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Official Journal of the European Union, C 7, 10 January 2018
Diario Oficial de la Unión Europea, C 7, 10 de enero de 2018
Diario Oficial de la Unión Europea, C 7, 10 de enero de 2018
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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
61.° año |
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Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2018/C 7/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8664 — WME IMG/Perform/PIMGSA) ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
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ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8664 — WME IMG/Perform/PIMGSA)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2018/C 7/01)
El 15 de diciembre de 2017, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32017M8664. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/2 |
Tipo de cambio del euro (1)
9 de enero de 2018
(2018/C 7/02)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
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USD |
dólar estadounidense |
1,1932 |
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JPY |
yen japonés |
134,31 |
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DKK |
corona danesa |
7,4469 |
|
GBP |
libra esterlina |
0,88270 |
|
SEK |
corona sueca |
9,8288 |
|
CHF |
franco suizo |
1,1727 |
|
ISK |
corona islandesa |
|
|
NOK |
corona noruega |
9,6715 |
|
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
|
CZK |
corona checa |
25,535 |
|
HUF |
forinto húngaro |
309,36 |
|
PLN |
esloti polaco |
4,1795 |
|
RON |
leu rumano |
4,6530 |
|
TRY |
lira turca |
4,4843 |
|
AUD |
dólar australiano |
1,5242 |
|
CAD |
dólar canadiense |
1,4826 |
|
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,3323 |
|
NZD |
dólar neozelandés |
1,6601 |
|
SGD |
dólar de Singapur |
1,5932 |
|
KRW |
won de Corea del Sur |
1 274,81 |
|
ZAR |
rand sudafricano |
14,7340 |
|
CNY |
yuan renminbi |
7,7865 |
|
HRK |
kuna croata |
7,4475 |
|
IDR |
rupia indonesia |
16 038,99 |
|
MYR |
ringit malayo |
4,7841 |
|
PHP |
peso filipino |
59,994 |
|
RUB |
rublo ruso |
68,0535 |
|
THB |
bat tailandés |
38,481 |
|
BRL |
real brasileño |
3,8571 |
|
MXN |
peso mexicano |
22,9311 |
|
INR |
rupia india |
76,0215 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/3 |
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea
(2018/C 7/03)
De conformidad con el artículo 9, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo (1), las notas explicativas de la nomenclatura combinada de la Unión Europea (2) se modifican como sigue:
En la página 125, la nota explicativa de las subpartidas «2710 19 11 a 2710 19 29 Aceites medios» se sustituye por el texto siguiente:
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«2710 19 11 a 2710 19 29 |
Aceites medios Véase la nota complementaria 2 c) de este capítulo. El queroseno tiene una amplia gama de usos, por ejemplo, como carburante para motores de aeronaves o para calefacción. El queroseno es un aceite medio con un intervalo de destilación, conforme a la norma EN ISO 3405 (equivalente a la norma ASTM D 86), de entre 130 °C y 320 °C aproximadamente. Las imágenes adjuntas a la presente nota explicativa son meramente indicativas de los cromatogramas de una categoría de producto susceptible de clasificarse en cada una de las tres subpartidas de que se trata.». |
En la página 125, la nota explicativa de la subpartida de la NC «2710 19 21 Carburorreactores» se sustituye por el texto siguiente:
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«2710 19 21 |
Carburorreactores La presente subpartida incluye los carburorreactores de tipo queroseno, que se ajustan a lo especificado en la nota complementaria 2 c) del presente capítulo. La cromatografía de gases de un carburorreactor de tipo queroseno, por ejemplo el carburorreactor de uso más común A-1, da el perfil característico de un aceite obtenido por destilación de petróleo crudo y también por otros procesos petroquímicos. La cadena de alcanos tiene una longitud de entre unos 10 y unos 18 átomos de carbono. El contenido volumétrico en compuestos aromáticos puede ser de hasta un 25 %. El punto de inflamación es, por lo general, superior a 38 °C conforme a la norma ISO 13736. El punto de congelación no suele ser superior a -40 °C. Los carburorreactores pueden contener los siguientes aditivos: antioxidantes, inhibidores de la corrosión, inhibidores de la congelación, colorantes trazadores. CROMATOGRAFÍA DE GASES DE LOS CARBURORREACTORES TIPO A-1 (QUEROSENO) SIMDIS ASTM D 2887 ampliada (equivalente a la norma ISO 3924)
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En la página 127, la nota explicativa de la subpartida de la NC «2710 19 25 Los demás» se sustituye por el texto siguiente:
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«2710 19 25 |
Los demás Esta subpartida incluye el queroseno distinto de los carburorreactores. El queroseno de esta subpartida se ajusta a lo especificado en la nota complementaria 2 c) del presente capítulo. La cromatografía de gases de “los demás” querosenos es característica de un aceite obtenido exclusivamente por destilación de un crudo de petróleo crudo. Esta subpartida incluye también:
En algunos casos contiene marcadores químicos. Esta subpartida no incluye las mezclas de queroseno y otros aceites minerales o disolventes orgánicos. CROMATOGRAFÍA DE GASES DE LOS QUEROSENOS DISTINTOS DE LOS CARBURORREACTORES SIMDIS ASTM D 2887 ampliada (equivalente a la norma ISO 3924)
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En la página 129, la nota explicativa de la subpartida de la NC «2710 19 29 Los demás» se sustituye por el texto siguiente:
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«2710 19 29 |
Los demás Esta subpartida incluye los aceites medios distintos del queroseno de las subpartidas 2710 19 21 y 2710 19 25. Los aceites de esta subpartida se ajustan a lo especificado en la nota complementaria 2 c) del presente capítulo. Por lo general, los productos de esta subpartida se obtienen mediante uno o más procesos químico-físicos que puedan alterar considerablemente la composición química de dichos productos para adecuarlos a determinados usos industriales. En algunos casos, la modificación de su composición molecular puede detectarse mediante cromatografía de gases (CG) o SIMDIS, mientras que resultan necesarias determinaciones más precisas en el caso de otro tipo de productos, [por ejemplo, cromatografía de gases-espectrometría de masa (CG-EM)]. Un ejemplo de SIMDIS de estos aceites es la de la n-parafina, tal como se muestra a continuación: CROMATOGRAFÍA DE GASES DE UNA N-PARAFINA SIMDIS ASTM D 2887 ampliada (equivalente a la norma ISO 3924)
Otro ejemplo de productos de esta subpartida son los obtenidos por un proceso en varias fases que incluye:
Estos productos consisten en hidrocarburos saturados, principalmente ramificados y cíclicos, con un contenido en compuestos aromáticos muy inferior al 1 %. Un ejemplo de cromatografía SIMDIS de este tipo de productos figura a continuación: ASTM D 2887 ampliada (equivalente a la norma ISO 3924) Punto de ebullición (°C)
La utilización de la técnica de CG-EM puede producir una cromatograma similar al que figura a continuación a modo de ejemplo:
Cromatograma iónico total (CIT) CG-EM Este cromatograma se ha obtenido en las condiciones experimentales siguientes:
Este cromatograma indica la distribución siguiente:
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||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
(1) Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256 de 7.9.1987, p. 1).
