EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Servicio voluntario europeo para los jóvenes: Programa de acción

1) OBJETIVO

Estimular la movilidad de los europeos jóvenes en el marco de una ciudadanía activa, permitirles adquirir una experiencia formativa en varios sectores de actividades, fomentar su contribución activa al servicio de la construcción europea y a la cooperación entre la Comunidad y los terceros países, a través de su participación en actividades transnacionales de utilidad colectiva.

2) MEDIDA DE LA COMUNIDAD

Decisión nº 1686/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de julio de 1998 por la que se establece el programa de acción comunitaria «Servicio voluntario europeo para los jóvenes»

3) CONTENIDO

El programa de acción comunitario "Servicio voluntario europeo para los jóvenes" ha sido aprobado para el período que va desde el 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1999.

El programa se sitúa en el marco de los objetivos generales de la política de cooperación en el ámbito de la juventud establecidos en el programa "La juventud con Europa". Está destinado a estimular la movilidad y la solidaridad de los europeos jóvenes en el marco de una ciudadanía activa, permitiéndoles adquirir una experiencia formativa informal validada.

Los objetivos específicos del programa son los siguientes:

  • intensificar la participación de los jóvenes que residen legalmente en un Estado miembro en actividades transnacionales de larga o de corta duración al servicio de la colectividad, en el territorio comunitario o en terceros países; estas actividades no deben sustituir a empleos remunerados posibles o existentes;
  • favorecer el reconocimiento de la valía de una experiencia formativa informal validada a nivel europeo;
  • fomentar el espíritu de iniciativa, creatividad y solidaridad de los jóvenes con el fin de facilitar su integración en la sociedad y su contribución al desarrollo de los objetivos del programa;
  • facilitar el acceso al programa de todos los jóvenes.

A tal fin, los ejes de actuación del programa son los siguientes:

  • apoyar actividades transnacionales de utilidad colectiva en la Comunidad y en terceros países;
  • apoyar actividades destinadas a promover asociaciones orientadas al servicio voluntario europeo y acciones innovadoras de redes;
  • apoyar proyectos destinados a promover el seguimiento de los jóvenes voluntarios y a valorizar de forma concreta la experiencia que éstos adquieran;
  • desarrollar y apoyar una preparación adecuada, especialmente lingüística e intercultural, así como la supervisión de los jóvenes voluntarios;
  • apoyar la calidad del conjunto de las actividades del programa y el fomento de su dimensión europea y contribuir a la cooperación en el ámbito de la juventud.

La dotación financiera para la ejecución del programa se establece en 47,5 MEUROS para el período 1998-1999.

Se presta una atención especial al acceso de todos los jóvenes, sin discriminación, a las actividades del programa.

Se realizará un esfuerzo especial en beneficio de los jóvenes que, por razones de tipo cultural, social, físico, económico o geográfico, tienen mayores dificultades para participar en los programas de acción existentes.

El programa está abierto a la participación de los países de la AELC.

Se insiste en la complementariedad del programa con otras acciones de los Estados miembros y de la Comunidad relativas a los jóvenes y en la cooperación con las organizaciones internacionales competentes, en particular el Consejo de Europa.

La Comisión y los Estados miembros adoptarán las medidas que consideren adecuadas a fin de impulsar las estructuras establecidas a escala comunitaria y nacional para realizar los objetivos del programa y garantizar la evaluación y el seguimiento del mismo. En este sentido, la Comisión y los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que, en el ámbito europeo, nacional y local, se proporcione a los voluntarios una información y una sensibilización adecuadas sobre sus derechos y obligaciones.

Cada Estado miembro procurará adoptar las medidas que considere necesarias y deseables para garantizar el buen funcionamiento del programa, en particular por lo que respecta a los obstáculos jurídicos y administrativos relativos al acceso al programa y a la movilidad transnacional de los jóvenes voluntarios, y por lo que respecta al reconocimiento de la especificidad de la situación del joven voluntario.

