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Document C2015/183A/01

Anuncio de oposiciones generales — Médicos (AD 11) — EPSO/AD/308/15 — Sede de Bruselas — EPSO/AD/309/15 — Sedes de Luxemburgo e Ispra

OJ C 183A, 4.6.2015, p. 1–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.6.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 183/1


ANUNCIO DE OPOSICIONES GENERALES

Médicos (AD 11)

EPSO/AD/308/15 — Sede de Bruselas

EPSO/AD/309/15 — Sedes de Luxemburgo e Ispra

(2015/C 183 A/01)

Plazo de inscripción: 7 de julio de 2015 a las 12.00 horas (del mediodía), hora de Bruselas

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza oposiciones generales, basadas en títulos y pruebas, con vistas a la constitución de listas de reserva a partir de las cuales la Comisión Europea seleccionará nuevos funcionarios como «médicos» (grupo de funciones AD) para sus sedes de Bruselas (BE), Luxemburgo (LU) e Ispra (IT).

La presente convocatoria de oposición, junto con las Normas generales aplicables a las oposiciones generales, publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 70 A de 27 de febrero de 2015 (http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=OJ:C:2015:070A:TOC) constituyen el marco jurídico vinculante de estos procesos de selección.

Número de candidatos aprobados:

EPSO/AD/308/15 — Bruselas: 10

EPSO/AD/309/15 — Sede 1. Luxemburgo: 5; Sede 2. Ispra: 5

La intención es seleccionar médicos que serán destinados a los lugares mencionados en el presente anuncio, pero esto no excluye la posibilidad de que pueda aplicarse el artículo 7 del Estatuto, en virtud del cual los funcionarios podrán ser transferidos a otro lugar de destino durante su carrera, siempre y cuando lo requiera el interés del servicio. [El artículo 7 figura en el Reglamento no 31 (http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1962R0031:20140101:ES:PDF)].

EPSO/AD/309/15 contiene dos opciones. Solo podrá optarse por una de ellas. El candidato deberá escoger la opción que le interese en el momento de la inscripción electrónica y no podrá modificar dicha elección una vez haya confirmado y validado el formulario de inscripción en línea.

TAREAS QUE DEBERÁN REALIZARSE

Si el candidato es seleccionado a raíz de esta oposición, llevará a cabo cuatro tipos principales de tareas:

1.

Chequeos médicos y asesoramiento al personal y los candidatos

2.

Campañas de promoción de la salud, prevención y protección en el trabajo

3.

Mantenimiento de contactos con médicos externos o servicios hospitalarios

4.

Gestión de equipos y administración

Para más información sobre las tareas que deben realizarse habitualmente, véase el ANEXO I.

CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS CANDIDATOS

Los candidatos deben reunir TODAS las condiciones que se indican a continuación en el momento de validar su candidatura:

Condiciones generales

Estar en plena posesión de sus derechos como ciudadano de un Estado miembro de la UE

Estar en situación regular respecto de las leyes de reclutamiento militar aplicables

Reunir las garantías de integridad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas

Condiciones específicas: lenguas

Lengua 1: nivel mínimo C1 en una de las 24 lenguas oficiales de la UE

Lengua 2: nivel mínimo B2 en alemán, francés o inglés; la lengua 2 debe ser distinta de la lengua 1

Puede consultar información más detallada sobre los niveles de lengua en el Marco Común de Referencia para las Lenguas ( https://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr)

Condiciones específicas: cualificaciones y experiencia laboral

Ciclo de estudios universitarios completos de una duración de al menos 4 años , sancionado por un título en medicina reconocido en un Estado miembro de la Unión Europea

y

Un título en una especialidad médica obtenido con posterioridad al título mencionado anteriormente.

Puede consultar información más detallada sobre los títulos o diplomas en el anexo I de las Normas generales aplicables a las oposiciones generales ( http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=OJ:C:2015:070A:TOC)

Experiencia profesional de al menos 12 años (adquirida después de haber obtenido el título de medicina) en uno o más de los siguientes ámbitos relacionados:

Para EPSO/AD/308/15 — Bruselas: medicina laboral, medicina general, medicina interna, medicina tropical, ergonomía, control médico de las bajas laborales por enfermedad, salud pública o psiquiatría.

Para EPSO/AD/309/15 — Luxemburgo/Ispra: medicina laboral, medicina general, medicina interna, medicina tropical, ergonomía, control médico de las bajas laborales por enfermedad, salud pública, psiquiatría, medicina de urgencias (solo para Ispra) o protección frente a radiación.

La segunda lengua escogida deberá ser el alemán, el francés o el inglés . Estas tres lenguas son las principales lenguas de trabajo de las instituciones de la UE y, en interés del servicio, el personal recién seleccionado debe ser operativo de inmediato y capaz de comunicarse eficazmente, para su actividad laboral cotidiana, en al menos una de ellas.

