EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52015XG1215(03)

Conclusiones del Consejo sobre reducción del abandono escolar prematuro y el fomento del rendimiento educativo

OJ C 417, 15.12.2015, p. 36–40 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 417/36


Conclusiones del Consejo sobre reducción del abandono escolar prematuro y el fomento del rendimiento educativo

(2015/C 417/05)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

EN EL SIGUIENTE CONTEXTO:

El objetivo de la Estrategia Europa 2020 en el ámbito de la educación para reducir la tasa media europea de abandono escolar prematuro (1) a menos del 10 % para 2020 a más tardar (2);

Las Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020») (3);

El Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (4),

TENIENDO EN CUENTA:

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (5);

Las Conclusiones del Consejo, de 11 de mayo de 2010, sobre la dimensión social de la educación y la formación (6);

Las Conclusiones del Consejo sobre Educación y cuidados de la primera infancia: ofrecer a todos los niños la mejor preparación para el mundo de mañana (7);

La Recomendación del Consejo de 2011 relativa a las políticas para reducir el abandono escolar prematuro (8), en particular el marco de actuación anejo y su llamamiento a garantizar que los Estados miembros establezcan políticas globales en materia de abandono escolar prematuro que incluyan medidas de prevención, intervención y compensación para finales de 2012 a más tardar;

La resolución del Parlamento Europeo, de 1 de diciembre de 2011, en la que se aborda el abandono escolar prematuro (9);

La Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (10);

La Declaración de París, de 17 de marzo de 2015, sobre el fomento de la ciudadanía y de los valores comunes de libertad, tolerancia y no discriminación a través de la educación,

Y A LA LUZ DE:

El simposio de la Presidencia luxemburguesa «Mantener el rumbo: combatir el abandono escolar prematuro y fomentar el rendimiento educativo», celebrado en Luxemburgo los días 9 y 10 de julio de 2015, que reunió a participantes de toda la UE de ámbitos como la elaboración de políticas, la investigación y la práctica, para debatir sobre este importante tema;

La conferencia de la Presidencia luxemburguesa sobre diversidad y multilingüismo en la educación infantil y atención a la infancia, celebrada en Luxemburgo los días 10 y 11 de septiembre de 2015;

El informe final de 2013 del Grupo temático «ET 2020» sobre el abandono escolar prematuro y los mensajes políticos del Grupo de política educativa de 2015;

El informe de 2014 del Grupo temático «ET 2020» sobre Educación y cuidados de la primera infancia, en el que se proponen los principios clave para un marco de calidad en este ámbito,

CONSIDERA QUE:

A mitad de recorrido de la Estrategia Europa 2020 y del marco estratégico «ET 2020», y cuatro años después de que el Consejo adoptara una Recomendación sobre políticas para reducir el abandono escolar prematuro (11), ha llegado el momento de hacer balance de los avances realizados hasta el momento, con vistas a revisar, consolidar y mejorar las medidas destinadas a reducir este fenómeno y fomentar el rendimiento educativo para todos.

Desde la adopción de la Recomendación del Consejo en 2011 se han perfeccionado y complementado muchos resultados anteriores en materia de abandono escolar prematuro mediante el aprendizaje entre iguales y los intercambios de buenas prácticas entre Estados miembros, más investigación y el análisis pormenorizado de las políticas adoptadas a escala nacional. El objetivo principal de Europa 2020 en materia de abandono escolar prematuro ha dado prioridad a esta cuestión en los programas de políticas nacionales y ha contribuido a promover reformas educativas.

Aunque en los últimos años se han conseguido progresos notables en la reducción de las tasas de abandono escolar prematuro, todavía hay demasiados alumnos que abandonan la escuela de forma prematura (12). Siguen existiendo discrepancias enormes entre Estados miembros y en el seno de estos, y muchos países carecen aún de las estrategias globales propuestas en la Recomendación del Consejo de 2011.

