práctica efectiva del programa. Un Tribunal de Selección, compuesto de personalidades eminentes del mundo académico y representativo de la diversidad de la enseñanza superior en la UE, seleccionará los cursos de máster Erasmus Mundus y las asociaciones de centros de enseñanza superior. Los cursos de máster Erasmus Mundus contarán con una cantidad concreta de becas. La selección de los estudiantes de terceros países la efectuarán los centros que ofrezcan los cursos de máster Erasmus Mundus. La Comisión, por su parte, seleccionará las actividades promocionales.

Los procedimientos de selección contemplan un mecanismo de compensación a escala europea a fin de evitar grandes desequilibrios entre los campos de estudio y las nacionalidades de los estudiantes y los académicos y los Estados miembros de destino.

En cooperación con los Estados miembros, la Comisión asegurará la coherencia global y la complementariedad con otras políticas, instrumentos y acciones comunitarios pertinentes, en especial con los programas marco de investigación y con los programas de cooperación exterior en el ámbito de la enseñanza superior.

Los Estados miembros deberán garantizar una gestión eficaz del programa a nivel nacional (incluida la designación de las estructuras apropiadas que cooperarán estrechamente con la Comisión), asociando a todas las partes interesadas, y se esforzarán asimismo por eliminar los obstáculos jurídicos o administrativos.

Presupuesto

La dotación financiera inicial para el periodo 2004 – 2008 asciende a 230 millones de euros. Dicho importe se ha complementado mediante dotaciones financieras procedentes del presupuesto «ayuda exterior» y asciende ahora a 296,1 millones de euros. La autoridad presupuestaria autorizará los créditos anuales ajustándose a las perspectivas financieras.

Seguimiento y evaluación

La Comisión realizará, en cooperación con los Estados miembros, el seguimiento periódico del programa. También evaluará de forma constante los efectos del programa en su conjunto y la complementariedad entre las acciones llevadas a cabo en el marco del programa y en el de otras políticas, instrumentos y acciones comunitarias pertinentes.

La Comisión se compromete a presentar al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

  • un informe sobre las repercusiones financieras de una adhesión de un nuevo Estado miembro al programa y propuestas para encontrar soluciones;
  • un informe intermedio de evaluación sobre los resultados obtenidos y sobre los aspectos cualitativos de la aplicación del programa, a más tardar el 30 de junio de 2007;
  • una comunicación sobre la continuación del programa, a más tardar el 31 de diciembre de 2007;
  • un informe de evaluación ex post, a más tardar el 31 de diciembre de 2009.

Contexto

El programa Erasmus Mundus responde a los retos del Proceso de Bolonia, que dio comienzo en 1999 y de la Estrategia de Lisboa, puesta en marcha en 2000. Estas dos acciones garantizan respectivamente que el sistema europeo de enseñanza superior tenga en todo el mundo un poder de atracción a la altura de sus tradiciones culturales y científicas, y que los sistemas europeos de educación y de formación se adapten a las demandas de la sociedad del conocimiento.

Referencias

Acto

Entrada en vigor – Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 2317/2003/CE

20.1.2004 – 31.12.2008

-

DO L 345 de 31.12.2003.

ACTOS CONEXOS

Decisión nº 1298/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por la que se establece el programa de acción Erasmus Mundus 2009-2013 para la mejora de la calidad de la enseñanza superior y la promoción del entendimiento intercultural mediante la cooperación con terceros países [Diario Oficial L 340 de 19.12.2008]. El programa de acción Erasmus Mundus 2009-2013 se basa en su antecesor para el período 2004-2008. Este nuevo programa mantiene los objetivos de excelencia del anterior, aunque introduce algunas adaptaciones en el ámbito de aplicación. Entre otras novedades, el programa se ha ampliado al nivel de doctorado, integra de forma más eficaz las instituciones de educación superior de terceros países y sus necesidades, y proporciona más financiación a los participantes europeos. Además, ahora también se aplica mediante programas conjuntos, asociaciones y medidas de promoción de la educación superior europea, y no sólo a través de las cinco acciones anteriores.

EVALUACIÓN

Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 2 de julio de 2007 – Informe sobre la Evaluación Intermedia del Programa Erasmus Mundus 2004-2008 [COM(2007) 375 final – no publicado en el Diario Oficial]. En el periodo 2004 – 2006, el programa Erasmus Mundus dio lugar a la creación de ochenta cursos de máster Erasmus Mundus, 2 325 becas para estudiantes de terceros países, diecinueve asociaciones y veintitrés proyectos para reforzar el atractivo de la enseñanza superior europea. La Comisión presenta sus conclusiones y recomendaciones relativas a la aplicación del programa en base a la evaluación externa que se llevó a cabo durante el periodo 2004 – 2006. Se aprecia el valor añadido del programa así como su pertinencia, utilidad, eficiencia, la eficacia y viabilidad. El programa Erasmus Mundus responde a los objetivos del Proceso de Bolonia y de la Estrategia de Lisboa en términos de movilidad, cooperación, excelencia y entendimiento intercultural. De esta forma, se puede defender el lugar de la enseñanza superior europea en el mundo. El programa ha permitido igualmente una cooperación más estructurada. Ha impulsado además a algunos Estados miembros a definir un marco legal para la homologación de títulos conjuntos, dobles o múltiples en caso de asociación. Sin embargo, se han debido aportar nuevos recursos financieros, procedentes del presupuesto «ayuda exterior» para hacer frente al aumento de las solicitudes de cursos de máster y becas. Por otro lado, los estudiantes no europeos se han beneficiado más del programa que los estudiantes de la UE.

Se han formulado asimismo recomendaciones para mejorar, reforzar o ampliar el programa con vistas a la elaboración del próximo periodo de programación. Dichas recomendaciones se refieren a la concepción del programa, mediante la ampliación de las becas a los estudiantes de la UE, la ampliación del programa a los cursos de doctorado, el fomento de la cooperación y las asociaciones con centros de enseñanza superior de terceros países, etc. Las recomendaciones sobre la gestión del programa se refieren sobre todo a las becas, el papel reforzado de las fuentes de información nacionales, la promoción, la difusión y el seguimiento de los proyectos, así como a la elaboración de una guía de buenas prácticas para garantizar la calidad de los cursos de máster. Por lo que respecta a la financiación del programa, las becas Erasmus Mundus y las tasas de matrícula para los cursos de máster se mantendrán a un nivel competitivo a escala internacional. La Comisión estudia la posibilidad de aumentar las subvenciones asignadas a las universidades que participen en un consorcio de cursos de máster Erasmus Mundus para que se refleje mejor el coste real de los programas.

Última modificación: 11.09.2009

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