Para más información sobre las lenguas en las oposiciones de la UE, véase el ANEXO II.

PROCESO DE SELECCIÓN

1)    Selección basada en cualificaciones

En primer lugar, los requisitos de admisibilidad para cada oposición de todos los candidatos se comprobarán sobre la base de los datos facilitados por los candidatos en el impreso de candidatura en línea.

En segundo lugar, solo para los candidatos elegibles , la selección basada en cualificaciones se realizará utilizando la información facilitada por los candidatos en la pestaña «Evaluador de talentos» (Talent Screener/Evaluateur de talent/Talentfilter) del impreso de candidatura. El tribunal destinará a cada criterio de selección un coeficiente que refleje su importancia relativa (de 1 a 3) y atribuirá entre 0 y 4 puntos a cada una de las respuestas del candidato.

El tribunal multiplicará los puntos por la ponderación de cada criterio y los sumará para identificar aquéllos candidatos cuyo perfil responda mejor a las funciones que deben desempeñarse.

Véase el ANEXO III para consultar la lista de criterios para cada sede.

2)    Centro de Evaluación

A esta fase se admitirá un máximo del triple del número de candidatos aprobados por oposición y por sede. Si usted obtuvo una de las mejores notas totales en la selección por titulación académica, se le invitará a acudir a un Centro de Evaluación 1 o 2 días, donde participará en pruebas que se desarrollarán en su lengua 2 . Para la oposición EPSO/AD/308/15, esto tendrá lugar probablemente en Bruselas, y para la EPSO/AD/309/15, probablemente en Luxemburgo .

En el Centro de Evaluación se medirán ocho competencias generales y las competencias específicas requeridas para esta oposición, mediante cinco ejercicios (entrevistas generales y específicas basadas en competencias, ejercicio en grupo, estudio de caso y debate sobre 2 casos clínicos), según se indica en los cuadros siguientes:

Competencia

Ejercicios

1.

Análisis y resolución de problemas

Estudio de caso

Ejercicio en grupo

2.

Comunicación

Estudio de caso

Entrevista basada en competencias generales

3.

Calidad y resultados

Estudio de caso

Entrevista basada en competencias generales

4.

Aprendizaje y desarrollo

Ejercicio en grupo

Entrevista basada en competencias generales

5.

Determinación de prioridades y organización

Estudio de caso

Ejercicio en grupo

6.

Resiliencia

Ejercicio en grupo

Entrevista basada en competencias generales

7.

Trabajo en equipo

Ejercicio en grupo

Entrevista basada en competencias generales

8.

Capacidad de dirección

Ejercicio en grupo

Entrevista basada en competencias generales

Puntuación para aprobar

3/10 por ámbito de competencia y 40/80 en total

Competencias específicas

Entrevista basada en competencias específicas

Debate sobre 2 casos clínicos

Puntuación mínima requerida para aprobar

30/60

30/60

3)    Lista de reserva

Tras comprobar la documentación aportada por los candidatos, el Tribunal elaborará una lista de reserva para cada oposición y sede, compuesta por los candidatos que hayan obtenido las mejores puntuaciones en el conjunto de las pruebas del Centro de Evaluación, hasta alcanzar el número de candidatos deseado. Los nombres se incluirán en la lista por orden alfabético.

PRESENTACIÓN DE LA CANDIDATURA

Las candidaturas deben presentarse en línea en el sitio de la EPSO: http://jobs.eu-careers.eu antes del:

7 de julio de 2015 a las 12.00 horas del mediodía, hora de Bruselas.


ANEXO I

FUNCIONES

Las presentes oposiciones generales se organizan con vistas a la selección de administradores (AD 11) cuyo cometido será llevar a cabo las tareas exigidas a un médico asesor de la institución:

chequeos médicos del personal y de los candidatos,

exámenes y consultas relacionadas con la salud en el trabajo,

dictámenes médicos administrativos,

control médico de las bajas laborales por enfermedad,

urgencias médicas (solo en Ispra),

campañas de promoción de la salud,

protección contra las radiaciones (solo en Luxemburgo e Ispra),

participación en diversos foros:

salud y seguridad en el trabajo,

invalidez,

grupo de altos asesores médicos de las instituciones de la Unión Europea,

gestión de equipos,

contactos con médicos externos y hospitales en su ámbito de competencia,

tramitación de procedimientos y asuntos administrativos.

Fin del ANEXO I, pulse aquí para volver al texto principal


ANEXO II

LENGUAS

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) en el asunto C-566/10 P, República Italiana/Comisión, las instituciones de la Unión desean, en el marco de la presente oposición, justificar la limitación de la elección de la segunda lengua a un número restringido de lenguas oficiales de la Unión.

