Todos los Estados miembros:
Se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada para desempeñar las actividades de gestión de fondos comunes, de inversión o sociedades de inversión (artículos 6 y 13 de la Directiva sobre los OICVM, 85/611/CEE).
Solo las empresas con sede estatutaria en la Comunidad pueden actuar como depositarias de los activos de los fondos de inversión (artículo 8, apartado 1, y artículo 15, apartado 1, de la Directiva sobre los OICVM, 85/611/CEE).
AT: Únicamente los miembros de la Bolsa de Austria pueden negociar valores en bolsa.
AT: Para el comercio de divisas se requiere autorización del Banco Nacional de Austria.
AT: Las obligaciones hipotecarias y los bonos municipales podrán ser emitidos por bancos especializados y autorizados para esta actividad.
AT: Para la prestación de servicios de gestión de fondos de pensiones se exige que las compañías estén especializadas únicamente en esta actividad y estén constituidas como sociedades anónimas en Austria.
BE: Cualquier oferta pública de adquisición de títulos de valores belgas que haga una persona, empresa o institución fuera de la jurisdicción de uno de los Estados miembros de la Comunidad Europea, o que se realice en su nombre, debe ser autorizada por el Ministerio de Hacienda.
BG:
Subsectores B.1 a B.5 (aceptación de depósitos, préstamos de todo tipo, servicios de arrendamiento financiero, todos los servicios de pago y transferencia monetaria, y garantías y compromisos).
Los bancos extranjeros que tengan intención de establecerse en la República de Bulgaria deben estar debidamente autorizados por la legislación nacional de su país y no deben estar bajo prohibición de realizar actividades bancarias en su país de origen ni en los países en los que operan. Sin consolidar para las cajas populares.
La adquisición, directa o indirectamente, de acciones que representen el 5 % o más de los derechos de voto de un banco establecido está sujeta a una autorización del Banco Nacional de Bulgaria. Los criterios para la autorización son cautelares y compatibles con las obligaciones dimanantes de los artículos XVI y XVII del AGCS.
La adquisición directa o indirecta por un banco de una participación superior al 10 % del capital de una empresa que no sea un banco está sujeta a la aprobación del Banco Nacional de Bulgaria.
Se puede conceder el estatuto de proveedores exclusivos de servicios en relación con los servicios de depósito y transferencia de moneda prestados a instituciones públicas financiadas por el presupuesto.
Condición de residencia permanente con respecto a los directores ejecutivos del Consejo de Administración que actúan por cuenta y en nombre de un banco.
Sin consolidar en lo que se refiere a las garantías del Tesoro Público.
Subsectores B.6, B.7 y B.9 (intercambio comercial de valores, participación en emisiones de toda clase de valores y administración de activos):
Consolidado para los intermediarios de inversiones, sociedades de inversiones y bolsas establecidas como sociedades anónimas con autorización de la Comisión de Supervisión Financiera. La concesión de la licencia pertinente se relaciona con los requisitos de gestión y técnicos, así como con los requisitos relacionados con la protección de los inversores.
Cotización en bolsa de las sociedades anónimas: Condiciones de capital mínimo (100 000 BGN); no menos de dos tercios del capital distribuido entre instituciones financieras (compañías de seguros, instituciones financieras, intermediarios de inversiones); un tope del 5 % del capital de la bolsa para participación directa o indirecta en el capital de un accionista.
Intermediarios de inversiones:
Ninguna para las actividades intermediarias de inversión efectuadas en el territorio de la República de Bulgaria, a menos que la Comisión de Supervisión Financiera (FSC) permita lo contrario.
Debe ser miembro de la bolsa para comerciar con valores en la misma. El intermediario de inversiones puede ser miembro de una única bolsa en Bulgaria.
Sociedades de inversión: Las actividades de un banco, una compañía de seguros o un intermediario de inversiones no deben ser realizadas por una sociedad de inversiones.
Sin consolidar en lo que se refiere al comercio por cuenta propia o por cuenta de clientes de instrumentos negociables y activos financieros distintos de los valores transferibles. Sin consolidar en lo que se refiere a la participación en la emisión de bonos del Tesoro. Sin consolidar en lo que se refiere a la gestión de fondos de pensiones.
Subsectores B.8 y B.10 (corretaje de cambios, y servicios de pago y compensación respecto de activos financieros): Sin consolidar.
Subsectores B.11 y B.12 (suministro y transferencia de información financiera, y servicios de asesoramiento): Obligación de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado. Sin consolidar en lo que se refiere a los servicios de intermediación y otros servicios financieros auxiliares.
