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Document 42017Y0630(01)

Declaración conjunta del Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión

OJ C 210, 30.6.2017, p. 1–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.6.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 210/1


Declaración conjunta del Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión

(2017/C 210/01)

EL NUEVO CONSENSO EUROPEO EN MATERIA DE DESARROLLO

«NUESTRO MUNDO, NUESTRA DIGNIDAD, NUESTRO FUTURO»

1.

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (1) (en lo sucesivo, «la Agenda 2030»), adoptada en septiembre de 2015 por las Naciones Unidas, es la respuesta global de la comunidad internacional a los desafíos y tendencias en relación con el desarrollo sostenible. Con los Objetivos de Desarrollo Sostenible en su núcleo central, la Agenda 2030 constituye un marco político transformador para erradicar la pobreza y alcanzar el desarrollo sostenible en todo el mundo. La Agenda equilibra las dimensiones económica, social y medioambiental del desarrollo sostenible, con la inclusión de la cuestión clave de la gobernanza y de unas sociedades pacíficas e integradoras, reconociendo la interrelación esencial entre sus objetivos y sus metas. Deberá aplicarse en su conjunto y no de manera selectiva. La Agenda 2030 tiene como objetivo que nadie se quede atrás y pretende llegar en primer lugar a los más rezagados.

2.

La evolución que va de los Objetivos de Desarrollo del Milenio a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) refleja la evolución del planteamiento relativo al desarrollo mundial. Este planteamiento basado en el desarrollo sostenible y en los derechos humanos es totalmente coherente con los valores y principios de la UE. La Agenda 2030 y sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son universales y se aplican a todos los países y en todas las fases de desarrollo, sobre la base del protagonismo nacional y la responsabilidad compartida. Las asociaciones multilaterales son clave para la aplicación de los ODS.

3.

La Agenda de Acción de Adis Abeba (2), como parte integrante de la Agenda 2030, establece un nuevo paradigma de aplicación mediante el uso eficaz de los medios financieros y no financieros, y situando en primera línea la acción nacional así como unas políticas viables. Por otra parte, la Agenda 2030 se complementa con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres (3) y el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático (4), que proporcionan un marco jurídicamente vinculante y dan un nuevo rumbo a los esfuerzos mundiales por combatir el cambio climático. La consecución de estos compromisos debe fundarse en un orden mundial basado en normas, con el multilateralismo como principio clave y las Naciones Unidas como eje.

4.

La UE y sus Estados miembros se han propuesto lograr una vida digna para todos, que concilie la prosperidad y la eficiencia económica, unas sociedades pacíficas, la integración social y la responsabilidad medioambiental. Para ello hay que orientar los esfuerzos hacia la erradicación de la pobreza, la reducción de las vulnerabilidades y la lucha contra las desigualdades, a fin de garantizar que nadie sea dejado atrás. Con su contribución al logro de los objetivos de la Agenda 2030, la UE y sus Estados miembros promoverán también una Europa más fuerte y sostenible, integradora, segura y próspera.

5.

El presente consenso europeo sobre desarrollo enmarca la aplicación de la Agenda 2030 en una asociación con todos los países en desarrollo y tiene debidamente en cuenta el marco que proporciona el Tratado de Lisboa. Además, la estrategia global de la UE para la política exterior y de seguridad (en lo sucesivo, estrategia global) brinda una visión general de un compromiso común, creíble y con capacidad de respuesta en el mundo.

6.

El objetivo de este consenso es proporcionar el marco de un planteamiento común en el que se inscriba la política de desarrollo que aplicarán las instituciones de la UE y los Estados miembros, respetando al mismo tiempo las distintas funciones y competencia de cada uno. Guiará la acción de las instituciones de la UE y de los Estados miembros en su cooperación con todos los países en desarrollo. Las acciones de la UE y sus Estados miembros se reforzarán y coordinarán mutuamente para garantizar su complementariedad e impacto.

1.   LA RESPUESTA DE LA UE A LA AGENDA 2030

1.1.   Una acción de la UE más fuerte y eficaz en un mundo cambiante

7.