Los jóvenes voluntarios reciben un certificado europeo, establecido por la Comisión en cooperación con los Estados miembros, de su participación en el servicio voluntario europeo y las experiencias y competencias adquiridas durante ese período.

Para la aplicación del programa, asiste a la Comisión un comité compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

La Comisión presentará con la debida antelación al Parlamento Europeo y al Consejo un informe de evaluación de las acciones comunitarias en el ámbito de la juventud.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

No se requiere.

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

31.07.1998

6) referencias

Diario Oficial L 214 de 31.07.1998

7) trabajos posteriores

8) medidas de aplicación de la comisión

Decisión - C(98) 2486/2 C(98) 2486 [no se ha publicado en el Diario Oficial]El 4 de septiembre de 1998 la Comisión aprobó una Decisión relativa a la adopción de las modalidades de aplicación del programa "Servicio Voluntario Europeo - Guía del usuario", del programa de trabajo de la Comisión relativo a la realización del programa de 1998 y a la asignación de créditos descentralizados 1998.

La Guía del usuario contiene las modalidades de aplicación del programa Servicio Voluntario Europeo y contiene, especialmente, información detallada sobre los siguientes aspectos:

  • papel que desempeñan los participantes en el programa;
  • naturaleza de las actividades susceptibles de recibir financiación a través del programa;
  • criterios formales de elegibilidad;
  • procedimientos por los que se establecen los proyectos vinculados al programa;
  • modalidades de financiación de los proyectos.

El plan de trabajo contiene las prioridades que la Comisión, en función de los resultados de la acción piloto del Servicio Voluntario Europeo, definió para la puesta en marcha del nuevo programa 1998. Los nuevos elementos vinculados de la acción piloto son los siguientes:

  • nuevas modalidades de financiación;
  • desarrollo de proyectos multilaterales;
  • refuerzo de la cooperación con terceros países;
  • actividades de corta duración;
  • actividades de formación;
  • acción "capital futuro".

Decisión - C(99) 1 [no se ha publicado en el Diario Oficial]El 13 de enero de 1999 la Comisión aprobó una Decisión relativa a la adopción de medidas para la puesta en marcha del programa Servicio Voluntario Europeo (SVE): plan de trabajo 1999, distribución de créditos descentralizados 1999 entre los Estados miembros

El Servicio Voluntario Europeo entró en vigor el 31 de julio de 1998, por lo que el programa de trabajo para 1999 se inspira en gran medida en el de 1998. En función de los primeros resultados del programa, la Comisión ha definido una serie de prioridades.

a) El capítulo descentralizado

Este capítulo incluye los proyectos de larga duración y de corta duración, que constituyen la base del programa (representaron casi un 75% de las colocaciones en el marco de la acción piloto). La Comisión quiere confirmar la prioridad concedida a este tipo de proyectos en términos presupuestarios. Así, se asigna un importe de 11.600.000 euros, casi un 51,6 % del presupuesto total del programa, a las actividades de larga duración del SVE. Esta asignación debería prever misiones de larga duración para cerca de 2.000 voluntarios.

Con objeto de mejorar la flexibilidad, el programa también prevé misiones de corta duración (de 3 semanas a 3 meses) para voluntarios. En 1999 se mantiene la puesta en marcha progresiva de este tipo de proyectos, que deberían permitir la participación de sectores específicos de la población que tropiezan con dificultades especiales para acceder al servicio voluntario. La asignación correspondiente a este tipo de acciones asciende a 800.000 euros.

b) El capítulo centralizado

Este capítulo del programa incluye diversos tipos de proyectos:

