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Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El presente Reglamento establece la organización interna del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (CJUE). También describe el desarrollo de los procedimientos jurisdiccionales y define las modalidades de los mismos.

ACTO

Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

SÍNTESIS

El Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece su organización y su modo de funcionamiento. Fija su composición y las distintas formaciones del Tribunal.

El Reglamento de Procedimiento también aborda los procedimientos jurisdiccionales que pueden ejercerse ante el Tribunal. En concreto, establece las etapas de los procedimientos y sus modalidades.

Composición

El TJUE está compuesto por veintisiete Jueces y ocho Abogados Generales designados de común acuerdo por los Estados miembros por un periodo de seis años. Los Abogados Generales se encargan de presentar, con total imparcialidad e independencia, dictámenes jurídicos sobre las cuestiones que conocen.

Además, los Jueces eligen a uno de ellos Presidente del TJUE por un periodo de tres años. La función del Presidente es dirigir los trabajos del Tribunal así como presidir las vistas y las deliberaciones de las formaciones más amplias del Tribunal.

Asimismo, el Tribunal debe nombrar a un Secretario por un periodo de seis años. El Secretario es el Secretario General de la institución.

Formaciones del Tribunal

El Tribunal actúa con las formaciones siguientes:

  • el Pleno, compuesto por la totalidad de los Jueces. El Pleno actúa cuando el Tribunal considera que un asunto reviste gran importancia o cuando el Tribunal debe pronunciarse sobre la dimisión del Defensor del Pueblo Europeo, de un miembro de la Comisión o de un miembro del Tribunal de Cuentas;
  • la Gran Sala, compuesta por 13 Jueces. El Tribunal actúa en Gran Sala a petición de un Estado miembro o de una institución o en asuntos particularmente complejos o importantes;
  • las Salas, compuestas por cinco o tres Jueces para el resto de asuntos.

Procedimientos ante el Tribunal de Justicia

Los procedimientos ejercidos ante el TJUE constan de varias fases.

En primer lugar, los asuntos constan de una fase escrita. Se debe recurrir al TJUE a través de una demanda dirigida al Secretario. Tras la notificación de la demanda a la parte contraria, esta dispone de un mes para presentar el escrito de contestación. Para completar sus alegaciones, el demandante tiene derecho a réplica y el demandado a dúplica.

Una vez que el procedimiento escrito haya concluido, el TJUE decide si es necesario practicar diligencias de prueba. Dichas medidas pueden incluir:

  • la comparecencia personal de las partes;
  • la solicitud de información y la presentación de documentos;
  • el examen de testigos;
  • el dictamen pericial;
  • el reconocimiento judicial.

El procedimiento entra a continuación en una fase oral. En esta fase, el TJUE examina a los agentes, a los abogados y, si procede, a los testigos y peritos, y se efectúa la lectura de las conclusiones del Abogado General.

Los asuntos se litigan en audiencia pública ante la formación del Tribunal y el Abogado General. Los Estados miembros y las instituciones europeas están representados por un agente nombrado para cada asunto; el resto de partes deben estar representadas por un abogado.

Procedimiento acelerado

De forma excepcional y en casos de suma urgencia, el TJUE puede tomar la decisión de someter un asunto a un procedimiento acelerado. Este tipo de procedimiento permite reducir los plazos al máximo y conceder al asunto prioridad absoluta.

Otro procedimientos

Asimismo, el presente Reglamento define los procedimientos particulares para determinados tipos de asuntos, en especial:

  • los procedimientos prejudiciales, cuando se recurre al TJUE por cuestiones relativas a la interpretación o la validez de las disposiciones de los Tratados;
  • los recursos de casación contra las resoluciones del Tribunal. Los recursos de casación ejercidos ante el TJUE se limitan a cuestiones de Derecho;
  • el reexamen de las resoluciones del Tribunal. El primer Abogado General propone el reexamen en caso de riesgo grave de que se vulnere la unidad o la coherencia del Derecho de la Unión Europea. El TJUE decide posteriormente si procede o no reexaminar la resolución.

Gastos del procedimiento

El procedimiento ante el Tribunal de Justicia es gratuito. Sin embargo, el TJUE no asume los costes de los abogados facultados para ejercer ante el Tribunal.

Si una parte carece de medios para hacer frente a los gastos, puede solicitar el beneficio de asistencia judicial gratuita. La solicitud debe ir acompañada de documentos que prueben que el solicitante carece de medios.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

1.9.1991

-

DO L 176, 4.7.1991

Las modificaciones y correcciones sucesivas del Reglamento se han integrado en el texto de base. La versión consolidada tiene un valor meramente documental.

See also

Última modificación: 14.10.2011

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