La UE y sus Estados miembros deben responder a los desafíos y las oportunidades mundiales actuales teniendo en cuenta la Agenda 2030. Aplicarán la Agenda 2030 en todos los aspectos internos y externos de sus políticas, en un planteamiento global y estratégico, integrando de forma equilibrada y coherente las tres dimensiones del desarrollo sostenible y abordando los vínculos entre los diferentes ODS, así como las repercusiones más amplias de sus acciones nacionales a escala internacional y mundial. Su aplicación estará estrechamente coordinada con la aplicación del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y otros compromisos internacionales, incluida la Nueva Agenda Urbana (5).

8.

Dentro de este marco general, será importante contar con un planteamiento coherente y coordinado de la acción exterior de la UE para que la aplicación mundial de la Agenda 2030 sea satisfactoria. Con su estructura institucional y los instrumentos políticos previstos en el Tratado de Lisboa, la UE está bien preparada para responder a los desafíos y las oportunidades mundiales, allí donde surjan.

9.

La estrategia global de la UE proporciona una visión de los compromisos de la UE en el mundo, a través de una serie de políticas. Destaca el importante papel de la Agenda 2030, que tiene el potencial de ser el desencadenante de la necesaria transformación en apoyo de los valores de la UE y de los objetivos de la acción exterior de la UE. Los ODS constituirán una dimensión transversal de todas las tareas necesarias para aplicar la estrategia global de la UE. Este consenso contribuirá al logro de las prioridades de la acción exterior de la UE, en particular mediante el apoyo a la resiliencia en todos los niveles. Con ello, la UE y sus Estados miembros promoverán un planteamiento de resiliencia dinámico y multidimensional para hacer frente a las vulnerabilidades que se presenten ante los múltiples riesgos interconectados.

1.2.   La respuesta en materia de desarrollo

10.

Este consenso es la piedra angular de la política de desarrollo de la UE, que forma parte de la respuesta general de la UE a la Agenda 2030. El objetivo primario de la política en materia de desarrollo de la UE, tal como lo establece el artículo 208 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, es la reducción y, finalmente, la erradicación de la pobreza. La UE y sus Estados miembros aplicarán el principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD) y tendrán en cuenta los objetivos de la cooperación para el desarrollo en todas las políticas internas y externas que apliquen y que probablemente afecten a los países en desarrollo. La CPD constituye una parte fundamental de la contribución de la UE a la realización de los ODS.

11.

La política en materia de desarrollo de la UE persigue asimismo los objetivos de la acción exterior de la UE, en particular los que se contemplan en el artículo 21, apartado 2, letra d) del Tratado de la Unión Europea (TUE) consistentes en apoyar el desarrollo sostenible en los planos económico, social y medioambiental de los países en desarrollo, con el objetivo fundamental de erradicar la pobreza. En consonancia con los objetivos establecidos en el artículo 21, apartado 2, del TUE, la política en materia de desarrollo contribuye asimismo, entre otras cosas, a respaldar la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos, mantener la paz y prevenir los conflictos, mejorar la calidad del medio ambiente y de la gestión sostenible de los recursos naturales mundiales, ayudar a las poblaciones, países y regiones que se enfrenten a catástrofes naturales y promover un sistema internacional basado en una cooperación multilateral más sólida y en una buena gobernanza mundial. Por lo tanto, el consenso contribuirá asimismo a la exigencia de garantizar la coherencia entre los distintos ámbitos de la acción exterior de la UE y entre estos ámbitos y sus demás políticas.

12.

Un factor clave para lograr estos objetivos comunes es que la UE actúe unida. Así, la UE y sus Estados miembros se comprometen a trabajar juntos y mejor. Es necesaria una mayor coherencia entre los Estados miembros y las instituciones de la UE. Un compromiso coherente y constante dará como resultado un mayor nivel de credibilidad, legitimidad, responsabilidad, valor añadido, influencia y un impacto positivo en el mundo. La UE y sus Estados miembros tienen que mantenerse unidos en la diversidad a través de sus múltiples experiencias y enfoques, y teniendo en cuenta sus respectivas ventajas comparativas.

1.3.   Principios y valores rectores de la acción en materia de desarrollo

13.

La UE y sus Estados miembros actúan de conformidad con los principios de la acción exterior de la UE establecidos en el artículo 21, apartado 1, del TUE: la democracia, el Estado de Derecho, la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el respeto de la dignidad humana, los principios de igualdad y solidaridad y el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional. Estos valores universales y la buena gobernanza constituyen el núcleo de la Agenda 2030.

14.

