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Document C2017/278A/01

Junta Única de Resolución — Anuncio de vacante — Miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de resolución — COM/2017/20023

OJ C 278A, 22.8.2017, p. 1–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.8.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 278/1


Junta Única de Resolución

Anuncio de vacante

Miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de resolución

COM/2017/20023

(2017/C 278 A/01)

 

Junta Única de Resolución

La Junta Única de Resolución (JUR) es la autoridad de resolución europea y el segundo pilar de la Unión Bancaria. Trabaja en estrecha cooperación con las autoridades nacionales de resolución de los Estados miembros participantes, formando conjuntamente el Mecanismo Único de Resolución (MUR), la Comisión Europea y el Banco Central Europeo (BCE) en particular. Contribuye a la salvaguardia de la estabilidad financiera.

Su misión consiste en garantizar la resolución ordenada de los bancos en dificultades reduciendo al mínimo el impacto sobre la economía real y las finanzas públicas de los Estados miembros participantes y más allá. Por tanto, la JUR desempeña tareas específicas de preparación y realización de la resolución de bancos que se encuentran en dificultades o en peligro de quiebra.

La JUR es también responsable de la gestión del Fondo Único de Resolución, establecida por el Reglamento MUR, a fin de garantizar que se disponga de ayuda financiera a medio plazo mientras un banco está en vías de reestructuración o resolución.

La JUR es un organismo de la Unión autofinanciado.

Puesto vacante

La Comisión Europea, en consulta con la JUR, organiza un procedimiento de selección para un miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución. El lugar de destino será Bruselas (Bélgica), donde la JUR tiene su sede.

El candidato seleccionado asumirá sus funciones

i)

como miembro de la JUR con derecho a voto en los órganos de toma de decisiones (la Junta en su sesión plenaria y sesión ejecutiva), y

ii)

como director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución de la JUR.

Como miembro con derecho a voto de la Junta en sesión plenaria y sesión ejecutiva, contribuirá activamente a la realización de las tareas y responsabilidades de la Junta, de conformidad con el mandato concedido por el Reglamento MUR.

Además, el candidato seleccionado, en su calidad de director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución, será responsable de una de las tres Direcciones de Planificación y Decisiones en materia de Resolución. En particular, el candidato seleccionado:

realizará la gestión diaria del trabajo de la Dirección y garantizará su funcionamiento adecuado y eficaz, lo que incluirá también una estrecha cooperación con otras secciones de la JUR, en particular, las otras dos direcciones sobre resolución,

orientará y dirigirá la elaboración de los planes de resolución de las entidades que formen parte de las competencias de la Dirección,

orientará y dirigirá la elaboración de medidas y, en su caso, decisiones de resolución de las entidades que formen parte de las competencias de la Dirección,

gestionará la cooperación con los organismos nacionales de resolución que entren dentro de las responsabilidades de la Dirección,

supervisará y gestionará la cooperación global con el BCE en el contexto de los trabajos entre los equipos internos de resolución y los equipos de supervisión conjunta para las entidades que entren dentro de las responsabilidades de la Dirección,

contribuirá, como alto miembro de la JUR, a la determinación del mandato y las políticas de la JUR,

coordinará la programación de los trabajos de la Dirección, fijará los objetivos y determinará las prioridades en el marco de la planificación estratégica global de la JUR,

coordinará la labor de las unidades que integran la Dirección, motivando y apoyando a los directivos de nivel medio en la consecución de sus objetivos y la realización de su potencial y el del personal a su cargo,

velará por la consecución de los objetivos de la Dirección, dentro de los plazos y conforme a los estándares de calidad establecidos, y supervisará y evaluará los progresos realizados,

garantizará una cooperación y comunicación fluida con los otros miembros de la Junta, directores y las demás Direcciones,

promoverá prácticas positivas en las relaciones con los interesados internos y externos de la Dirección, y

servirá de enlace y mantendrá contactos con las instituciones u organismos de la UE y cualesquiera otros organismos públicos o entidades privadas en torno a cuestiones que entren en el ámbito de sus responsabilidades.

El candidato informará al presidente de la JUR acerca de sus contribuciones individuales como director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución.

