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Fomento de las organizaciones que trabajan en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres (2004-2006)

La Unión Europea ha desarrollado un programa de acción comunitario para prestar ayuda financiera a organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres.

ACTO

Decisión n º 848/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de las organizaciones que trabajan a escala europea en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

La propuesta se basa en apartado 2 del artículo 13 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que otorga al Consejo el poder de adoptar las medidas apropiadas para luchar contra cualquier forma de discriminación y, en concreto, la discriminación por motivos de sexo.

Objetivo

El programa propuesto constituye un acto de base para prestar ayuda financiera a las organizaciones cuyas actividades persigan un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres.

Organizaciones beneficiarias

Para poder beneficiarse de una subvención, la organización debe participar en la acción comunitaria en el ámbito de la igualdad entre hombres y mujeres, respetar las disposiciones y los principios jurídicos en los que se basa esta acción comunitaria y tener una proyección potencial a escala transnacional. Por otro lado, debe haberse constituido jurídicamente hace más de un año, de manera independiente o en forma de diversas asociaciones coordinadas. La selección se efectúa mediante convocatorias de propuestas.

El Lobby Europeo de Mujeres viene nominalmente designado en el programa, debido a su función primordial de fomento, seguimiento y difusión de las medidas comunitarias relativas a las mujeres. De este modo, dicho Lobby recibe directamente una subvención de funcionamiento.

La propuesta pretende tener un amplio alcance geográfico. Así, las organizaciones beneficiarias pueden estar establecidas en los Estados miembros o en los países candidatos si estos últimos han adoptado un memorándum de acuerdo para este programa.

Aspectos financieros

En el programa propuesto se prevé que la subvención de funcionamiento no represente más del 80 % del total de los gastos subvencionables de la organización en el año civil para el que se conceda dicha subvención.

El programa comenzó el 1 de enero de 2004 y finaliza el 31 de diciembre de 2006. La dotación presupuestaria prevista para tal período se eleva a 3,3 millones de euros.

En las cláusulas transitorias, introducidas a título extraordinario, se estipula que, para las subvenciones concedidas en 2004, bajo determinadas condiciones, el periodo de financiación de gastos haya comenzado el 1 de enero de 2004.

Contexto

El Libro Blanco de la Comisión sobre la gobernanza europea [COM(2001) 428 final] invita a los ciudadanos de la sociedad civil y las organizaciones que la componen a implicarse y participar en las políticas comunitarias, desde su elaboración hasta su aplicación.

El Reglamento financiero (CE, Euratom) n° 1605/2002 requiere que se dote de un acto de base a las políticas de apoyo existentes en favor de las organizaciones que fomentan la igualdad entre hombres y mujeres. La Unión Europea propone, por tanto, la adopción de un programa estructurado destinado a prestar ayuda financiera a dichas organizaciones.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 848/2004/CE

1.5.2004

-

DO L 157 de 30.4.2004

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 1554/2005/CE

30.9.2005

-

DO L 255 de 30.9.2005

Última modificación: 16.01.2006

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