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Fondo Europeo de Desarrollo (FED)

El Fondo Europeo de Desarrollo apoya acciones en países y territorios en desarrollo para promover su desarrollo económico, social y humano, así como la cooperación regional.

ACTO

Reglamento (CE) no 215/2008 del Consejo por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al décimo Fondo Europeo de Desarrollo.

Decisión del Consejo 2013/759/UE, de 12 de diciembre de 2013, relativa a las medidas transitorias de gestión del FED desde el 1 de enero de 2014 hasta la entrada en vigor del 11o Fondo Europeo de Desarrollo

SÍNTESIS

El Fondo Europeo de Desarrollo (FED) es el instrumento principal de la ayuda comunitaria a la cooperación al desarrollo prestada a los Estados ACP y a los países y territorios de ultramar (PTU). El Tratado de Roma de 1957 previó su creación para la concesión de ayuda técnica y financiera, en un principio, a los países africanos, que en aquella época seguían estando colonizados y con los que algunos Estados tenían vínculos históricos.

Aunque, a raíz de la petición del Parlamento Europeo, el presupuesto de la Unión Europea (UE) viene reservando, desde 1993, un título para el Fondo, el FED aún no es parte integrante del presupuesto general de la UE, sino que lo financian los Estados miembros; está sujeto a sus propias normas financieras, y lo dirige un comité específico. La ayuda concedida a los países ACP y a los PTU seguirá financiándose por medio del FED para el período 2008-2013.

Los FED se acuerdan para un período aproximado de cinco años. Desde la celebración del primer convenio de asociación en 1964, los ciclos de los FED siguen, en general, los de los acuerdos/convenios de asociación:

  • Primer FED: 1959-1964.
  • Segundo FED: 1964-1970 (Convenio de Yaundé I).
  • Tercer FED: 1970-1975 (Convenio de Yaundé II).
  • Cuarto FED: 1975-1980 (Convenio de Lomé I).
  • Quinto FED: 1980-1985 (Convenio de Lomé II).
  • Sexto FED: 1985-1990 (Convenio de Lomé III).
  • Séptimo FED: 1990-1995 (Convenio de Lomé IV).
  • Octavo FED: 1995-2000 (Convenio de Lomé IV y su revisión IV bis).
  • Noveno FED: 2000-2007 (Acuerdo de Cotonú).
  • Décimo FED: 2008-2013 (Acuerdo de Cotonú revisado).
  • Undécimo FED: 2014-2020 (Acuerdo de Cotonú revisado).

Los instrumentos Stabex y Sysmin, de ayuda, respectivamente, a los sectores agrícola y minero, se suprimieron con el nuevo Acuerdo de asociación firmado en Cotonú, en junio 2000. En este Acuerdo también se racionalizaron los instrumentos del FED y se introdujo un sistema de programación móvil que permite una mayor flexibilidad y atribuye una responsabilidad mayor a los Estados ACP.

El noveno FED estaba dotado con una suma de 13 500 millones de euros para el período comprendido entre 2000 y 2007. Además, los remanentes de los FED anteriores ascienden a más de 9 900 millones de euros.

La Decisión 2005/6/CE del Consejo de Ministros ACP-CEE, de 22 de noviembre de 2005, establece comprometer 482 millones de euros del importe condicional de mil millones de euros con cargo al noveno Fondo Europeo de Desarrollo. Esta cantidad se distribuirá como sigue: 352 millones de euros para la dotación destinada a apoyar el desarrollo a largo plazo, 48 millones de euros para la cooperación y la integración regional y 82 millones de euros para el instrumento de inversión. Además, la Decisión 2005/7/CE del Consejo de Ministros ACP-CEE estableció un segundo tramo de 250 millones de euros destinado al segundo pago en favor del instrumento de inversión ACP-UE para el agua.

La ayuda al desarrollo proporcionada por el FED se inscribe en un marco europeo más amplio. Dentro de la Unión Europea, los fondos del presupuesto general de la Comunidad se pueden emplear para determinadas acciones. Por otra parte, al tiempo que administra una parte de los recursos del FED (los préstamos y los capitales de riesgo), el Banco Europeo de Inversiones (BEI) contribuye con recursos propios, por valor de 1 700 millones de euros, durante el período cubierto por el noveno FED.

El décimo FED, que cubrió el período 2008-2013, previó una dotación presupuestaria de 22 682 millones de euros. De dicho importe, 21 966 millones de euros se asignaron al grupo de Estados ACP, 286 millones a los PTU, y 430 millones a la Comisión para sufragar los gastos de apoyo conexos a la programación y ejecución del FED. En cuanto al montante asignado a los países ACP en concreto, se repartirá de la manera siguiente: 17 766 millones de euros a la financiación de los programas indicativos nacionales y regionales, 2 700 millones a la financiación de la cooperación intra-ACP e interregional, y 1 500 millones a la financiación del instrumento de ayuda a la inversión. Se dedica una parte más importante del presupuesto a programas regionales, subrayando así la importancia que reviste la integración económica regional para el desarrollo nacional y local, al que sirve como base. La creación de importes de incentivación para cada país era una innovación del décimo FED.

Los Estados miembros celebran sus propios acuerdos bilaterales y desarrollan sus propias iniciativas con países en desarrollo que no se financian a través del Fondo Europeo de Desarrollo o de otros fondos comunitarios.

El undécimo FED tendrá lugar entre 2014 y 2020: cuenta con una financiación de 305 000 millones de euros y 26 000 millones de euros adicionales del Banco Europeo de Inversiones en forma de préstamos de sus propios recursos.

En junio de 2013, los países de la UE alcanzaron un acuerdo interno por el que se estableció el undécimo FED, incluido el intercambio revisado de las contribuciones entre ellos; aún es necesario ratificar este acuerdo interno. La Decisión del Consejo 2013/759/UE establece las medidas transitorias de gestión del FED hasta que el undécimo FED entre en vigor.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (CE) no 215/2008

20.3.2008

-

DO L 78 de 19.3.2008, p. 1-34

Decisión 2013/759/UE

1.1.2014

-

DO L335, 14.12.2013, p. 48-49

última actualización 29.04.2014

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