Criterios de admisibilidad

Los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos formales en la fecha límite para la presentación de las candidaturas:

Nacionalidad: tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea,

Título universitario:

tener un nivel de formación que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios sancionado por un título o diploma de fin de carrera, si la duración normal de la enseñanza universitaria es de cuatro años o más, o bien

tener un nivel de formación que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios sancionado por un título o diploma de fin de carrera, y una experiencia profesional apropiada, de un año como mínimo, si la duración normal de la enseñanza universitaria es de por lo menos tres años (esta experiencia profesional de un año no podrá incluirse en la experiencia profesional postuniversitaria exigida a continuación),

Experiencia profesional: poseer una experiencia postuniversitaria de al menos 20 años adquirida tras la obtención de las cualificaciones mencionadas anteriormente, de los cuales al menos diez años en ámbitos pertinentes para la supervisión, la reestructuración o la resolución de entidades financieras y la regulación de mercados financieros (1),

Experiencia en niveles superiores de dirección: experiencia profesional de al menos cinco años en la dirección de una organización desempeñando una función ejecutiva de alto nivel (2), y

Lenguas: poseer un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea y un conocimiento satisfactorio de al menos otra de ellas (3). Durante la entrevista o entrevistas a cargo de los tribunales de selección se comprobará si los candidatos cumplen el requisito de un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. Para ello, parte de la entrevista podrá realizarse en esta otra lengua.

No hay límite de edad.

Criterios de selección

Los candidatos deberán poseer:

un profundo conocimiento del sector bancario y financiero,

muy amplia experiencia en uno o varios de los ámbitos siguientes: supervisión, reestructuración o resolución de entidades financieras, regulación de mercados financieros,

excelente sentido de liderazgo y experiencia de trabajo en un ambiente multicultural,

capacidad para desarrollar una visión estratégica y llevarla a efecto;

capacidad demostrada para la toma y ejecución de decisiones, tanto a nivel estratégico como operativo,

experiencia satisfactoria en la dirección, a alto nivel, de grandes equipos de procedencia multidisciplinar (e idealmente multicultural), y en la motivación del personal para alcanzar niveles de desempeño elevados,

excelentes aptitudes interpersonales, de presentación y de comunicación,

excelentes aptitudes para la negociación y capacidad para establecer relaciones de trabajo sólidas con representantes de alto nivel de las partes interesadas pertinentes,

excelente dominio del inglés, que es la lengua de trabajo de la JUR.

Se considerará una gran ventaja el conocimiento de las instituciones de la UE y los procesos decisorios de la UE, así como experiencia en otros procesos pertinentes, a nivel europeo e internacional, para las actividades de la Junta.

Independencia y declaración de intereses

Los miembros de la Junta, en sesión plenaria y ejecutiva, deberán actuar con independencia y exclusivamente en interés de la Unión y no podrán solicitar ni aceptar instrucciones de las instituciones u organismos de la Unión Europea, de ningún gobierno de un Estado miembro ni de ningún otro organismo público o privado.

Una vez nombrado para el cargo de miembro de la Junta directiva y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución, será un profesional a tiempo completo y no podrá ocupar ningún otro cargo a nivel nacional, internacional o de la Unión.

Antes de la designación, deberá presentar:

una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia y en pro del interés público, y

una declaración relativa a cualesquiera intereses que pudieran considerarse perjudiciales para su independencia.

Los candidatos deberán confirmar en su solicitud que accederán a hacerlo (4). Cuando sea nombrado miembro de la Junta estará sujeto al Código de Conducta, y como director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución, sometido al código ético y de buena conducta administrativa para el personal de la JUR.

SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO

1.

La Comisión Europea, en consulta con la JUR, establecerá un comité de selección que evaluará todas las candidaturas. Los candidatos que se considere que presenten el perfil más adecuado para la función de miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución serán convocados a una entrevista con el comité de selección.

2.

Tras la celebración de esas entrevistas, el comité de selección elaborará una primera lista de candidatos, basándose en sus méritos y los criterios de selección establecidos en el anuncio de vacante. Los citados candidatos podrán ser convocados a nuevas entrevistas con el Comité Consultivo de Nombramientos de la Comisión Europea. Antes de esa entrevista, los candidatos deberán pasar por un centro de evaluación dirigido por consultores externos de contratación de personal.