El diálogo político es una forma importante de promover los principios en materia de desarrollo; y tiene, además, una dimensión preventiva destinada a garantizar la defensa de los valores de la UE. La UE y sus Estados miembros incluirán en sus diálogos políticos el respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho. Estos diálogos se mantendrán con los gobiernos socios y con otros interesados y serán una importante plataforma de acción, en la que se promoverá una visión común, se revisarán regularmente los avances registrados y se buscarán las medidas de apoyo adecuadas.

15.

La igualdad de género es un elemento crucial de los valores de la UE y está consagrada en su marco jurídico y político. Es de vital importancia para la consecución de los ODS y permea toda la Agenda 2030. La UE y sus Estados miembros deberán promover, como una prioridad en todos sus ámbitos de actuación, los derechos de las mujeres y de las niñas, la igualdad de género, el empoderamiento de mujeres y niñas, y su protección.

16.

La UE y sus Estados miembros aplicarán a la cooperación para el desarrollo un planteamiento basado en los derechos que incluya todos los derechos humanos. Promoverán la inclusión y la participación, la no discriminación, la igualdad y la equidad, la transparencia y la responsabilidad. La UE y sus Estados miembros seguirán desempeñando un papel fundamental a la hora de garantizar que nadie se quede atrás, independientemente de factores tales como el lugar de residencia, la etnia, el sexo, la edad, las discapacidades, la religión o las creencias, la orientación sexual y la identidad de género, la condición de migrante u otros factores. Este planteamiento incluye abordar las múltiples discriminaciones que padecen las personas vulnerables y los grupos marginados.

17.

La UE y sus Estados miembros valoran la participación de las organizaciones de la sociedad civil en las acciones en favor del desarrollo y alientan a todas las partes de la sociedad a participar activamente en ellas. Reconocen las múltiples funciones que desempeñan estas organizaciones como promotoras de la democracia y defensoras de los titulares de derechos y del Estado de Derecho, de la justicia social y de los derechos humanos. La UE y sus Estados miembros fomentarán el espacio de la sociedad civil e intensificarán su apoyo a la creación de capacidades de estas organizaciones, a fin de fortalecer su voz en el proceso de desarrollo y hacer avanzar el diálogo político, social y económico.

18.

La eficacia del desarrollo es fundamental para alcanzar los ODS y debería estar en la base de todas las formas de cooperación para el desarrollo. La UE y sus Estados miembros aplicarán los principios de la eficacia del desarrollo acordados en la Alianza Mundial de Cooperación Eficaz para el Desarrollo durante el Foro de Alto Nivel sobre la Eficacia de la Ayuda al Desarrollo de Busan en 2011 y renovados en la Reunión de Alto Nivel de Nairobi en 2016; entre estos principios figuran: la asunción de las prioridades del desarrollo por los países en desarrollo, centrarse en conseguir resultados, crear asociaciones para el desarrollo inclusivas, la transparencia y la responsabilidad mutua.

2.   MARCO DE ACTUACIÓN

19.

La aplicación de la Agenda 2030 requiere amplias estrategias nacionales en materia de desarrollo sostenible que tengan en cuenta los ODS y sus interrelaciones. A la hora de planificar y poner en práctica la cooperación para el desarrollo, la UE y sus Estados miembros prestarán una especial atención estas interrelaciones y a las acciones integradas que puedan generar otros beneficios paralelos y alcanzar múltiples objetivos de una manera coherente. En este contexto, las acciones emprendidas por la UE y sus Estados miembros reflejarán los temas clave de la Agenda 2030: las personas, el planeta y la prosperidad, la paz y la asociación.

20.

Reconociendo que la Agenda 2030 debe llevarse a cabo de forma general, no selectiva, la UE y sus Estados miembros abordarán una serie de elementos transversales para alcanzar un desarrollo sostenible y acelerar la transformación, como por ejemplo: los jóvenes, la igualdad de género, la movilidad y la migración, la energía sostenible y el cambio climático, las inversiones y el comercio, la consolidación de la democracia, del Estado de Derecho y de los derechos humanos, el compromiso innovador con los países en desarrollo más avanzados y la movilización y uso de los recursos nacionales.

2.1.   Las personas — Desarrollo humano y dignidad

21.

