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Agencia Europea de Medio Ambiente

Para apoyar el desarrollo sostenible y ayudar a conseguir una mejora significativa y cuantificable del medio ambiente europeo, la misión de la Agencia Europea de Medio Ambiente es facilitar información fidedigna y comparable sobre el medio ambiente a los responsables y el público en general, en cooperación con la red europea de información y observación sobre el medio ambiente.

ACTO

Reglamento (CEE) nº 1210/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, por el que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

El Reglamento crea la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), organismo independiente cuyo objetivo consiste en proteger y mejorar el medio ambiente según lo dispuesto en el Tratado y los programas comunitarios de medio ambiente con vistas a la consecución de un desarrollo sostenible en la Comunidad.

Para ello, la Agencia debe suministrar a la Comunidad y los Estados miembros información objetiva, fidedigna y comparable a nivel europeo que les permita adoptar las medidas necesarias para proteger el medio ambiente, evaluar la aplicación de las medidas y velar por que la población esté correctamente informada sobre el estado del medio ambiente.

Las funciones de la Agencia son:

  • registrar, recopilar, analizar y difundir datos sobre el estado del medio ambiente;
  • proporcionar a la Comunidad y a los Estados miembros la información objetiva necesaria para elaborar y aplicar políticas eficaces y acertadas en materia de medio ambiente;
  • contribuir al control de las medidas medioambientales;
  • trabajar para que los datos sean comparables a escala europea;
  • favorecer el desarrollo e integración de técnicas de previsión en el ámbito del medio ambiente;
  • garantizar una difusión amplia de información medioambiental fidedigna.

Los sectores prioritarios de la Agencia son:

  • la calidad del aire;
  • la calidad de las aguas;
  • el estado del suelo, de la fauna y de la flora;
  • el uso del suelo y los recursos naturales;
  • la gestión de residuos;
  • las emisiones sonoras;
  • las sustancias químicas;
  • la protección del litoral y del medio marino.

La Agencia puede cooperar en el intercambio de información con otros organismos e incluso en la red IMPEL (EN) (Implementation and Enforcement of Environmental Law, red de información de los Estados miembros en colaboración con la Comisión sobre Derecho de medio ambiente).

La red europea de información y observación del medio ambiente (EIONET) incluye, en particular, los principales elementos que componen las redes nacionales de información y la información procedente de los centros temáticos.

Los Estados miembros deben mantener informada a la Agencia de los componentes principales de sus respectivas redes nacionales de información medioambiental.

Está abierta a países no miembros de la Unión Europea e incluye, hoy en día, a 32 países miembros (los 25 Estados miembros de la UE, los 3 países candidatos a la adhesión, así como Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza).

La Agencia debía proceder a una evaluación de sus resultados y de su eficacia antes del 15 de septiembre de 1999 y presentar un informe al Consejo de administración, a la Comisión, al Consejo y al Parlamento Europeo.

A más tardar el 31 de diciembre de 2003, el Consejo debía hacer balance de los progresos de la Agencia y del trabajo realizado por la misma en lo que se refiere a la política comunitaria de medio ambiente a partir de un informe de la Comisión (véase la sección de «Actos conexos»).

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Reglamento (CEE) n° 1210/90

30.10.1993

-

DO L 120 de 11.5.1990

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Reglamento (CE) n° 933/1999

5.5.1999

-

DO L 117 de 5.5.1999

Reglamento (CE) n° 1641/2003

1.10.2003

-

DO L 245 de 29.9.2003

ACTOS CONEXOS

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de octubre de 2007, por el que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente [COM (2007) 667 - no publicada en el Diario Oficial]. El objetivo de esta propuesta es codificar el Reglamento (CEE) nº 1210/90, al que pretende sustituir: se trata de una modificación formal destinada a reunir en un solo acto el Reglamento inicial y sus modificaciones sucesivas, sin modificar las disposiciones de fondo.

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de mayo de 2005, que modifica el Reglamento (CEE) nº 1210/90, por el que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente, en lo que atañe al mandato del director ejecutivo [COM (2005) 190 final - Diario Oficial C 172 de 12.7.2005].

Informe de la Comisión al Consejo, de 22 de diciembre de 2003 relativo a la revisión de la Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA) [COM (2003) 800 final - Diario Oficial C 96 de 21.4.2004]. Este informe evalúa la contribución de la AEMA a la política de medio ambiente de la UE desde 1994, fecha de su entrada en funciones, hasta el año 2003. Destaca el papel fundamental de la Agencia a la hora de determinar el estado y la evolución del medio ambiente en Europa, especialmente respecto de la Comisión, que es su principal usuario; en cambio, el informe subraya que la AEMA no ha cubierto de forma suficiente algunos ámbitos (especialmente en materia de emisiones sonoras y de productos químicos) y que la insuficiencia de recursos financieros no le ha permitido satisfacer todas las solicitudes. El informe formula asimismo recomendaciones para la Agencia y sus principales socios, con el fin de mejorar esta contribución. A este respecto, el informe indica, en particular, que:

  • debería clarificarse y centrarse la descripción de las funciones y prioridades;
  • ha de protegerse la independencia de la AEMA;
  • la Comisión (en su calidad de autoridad presupuestaria) debería proporcionar a la Agencia los recursos necesarios para la realización de sus tareas y de los objetivos que se le asignan, mientras que la AEMA, por su parte, sólo debería emprender actividades que van más allá o se encuentran en el límite de su mandato si tiene la garantía de que pueden ser financiadas con ingresos adicionales;
  • la AEMA debe seguir ajustando sus actividades a los principales temas prioritarios de la política europea de medio ambiente y debería ampliar paulatinamente sus actividades de apoyo al conjunto del procedimiento decisorio;
  • la Agencia debería cooperar más con los organismos comunitarios o internacionales complementarios;
  • la red EIONET debería reforzarse y la Agencia debería resolver los problemas relacionados con el funcionamiento de los centros temáticos europeos;
  • la Agencia debería evaluar la pertinencia de sus productos, especialmente en función del público destinatario, y mejorar la comunicación con el público en general.

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 7 de julio de 1995, sobre el desarrollo y aplicación del Reglamento (CEE) n° 1210/90 del Consejo por el que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente [COM (95) 325 final - no publicada en el Diario Oficial]. La Comunicación aborda tres asuntos: la posibilidad de proponer nuevas tareas a la Agencia Europea de Medio Ambiente, la necesidad de establecer, desarrollar y mejorar la infraestructura de la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente y la necesidad de precisar la naturaleza de la participación de terceros países en la Agencia.

Decisión adoptada de común acuerdo por los representantes de los gobiernos de los Estados miembros reunidos a nivel de jefes de Estado o de gobierno relativa a la fijación de las sedes de determinados organismos y servicios de las Comunidades Europeas y de Europol - Diario Oficial C 323 de 30.11.1993. Esta Decisión establece en Copenhague la sede de la Agencia Europea de Medio Ambiente.

GESTIÓN FINANCIERA DE LA AGENCIA

Informe [Diario Oficial C 312 de 19.12.2006].Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia.

Informe [Diario Oficial C 332 de 28.12.2005].Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2004, acompañado de las respuestas de la Agencia.

Informe [Diario Oficial C 324 de 19.12.2004].Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia.

Informe [Diario Oficial C 319 de 30.12.2003].Informe sobre los estados financieros de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2002, acompañado de las respuestas de la Agencia.

Informe [Diario Oficial C 326 de 27.12.2002].Informe sobre los estados financieros de la Agencia Europea del Medio Ambiente correspondientes al ejercicio de 2001, acompañado de las respuestas de la Agencia.

Informe [Diario Oficial C 372 de 28.12.2001].Informe sobre los estados financieros de la Agencia Europea del Medio Ambiente correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2000, acompañado de las respuestas de la Agencia.

Informe [Diario Oficial C 373 de 27.12.2000].Informe sobre los estados financieros de la Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA - Copenhague para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 1999, acompañado de respuestas de la Agencia.

Estado de ingresos y de gastos de la Agencia Europea del Medio Ambiente para el ejercicio 2008 [Diario Oficial L 91 de 2.4.2008].

Estado de ingresos y de gastos de la Agencia Europea del Medio Ambiente para el ejercicio 2007 [Diario Oficial L 126 de 16.5.2007].

Estado de ingresos y de gastos de la Agencia Europea del Medio Ambiente para el ejercicio 2006 [Diario Oficial L 67 de 8.3.2006].

Estado de ingresos y de gastos de la Agencia Europea del Medio Ambiente para el ejercicio 2004 [Diario Oficial L 377 de 23.12.2004].

Estado de ingresos y de gastos de la Agencia Europea del Medio Ambiente para el ejercicio 2003 [Diario Oficial L 129 de 26.5.2003].

Estado de ingresos y de gastos de la Agencia Europea del Medio Ambiente para el ejercicio 2002 [Diario Oficial L 178 de 9.7.2002].

Estado de ingresos y de gastos de la Agencia Europea del Medio Ambiente para el ejercicio 2001 [Diario Oficial L 207 de 31.7.2001].

ADHESIÓN DE NUEVOS MIEMBROS

Decisión 2006/235/CE [Diario Oficial L 90 de 28.3.2006]. Decisión del Consejo, de 27 de febrero de 2006, sobre la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo a la participación de esta última en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/582/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República Checa relativo a la participación de la República Checa en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/583/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Polonia relativo a la participación de la República de Polonia en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/584/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Rumania relativo a la participación de Rumania en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/585/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Eslovenia relativo a la participación de la República de Eslovenia en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/586/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Hungría relativo a la participación de la República de Hungría en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/587/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Letonia relativo a la participación de la República de Letonia en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/588/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Lituania relativo a la participación de la República de Lituania en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/589/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Bulgaria relativo a la participación de la República de Bulgaria en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/590/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República Eslovaca relativo a la participación de la República Eslovaca en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/591/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Estonia relativo a la participación de la República de Estonia en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/592/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Chipre relativo a la participación de la República de Chipre en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/593/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Malta relativo a la participación de la República de Malta en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Decisión 2001/594/CE [Diario Oficial L 213 de 7.8.2001]. Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2001, sobre la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Turquía relativo a la participación de la República de Turquía en la Agencia Europea del Medio Ambiente y en la red europea de información y de observación sobre el medio ambiente.

Última modificación: 02.04.2008

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