3.

El Comité Consultivo de Nombramientos adoptará una lista restringida. Los citados candidatos serán convocados a una entrevista con uno o varios miembros de la Comisión Europea.

4.

Sobre la base de los resultados de este proceso de selección, y tras oír a la Junta en sesión plenaria, la Comisión Europea establecerá una preselección de candidatos idóneos para el cargo de miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución. Esta lista se remitirá al Parlamento Europeo para su aprobación; se informará, al mismo tiempo, al Consejo de la Unión Europea.

Por razones funcionales y para finalizar el procedimiento de selección lo antes posible en interés de los candidatos y de la institución, la Comisión Europea realizará el procedimiento de selección únicamente en inglés, y se asegurará de que no se otorgue ninguna ventaja indebida a los hablantes nativos de esta lengua.

5.

Seguidamente, la Comisión Europea presentará al Parlamento Europeo, para su aprobación, una propuesta de nombramiento del miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución.

Una vez aprobada dicha propuesta, el Consejo adoptará una decisión de ejecución por la que se nombre al miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución. El Consejo decidirá por mayoría cualificada.

Además de las indicadas anteriormente, se podrá requerir a los candidatos que realicen otras entrevistas y/o pruebas.

La presente convocatoria de candidaturas constituye la base sobre la que se establecerá la propuesta de la Comisión Europea al Parlamento Europeo para el nombramiento del miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución. La inclusión en la lista de candidatos preseleccionados que se remita al Parlamento Europeo o en la propuesta de nombramiento no garantiza dicho nombramiento. Los candidatos deben tener presente que la lista de candidatos preseleccionados podría hacerse pública una vez que haya sido aprobada por la Comisión Europea.

Igualdad de oportunidades

Las instituciones de la Unión Europea aplican una política de igualdad de oportunidades y aceptan las candidaturas sin discriminaciones por razón de sexo, raza, color de piel, origen étnico o social, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.

Condiciones de empleo

El miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución será nombrado por un período de cinco años no prorrogable.

El miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución tendrá la misma consideración que el secretario del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en lo que se refiere al régimen pecuniario y la edad de jubilación, conforme a lo dispuesto en el Reglamento n.o 422/67/CEE (5). Su sueldo se basará en el grado AD 16, escalón 3, al que se aplicará un factor de multiplicación igual al 101 % del sueldo correspondiente a dicho grado y escalón (6). Sin embargo, el presidente no estará sujeto a la edad máxima de jubilación. En lo que respecta a todas las demás condiciones de empleo, se aplicarán por analogía el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a otros agentes.

El lugar de destino será Bruselas (Bélgica), donde la JUR tiene su sede.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

Advertencia:

Antes de presentar su candidatura, el/la candidato/a deberá cerciorarse de que cumple todos los criterios de admisibilidad, especialmente en lo que respecta al tipo de titulación y a la experiencia profesional exigidos, así como a su capacidad lingüística.

El incumplimiento de alguno de los criterios de admisibilidad significa la exclusión automática del proceso de selección.

Las candidaturas deberán presentarse a través de internet en el sitio web:

https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/

y seguir las instrucciones que figuran en él respecto a las diversas etapas del procedimiento. Se deberá crear un perfil antes de poder introducir la solicitud.

Se le pedirá una dirección de correo electrónico válida. Esta dirección se utilizará para identificar su inscripción y para estar en contacto con usted durante las diferentes fases del proceso de selección. Por lo tanto, se ruega informe a la Comisión Europea sobre cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.

Para completar la candidatura, deberá adjuntar un curriculum vitae en formato PDF y redactar, en línea, una carta de motivación (máximo 8 000 caracteres).

Una vez finalizada su inscripción en línea, recibirá un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha sido registrada. El correo electrónico también contiene un número de inscripción que será su número de referencia para todas las cuestiones referentes a su candidatura.

Atención: si no recibe un correo electrónico de confirmación es que su candidatura no ha quedado registrada.