El crecimiento demográfico mundial y los cambios demográficos, junto con los cambios económicos, sociales y medioambientales, ofrecen oportunidades y plantean graves retos para el desarrollo sostenible. Según la proyección del crecimiento de la población mundial, en 2050 habrá 2 400 millones de personas, de las que 1 300 millones vivirán en África. Satisfacer las necesidades educativas de los niños y jóvenes, es fundamental para promover la ciudadanía responsable, desarrollar sociedades prósperas y sostenibles e impulsar el empleo juvenil.

22.

Erradicar la pobreza y combatir las discriminaciones y las desigualdades sin dejar a nadie atrás es un elemento fundamental de la política de cooperación para el desarrollo de la UE. La pobreza tiene un carácter pluridimensional y está relacionada con aspectos económicos, sociales, ambientales, culturales y políticos. La UE y sus Estados miembros se fijarán como objetivos la erradicación del hambre y de todas las formas de malnutrición, y promoverán la cobertura sanitaria universal, el acceso universal a una educación y una formación de calidad, una protección social adecuada y sostenible, y un trabajo digno para todos en un entorno saludable. Los avances en estos ámbitos proporcionarán una base más sólida para el desarrollo sostenible. La UE reitera su compromiso de asignar al menos el 20 % de su ayuda oficial al desarrollo (AOD) a la integración social y al desarrollo humano.

23.

La UE y sus Estados miembros ayudarán a los países socios a ejercer sus responsabilidades y reforzar sus políticas nacionales y la gobernanza para garantizar la prestación sostenible de servicios esenciales y el respeto de los derechos humanos.

24.

La desnutrición y la malnutrición son obstáculos importantes para el desarrollo y una carga para toda la vida, pues causan déficit cognitivo, aminoran las capacidades de los niños durante la escolaridad y acarrean una mala salud y una baja productividad económica. La UE y sus Estados miembros trabajarán para garantizar el acceso de todas las personas a unos alimentos asequibles, seguros, suficientes y nutritivos. Se prestará especial atención a las personas en situaciones más vulnerables, entre ellas, a los niños menores de cinco años, a las adolescentes y a las mujeres, especialmente durante el embarazo y la lactancia. Harán esfuerzos coordinados, rápidos e intersectoriales para acabar con el hambre, aumentar la capacidad de producción de alimentos diversificados local y regionalmente, garantizar la seguridad alimentaria y la nutrición y mejorar la resiliencia de los más vulnerables, en particular en los países que se enfrentan a crisis largas y recurrentes. Seguirán invirtiendo en el desarrollo de los niños de menor edad, luchando contra todas las formas de malnutrición, y en particular contra el retraso en el crecimiento y la emaciación de los menores mediante el apoyo a los servicios básicos de salud, nutrición, agua, saneamiento e higiene, y protección social.

25.

La UE y sus Estados miembros ayudarán a las comunidades más pobres a mejorar el acceso de todos a la tierra, los alimentos, el agua y una energía limpia, asequible y sostenible, evitando al mismo tiempo cualquier efecto perjudicial para el medio ambiente. Promoverán las iniciativas políticas y respaldarán a los países socios en la planificación y aplicación de un planteamiento integrado para tratar de forma concreta las interrelaciones más importantes entre suelo, alimentación, agua y energía.

26.

El aumento considerable de la demanda del agua y su escasez en las décadas venideras, acarreará dificultades de primer orden, en particular en términos de adaptación al cambio climático. El acceso universal al agua potable, al saneamiento y a la higiene es una condición previa para la salud, el bienestar, el crecimiento y la productividad. Los recursos hídricos están especialmente expuestos a la degradación medioambiental, y en particular al cambio climático, lo que amenaza la agricultura y la seguridad alimentaria. La UE y sus Estados miembros apoyarán una gestión sostenible e integrada de los recursos hídricos, así como un uso más eficiente del agua y su reciclado también mediante un planteamiento más estratégico del desarrollo y la integración regional.

27.

