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Informe conjunto sobre el empleo (1998)

1) OBJETIVO

Describir la situación del empleo en la Unión Europea y examinar las medidas adoptadas por los Estados miembros para la aplicación de las Directrices para el Empleo en 1998.

2) MEDIDA COMUNITARIA

Informe conjunto sobre el empleo en 1998 (Parte 1).

3) CONTENIDO

El informe conjunto se divide en dos partes. La primera parte recuerda la manera en que el proceso de Luxemburgo se puso en marcha, compara los mercados de trabajo de los Estados miembros y hace balance de la aplicación de las Directrices para el Empleo. La segunda parte contiene un análisis de la situación del empleo en cada país.

Presentado en aplicación, por anticipado, del artículo 128 del Tratado de Amsterdam, el informe evalúa los esfuerzos realizados por cada Estado miembro para aplicar los Planes Nacionales de Acción para el Empleo (PNA). No obstante, el informe no contiene una evaluación del impacto de las decisiones adoptadas, que se incluirá en el informe conjunto de 1999.

La característica esencial del nuevo proceso en materia de empleo reside en la fijación de objetivos europeos y nacionales claramente identificables y cuantificables, con el fin de mejorar la transparencia y la gestión de las políticas de empleo.

Contexto económico

El empleo aumentó durante el año 1997, con la creación de aproximadamente 800.000 puestos de trabajo. Se esperaba un nuevo aumento del 1,2% en 1998 y del 0,9% en 1999, lo que equivaldría a una creación neta de empleo de aproximadamente 2,8 millones de puestos de trabajo en estos dos últimos años. La tasa de desempleo registró un descenso, pasando del 10,9% en 1996 al 10% a finales de 1998.

Los buenos resultados de la economía europea pueden, no obstante, verse afectados por la recesión de la economía mundial, como consecuencia de la crisis asiática. De ahí la necesidad de profundizar y consolidar la estrategia europea para el empleo.

La adopción de la nueva estrategia europea en materia de empleo en la cumbre de Luxemburgo tuvo efectos beneficiosos y permitió, fundamentalmente:

  • subrayar el compromiso de los Estados miembros y de otros agentes económicos de luchar contra el paro;
  • elaborar una estrategia que contenga los objetivos prioritarios claramente definidos a escala comunitaria en las Directrices de 1998;
  • tomar en consideración la estrategia europea en los organismos internacionales (reuniones del G7 de febrero y mayo de 1998).

No obstante se detectaron también algunos problemas y lagunas, como:

  • la existencia de plazos demasiado cortos para la preparación de los PNA y la redacción de los informes de aplicación;
  • la multiplicación de interlocutores, que ha producido un aumento de los informes de evaluación y los procedimientos burocráticos;
  • la ausencia de datos comparables entre Estados miembros, lo que ha dificultado la evaluación de las medidas y su seguimiento.

A pesar de la brevedad de los plazos, los Estados miembros dieron prueba de su determinación presentando, a partir del mes de abril, sus Planes Nacionales de Acción, así como los informes de aplicación en julio de 1998.

Aplicación de los PNA

Todos los Estados miembros presentaron informes sobre la aplicación de los compromisos políticos adquiridos en los PNA. A nivel presupuestario, se observan diferencias entre los Estados miembros. Francia y España ofrecen una estimación global y detallada de la financiación del PNA (1,4% y 1,2% del PIB respectivamente). Las estimaciones de los gastos suplementarios de Bélgica, los Países Bajos y Luxemburgo son, respectivamente, del 0,7%, 0,55% y 0,35% del PIB de cada Estado. El Reino Unido, Alemania, Austria, Portugal, Grecia, Suecia e Italia no proporcionan ninguna estimación global, mientras que Finlandia y Dinamarca no incluyen en sus PNA ninguna información sobre sus compromisos presupuestarios.

El informe contiene un primer análisis de la aplicación de los PNA respecto de los cuatro ejes prioritarios adoptados en las Directrices de 1998.

Pilar 1: capacidad de inserción profesional (empleabilidad)

Los Estados miembros han demostrado estar firmemente comprometidos en la lucha contra el desempleo de larga duración con la aprobación de medidas activas: los objetivos operativos de la Unión, como ofrecer una nueva oportunidad a los jóvenes antes de que cumplan seis meses de paro, o doce meses en el caso de los desempleados adultos, y la participación del 20% de los parados en actividades de formación, se han tenido en cuenta en los diferentes PNA, aunque existen importantes diferencias entre los Estados en función de la gravedad del problema del desempleo de larga duración. Así, mientras que Dinamarca, España, Francia, Luxemburgo, Portugal, Finlandia y Suecia tuvieron en cuenta plenamente los objetivos definidos en las Directrices, otros países los interpretaron de manera más flexible (Bélgica, Irlanda, los Países Bajos y el Reino Unido). Además, los Estados con una política en materia de lucha contra el paro, orientada principalmente hacia la reinserción social de las personas que sufren largos períodos de desempleo, desarrollaron para 1999 un enfoque preventivo sin fijar objetivos cuantificados (Italia y Grecia).

Todos los Estados miembros destacaron la necesidad de reducir la proporción de los jóvenes que abandonan el sistema de educación y formación básicas sin un nivel mínimo de cualificación y de favorecer el aprendizaje y todo tipo de formación vinculada al trabajo.