Por este motivo, la UE y los Estados miembros admiten la necesidad de realizar activamente esfuerzos para conseguir, e incluso sobrepasar, cuando sea posible, el objetivo de Europa 2020.

PONE DE RELIEVE QUE:

1.

El abandono escolar prematuro suele deberse a una serie de factores personales, sociales, económicos, culturales, educativos, relativos al género o a la familia que a menudo se interrelacionan, y está vinculado con situaciones de exclusión acumulativa que a menudo se originan en la primera infancia. Los grupos con una posición socioeconómica baja se ven más afectados y las tasas de abandono escolar prematuro son particularmente alarmantes para determinadas categorías, como los niños de origen migrante (incluidos los inmigrantes recién llegados y los niños nacidos en otros países), pero también los niños romaníes y los que tienen necesidades educativas especiales.

2.

La estructura y la calidad de los sistemas educativos también tienen una gran repercusión en la participación y el rendimiento de los estudiantes y algunos factores sistémicos pueden influir negativamente en la evolución del aprendizaje. Además, factores como un clima escolar desfavorable, la violencia y el acoso, un entorno de aprendizaje en el que los estudiantes no se sientan respetados o valorados, métodos de enseñanza y planes de estudio que pueden no ser siempre los más apropiados, un apoyo insuficiente a los alumnos, la ausencia de educación y orientación profesional o las malas relaciones entre profesores y alumnos pueden contribuir a tomar la decisión de abandonar la escuela de forma prematura.

3.

En nuestras sociedades cada vez más diversas, se necesitan con urgencia respuestas inclusivas, coordinadas e integradas, procedentes de partes interesadas que pertenezcan o no a la esfera educativa y tengan el propósito de fomentar valores comunes como la tolerancia, el respeto mutuo, la igualdad de oportunidades y la no discriminación, así como de promover la integración social, el entendimiento intercultural y el sentimiento de pertenencia.

4.

Es fundamental garantizar que cada joven tenga acceso a una educación inclusiva y de calidad (13), y la oportunidad de desarrollar todo su potencial independientemente de factores individuales, relativos a la familia o al género, la posición socioeconómica y la experiencia vital, para evitar la marginación y la exclusión social, además de para reducir el riesgo de extremismo y radicalización.

5.

Finalizar el segundo ciclo de secundaria o la educación y formación profesional suele considerarse el requisito mínimo de acceso para que la transición entre la educación y el mercado de trabajo sea satisfactoria, y para que sea posible la admisión en las siguientes etapas educativas y formativas. Habida cuenta de que los alumnos que abandonan la escuela de forma prematura se enfrentan a un mayor riesgo de desempleo, pobreza y exclusión social, las inversiones en apoyo del rendimiento escolar de los jóvenes pueden ayudar a romper el ciclo de la privación material y la transmisión intergeneracional de pobreza y desigualdad.

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, CON EL DEBIDO RESPETO DEL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y DE ACUERDO CON LAS CIRCUNSTANCIAS NACIONALES:

1.

Sigan aplicando activamente la Recomendación del Consejo de 2011 relativa a las políticas para reducir el abandono escolar prematuro, en particular:

a)

completando el proceso de elaboración y aplicación de estrategias generales –o de políticas de integración equivalentes compuestas por medidas de prevención, intervención y compensación basadas en datos contrastados–, que estén integradas con coherencia en la educación y formación de calidad, y se beneficien de un compromiso político continuo haciendo especial hincapié en la prevención;

b)

garantizando una participación comprometida y una cooperación a largo plazo entre las partes interesadas de todos los ámbitos de actuación pertinentes (especialmente educación y formación, empleo, asuntos económicos, asuntos sociales, sanidad, vivienda, juventud, cultura y deporte) a todos los niveles, que se basen en funciones y responsabilidades claramente identificadas e impliquen una coordinación estrecha.

2.