La salud es fundamental en la vida de las personas y es un elemento clave para el crecimiento y el desarrollo equitativo y sostenible, incluida la erradicación de la pobreza. La UE y sus Estados miembros reafirman su empeño en proteger y promover el derecho de cada uno a gozar del más alto nivel posible de salud física y mental, a fin de fomentar la dignidad humana, el bienestar y la prosperidad. Seguirán ayudando a los países socios en sus esfuerzos por crear sistemas de salud de buena calidad, sólidos y resistentes, que ofrezcan un acceso equitativo a los servicios sanitarios y una cobertura sanitaria universal. A tal efecto, la UE y sus Estados miembros ayudarán a los países en desarrollo en la formación, contratación y despliegue del personal sanitario así como en el desarrollo de su formación permanente. Promoverán la inversión en personal sanitario y trabajadores sociales de primera línea y fomentarán su empoderamiento, ya que ejercen una función esencial a la hora de garantizar la cobertura de los servicios sanitarios en zonas alejadas, pobres, con pocos servicios y en conflicto. La UE y sus Estados miembros seguirán invirtiendo en la prevención y la lucha contra las enfermedades contagiosas, como el VIH/SIDA, la tuberculosis, la malaria o la hepatitis y seguirán contribuyendo para lograr el acceso seguro a medicinas y vacunas esenciales asequibles para todos. Fomentarán la investigación y la inversión y el desarrollo de nuevas tecnologías en el ámbito de la salud. Tomarán medidas para responder a las amenazas sanitarias mundiales, como las epidemias y la resistencia a los antimicrobianos, mediante un planteamiento adecuado en materia de sanidad pública. Velarán por reducir la mortalidad infantil y materna, promover la salud mental y hacer frente a la creciente carga que representan las enfermedades no transmisibles en los países socios y abordar la contaminación química y la mala calidad del aire. Habida cuenta de las diversas interrelaciones de factores, ayudarán a los países socios a emprender un planteamiento del tipo «la salud en todas las políticas».

28.

Garantizar el acceso de todos a una educación de calidad es un requisito indispensable para la capacidad de inserción profesional de los jóvenes y el desarrollo duradero. La UE y sus Estados miembros apoyarán un aprendizaje permanente e integrador y una educación equitativa y de calidad, especialmente en la enseñanza preescolar y primaria. Promoverán asimismo la educación en la enseñanza secundaria y superior, la formación técnica y profesional, así como el aprendizaje en el trabajo y la formación de adultos, también en situaciones de crisis y de emergencias. Se prestará especial atención a la educación y a las oportunidades de formación de las niñas y las mujeres. La UE y sus Estados miembros redoblarán sus esfuerzos para garantizar que todo el mundo tenga los conocimientos, habilidades, aptitudes y derechos que precisan para disfrutar de una vida digna, participar plenamente en la sociedad como adultos productivos y responsables, y contribuir al bienestar social, económico y medioambiental de sus comunidades.

29.

Las necesidades, los derechos y aspiraciones de los niños requieren atención. Entre las acciones que producen los mejores resultados económicos y sociales figuran las intervenciones globales en la primera infancia. La UE y sus Estados miembros redoblarán sus esfuerzos por crear un entorno seguro y favorable para los niños, pues eso constituye un elemento fundamental para fomentar una población juvenil sana y en condiciones de alcanzar la plenitud de su potencial. Consideran, además, que todos los niños merecen una infancia en paz y una educación de calidad, también en situaciones de crisis y de emergencias, a fin de evitar el riesgo de una «generación perdida». La UE y sus Estados miembros colaborarán con los países socios para mejorar la protección de los niños y su participación en las decisiones que les afectan.

30.

En consonancia con el principio de no dejar a nadie atrás, la UE y sus Estados miembros prestarán especial atención a las personas desfavorecidas, vulnerables o marginadas, en particular a los niños, ancianos, personas con discapacidades, personas LGBT y a los pueblos indígenas. Ello incluirá medidas para seleccionar, proteger y apoyar mejor a estos grupos a fin de brindarles las mismas oportunidades y garantizar la no discriminación.

31.

Se calcula que, en el mundo, tienen una discapacidad 1 000 millones de personas, de las que el 80 % viven en países en desarrollo. Las personas con discapacidades son muchas veces las más pobres en sus comunidades, y tienen que enfrentarse a altos niveles de estigma y discriminación. En la cooperación para el desarrollo, la UE y sus Estados miembros tomarán en cuenta las necesidades específicas de las personas con discapacidades. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, promoverán con energía los derechos de las personas con discapacidades y adoptarán medidas más firmes para garantizar su integración plena en la sociedad y su participación equitativa en el mercado de trabajo.

32.

Crear suficientes empleos de buena calidad para los jóvenes seguirá siendo un desafío clave. Se precisan políticas específicas e inversiones apropiadas para promover los derechos de los jóvenes y facilitar su participación en la vida económica, social y cívica, y para asegurar su plena contribución al crecimiento inclusivo y al desarrollo sostenible. Los jóvenes también deben participar en los procesos democráticos y asumir funciones de liderazgo.

