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Respuesta de los sistemas educativos al problema del racismo

1) OBJETIVO

Destacar la importancia de las políticas relativas a la educación en la lucha contra el racismo y la xenofobia, que impliquen esfuerzos en el ámbito local, nacional y europeo en materia de lucha contra el racismo y la xenofobia.

2) MEDIDA COMUNITARIA

Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, de 23 de octubre de 1995, reunidos en el seno del Consejo, sobre la respuesta de los sistemas educativos a los problemas del racismo y la xenofobia.

3) CONTENIDO

Una de las tareas fundamentales de los sistemas educativos es promover el respeto de todas las personas, independientemente de sus orígenes culturales, contribuyendo a la mejora del conocimiento de la diversidad cultural europea.

Un sistema educativo de calidad debe procurar fomentar la igualdad de oportunidades.

En el marco de los sistemas educativos europeos es conveniente continuar e intensificar los esfuerzos con el fin de fomentar la enseñanza de los valores que favorecen las actitudes de solidaridad, de tolerancia -en particular hacia personas y comunidades que poseen un origen étnico, cultural y unas creencias religiosas diferentes- así como de respeto de la democracia y de los derechos humanos.

Las posibles medidas son la utilización de un material didáctico que refleje la diversidad cultural de la sociedad europea, acciones específicas de integración destinadas a los alumnos y los estudiantes que, debido a su situación social, pueden verse sometidos a influencias racistas y/o xenófobas, el refuerzo de los ámbitos educativos que pueden contribuir a comprender mejor las características de una sociedad multicultural, etc.

La escuela no puede por sí sola solucionar todos los problemas en cuestión; así pues, es deseable la cooperación entre ésta y su entorno.

El Consejo invita a los Estados miembros:

  • a fomentar una educación y una formación de calidad, que permitan a todos los niños explotar sus capacidades potenciales y desempeñar un papel en la comunidad;
  • a promover la pluralidad en los programas;
  • a contribuir al desarrollo de conceptos como la paz, la democracia, el respeto y la igualdad entre las culturas, la tolerancia, la cooperación, etc. y a estimular la elaboración de material didáctico que tenga por objeto desarrollar actitudes y valores favorables a la comprensión y la tolerancia;
  • a fomentar las iniciativas que favorezcan la cooperación entre las escuelas y las comunidades locales.

El Consejo invita a la Comisión, en colaboración con los Estados miembros:

  • a aprovechar plenamente y garantizar la coherencia de todos los programas comunitarios destinados a promover los aspectos de la lucha contra el racismo y la xenofobia vinculados con la educación y la formación;
  • a utilizar en particular las partes del programa Socrates que abordan estos problemas;
  • a recoger y difundir información sobre la contribución aportada por los sistemas de enseñanza europeos a la lucha contra el racismo y la xenofobia y a la integración de las personas de orígenes étnicos, culturales y religiosos diferentes;
  • a garantizar que, en el sector de la educación, se establezca una cooperación adecuada en materia de lucha contra el racismo y la xenofobia entre la Comunidad y las organizaciones internacionales, en particular el Consejo de Europa.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

No se aplica.

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

6) referencias

Diario Oficial C 312 de 23.11.1995

7) trabajos posteriores

8) disposiciones de aplicación de la comisión

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