CY: Una prescripción reglamentaria, que se aplica sin hacer discriminaciones, es que los bancos que operan en la República de Chipre deben ser personas jurídicas. Entre las personas jurídicas figuran las sucursales de bancos/instituciones financieras extranjeros registrados en Chipre.
CY: La propiedad directa o indirecta o los derechos de voto en un banco por una persona y sus socios no podrá ser superior al 10 %, a menos que tenga la aprobación previa por escrito del Banco Central.
CY: Además de lo anteriormente expuesto, en los tres bancos locales existentes admitidos a cotización en la Bolsa de Valores, la participación directa o indirecta o la adquisición de participaciones en su capital por personas extranjeras está limitada a un 0,5 % por persona u organización y a un 6 % de forma colectiva.
CY:
Subsectores B.1 a B.5 y B.6.(b) (aceptación de depósitos, préstamos de todo tipo, servicios de arrendamiento financiero, todos los servicios de pago y transferencia monetaria, garantías y compromisos, e intercambio comercial de divisas):
En el caso de bancos nuevos, se aplican los requisitos siguientes:
a)
Para desarrollar actividades bancarias se requiere una autorización del Banco Central. Para concederla, el Banco Central puede aplicar una prueba de necesidades económicas.
b)
Las sucursales de bancos extranjeros en Chipre deben estar registradas, de conformidad con la Ley de Sociedades, y autorizadas, de conformidad con la Ley de Banca.
Subsector B.6.(e) (intercambio comercial de valores transferibles):
Únicamente los miembros (corredores) de la Bolsa de Valores de Chipre pueden emprender operaciones relacionadas con el corretaje de valores en Chipre. Las empresas que actúan como corredores deben emplear solo a personas que puedan actuar como intermediarios siempre que estén debidamente autorizados. Los bancos y las compañías de seguros no podrán llevar a cabo esta actividad.
Una empresa de corretaje solo podrá estar registrada como miembro de la Bolsa de Valores de Chipre si se ha establecido y registrado de conformidad con la Ley de Sociedades de Chipre.
Subsectores B.6, (a), (c), (d) y (f), y B.7 a B.12: Sin consolidar.
CZ: Servicios de emisión de moneda por bancos distintos del banco central, intercambio comercial de productos derivados y de metal para acuñación de moneda, corretaje de cambios, servicios de pago y compensación de productos derivados y servicios de asesoramiento e intermediación y otros servicios financieros auxiliares relacionados con esas actividades: Sin consolidar.
CZ: Ninguna, con la siguiente salvedad:
Los servicios bancarios solo podrán ser prestados por bancos establecidos en la República Checa o por sucursales de bancos extranjeros que posean una licencia otorgada por el Banco Nacional de la República Checa de acuerdo con el Ministerio de Hacienda.
La licencia se concede sobre la base de criterios que se aplican de manera coherente con el AGCS. Los servicios de préstamos hipotecarios solo podrán ser prestados por bancos establecidos en la República Checa.
Los bancos se podrán establecer solo como sociedades anónimas. La adquisición de acciones de bancos existentes está sujeta a la aprobación previa del Banco Nacional de la República Checa.
El intercambio comercial de valores en Bolsa solo se podrá realizar si se ha concedido la autorización correspondiente y se ha aprobado un folleto explicativo sobre los valores en cuestión.
La autorización no deberá ser otorgada si la negociación pública de los valores choca con los intereses de los inversores, no encaja en la política financiera del Gobierno o no se ajusta a los requisitos del mercado financiero.
El establecimiento y las actividades de los agentes de valores, los corredores de bolsa, la Bolsa de Valores o los organizadores de un mercado extrabursátil, las sociedades de inversión y los fondos de inversión están sujetos a una autorización cuya concesión está vinculada a requisitos en materia de cualificación, integridad personal, capacidad de gestión y capacidad material.
Los servicios de pago y compensación para todo tipo de pagos son controlados y supervisados por el Banco Nacional de la República Checa para garantizar su buen funcionamiento y eficiencia económica.
DK: Las instituciones financieras solo pueden negociar valores en la Bolsa de Copenhague a través de filiales constituidas en Dinamarca.
FI: La mitad, como mínimo, de los fundadores, de los miembros del Consejo de Administración, de la junta de supervisión y los delegados, el director gerente, el titular de la procuración y la persona habilitada para firmar en nombre de la institución crediticia deben tener su lugar de residencia en el Espacio Económico Europeo, salvo si el Ministerio de Hacienda otorga una exención. Al menos un auditor debe tener su lugar de residencia en el Espacio Económico Europeo.