Juventud

Los jóvenes son agentes de desarrollo y de cambio y, como tales, contribuyentes esenciales de la Agenda 2030, en particular gracias a su capacidad para innovar. Desatender su educación y empleo así como sus necesidades políticas y sociales socavará el logro de los ODS y hará de ellos personas vulnerables al delito y la radicalización, en particular en las situaciones de conflicto.

La UE y sus Estados miembros se centrarán en acciones concretas para atender las necesidades específicas de los jóvenes, y en particular de las mujeres y de las niñas, aumentando el empleo de calidad y las oportunidades de emprendimiento, sobre la base de políticas efectivas en materia de educación, formación profesional, desarrollo de competencias y acceso a las tecnologías y los servicios digitales. Se persigue con ello aprovechar la capacidad de innovación digital y se crearán oportunidades para beneficiarse del progreso tecnológico. La UE y sus Estados miembros también procurarán reforzar los derechos de los jóvenes y su empoderamiento en la gestión de los asuntos públicos, en particular promoviendo su participación en las economías locales, las sociedades y la toma de decisiones a través, sobre todo, de las organizaciones juveniles.

33.

La UE y sus Estados miembros seguirán cumpliendo las obligaciones contraídas en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Promoverán con firmeza la protección y el respeto de los derechos de las mujeres y las niñas y colaborarán con los socios para eliminar todas las formas de violencia sexual y de género y toda forma de discriminación, incluidas las prácticas dañinas, como especialmente el matrimonio infantil o de temprana edad y forzado y la mutilación genital femenina. La UE y sus Estados miembros adoptarán medidas y reforzarán el diálogo político con vistas a empoderar a las mujeres y niñas, promover su importante función como agentes de desarrollo y de cambio e incrementar la acción dirigida a la igualdad de género. Ello supondrá promover sus derechos económicos y sociales y fomentar su empoderamiento, reforzar su voz y su participación en la vida civil, social, económica y política, garantizar su integridad física y psicológica y cambiar el hábito institucional de la UE y sus Estados miembros hacia una práctica de cumplimiento de sus compromisos. Promover la igualdad del acceso de las mujeres a un empleo productivo, un trabajo digno, la igualdad de salario y servicios financieros beneficiará a todos los miembros de la sociedad.

34.

La UE mantiene su compromiso con la promoción, la protección y el respeto de todos los derechos humanos y con la plena y efectiva aplicación de la Plataforma de Acción de Pekín y el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD) y los resultados de sus respectivas conferencias de revisión, así como con la salud y los derechos sexuales y reproductivos (SDSR) en este contexto. Teniendo esto presente, la UE reitera su compromiso con la promoción, protección y observancia del derecho de todas las personas a tener el control absoluto, y a decidir libremente y de manera responsable, en las cuestiones relativas a su sexualidad y a su salud sexual y reproductiva sin discriminación, coacción ni violencia. La UE sigue insistiendo en la necesidad de un acceso universal a una información y educación de calidad, asequible y completa sobre la salud sexual y reproductiva, que incluya una educación sexual general, así como servicios de asistencia sanitaria.

Igualdad entre hombres y mujeres

La igualdad entre hombres y mujeres de todas las edades es fundamental para el desarrollo sostenible. Tiene un efecto multiplicador en el logro de la erradicación de la pobreza y es fundamental para eliminar los obstáculos al desarrollo de unas sociedades democráticas basadas en los derechos humanos, la justicia social y la sostenibilidad. Además, la igualdad entre los sexos tiene una correlación positiva con el aumento de la prosperidad y la estabilidad y con la mejora de resultados en ámbitos como la salud y la educación. La UE y sus Estados miembros reconocen que las mujeres y las niñas son agentes fundamentales del desarrollo y del cambio, con un papel en la consolidación de la paz y la solución de conflictos, así como en la respuesta humanitaria.

Sigue habiendo muchas mujeres y niñas privadas de derechos, recursos y voz. Las desigualdades de género interactúan con otras formas de exclusión. La promoción del avance de las mujeres y las niñas y de la igualdad entre los sexos requiere la colaboración con hombres, niños, mujeres y niñas para fomentar la comprensión de los derechos, la igualdad y los roles sociales. Esto significa también trabajar con los actores fundamentales de las sociedades, como los docentes y los líderes religiosos y comunitarios, para erradicar la discriminación contra las mujeres y las niñas.

