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Estrategia marco comunitaria sobre la igualdad entre hombres y mujeres (2001-2005)

1) OBJETIVO

Establecer un marco de actuación que permita integrar la cuestión de la igualdad en todas las actividades comunitarias, de manera que éstas ayuden a alcanzar el objetivo de eliminar las desigualdades y promover la igualdad entre mujeres y hombres.

2) ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Hacia una estrategia marco comunitaria sobre la igualdad entre hombres y mujeres (2001-2005) [COM (2000) 335 final - no publicada en el Diario Oficial].

3) SÍNTESIS

El objetivo de la presente Comunicación es contribuir a combatir las desigualdades entre hombres y mujeres en la vida económica, política, civil y social. La estrategia marco se basa en un doble planteamiento. Por un lado, la finalidad es integrar la perspectiva de género en todas las políticas comunitarias que influyen directa o indirectamente en el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres (principio de intervención proactiva o mainstreaming, integración de la perspectiva de género). Paralelamente a este planteamiento global, la estrategia marco propone, por otro lado, la puesta en marcha de acciones específicas en favor de las mujeres que siguen siendo necesarias para eliminar las desigualdades persistentes. Este planteamiento integrado supone, pues, un cambio importante con respecto a la anterior actuación comunitaria en la materia, que se basaba, en gran parte, en actividades y programas compartimentados.

A fin de desarrollar las acciones horizontales y de coordinación, la Comisión propone, por otra parte, dotar a la estrategia marco de un programa de apoyo que ayude a organizar campañas de concienciación, a mejorar la recogida de datos y a poner en marcha proyectos transnacionales.

La estrategia marco propuesta se articula en torno a cinco ámbitos de intervención interdependientes, cada uno de ellos con diferentes objetivos operativos: la vida económica, la igualdad de participación y representación, los derechos sociales, la vida civil y los roles y estereotipos masculinos y femeninos.

Promover la igualdad de las mujeres y los hombres en la vida económica

El Consejo Europeo de Lisboa de marzo de 2000 invitó a la Comisión y a los Estados miembros a promover todos los aspectos de la igualdad de oportunidades en las políticas de empleo, entre otras cosas reduciendo la segregación profesional y haciendo más fácil conciliar la vida laboral con la vida familiar. En este contexto, la Comisión propone en su estrategia tres objetivos operativos:

  • Reforzar la dimensión de la igualdad entre mujeres y hombres en la estrategia europea de empleo. Se tratará, concretamente, de fomentar el aprendizaje permanente de las mujeres y de promover su empleabilidad y su acceso a puestos de trabajo en el ámbito de las tecnologías de la información.
  • Mejorar la utilización de los Fondos Estructurales para promover la igualdad entre mujeres y hombres, concretamente a través de los Fondos EQUAL, INTERREG, URBAN y LEADER.
  • Elaborar estrategias para fomentar la integración de la perspectiva de género en todas las políticas que afecten al papel de las mujeres en la economía. En este contexto, será necesario potenciar el diálogo con los directivos de las empresas que operan en Europa en torno a su contribución a la igualdad de las mujeres y de los hombres en la vida económica. También se propone crear un distintivo europeo (un premio o un certificado) que se adjudique cada año a las empresas que hayan desarrollado buenas prácticas en materia de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

Promover la igualdad de participación y representación

Las mujeres están permanentemente infrarrepresentadas en los distintos ámbitos de la toma de decisiones políticas; esto favorece la existencia de un déficit democrático que exige diferentes acciones para responder a las objetivos siguientes:

  • Mejorar el equilibrio de la participación de mujeres y hombres en la toma de decisiones políticas. Las acciones irán encaminadas, entre otras cosas, a evaluar la influencia de los sistemas electorales, de las legislaciones, de las cuotas y de otras medidas relativas a la participación equilibrada de mujeres y hombres en los órganos políticos electos. Asimismo, las acciones se dirigirán a concienciar a los ciudadanos europeos sobre la necesidad de una representación equilibrada tanto en los órganos públicos electos como en las estructuras de los partidos políticos.
  • Mejorar el equilibrio de la participación de mujeres y hombres en la toma de decisiones económicas y sociales. Para ello, la Comisión recomienda hacer un seguimiento y una evaluación de la transición entre la educación y la formación y la vida profesional, así como de la contratación y la carrera profesional de potenciales cuadros superiores femeninos. Propone también establecer y mantener un conjunto completo de estadísticas regularmente actualizadas sobre la presencia de mujeres en los puestos decisorios.
  • Mejorar el equilibrio de la participación de mujeres y hombres en el seno de la Comisión Europea.

Promover la igualdad de acceso y el pleno disfrute de los derechos sociales para las mujeres y los hombres

La igualdad de acceso de las mujeres y el pleno disfrute de los derechos sociales forman parte de los fundamentos de toda sociedad democrática. A pesar de todo, muchas mujeres no gozan de esa igualdad de acceso a los derechos sociales porque algunos de sus derechos siguen estando basados en el modelo masculino del sustento familiar, sin tener en cuenta que las mujeres soportan una parte preponderante de la carga que supone conciliar la vida familiar y la profesional. Muchos sistemas de protección social reflejan la persistencia de este modelo obsoleto, lo que explica también, en parte, la feminización de la pobreza en la Comunidad Europea. Así pues, las acciones comunitarias deberán tener como objetivos:

  • Mejorar la aplicación de la legislación europea, concretamente en materia de protección social, permiso parental, maternidad y tiempo de trabajo. Para ello habrá que hacer un seguimiento y una evaluación de la puesta en práctica de esta legislación en los Estados miembros y sensibilizar a las organizaciones no gubernamentales (ONG), los interlocutores sociales, los inspectores de trabajo y los profesionales del Derecho con respecto a la legislación y la jurisprudencia de la Unión Europea (UE) en el ámbito social. Además, la Comisión tiene intención de proponer una directiva fundamentada en el artículo 13 del Tratado para garantizar la igualdad de trato entre mujeres y hombres en ámbitos distintos al del empleo.
  • Apoyar las actividades de información y difusión acerca de la legislación social de la UE dirigidas a los ciudadanos europeos.
  • Velar por que la perspectiva de género esté presente en la concepción, la puesta en práctica y la evaluación de las políticas comunitarias que afectan a la vida cotidiana de las mujeres y de los hombres, como son los transportes, la salud pública o las relaciones exteriores, incluidos el programa comunitario de lucha contra la discriminación, fundamentado en el artículo 13 del Tratado CE, y las políticas relativas a los derechos humanos.

Promover la igualdad de mujeres y hombres en la vida civil

El objetivo de esta temática es reforzar y desarrollar los mecanismos de aplicación de la legislación relativa a la igualdad de trato, garantizando al mismo tiempo una mayor sensibilización a este respecto y una formación relacionada con los derechos de igualdad y los derechos humanos de las mujeres. Las acciones se orientarán a la formación de los profesionales del Derecho en torno a la legislación sobre igualdad, así como a la información de las ONG sobre este tema. Deberá prestarse una atención especial a las mujeres víctimas de discriminaciones múltiples (por ejemplo, las mujeres migrantes o con discapacidad), o enfrentadas a la violencia o la explotación sexual. A nivel de la UE se ha puesto en marcha una política comunitaria para combatir la violencia contra las mujeres y la trata de mujeres, concretamente a través del programa STOP y, posteriormente, de la iniciativa Daphne y del nuevo programa Daphne (2002-2003). No obstante, la acción en este ámbito debe continuar. Por lo tanto, habrá que perseguir los siguientes objetivos:

  • Hacer un seguimiento de la legislación y la jurisprudencia comunitarias en materia de igualdad de trato entre mujeres y hombres y, si es necesario, presentar nuevas propuestas legislativas. Concretamente, está previsto analizar la Directiva 75/117/CEE relativa a la igualdad de remuneración, a fin de examinar las posibilidades de mejora. La Comisión tiene previsto, asimismo, reforzar el papel y las competencias de las inspecciones de trabajo por lo que respecta a la legislación sobre este tema. Por otro lado, se llevarán a cabo acciones en apoyo de la información y la formación sobre legislación en materia de igualdad y derechos humanos de las mujeres, dirigidas específicamente a los profesionales del Derecho, las inspecciones de trabajo y los interlocutores sociales.
  • Promover los derechos humanos de las mujeres apoyando acciones y campañas de sensibilización dentro de la UE y de los países candidatos. Asimismo, es necesario apoyar el trabajo en red a fin de reunir datos comparativos sobre las violaciones de los derechos humanos por razón de sexo y sobre los casos de discriminación sexual. El objetivo es también velar por que las necesidades específicas o las situaciones particulares de las mujeres sean tenidas debidamente en cuenta y, en su caso, sean tomadas en consideración en las iniciativas relacionadas con el derecho de asilo y de estancia de los nacionales de terceros países en el territorio de los Estados miembros.
  • Luchar contra la violencia de género y la trata de seres humanos con fines de explotación sexual. Para ello está previsto, concretamente, promover la formación y la concienciación de la policía y el poder judicial, así como apoyar su cooperación fronteriza y el intercambio de información y buenas prácticas en la UE y, en particular, entre la UE y los países candidatos.

Promover el cambio de los roles y los estereotipos masculinos y femeninos

Este ámbito de intervención tiene como objetivo responder a la necesidad de modificar los comportamientos, las actitudes, las normas y los valores que definen y determinan los roles masculinos y femeninos en la sociedad a través de la educación, los medios de comunicación, la cultura y la ciencia. Para hacer realidad la igualdad entre mujeres y hombres es fundamental acabar con los prejuicios y los estereotipos existentes. Por lo tanto, la Comisión se propone emprender acciones con los siguientes objetivos:

  • Concienciar respecto de la igualdad entre mujeres y hombres. Se propone, concretamente, incrementar los esfuerzos para suprimir las discriminaciones basadas en estereotipos sexistas en la educación (por ejemplo, en los libros de texto) y para concebir buenas prácticas en este ámbito.
  • Eliminar los estereotipos sexistas existentes en las políticas afectadas, o generados por ellas. Concretamente, se recomienda idear, en colaboración con los comités nacionales de ética existentes, la manera de integrar en su mandato la dimensión de la igualdad entre mujeres y hombres, y de apoyar redes de comités nacionales de ética. También se fomentará el intercambio de puntos de vista y de buenas prácticas en los medios de comunicación, y se creará un grupo de representantes de los mismos que ayude a la Comisión a iniciar los debates en el marco de este objetivo.

4) medidas de aplicación

Informe [COM (2003) 98 final - no publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión, de 3 de marzo de 2003 - Informe anual sobre la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Unión Europea en 2002. En los informes anuales de la Comisión sobre la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la UE se presenta un balance anual de la estrategia. El informe citado es el correspondiente a 2002.

5) trabajos posteriores

Última modificación: 08.05.2003

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