FI: El agente (persona particular) del mercado de derivados debe tener su lugar de residencia en el Espacio Económico Europeo. Se puede otorgar una exención de este requisito en las circunstancias establecidas por el Ministerio de Hacienda.
FI: Los pagos de las entidades públicas (gastos) se han de transmitir por conducto del sistema finlandés de giros postales que gestiona Postipankki Ltd. El Ministerio de Hacienda puede otorgar una exención de este requisito por razones especiales.
FR: Además de las instituciones de crédito francesas, las emisiones de los valores expresados en francos franceses solo pueden ser dirigidas por una filial francesa (sujeta al derecho francés) de un banco no francés que esté autorizada, sobre la base de que la filial interesada tenga suficientes medios y actividad en París. Estas condiciones se aplican al banco que dirige la operación. Los bancos no franceses pueden, sin restricciones ni obligación de establecerse, actuar en forma común o conjunta como directores de las emisiones de obligaciones en eurofrancos.
EL: Las instituciones financieras solo pueden negociar valores cotizados en la Bolsa de Atenas a través de empresas bursátiles constituidas en Grecia.
EL: Para el establecimiento y funcionamiento de sucursales se debe importar una cantidad mínima de divisas, convertidas en dracmas y mantenidas en Grecia mientras el banco extranjero continúe sus operaciones en el país:
Hasta cuatro sucursales, esa cantidad mínima es actualmente igual a la mitad del mínimo del capital social exigido para la constitución de una institución de crédito en Grecia.
Para el funcionamiento de sucursales adicionales, la cantidad mínima de capital debe ser igual al mínimo del capital social requerido para la constitución de una institución de crédito en Grecia.
HR: Ninguna, excepto para los servicios de pago y compensación, para los que la Agencia Depositaria Central es el único proveedor en Croacia. Se concederá acceso a los servicios de la Agencia Depositaria Central a los no residentes sobre una base no discriminatoria.
HU: Se pretende autorizar el establecimiento directo de sucursales una vez que se haya recogido el compromiso en el AGCS y en las condiciones establecidas en ese acuerdo.
HU: En las instituciones de crédito de un solo accionista, distintas de las entidades de crédito, las compañías de seguros y las sociedades de inversión, la propiedad directa o indirecta o los derechos de voto no podrán rebasar el 15 %.
HU: Las juntas directivas de las instituciones financieras contarán con al menos dos miembros con ciudadanía húngara y residentes en Hungría, con arreglo a la reglamentación pertinente en materia cambiaria, que tengan residencia permanente en Hungría durante al menos un año.
HU: El control público a largo plazo se mantendrá, como mínimo, en el 25 % + 1 de los votos en Országos Takarékpénztár és Kereskedelmi Bank Rt.
IE: En el caso de los programas de inversión colectiva que adopten la forma de sociedades inversionistas por obligaciones o de sociedades de capital variable (distintos de los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios, OICVM), la sociedad fideicomisaria/depositaria de gestión debe estar constituida en Irlanda o en otro Estado miembro de la Comunidad. En el caso de las sociedades de inversión en comandita simple, por lo menos un socio colectivo debe estar registrado en Irlanda.
IE: Para ser miembro de una bolsa de valores en Irlanda, una entidad debe: 1) estar autorizada en Irlanda, para lo que se requiere que esté constituida como sociedad anónima o asociación con oficina principal/registrada en Irlanda, o 2) estar autorizada en otro Estado miembro de conformidad con la Directiva de la CE sobre los servicios de inversión.
IE: Para la prestación de servicios de inversiones o de asesoramiento sobre inversiones se necesita: 1) tener autorización en Irlanda, para lo que normalmente se requiere que la entidad esté constituida como sociedad anónima o sociedad colectiva o un comerciante individual, en todos los casos con oficina principal/registrada en Irlanda (la autoridad supervisora también puede conceder autorización a entidades de terceros países), o 2) tener autorización en otro Estado miembro de conformidad con la Directiva de la CE sobre los servicios de inversión.
IT: La oferta pública de valores (conforme al artículo 18 de la Ley 216/74), con excepción de las acciones y los títulos de deuda (incluidos los títulos de deuda convertible), solo puede efectuarse por sociedades limitadas italianas, empresas extranjeras debidamente autorizadas, organismos públicos o empresas pertenecientes a administraciones locales cuyo capital establecido no sea inferior a 2 000 millones ITL.