La UE y sus Estados miembros garantizarán que la perspectiva de género se integre sistemáticamente de manera transversal en todas las políticas, como contribución clave para el logro de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS). La UE y sus Estados miembros redoblarán sus esfuerzos para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, profundizando en asociaciones multilaterales, que refuercen la capacidad de una presupuestación y una planificación que respondan a la perspectiva de género, y para garantizar una participación activa de las mujeres y de las organizaciones de mujeres en los procesos decisorios.

35.

La cultura es un activador y un componente importante del desarrollo que puede facilitar la inclusión social, la libertad de expresión, la construcción de identidades, el empoderamiento civil y la prevención de conflictos, a la vez que impulsa el crecimiento económico. Poniendo de relieve que la UE está guiada por la universalidad, indivisibilidad, interrelación e interdependencia de todos los derechos humanos, la UE y sus Estados miembros promoverán el diálogo y la cooperación interculturales y la diversidad cultural, protegerán el patrimonio cultural, impulsarán los sectores cultural y creativo y respaldarán las políticas culturales cuando estas contribuyan a lograr un desarrollo sostenible, teniendo en cuenta las circunstancias locales.

36.

La UE y sus Estados miembros actuarán para reducir las desigualdades en los resultados y promover la igualdad de oportunidades para todos. De esta forma, ayudarán directamente a las capas más pobres y más vulnerables de la sociedad y también contribuirán a promover un crecimiento más inclusivo y un crecimiento sostenible que no ponga en peligro la capacidad de las generaciones venideras para satisfacer sus necesidades. El crecimiento económico es más duradero y beneficioso para los más pobres si es inclusivo. Para hacer frente a las crecientes desigualdades económicas y sociales, la UE y sus Estados miembros respaldarán trayectorias nacionales de desarrollo con un máximo de resultados e impactos positivos a nivel social. Trabajarán con países asociados para promover una fiscalidad progresiva y políticas públicas redistributivas que presten la debida atención a un mejor reparto de los beneficios del crecimiento, la creación de riqueza y el empleo digno, así como a un mejor acceso a los factores de producción, como la tierra, la financiación y el capital humano.

37.

Para luchar contra la desigualdad, la UE y sus Estados miembros apoyarán asimismo unos sistemas de protección social eficientes, sostenibles y equitativos a fin de garantizar una renta básica, prevenir las recaídas en la extrema pobreza y reforzar la resiliencia. Evaluarán los factores determinantes y las tendencias de las desigualdades económicas y sociales y reforzarán sus herramientas y planteamientos para hacerlos más eficaces a la hora de abordar el problema de las desigualdades. La UE y sus Estados miembros integrarán transversalmente la reducción de la desigualdad en sus políticas de cooperación al desarrollo y respaldarán prácticas sociales innovadoras.

38.

La UE y sus Estados miembros reforzarán la resiliencia, en particular de las poblaciones vulnerables, frente a crisis económicas y medioambientales, desastres antropogénicos y naturales, conflictos y amenazas mundiales para la salud. Integrarán sistemáticamente la resiliencia en sus actuaciones, velando por que los ciudadanos, las comunidades, las instituciones y los países puedan prepararse mejor para las tensiones y las crisis, resistirlas, adaptarse a ellas y recuperarse rápidamente, sin poner en peligro las perspectivas de desarrollo a largo plazo. También se actuará de este modo durante el período de recuperación, rehabilitación y reconstrucción tras las catástrofes. Es preciso velar por unas iniciativas complementarias y una cooperación más estrecha entre los agentes de desarrollo y humanitarios, basándose en un análisis compartido de los riesgos y las vulnerabilidades.

39.