Exploren, también con el indicador de la UE de abandono escolar prematuro, las posibilidades de desarrollar o mejorar los sistemas nacionales de recopilación de datos que reúnen periódicamente gran variedad de información (14) sobre los estudiantes, especialmente sobre aquellos que están en situación de riesgo y los que abandonan la escuela prematuramente. Dichos sistemas, que abarcan todos los niveles y tipos de educación y formación y cumplen plenamente con la legislación nacional en materia de protección de datos, podrán:

a)

posibilitar la supervisión periódica de los progresos educativos con vistas a detectar e identificar en una fase temprana a los alumnos con riesgo de abandono;

b)

ayudar a definir criterios para identificar desventajas educativas;

c)

ayudar a que se entiendan bien los motivos del abandono escolar prematuro, entre otros medios registrando la opinión de los alumnos;

d)

facilitar la disponibilidad de los datos e información a distintos niveles de actuación, así como su uso en la dirección y supervisión de la elaboración de políticas;

e)

servir de base para desarrollar una orientación y apoyo eficaces en las escuelas con vistas a evitar el abandono escolar prematuro, así como medidas de seguimiento para jóvenes que hayan abandonado la educación y formación de forma prematura.

3.

Cuando corresponda, contemplen el establecimiento de objetivos nacionales más ambiciosos para reducir el abandono escolar prematuro, particularmente si los actuales ya se han conseguido.

4.

Identifiquen las escuelas o entornos locales que presenten alto riesgo de abandono escolar prematuro y niveles elevados de desventajas educativas que puedan beneficiarse de apoyo o recursos adicionales.

5.

Realicen, cuando proceda, reformas del sistema educativo que abarquen todo el espectro de la educación y formación, incluido el aprendizaje no formal y reconozcan el papel que desempeña el trabajo juvenil, con vistas a reforzar la continuidad estructural, pedagógica, curricular y profesional, facilitar las transiciones, abordar la segregación y las desigualdades en los sistemas educativos y promover medidas que apoyen la evolución y el rendimiento escolar de los alumnos y les motiven para finalizar su educación.

6.

Garanticen el acceso generalizado y equitativo, así como una educación infantil y atención a la infancia de alta calidad. Las características cognitivas y no cognitivas desarrolladas durante la educación infantil y atención a la infancia pueden ayudar a los niños a liberar todas sus posibilidades, y les proporcionan las bases para la vida y el éxito escolar. Las estructuras de la educación infantil y atención a la infancia también deben alentar el aprendizaje eficaz de la(s) lengua(s) de enseñanza y al mismo tiempo promover el respeto por la diversidad lingüística y cultural. Desarrollar el sentimiento de pertenencia y establecer relaciones seguras y de confianza desde una edad temprana son cruciales para el posterior aprendizaje y desarrollo del niño.

7.

Alienten y promuevan unos planteamientos colaborativos «totalmente en la escuela» para reducir el abandono escolar prematuro a escala local, por ejemplo:

a)

un mayor margen de maniobra en cuestiones de gestión, planes de estudio, temas y métodos de trabajo, también a través de una mayor autonomía acompañada de una rendición de cuentas eficaz;

b)

unos mecanismos de garantía de la calidad adecuados, abiertos y transparentes, y procesos de planificación y de mejora escolar creados y aplicados con la participación activa de toda la comunidad escolar (directores de centros de enseñanza, personal docente y no docente, alumnos, padres y familias);

c)

la colaboración eficaz y la cooperación intersectorial entre escuelas y partes interesadas externas, entre ellas una variedad de profesionales, ONG, empresas, asociaciones, animadores juveniles, autoridades y servicios locales y otros representantes de la comunidad en general, según los contextos locales;

d)

la cooperación entre escuelas de distintos tipos y niveles situadas en la misma zona, así como el trabajo en red y las comunidades de aprendizaje multiprofesionales a escala regional, nacional e internacional, a fin de promover el intercambio de buenas prácticas;

e)

la excelencia en la gestión y el liderazgo escolares, por ejemplo mejorando los procedimientos de contratación y las oportunidades de formación profesional continua para directores de centros de enseñanza;

f)

una cultura de apoyo y colaboración entre alumnos, padres, familias y personal escolar, con vistas a reforzar la identificación de los jóvenes con el sistema escolar, aumentando su motivación para aprender y alentando su participación en procesos cooperativos de toma de decisiones.