Se informa por lo tanto a los candidatos de que las opciones de segunda lengua para la presente oposición se han determinado en función del interés del servicio, que requiere que el personal recién seleccionado sea inmediatamente operativo y capaz de comunicarse eficazmente en su actividad cotidiana. De no ser así, el funcionamiento eficiente de las instituciones se vería gravemente obstaculizado.

Es práctica ya sólidamente asentada emplear principalmente el inglés, el francés y el alemán para la comunicación interna en las instituciones de la UE y estas son también las lenguas que más se utilizan en la comunicación externa y la tramitación de expedientes. Además, el inglés, el francés y el alemán son las segundas lenguas más habladas en la Unión Europea y las más estudiadas como segundas lenguas. Esto confirma el nivel de estudios y las competencias profesionales que pueden esperarse actualmente de los candidatos a puestos de trabajo en las instituciones de la Unión Europea, a saber, el dominio de, por lo menos, una de estas lenguas. Por lo tanto, teniendo en cuenta la necesidad de compaginar el interés del servicio y la capacidad de los candidatos, tomando asimismo en consideración el ámbito específico de esta oposición, está justificado organizar las pruebas en estas tres lenguas con el fin de garantizar que, con independencia de su primera lengua oficial, todos los candidatos puedan trabajar en al menos una de ellas. Así, la evaluación de las competencias específicas permite a las instituciones de la Unión evaluar la aptitud de los candidatos para ser inmediatamente operativos en un entorno muy parecido a aquel en el que deberán trabajar.

Por los mismos motivos, es conveniente limitar la lengua de comunicación entre los candidatos y la institución, incluida la lengua en la que deberán redactarse los impresos de solicitud. Por otra parte, este requisito garantiza la homogeneidad de la comparación y el control de los candidatos sobre sus propios formularios de inscripción.

En un afán de igualdad de trato, todos los candidatos —aunque tengan una de estas tres lenguas como primera lengua oficial— deberán realizar determinadas pruebas en su segunda lengua, a elegir entre las tres en cuestión.

Estas disposiciones no prejuzgan la posterior formación lingüística destinada a adquirir la capacidad de trabajar en una tercera lengua, de conformidad con el artículo 45, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios.

Fin del ANEXO II, pulse aquí para volver al texto principal


ANEXO III

CRITERIOS DE SELECCIÓN

El Tribunal considerará los siguientes criterios para la selección basada en cualificaciones:

EPSO/AD/308/15 — Sede de Bruselas

1.

Una experiencia profesional actual de una duración mínima de 5 años en medicina del trabajo.

2.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en control médico de las bajas laborales por enfermedad.

3.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en medicina general.

4.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en medicina interna.

5.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en ergonomía.

6.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en salud pública.

7.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en psiquiatría.

8.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en medicina tropical.

9.

Experiencia profesional en la tramitación de procedimientos y asuntos administrativos en un entorno sanitario.

10.

Experiencia profesional en la gestión de un equipo médico.

11.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en un entorno internacional/multicultural en uno de los ámbitos siguientes: medicina del trabajo, medicina general, medicina interna, medicina tropical, ergonomía, control médico de las bajas laborales por enfermedad, salud pública o psiquiatría.

12.

Un conocimiento probado de la lengua inglesa o francesa [nivel mínimo exigido: B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (CEFR): http://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr]

EPSO/AD/309/15 — Sedes de Luxemburgo/Ispra

1.

Una experiencia profesional actual de una duración mínima de 5 años en medicina del trabajo.

2.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en control médico de las bajas laborales por enfermedad.

3.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en medicina general.

4.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en protección contra las radiaciones.

5.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 en medicina de urgencias (solo en Ispra).

6.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en medicina interna.

7.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en ergonomía.

8.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en salud pública.

9.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en psiquiatría.

10.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 2 años en medicina tropical.

11.

Experiencia profesional en la tramitación de procedimientos y asuntos administrativos en un entorno sanitario.

12.

Experiencia profesional en la gestión de un equipo médico.

13.

Una experiencia profesional de una duración mínima de 3 años en un entorno internacional/multicultural en uno de los ámbitos siguientes: medicina del trabajo, medicina general, medicina interna, medicina tropical, ergonomía, control médico de las bajas laborales por enfermedad, salud pública, psiquiatría, medicina de urgencia (solo en Ispra) o protección contra las radiaciones.

14.

Un conocimiento probado de la lengua inglesa o francesa [nivel mínimo exigido: B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (CEFR): http://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr]

15.

Un conocimiento probado de una o más de las lenguas siguientes: neerlandés o alemán para Luxemburgo; italiano o español para Ispra [nivel mínimo exigido: B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas, (CEFR) http://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr]

Fin del ANEXO III, pulse aquí para volver al texto principal


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