EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Marco estratégico de la UE en materia de clima y energía (para 2020-2030)

La Comisión Europea propone un marco para las políticas en materia de clima y energía de la Unión Europea (UE) del período 2020-2030 que se base en los progresos logrados para cumplir los objetivos de emisiones de gases de efecto invernadero, energía renovable y ahorro energético establecidos para 2020. La piedra angular del marco de 2030 es una reducción del 40 % de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo: Marco estratégico en materia de clima y energía para el período 2020-2030 [COM(2014) 15 final/2 de 28.1.2014 - No publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Esta Comunicación destaca la necesidad de la transición de la UE hacia una economía hipocarbónica basada en los importantes progresos ya conseguidos con el fin de alcanzar los objetivos de la UE de reducción de gases de efecto invernadero, energías renovables y ahorro energético establecidos para 2020.

En consonancia con la consulta a las partes interesadas organizada sobre la base de un Libro Verde publicado en marzo de 2013, la Comunicación reitera la importancia de seguir avanzando en pos de una economía hipocarbónica que garantice una energía competitiva a un precio asequible para los consumidores, cree oportunidades para el crecimiento y el empleo, ofrezca una mayor seguridad de abastecimiento energético y reduzca la dependencia con respecto a las importaciones de energía.

La Comisión propone que el marco de clima y energía 2030 debería basarse en la plena aplicación de los objetivos establecidos para 2020 y en los siguientes aspectos:

  • Una reducción del 40 % de las emisiones de gases de efecto invernadero de la UE en 2030 con respecto al nivel de 1990, que se alcanzará exclusivamente a través medidas nacionales. Las medidas incluyen la combinación de una reducción del 43 % de las emisiones en relación con 2005 en el sector del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE) y las acciones nacionales de los Estados miembros para reducir un 30 % las emisiones de los sectores al margen del comercio de derechos de emisión.
  • El incremento de la cuota de las energías renovables consumidas en la UE hasta, como mínimo, el 27 %, de obligado cumplimiento para la UE, pero no en el ámbito nacional con el fin de conceder flexibilidad a los Estados miembros para lograr sus objetivos de la manera más rentable.
  • Una reforma del RCDE mediante la creación de una nueva reserva para la estabilidad del mercado así como un tope más estricto para el máximo anual de emisiones para después de 2020. Junto con esta Comunicación se publicó una propuesta legislativa para establecer la reserva.
  • Una mejora de la eficacia energética, esencial para la competitividad, seguridad de abastecimiento energético y sostenibilidad. Una revisión de la Directiva sobre eficiencia energética de 2012 más adelante en 2014 ayudará a establecer la futura política de ahorro energético.
  • Un nuevo sistema de gobernanza europeo para alcanzar los objetivos de energía y clima. Los Estados miembros deben establecer planes nacionales para una energía competitiva, segura y sostenible. Estos planes serán revisados y evaluados por la Comisión.
  • Los indicadores clave para evaluar los avances logrados en todos los aspectos de competitividad, seguridad y energía sostenible.

Se invita al Consejo y el Parlamento Europeo a que refrenden la propuesta. Se espera una decisión del Consejo para octubre de 2014. La Comunicación forma parte de un paquete más amplio que contiene una propuesta legislativa para la reforma del RCDE, competitividad, gas esquisto y precios y costes de la energía.

ACTOS CONEXOS

Propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión, y por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE [COM(2014) 20/2 de 22.1.2014].

Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética (DO L 315 de 14.11.2012).

Directiva 2009/28/CE relativa a fuentes de energía renovables (DO L 140 de 5.6.2009)

Directiva 2009/29/CE por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (Directiva revisada sobre RCDE) (DO L 140 de 5.6.2009).

Decisión no 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el esfuerzo de los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020 (DO L 140 de .5.6.2009).

Hoja de Ruta de la Energía para 2050 [COM(2011) 885 final de 15.12.2011].

Hoja de Ruta hacia una Economía Hipocarbónica Competitiva en 2050 [COM(2011) 112 final de 8.3.2011].

Directiva 2013/18/UE del Consejo, de 13 de mayo de 2013 , por la que se adapta la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, con motivo de la adhesión de la República de Croacia (DO L 158 de 10.6.2013)

última actualización 08.06.2014

Top