g)

el apoyo a las escuelas para llegar a todos los padres y familias más allá de los requisitos formales de participación y para establecer una cultura de confianza y respeto mutuos en la que los padres y las familias se sientan acogidos en la escuela e involucrados en el aprendizaje de sus hijos;

h)

mecanismos para la detección de signos tempranos de desvinculación, como ausencias periódicas o problemas de comportamiento;

i)

estructuras sistemáticas de apoyo para los alumnos con riesgo de abandono escolar prematuro, entre ellas de tutoría, asesoramiento o apoyo psicológico así como la posibilidad de apoyo adicional para los alumnos cuya lengua o lenguas maternas no sean la lengua de instrucción;

j)

la disponibilidad de una gran variedad de actividades extracurriculares y extraescolares accesibles –por ejemplo deportivas, artísticas, de voluntariado o de trabajo juvenil–, que puedan complementar la experiencia de aprendizaje además de aumentar la participación, la motivación y el sentimiento de pertenencia de los alumnos.

8.

Analicen, a la vez que fomentan grandes expectativas para todos los alumnos y promueven el acceso a las competencias básicas y al aprendizaje que mejor los preparará para el futuro, el potencial de formas de enseñanza y aprendizaje más personalizadas y centradas en el alumno, entre otras cosas mediante recursos digitales, así como la utilización de distintos métodos de evaluación, como la evaluación formativa (15).

9.

Garanticen, respetando debidamente la autonomía institucional, que la formación inicial del profesorado y el desarrollo profesional continuo doten a los docentes, formadores, directores de centros de enseñanza, profesionales de estructuras de la educación infantil y atención a la infancia y demás personal de las habilidades, competencias y conocimientos básicos necesarios para entender y afrontar las desventajas educativas y los posibles factores de riesgo que podrían conducir a la desvinculación o al abandono escolar prematuro. Tales habilidades, competencias y conocimientos podrían abarcar cuestiones como estrategias de gestión de la diversidad, establecimiento de relaciones, resolución de conflictos, técnicas de prevención del acoso y educación y orientación profesional.

10.

Garanticen que todos los alumnos tengan a su disposición educación y orientación profesional, planes de estudios más flexibles y una educación y formación profesionales de calidad de valor equivalente a la educación general.

11.

Proporcionen a todos los jóvenes que hayan abandonado la educación de forma prematura el acceso a programas de «segunda oportunidad» de calidad y a otras oportunidades para volver a entrar en el sistema educativo general, y garanticen que todos los conocimientos, habilidades y competencias adquiridas por estos medios, también mediante el aprendizaje no formal e informal, se convaliden en consonancia con la Recomendación del Consejo de 2012 (16).

INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN A QUE:

1.

Hagan el mayor uso posible de las oportunidades disponibles a tenor del marco estratégico «ET 2020» y a través del método abierto de coordinación, incluida la posibilidad de reforzar el aprendizaje entre iguales y, cuando corresponda, de realizar investigación y estudios por contrato a fin de reforzar la elaboración de políticas basadas en datos contrastados y desarrollar y difundir ejemplos de buenas prácticas de actuación.

2.

Utilicen las oportunidades de financiación ofrecidas por instrumentos de la UE como el Programa Erasmus+, el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (17) con objeto de apoyar medidas dirigidas a reducir el abandono escolar prematuro como parte de políticas globales y promover la cooperación en las escuelas y su entorno.

