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Este Reglamento establece las normas de la Unión Europea (UE) para la fijación de los precios, las exacciones, las ayudas, las restituciones y las cuotas de diversos productos agrícolas.
El Reglamento se basa en el artículo 43, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en el sentido de que se trata de un Reglamento adoptado por el Consejo. [Los lectores deben saber que esto contrasta con las medidas recogidas en el artículo 43, apartado 2, del TFUE que son adoptadas con arreglo al procedimiento legislativo ordinario (véase la sentencia del Tribunal de Justicia de , República Federal de Alemania contra Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea, asunto C-113/14).]
La legislación fija unas condiciones para:
La Comisión Europea utiliza actos de ejecución para:
El Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios ayuda a la Comisión en la ejecución de la legislación.
Está en vigor desde el .
La organización común de mercados es un conjunto de normas que regula el mercado de los productos agrícolas en la UE. Tiene por objeto proporcionar un mecanismo de salvaguarda para los agricultores mediante la asignación de ayudas específicas sectoriales.
Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de , por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (DO L 346 de , pp. 12-19).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 1370/2013 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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