  • proyectos multilaterales: la puesta en marcha de este tipo de proyectos precisa de la participación de socios de diferentes Estados miembros; en su programa de trabajo, la Comisión prevé extender las posibilidades de participación a toda estructura pública o privada (asociaciones, ayuntamientos, etc.) que cuente al menos con socios en seis Estados miembros. En 1999, la asignación para estos proyectos multilaterales se mantiene en 1.600.000 euros;
  • actividades de carácter excepcional: este tipo de proyectos pretende asociar el programa a los acontecimientos excepcionales, con objeto de que aumente la participación de los voluntarios y la popularidad del programa. En 1999 se financiarán dos acontecimientos: en Weimar, un equipo de jóvenes voluntarios participará en la organización y la animación de actividades culturales dirigidas a preservar la memoria histórica colectiva de Europa; por otro lado, un grupo de voluntarios se encargará de la animación cultural del Camino de Santiago. En 1999 la cobertura financiera de este tipo de proyectos asciende a de 600.000 euros;
  • proyectos con terceros países: la Comisión desea otorgar prioridad a los proyectos dirigidos a Europa Central y Oriental y a la cuenca mediterránea, especialmente a los proyectos que aspiran a mejorar la formación y el establecimiento de partenariados. Se debe establecer una colaboración con el SVE desde la puesta en marcha del programa EURO-MED J. La asignación presupuestaria para estos proyectos asciende a 550.000 euros;
  • proyectos experimentales de corta duración: la Comisión confirma que tiene intención de apoyar los proyectos innovadores propuestos por los organismos competentes, al tiempo que estudia la aportación específica de este tipo de proyectos;
  • actividades de formación: la Comisión, en colaboración con el programa "La juventud con Europa", prevé el desarrollo de proyectos dirigidos especialmente a los formadores.

Por lo que se refiere al seguro de los voluntarios, en 1998 se gestionó a escala de las Agencias nacionales y de las ONG organizadoras de los proyectos. Con objeto de simplificar y reducir el número de intermediarios, la Comisión propone gestionar centralmente el seguro de voluntarios para los proyectos correspondientes a 1999. Con estos fines se prevé una cobertura financiera de 1.209.257 euros.

El éxito del programa depende en gran medida del valor educativo del servicio voluntario. Con objeto de responder plenamente a las expectativas de los voluntarios, la Comisión desea que se continúen las actividades de preparación previas a la misión, para que los voluntarios se adapten más rápidamente a la realidad de cada país. Asimismo, deben realizarse esfuerzos para mejorar la información y la promoción del programa, a través del apoyo a las Agencias nacionales y la intensificación de la sensibilización pública (correo, Internet, medios de comunicación locales y regionales, ferias, exposiciones).

En cuanto al certificado que entrega la Comisión a los voluntarios que han realizado un servicio, la Comisión estudia la posibilidad de reforzar el valor de este certificado una vez finalizado el servicio. Este asunto debe incluirse en una estrategia más amplia dirigida a mejorar el reconocimiento del valor educativo del SVE en los entornos económicos, sociales y políticos.

Finalmente, la Comisión desea un seguimiento más profundo de la iniciativa "capital futuro", cuyo objetivo es ayudar a los voluntarios a explotar y aprovechar la experiencia adquirida en la vida real (desarrollo del patrocinio, medidas complementarias).

Decisión - C(99) 2410 [no se ha publicado en el Diario Oficial]El 27 de julio de 1999 la Comisión aprobó un proyecto de Decisión relativa a la evaluación del programa Servicio Voluntario Europeo (SVE).

La Comisión indica que se ha realizado una evaluación externa de la acción piloto SVE que cubre el periodo de noviembre de 1997 a mayo de 1998. Los evaluadores han reconocido que al subestimarse el tiempo necesario para desarrollar un trabajo de cooperación, podría impedirse la implicación y la estrecha cooperación de proyectos y estructuras nacionales. En sus conclusiones, la evaluación externa de la acción piloto indica que, de cara al futuro, habrá que elegir entre una estrategia de evaluación más tradicional y una estrategia en la que sean los principales agentes del programa a nivel europeo y a nivel nacional los que dirijan el proceso de evaluación desde el principio. A la luz de los resultados obtenidos en la fase experimental, la Comisión pretende conceder prioridad a la segunda opción y continuar implicando activamente a los diferentes participantes del programa, especialmente las estructuras nacionales. Asimismo, propone crear un marco simplificado debido a los límites de la línea presupuestaria.

Finalmente, señala la importancia de una evaluación de este tipo en el marco del futuro programa « Juventud ».

Top