IT: Los servicios centralizados de depósito, custodia y administración solo pueden ser prestados por el Banco de Italia respecto de valores públicos o por Monte Titoli SpA respecto de acciones, valores con derecho a participación y otras obligaciones cotizadas en un mercado regulado.
IT: En el caso de los programas de inversión colectiva distintos de los OICVM armonizados en virtud de la Directiva 85/611/CEE, la sociedad fideicomisaria/depositaria debe estar constituida en Italia o en otro Estado miembro de la Comunidad y establecerse a través de una sucursal en Italia. Solo pueden llevar a cabo actividades de gestión de recursos de fondos de pensiones los bancos, compañías de seguros y sociedades de inversión de valores que tengan su sede social oficial en la Comunidad Europea. También se exige que las sociedades de gestión (fondos con capital fijo y fondos inmobiliarios) estén constituidas en Italia.
IT: Para las actividades de venta puerta a puerta, los intermediarios deben recurrir a promotores autorizados de servicios financieros que sean residentes en el territorio de un Estado miembro de las Comunidades Europeas.
IT: La compensación y liquidación de valores solo puede efectuarse a través del sistema oficial de compensación. La actividad de compensación, hasta la liquidación final de los valores, se podría encargar a una empresa autorizada por el Banco de Italia, de acuerdo con la Comisión de Bolsas de Valores (Consob).
IT: Las oficinas de representación de intermediarios extranjeros no pueden llevar a cabo actividades destinadas a prestar servicios de inversiones.
LV:
Subsector B.7 (participación en emisiones de toda clase de valores): El Banco de Letonia (Banco Central) es un agente financiero del gobierno en el mercado de bonos del Tesoro.
Subsector B.9 (gestión de activos): La administración de los fondos de pensiones está a cargo de un monopolio estatal.
LT:
Subsectores B.1 a B.12: Uno de los administradores, como mínimo, debe ser ciudadano lituano.
Subsector B.3 (arrendamiento financiero [leasing]): Los servicios de arrendamiento financiero se reservan para instituciones financieras especiales (como bancos o compañías de seguros). A partir del 1 de enero de 2001, ninguna, salvo lo indicado en la parte horizontal de la sección “Servicios bancarios y otros servicios financieros”.
Subsector B.9 (gestión de activos): Establecimiento solo como sociedades anónimas (AB) y sociedades cerradas (UAB), que deben constituirse de manera cerrada (es decir, que todas las participaciones emitidas inicialmente sean adquiridas por las partes constituyentes). A efectos de administración de activos, se requiere el establecimiento de una compañía de gestión especializada. Solo empresas con sede estatutaria en Lituania pueden actuar como depositarias de los activos.
MT:
Subsectores B.1 y B.2 (aceptación de depósitos y préstamos de todo tipo): Las instituciones de crédito y otras instituciones financieras extranjeras podrán operar en forma de sucursal o de filial local. La autorización puede estar sujeta a una prueba de necesidades económicas.
Subsectores B.3 a B.12: Sin consolidar.
PL:
Subsector B.1, B.2, B.4 y B.5 (con exclusión de garantías y compromisos del Tesoro Público): Establecimiento de un banco solo en forma de sociedad anónima o una sucursal autorizada. Rige un sistema de autorizaciones respecto del establecimiento de todos los bancos por motivos cautelares. Requisito de nacionalidad para algunos de los ejecutivos de los bancos, como mínimo uno de ellos.
Subsectores B.6.(e), B.7. (excluida la participación en emisiones de bonos del Tesoro), B.9. (solo servicios de gestión de cartera de valores) y B.12. (servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares solo en relación con las actividades comprometidas para Polonia): Establecimiento, previa obtención de una licencia, solo en forma de sociedad anónima o de sucursal de una entidad jurídica extranjera que preste servicios en materia de valores.
Subsector B.11: Requisito de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado en el caso de prestación transfronteriza y/o consumo en el extranjero de esos servicios.
Todos los demás subsectores: Sin consolidar.
PT: El establecimiento de bancos no comunitarios está sujeto a una autorización emitida, caso por caso, por el Ministerio de Hacienda. El establecimiento ha de contribuir a que mejore la eficiencia del sistema bancario nacional o tener efectos significativos en la internacionalización de la economía portuguesa.
