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El futuro de la Red Europea de Migración (REM)

La Red Europea de Migración (REM) es una estructura destinada a la recogida, el análisis y la difusión de datos en materia de asilo e inmigración con el fin de apoyar el proceso de toma de decisiones de la Unión Europea (UE) en este ámbito. Establecida en 2002 sobre la base de una acción preparatoria, la REM concluye en 2006. En el Libro Verde, la Comisión propone una serie de elementos que deben tenerse en cuenta en la elección de su futura estructura prevista para 2007.

ACTO

Libro Verde de la Comisión sobre el futuro de la Red Europea de Migración [COM (2005) 606 final - No publicado en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

1. La Red Europea de Migración (REM) es una estructura establecida en 2002 sobre la base de una acción preparatoria. Esta acción concluye en 2006. La Comisión propone un conjunto de puntos de reflexión para una futura REM (EN).

La Red actual

2. Las tareas actuales de la REM son:

  • recoger los datos existentes en materia de asilo y migración;
  • efectuar, de manera limitada, labores de investigación;
  • garantizar el intercambio de estos datos y la documentación;
  • analizar estos datos y redactar informes comparativos;
  • trabajar con el fin de establecer contactos.

3. Se han realizado distintos trabajos en el marco de la REM:

  • la instauración de un registro informatizado de datos. El interfaz usuario accesible mediante Internet se creó en 2004. Está a punto de finalizarse el sistema completo;
  • el desarrollo de varios proyectos de análisis e investigación. La REM, por ejemplo, concluyó un estudio piloto de investigación en 2004 sobre las repercusiones de la inmigración sobre las sociedades europeas.

4. La Red actual consta de 17 puntos de contacto nacionales (PCN *). Los PCN de otros Estados miembros, incluidos los nuevos Estados miembros, están a punto de incorporarse a la REM o de participar como observadores. Por turnos, cada PCN es responsable del desarrollo de una red nacional. Esta red incluye a los interlocutores más significativos en el ámbito de la migración.

5. Los puntos de contacto se sitúan en los Ministerios (Interior, Justicia, etc.), en los organismos públicos (como los institutos nacionales de estadísticas o los institutos de investigación) o privados (como las organizaciones no gubernamentales, las antenas nacionales de las organizaciones internacionales (como el IOM)). La lista de los PCN figura adjunta. Está disponible, por otra parte, un anuario.

6. Se han realizado esfuerzos para:

  • poner en contacto los PCN con otras redes y proyectos en la UE, pero inicialmente estos esfuerzos no han tenido como efecto intensificar la colaboración necesaria para evitar duplicaciones. Más recientemente, se han desplegado algunos esfuerzos para aumentar los contactos;
  • garantizar una visibilidad de los PCN con el mundo exterior. Se constata, no obstante, que esta visibilidad es aún limitada en la medida en que el número de productos accesibles al público sigue siendo reducido. A este respecto, se celebró una conferencia en diciembre de 2005, en colaboración con los PCN, para publicar los resultados de un estudio piloto así como para debatir sobre el Libro Verde.

7. La red cuenta con una financiación conjunta de la Comisión y los Estados miembros. El importe de la dotación financiera asignada en el marco de la acción preparatoria fue de 3 millones de euros en 2005 (frente a los 1,4 millones de 2002).

8. El informe de evaluación de 2005 destacó las dificultades a las que se enfrentó la actual REM en la realización de sus tareas, en particular en relación con:

  • la heterogeneidad de los estatutos jurídicos, la especialización y los recursos y los equipamientos de los PCN;
  • el modo de financiación de la red;
  • la falta de claridad y precisión de la definición de las tareas y funciones de la REM. Esta carencia ya se ha colmado en parte.

La futura red

9. La Comisión propone que la tarea general de la REM consista en proporcionar a la Comunidad, a sus Estados miembros y a la opinión pública, información objetiva, fiable y comparable en materia de asilo y migraciones.