(2) DO C 76 de 4.3.2015, p. 1.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/9 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/04)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
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Fecha y hora del cierre |
7.12.2017 |
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Duración |
7.12.2017-31.12.2017 |
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Estado miembro |
Francia |
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Población o grupo de poblaciones |
RHG/124- |
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Especie |
Granadero berglax (Macrourus berglax) |
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Zona |
Aguas de la Unión y aguas internacionales de las subzonas I, II y IV |
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Tipos de buques pesqueros |
— |
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Número de referencia |
47/TQ2285 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/9 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/05)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
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Fecha y hora del cierre |
9.12.2017 |
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Duración |
9.12.2017-31.12.2017 |
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Estado miembro |
Alemania |
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Población o grupo de poblaciones |
COD/N1GL14 y las condiciones especiales relacionadas COD/GRL1 y COD/GRL2 |
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Especie |
Bacalao (Gadus morhua) |
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Zona |
Aguas de Groenlandia de la zona NAFO 1F y aguas de Groenlandia de la subzona XIV |
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Tipos de buques pesqueros |
— |
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Número de referencia |
51/TQ127 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/10 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/06)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
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Fecha y hora del cierre |
9.12.2017 |
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Duración |
9.12.2017-31.12.2017 |
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Estado miembro |
Alemania |
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Población o grupo de poblaciones |
SAN/2A3A4. y las condiciones especiales relacionadas OT1/*2A3A4, SAN/234_1R, SAN/234_2R, SAN/234_4, SAN/234_5R, SAN/234_6, SAN/234_7R, SAN/234_3R |
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Especie |
Lanzón y capturas accesorias asociadas (Ammodytes spp.) |
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Zona |
Aguas de la Unión de las divisiones IIa y IIIa y de la subzona IV |
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Tipos de buques pesqueros |
— |
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Número de referencia |
49/TQ127 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/10 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/07)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
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Fecha y hora del cierre |
9.12.2017 |
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Duración |
9.12.2017-31.12.2017 |
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Estado miembro |
Alemania |
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Población o grupo de poblaciones |
MAC/8C3411 y la condición especial relacionada MAC/*08B. |
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Especie |
Caballa (Scomber scombrus) |
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Zona |
División VIIIc y subzonas IX y X y aguas de la Unión del CPACO 34.1.1 |
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Tipos de buques pesqueros |
— |
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Número de referencia |
50/TQ127 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/11 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/08)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
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Fecha y hora del cierre |
7.12.2017 |
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Duración |
7.12.2017-31.12.2017 |
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Estado miembro |
Francia |
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Población o grupo de poblaciones |
HER/4AB. y la condición especial relacionada HER/*4AB-C |
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Especie |
Arenque (Clupea harengus) |
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Zona |
Aguas de la Unión y de Noruega de la subzona IV al norte de 53° 30′ N |
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Tipos de buques pesqueros |
— |
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Número de referencia |
48/TQ127 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/11 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/09)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
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Fecha y hora del cierre |
12.12.2017 |
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Duración |
12.12.2017-31.12.2017 |
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Estado miembro |
Irlanda |
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Población o grupo de poblaciones |
HER/6AS7BC |
|
Especie |
Arenque (Clupea harengus) |
|
Zona |
VIaS, VIIb y VIIc |
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Tipos de buques pesqueros |
— |
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Número de referencia |
52/TQ127 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/12 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/10)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
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Fecha y hora del cierre de la pesquería |
6.11.2017 |
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Duración |
6.11.2017-31.12.2017 |
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Estado miembro |
Francia |
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Población o grupo de poblaciones |
PLE/7FG. |
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Especie |
Solla (Pleuronectes platessa) |
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Zona |
VIIf y VIIg |
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Tipos de buques pesqueros |
— |
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Número de referencia |
41/TQ127 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
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10.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/12 |
Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías
(2018/C 7/11)
De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:
|
Fecha y hora del cierre de la pesquería |
6.11.2017 |
|
Duración |
6.11.2017-31.12.2017 |
|
Estado miembro |
Francia |
|
Población o grupo de poblaciones |
PLE/7HJK. |
|
Especie |
Solla (Pleuronectes platessa) |
|
Zona |
VIIh, VIIj y VIIk |
|
Tipos de buques pesqueros |
— |
|
Número de referencia |
42/TQ127 |
(1) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.