PT: Las sucursales de sociedades de capital de riesgo con sede social en un país no comunitario no pueden ofrecer servicios de capital de riesgo. Las sociedades de intermediación comercial constituidas en Portugal o las sucursales de las empresas de inversión autorizadas en otro país de la CE, y autorizadas en su país de origen para prestar esos servicios, pueden ofrecer servicios de intermediación comercial en la Bolsa de Lisboa. Las sucursales de sociedades de intermediación comercial no comunitarias no pueden ofrecer servicios de intermediación comercial en el Mercado de Derivados de Oporto ni en el mercado extrabursátil.
Solo pueden administrar fondos de pensiones las sociedades constituidas en Portugal y las compañías de seguros establecidas en Portugal y autorizadas para suscribir seguros de vida.
RO: Las sociedades de valores (corretaje) deben ser entidades jurídicas rumanas constituidas en sociedades anónimas con arreglo a la legislación rumana y que tengan como objetivo comercial exclusivo la intermediación de valores. Toda oferta pública de valores requerirá, con anterioridad a la publicación de su prospecto, la autorización de la Comisión Nacional de Valores de Rumanía. Las empresas que lleven a cabo la gestión de activos deben constituirse como sociedades anónimas conforme a la legislación rumana; los fondos de inversión de capital variable deben constituirse conforme al derecho civil rumano. Sin consolidar en relación con los servicios de arrendamiento financiero. Sin consolidar en lo que se refiere al comercio por cuenta propia o por cuenta de clientes de instrumentos negociables y activos financieros distintos de los valores transferibles.
SK: Intercambio comercial de productos derivados y de metal para acuñación de moneda, corretaje de cambios y servicios de intermediación: Sin consolidar.
SK: Los servicios bancarios únicamente podrán ser suministrados por bancos eslovacos o por sucursales de bancos extranjeros autorizadas por el Banco Nacional de Eslovaquia, con el acuerdo del Ministerio de Hacienda. La autorización será concedida basándose en criterios relativos, en particular, a la dotación en capital (solidez financiera), cualificaciones profesionales, integridad y competencia de los responsables de las actividades previstas. Los bancos son entidades jurídicas constituidas en la República Eslovaca, establecidas como sociedades anónimas o instituciones financieras públicas (de propiedad estatal).
La adquisición de acciones que represente una participación en el capital social de un banco comercial existente está sujeta, a partir de un determinado límite, a la aprobación previa del Banco Nacional de Eslovaquia. Pueden proporcionar servicios de inversión en la República Eslovaca los bancos, sociedades de inversión, fondos de inversión y agentes de valores que estén constituidos jurídicamente como sociedad anónima con un capital social conforme a lo dispuesto en la legislación. Las empresas de inversión o los fondos de inversión extranjeros deben obtener una autorización del Ministerio de Hacienda para vender sus valores o certificados de inversión en el territorio de la República Eslovaca conforme a lo dispuesto en la legislación nacional. Para la emisión de títulos de la deuda tanto dentro del país como en el extranjero, se requiere la autorización del Ministerio de Hacienda.
La emisión y la negociación de títulos estarán subordinadas a la autorización de transacciones públicas expedida por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la Ley sobre los valores mobiliarios. La actividad empresarial de agente de valores, corredor u organizador de un mercado extrabursátil está sujeta a la autorización del Ministerio de Hacienda. Los servicios de pagos y de compensación para todo tipo de pagos están regulados por el Banco Nacional de Eslovaquia.
Los servicios de pagos y de compensación relativos al cambio de propiedad de los valores mobiliarios se registrarán en el Centro de Valores (especializado en las operaciones de pagos y compensación). El Centro de Valores solo podrá efectuar transferencias en relación con las cuentas patrimoniales de titulares de valores. Los servicios de pago y compensación del efectivo se realizan a través de la Cámara de pago y compensación bancaria (de la que el Banco Nacional de Eslovaquia es accionista mayoritario) para las operaciones de la Bolsa de Valores de Bratislava, las sociedades anónimas o a través de una cuenta Jumbo para el mercado extrabursátil (Sistema RM) de Eslovaquia.
SI:
Participación en emisiones de bonos del Tesoro, administración de fondos de pensiones y servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares relacionados: Sin consolidar.
Subsectores B.11 y B.12 (suministro y transferencia de información financiera y servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares, excepto los relacionados con la participación en emisiones de bonos del Tesoro y la administración de fondos de pensiones): Ninguna.
Todos los demás subsectores:
Para el establecimiento de todo tipo de bancos se requiere una autorización del Banco de Eslovenia.