Tenga en cuenta que no podrá realizar en línea el seguimiento del curso dado a su candidatura. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con usted para informarle del estado de su candidatura. Para facilitar el proceso de selección, todas las comunicaciones con los candidatos en relación con el mismo tendrán lugar en lengua inglesa.

En caso de que padezca una discapacidad que le impida inscribirse en línea, podrá presentar su candidatura (curriculum vitae y carta de motivación) en papel, por correo certificado a la siguiente dirección: Comisión Europea, Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad, Unidad de Personal Ejecutivo y Secretaría CCN, SC 11 8/35, 1049 Bruselas, Bélgica, indicando claramente como referencia: Vacante del puesto de miembro de la Junta y director de Planificación y Decisiones en materia de Resolución (COM/2017/20023), teniendo en cuenta que la fecha indicada en el matasellos de Correos no podrá ser posterior a la fecha límite de inscripción. Toda comunicación posterior entre la Comisión y los candidatos se realizará por correo postal. En este caso, los candidatos deberán adjuntar a su candidatura un certificado de discapacidad expedido por un organismo reconocido. Los candidatos deberán especificar también, en hoja aparte, las medidas que consideren necesarias para facilitar su participación en el proceso de selección.

Para más información o en caso de problemas técnicos, se deberá enviar un correo electrónico a: HR-SM-vacancies@ec.europa.eu.

Plazo

Plazo para la presentación de candidaturas: 22 de septiembre de 2017. El plazo para las inscripciones en línea finalizará a las 12.00 horas, hora de Bruselas.

Es responsabilidad de los candidatos realizar a tiempo su inscripción en línea. Recomendamos encarecidamente a los candidatos que no esperen a los últimos días para inscribirse, ya que una sobrecarga excepcional de las líneas o un fallo de la conexión a internet podría dar lugar a que se interrumpiera la operación de inscripción en línea antes de que pudiera completarse, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.

La Comisión se reserva el derecho de ampliar el plazo de presentación de candidaturas para esta vacante exclusivamente mediante publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Información importante para los candidatos

Se recuerda a los candidatos que la labor de los comités de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con los miembros de dichos comités o que cualquier otra persona lo haga en su nombre.

Protección de datos personales

La Comisión y la JUR se asegurarán de que los datos personales de los candidatos sean tratados de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitariaos y a la libre circulación de estos datos (7).


(1)  La experiencia profesional se contará a partir de la fecha en la que el solicitante haya obtenido las cualificaciones mínimas que den acceso al perfil considerado. Solo se tomarán en consideración las actividades profesionales (esto es, el empleo remunerado, por cuenta propia o ajena) debidamente documentadas. El trabajo a tiempo parcial se tendrá en cuenta en proporción al porcentaje de horas trabajadas a tiempo completo. Los períodos de educación o formación y los períodos de prácticas no remuneradas no se tendrán en cuenta. Las becas de investigación, las actividades subvencionadas y los doctorados podrán tenerse en cuenta como experiencia profesional hasta un máximo de tres años.

(2)  Se invita expresamente a los candidatos a indicar, respecto de cada cargo de gestión o dirección ocupado, lo siguiente: 1) la designación de los cargos ocupados y las funciones desempeñadas; 2) el número de personas bajo su responsabilidad en esos cargos; 3) la cuantía de los presupuestos gestionados, y 4) el número de niveles jerárquicos superiores e inferiores al propio y el número de cargos del mismo nivel.

(3)  Reglamento n.o 1 por el que se fija el régimen lingüístico de la Comunidad Económica Europea (DO P 17 de 6.10.1958, p. 385).

(4)  https://srb.europa.eu/sites/srbsite/files/code_of_conduct.pdf

https://srb.europa.eu/sites/srbsite/files/srb_ps_2015_12.pdf

(5)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1967R0422:20040501:ES:PDF modificado por el Reglamento (UE, Euratom) n.o 904/2012: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2012:269:0001:0002:ES:PDF

(6)  Véase el artículo 66 del Reglamento n.o 31 (CEE) 11 (CEEA) por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1962R0031:20140101:ES:PDF

(7)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


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