Es demasiado pronto para hacer una evaluación real de los progresos por lo que se refiere a la activación del 20% de los parados. Actualmente, seis países afirman haber logrado el objetivo del 20% fijado en las Directrices (Dinamarca, Alemania, Suecia, Finlandia, Irlanda y el Reino Unido), Bélgica y los Países Bajos no establecieron objetivos precisos, mientras que los otros países se fijaron un objetivo igual o superior al 20% (Portugal, España, Francia, Luxemburgo, Austria, Italia y Grecia).

Pilar 2: espíritu de empresa

Los Estados miembros están de acuerdo en que las pequeñas y medianas empresas pueden desempeñar un papel fundamental en la creación de empleo. Para ayudar a las PYME, los Estados adoptaron distintas iniciativas, entre las que cabe mencionar la creación de«ventanillas únicas» por parte de las autoridades públicas para la creación de empresas (Italia, Portugal, Luxemburgo y Francia), pero también el apoyo a las empresas recién creadas y al empleo autónomo (Austria, Bélgica, los Países Bajos, Suecia y Alemania) o las ayudas económicas con la contratación del primer trabajador (Francia y España).

A estas iniciativas, se debe añadir la voluntad de los Estados miembros por desarrollar nuevos servicios (Francia, Alemania y Dinamarca) e industrias de alta tecnología (Finlandia y Austria).

A pesar del empeño de los Estados miembros por favorecer la promoción del espíritu de empresa, los progresos realizados siguen siendo modestos. Esto se debe en parte a la lentitud de los procedimientos de adopción de las iniciativas legislativas pertinentes, a la complejidad de la adaptación del régimen fiscal, así como a las dificultades presupuestarias vinculadas al coste financiero de estas iniciativas.

Pilar 3: adaptabilidad

La organización del trabajo y del tiempo de trabajo se está revisando en numerosos Estados miembros. Los Gobiernos y los interlocutores sociales propusieron reformas en este ámbito, con el fin de mejorar la organización de las empresas y el establecimiento de relaciones contractuales para que éstas puedan adaptarse a los cambios (transformación de los recursos humanos, desarrollo de nuevas competencias, formación permanente etc.).

Los Planes Nacionales de Acción permitieron a algunos Estados miembros (Alemania, España, Italia) profundizar en este proceso, invitando a los interlocutores sociales a mostrarse más activos y a adoptar un enfoque más global de la modernización y la organización del trabajo.

Está previsto celebrar nuevas negociaciones sobre, por ejemplo, el desarrollo de condiciones más favorables a la formación en empresa (Francia, Luxemburgo, Portugal, España, Suecia, Finlandia, Italia, Grecia y los Países Bajos), la reducción y la reorganización del tiempo de trabajo (Francia y Luxemburgo), y la adaptación de la legislación laboral a formas de contratos más flexibles (Portugal, Finlandia, España, Italia, Luxemburgo y Grecia).

Pilar 4: igualdad de oportunidades

La elaboración y la aplicación de los PNA hicieron tomar conciencia a los Estados miembros de la importancia de las medidas destinadas a garantizar la igualdad de oportunidades, no sólo entre las mujeres y los hombres sino también en favor de otros colectivos (minusválidos, minorías étnicas).

Hasta ahora, el mercado de trabajo permanecía dividido, incluso en los Estados miembros donde las tasas de empleo de los dos sexos son comparables, como es el caso en Finlandia y Suecia. Es también difícil la reinserción en el mercado de trabajo después de un período de ausencia (cualificaciones profesionales obsoletas).

Sin embargo, los PNA contienen pocas medidas en este ámbito, con excepción de países como España, Portugal, Suecia y Austria. La parte fundamental de las medidas desarrolladas en el marco de este pilar consiste en la introducción de ventajas fiscales para poder hacer frente a los gastos por el cuidado de los hijos, o en la creación de nuevas plazas en las guarderías.

En cambio, son pocas las medidas adoptadas en favor de las personas dependientes debido a una minusvalía o por causa del envejecimiento.

Mecanismos nacionales de vigilancia

La mayoría de los Estados miembros estableció estructuras interministeriales específicas con el fin de garantizar el seguimiento y la aplicación del PNA (Portugal, Finlandia, Bélgica, Grecia, España, Irlanda, Luxemburgo, Austria e Italia). En algunos Estados miembros, los interlocutores sociales participan directamente en el seguimiento de los programas (Luxemburgo, España y Portugal).

Seguimiento de los progresos realizados

El informe presenta ejemplos de buenas prácticas para cada pilar, a partir de una lista de más de 40 medidas propuestas por los Estados miembros.

Desde este punto de vista, la elaboración de estadísticas e indicadores comparables entre los países es un elemento decisivo que permite evaluar las medidas establecidas y determinar las buenas prácticas de los Estados miembros.

El Consejo y la Comisión destacan los esfuerzos desplegados por los Estados miembros para mejorar sus estadísticas nacionales. A pesar de todo, la mejora de la comparabilidad de los datos exige seguir avanzando, tanto en las estadísticas comunitarias como en los sistemas estadísticos nacionales, en particular los registros nacionales de desempleo (cálculo de los flujos de entradas y salidas del desempleo, paro de larga duración, identificación de los grupos destinatarios).

El informe presenta distintos indicadores sobre la situación del empleo, indicadores comunes de los resultados básicos e indicadores de cuantificación de los resultados globales de cada Estado miembro, del conjunto de la Unión Europea, del Japón y de los Estados Unidos.

4) plazo fijado para la aplicación de la normativa en los estados miembros

No se aplica

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

No se aplica

6) referencias

Aún no se ha publicado en el Diario Oficial

7) trabajos posteriores

8) medidas de aplicación de la comisión

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