Las personas extranjeras pueden convertirse en accionistas de bancos o adquirir nuevas acciones de bancos únicamente previa aprobación del Banco de Eslovenia. (Observación: esta disposición quedará derogada tras la adopción de la nueva Ley sobre la banca.)
Con autorización del Banco de Eslovenia, los bancos, filiales y sucursales de bancos extranjeros podrán suministrar servicios bancarios, en su totalidad o limitados, en función del volumen del capital.
Al considerar la expedición de una licencia a un banco para establecerlo en propiedad absoluta de inversores extranjeros, o con una mayoría de estos, o al considerar la aprobación para adquirir nuevas acciones de bancos, el Banco de Eslovenia deberá tener en cuenta las siguientes directrices:
la existencia de inversores de diferentes países, así como
la opinión de la institución extranjera a cargo de la supervisión bancaria;
(Observación: esta disposición quedará derogada tras la adopción de la nueva Ley sobre la banca).
Sin consolidar en relación con la participación de extranjeros en bancos en proceso de privatización.
Las sucursales de bancos extranjeros deben estar constituidas en la República de Eslovenia y tener personalidad jurídica.
(Observación: esta disposición quedará derogada tras la adopción de la nueva Ley sobre la banca.) Sin consolidar, en lo que respecta a todos los tipos de bancos hipotecarios, instituciones de ahorro y de préstamo.
Sin consolidar respecto del establecimiento de fondos de pensiones privados (fondos de pensiones no obligatorios).
Las compañías de gestión son sociedades mercantiles establecidas exclusivamente con objeto de administrar fondos de pensiones.
Las personas extranjeras podrán adquirir directa o indirectamente hasta un 20 %, como máximo, de participaciones o derechos de voto de compañías de gestión; para adquirir un porcentaje mayor, se requiere la aprobación de la Agencia del Mercado de Valores.
Una compañía de inversión autorizada (privatización) es una sociedad de inversión establecida exclusivamente con vistas a reunir los certificados de propiedad (bonos) y adquirir participaciones emitidas de conformidad con la normativa sobre el sistema de transformación de la propiedad. Una compañía de administración autorizada se establece exclusivamente con vistas a la administración de las compañías de inversión autorizadas.
Las personas extranjeras podrán adquirir directa o indirectamente hasta un 10 %, como máximo, de participaciones o derechos de voto de compañías de gestión autorizadas (privatización); para adquirir un porcentaje mayor, se requiere la aprobación de la Agencia del Mercado de Valores con el consentimiento del Ministerio de Relaciones Económicas y Desarrollo.
Las inversiones de los fondos de inversión en valores de emisores extranjeros están limitadas al 10 % de las inversiones de los fondos de inversión. Estos valores cotizarán en las bolsas de valores previamente determinadas por la Agencia del Mercado de Valores.
Las personas extranjeras podrán convertirse en accionistas o socios de una compañía de corretaje con una participación máxima de un 24 % de dicha compañía previa aprobación de la Agencia del Mercado de Valores. (Observación: esta disposición quedará derogada tras la adopción de la nueva Ley sobre el mercado de valores.)
Los valores de un emisor extranjero que todavía no se hayan ofrecido en el territorio de la República de Eslovenia solo podrán ser ofertados por una compañía de corretaje o un banco autorizado para llevar a cabo ese tipo de transacción. Antes de lanzar la oferta, la compañía de corretaje o el banco deberá obtener la autorización de la Agencia del Mercado de Valores.
La solicitud de la autorización para ofrecer valores de un emisor extranjero en la República de Eslovenia deberá ir acompañada de un proyecto de folleto explicativo, en el que se documente que el garante de la emisión de valores del emisor extranjero es un banco o una compañía de corretaje, excepto en el caso de la emisión de acciones de un emisor extranjero.
SE: Las empresas no constituidas en Suecia solo pueden establecer una presencia comercial por medio de una sucursal o, tratándose de bancos, también mediante una oficina de representación.
SE: Los fundadores de empresas bancarias deben ser personas físicas residentes en el Espacio Económico Europeo o bancos extranjeros. Los fundadores de cajas de ahorros deben ser personas físicas residentes en el Espacio Económico Europeo.
UK: Los inter-dealer brokers, que constituyen una categoría de institución financiera dedicada a efectuar operaciones con títulos de deuda pública, deben estar establecidos en el Espacio Económico Europeo y estar capitalizados de forma separada.
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