10. Sugiere, sin embargo, que cierta información, dado su carácter confidencial, esté limitada a algunos usuarios.

11. Por lo que se refiere a las misiones concretas, propone:

  • definir una metodología común de recogida de datos con el fin de obtener unos datos comparables en todos los Estados miembros;
  • confiar a la futura REM el lanzamiento de las labores de investigación en los ámbitos en los que se constataron algunas lagunas en materia de información (como la insuficiencia de información fiable, comparable y actualizada);
  • ofrecer eventualmente a la REM la posibilidad de plantear orientaciones sobre las evoluciones y la aplicación de las políticas.

12. Los otros trabajos realizados en materia de asilo e inmigración deberán tenerse en cuenta en el momento de la creación de la futura REM.

Deberá preverse la reorganización y la racionalización de los instrumentos de intercambio de información en curso y, en particular, la propuesta de Reglamento sobre las estadísticas comunitarias sobre migración y protección internacional.

13. La Comisión considera también que conviene que la futura REM establezca relaciones con los organismos encargados de recoger y analizar datos en ámbitos conexos. Estas instituciones son:

  • Consorcio Euro-mediterráneo para la Investigación Aplicada sobre la Migración Internacional (CARIM) *;
  • la Agencia de Derechos Fundamentales.

14. Con respecto a la estructura de la futura red, la Comisión sugiere dos opciones posibles.

Primera opción: una red adjunta a la Comisión

15. La futura REM consistiría en una red de puntos de contacto nacionales de la que la Comisión se encargaría de la dirección general, la programación y el desarrollo posterior de las actividades.

16. La base jurídica de la red podría entonces venir fijada mediante una Decisión del Consejo.

17. Esta opción podría también servir, si fuere necesario, de etapa transitoria entre la red actual y una estructura más permanente e institucionalizada.

Segunda opción: una agencia

18. La instauración de una agencia comunitaria podría considerarse como una solución a más largo plazo.

19. Una estructura estable de este tipo permitiría a la REM actual realizar un abanico más amplio de tareas.

20. Convendría, sin embargo, tener en cuenta:

  • la evolución posterior de las políticas comunes de inmigración y asilo;
  • el presupuesto disponible a la luz de las perspectivas financieras;
  • el abanico de las tareas que se le asignarían. Sólo se justificaría su creación si la amplitud de la tarea lo requiere. En este contexto, podría examinarse la posibilidad de utilizar otras agencias, existentes o futuras, en el ámbito de la Justicia y los Asuntos de interior.

21. Por lo que se refiere a los PCN, la Comisión sugiere que:

  • sean independientes de los Gobiernos (manteniendo buenas relaciones con organismos públicos, con el fin de tener acceso a la información del sector público);
  • presenten un determinado grado de homogeneidad. La Comisión propone definir un conjunto de exigencias mínimas (en particular, en materia de experiencia general, personal y equipos informáticos).

Contexto

22. La creación del REM tiene su origen en las conclusiones del Consejo Europeo de Laeken de diciembre de 2001. Éste invitó a la Comisión a desarrollar un sistema europeo de intercambio de información sobre asilo, migración y países de origen. En respuesta, se creó la REM como proyecto piloto en 2002.

23. El proyecto se desarrolló como estructura informal. El Consejo Europeo de Salónica de junio de 2003 previó la institucionalización de la REM, y propuso la posibilidad de establecer, a largo plazo, una estructura permanente.

24. La reforma de la REM se inscribe en el contexto de las conclusiones del Consejo Europeo de Salónica, así como en el marco del programa de La Haya, en el que se hace hincapié en la mejora de la recogida, el suministro, el intercambio y la utilización eficaz de información y datos actualizados sobre todos los procesos migratorios pertinentes.

Términos-clave del acto

  • Punto de contacto nacional (PCN): estructura nacional destinada a reunir, destinados a la REM, los datos existentes en materia de asilo y migración a nivel nacional, y efectuar y difundir los trabajos de la red;
  • Consorcio Euro-mediterráneo para la Investigación Aplicada sobre la Migración Internacional (CARIM): instrumento de observación y previsión de los movimientos migratorios procedentes y con destino a los países del proceso de Barcelona o en tránsito por estos países, y de las causas y las consecuencias de estos movimientos.

Última modificación: 17.01.2006

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