3.

Sigan identificando, mediante la investigación y el aprendizaje entre iguales, ejemplos de las prácticas colaborativas más eficaces en la escuela y a nivel local que se dirijan a mitigar las desventajas educativas, reducir el abandono escolar prematuro y garantizar una educación más inclusiva. Garanticen una amplia difusión de tales prácticas entre los profesionales de la educación y las partes interesadas, en particular a través de la comunidad eTwinning y la School Education Gateway.

INVITA A LA COMISIÓN A QUE:

1.

Continúe siguiendo y divulgando información sobre los avances en los Estados miembros e informe periódicamente sobre el progreso hacia el objetivo de Europa 2020 y la aplicación de las estrategias de los Estados miembros o las políticas integradas equivalentes en materia de abandono escolar prematuro en el contexto del Semestre Europeo y de los mecanismos informativos de la «ET 2020», en particular a través del Monitor de la educación y la formación.

2.

Siga desarrollando la cooperación con investigadores, Estados miembros, partes interesadas pertinentes, redes y organizaciones, con vistas a apoyar la aplicación de políticas nacionales y de la UE en materia de abandono escolar prematuro.

3.

Mejore la cooperación sobre este tema con organizaciones internacionales pertinentes como la OCDE en colaboración con los Estados miembros.

4.

Recuerde la importancia de seguir centrándose en la educación inclusiva y en la reducción del abandono escolar prematuro en el contexto de la revisión intermedia programada de Erasmus+.


(1)  La proporción de población con edades comprendidas entre dieciocho y veinticuatro años que solo tiene enseñanza media inferior o menos y que han dejado de seguir actividades de educación o formación (Eurostat/Encuesta de Población Activa).

(2)  EUCO 13/10, ANEXO I, cuarto guión (p. 12).

(3)  DO C 119 de 28.5.2009, p. 2.

(4)  Véase la página 25 del presente Diario Oficial.

(5)  DO L 394 de 30.12.2006, p. 10.

(6)  DO C 135 de 26.5.2010, p. 2.

(7)  DO C 175 de 15.6.2011,pp. 8.

(8)  DO C 191 de 1.7.2011, p. 1.

(9)  DO C 165 E de 11.6.2013, p. 7.

(10)  DO C 120 de 26.4.2013, p. 1.

(11)  El Reino Unido votó en contra de la Recomendación.

(12)  De acuerdo con los datos de 2014, el 11,1 % de los jóvenes de entre 18 y 24 años han abandonado la educación y la formación sin terminar el segundo ciclo de educación secundaria, lo que asciende a 4,4 millones de jóvenes aproximadamente (Fuente: Eurostat [EPA], 2014).

(13)  En las presentes conclusiones, el término «educación inclusiva» hace referencia al derecho de todos a una educación de calidad que cumpla las necesidades básicas de aprendizaje y enriquezca la vida de los estudiantes.

(14)  gran variedad de información consiste, en particular, en saber más sobre:

la edad a la que se produce el abandono de la educación y la formación;

la relación entre el abandono escolar prematuro y el absentismo escolar;

las diferencias en el abandono escolar prematuro en función del género, el rendimiento académico o el nivel educativo alcanzado;

el origen socioeconómico o un indicador, como información sobre el barrio;

el origen o la lengua materna del alumno.

(15)  En las presentes conclusiones, el término «evaluación formativa» hace referencia a las medidas utilizadas para identificar con exactitud las necesidades de los alumnos y proporcionarles información de retorno permanente y oportuna como parte del proceso de aprendizaje.

(16)  DO C 398 de 22.12.2012, p. 1.

(17)  Reglamento (UE) 2015/1017 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2015, relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, al Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión y al Portal Europeo de Proyectos de Inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) no 1291/2013 y (UE) no 1316/2013 (DO L 169 de 1.7.2015, p. 1).


Top