EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Cesión de N-nitrosaminas por las tetinas de caucho

La legislación comunitaria armoniza las disposiciones relativas a la cesión de N–nitrosaminas y de sustancias N–nitrosables por las tetinas y los chupetes de elastómeros o caucho.

ACTO

Directiva 93/11/CEE de la Comisión, de 15 de marzo de 1993, relativa a la cesión de N-nitrosaminas y de sustancias N–nitrosables por las tetinas y chupetes de elastómeros o caucho.

SÍNTESIS

Esta Directiva es una medida específica de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) n° 1935/2004 sobre los materiales destinados a entrar en contacto con alimentos.

Las tetinas y los chupetes de elastómeros o caucho pueden liberar N–nitrosaminas y sustancias N-nitrosables (sustancias que pueden transformarse en N–nitrosaminas) que suponen un riesgo para la salud humana habida cuenta de su toxicidad.

Así pues, la migración de las sustancias no debe superar los límites siguientes:

  • 0,01 mg del total de las N–nitrosaminas liberadas/kg (de las partes de tetinas y chupetes de elastómeros o caucho);
  • 0,1 mg del total de las sustancias N-nitrosables (de las partes de tetinas y chupetes de elastómeros o caucho).

Estos límites deben controlarse por medio de una prueba cuyas condiciones se establecen en anexo de la presente directiva. Se incluye también en anexo el método de análisis que debe seguirse.

Las tetinas y los chupetes no conformes con la presente Directiva están prohibidos desde el 1 de abril de 1995.

Referencias

Acto

Fecha de entrada en vigor

Plazo límite de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Directiva 93/11/CEE

24.3.1993

1.4.1994

DO L 93 de 17.4.1993

See also

  • El sitio de la DG de Sanidad y Protección de los Consumidores (EN).

Última modificación: 19.11.2009

Top