La migración es un fenómeno duradero, complejo y de alcance mundial que requiere una respuesta política cuidadosamente diseñada, equilibrada, con base empírica y sostenible, que respete las competencias nacionales y, en particular, no afecte al derecho de los Estados miembros contemplado en el artículo 79, apartado 5 del TFUE de determinar los volúmenes de admisión de nacionales de terceros países que vienen de terceros países a sus territorios para buscar trabajo. Unas migraciones y una movilidad bien administradas pueden aportar una contribución positiva a un crecimiento integrador y un desarrollo sostenible. La migración y la movilidad regulares pueden aportar beneficios a través de la transferencia de conocimientos y capacidades y la capacidad productiva de los propios migrantes, sus familias y los países de origen y destino. Al mismo tiempo, la migración irregular puede dar lugar a retos de gran importancia y tener un impacto negativo en los países de origen, tránsito y destino. La migración se ha convertido en un problema cada vez más urgente, tanto para los países en desarrollo como para los desarrollados. En algunas situaciones, al denegárseles los derechos humanos y el acceso a la atención sanitaria y la educación, las poblaciones migrantes corren el peligro de acabar siendo víctimas del trabajo forzoso y de la trata de seres humanos. Un compromiso reforzado contribuirá a facilitar la migración y la movilidad segura, ordenada, regular y responsable de las personas, en particular mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas.

40.

Abordar la migración afecta a muchos ámbitos políticos, como el desarrollo, el buen gobierno, la seguridad, los derechos humanos, el empleo, la salud, la educación, la agricultura, la seguridad alimentaria, la protección social y el medio ambiente, incluido el cambio climático. A través del enfoque del marco de asociación, la UE y sus Estados miembros adoptarán un planteamiento más global respecto de las múltiples facetas de la migración y el desplazamiento forzoso, incluidos el tráfico y la trata de seres humanos, la gestión de las fronteras, las remesas, el tratamiento de las causas subyacentes, la protección internacional y el retorno, y la readmisión y reintegración, conforme a la mutua rendición de cuentas y al pleno respeto de las obligaciones en materia humanitaria y de derechos humanos. La UE y sus Estados miembros adoptarán un planteamiento más coordinado, holístico y estructurado en relación con la migración, aprovechando al máximo las sinergias y ejerciendo la influencia necesaria mediante el recurso a todas las políticas e instrumentos pertinentes de la Unión, en particular el desarrollo y el comercio. Al intensificar sus esfuerzos en este ámbito, la UE y sus Estados miembros estarán apoyando activamente la continuidad de la aplicación del Plan de Acción de La Valeta de 2015 y la elaboración de dos Pactos Mundiales de las Naciones Unidas, uno sobre refugiados y otro sobre migrantes, tal y como se solicitaba en la Declaración de Nueva York sobre los refugiados y los migrantes de 2016.

41.

Mediante la política de desarrollo, la UE y sus Estados miembros harán frente a las causas subyacentes de la migración irregular y, entre otras cosas, contribuirán a una integración sostenible de los migrantes en los países y las comunidades de acogida, y contribuirán a garantizar el éxito de la integración socioeconómica de los migrantes retornados, tanto en los países de origen como de tránsito. Esto incluirá la promoción de las inversiones, el comercio y la innovación en los países asociados para impulsar el crecimiento y las oportunidades de empleo, en particular mediante la participación de las diásporas, el respaldo a los sistemas sociales y educativos, así como la colaboración con socios del sector privado y otros para reducir el coste de las remesas y promover unas transferencias más rápidas, baratas y seguras, tanto en los países de origen como en los receptores, aprovechando de esta manera su potencial de desarrollo.

Movilidad y migración

La Agenda 2030 reconoce claramente la contribución positiva de la migración y de la movilidad al crecimiento integrador y al desarrollo sostenible. Los migrantes son importantes agentes de impulso de la economía mundial, en particular mediante las remesas. Hacer frente a la migración en todas sus formas, tanto regular como irregular, requiere intervenciones, políticas y marcos jurídicos intersectoriales tanto a corto como a largo plazo, para hacer frente a las necesidades tanto de los migrantes como de las poblaciones de acogida y garantizar su seguridad. Se reconoce la magnitud de los retos existentes en los países en desarrollo. En este ámbito se realizaron importantes avances en la cumbre de La Valeta de noviembre de 2015, con la adopción de un ambicioso plan de acción.

La UE y sus Estados miembros redoblaron esfuerzos para hacer frente a las causas subyacentes de la migración irregular y del desplazamiento forzoso y promoverán una mejor gestión de las migraciones en todos sus aspectos. Consolidarán la migración como un elemento clave del diálogo político exterior de la UE, y en particular a través de la elaboración de respuestas adaptadas y el refuerzo de las asociaciones de forma transparente y democrática.

42.

La UE y sus Estados miembros promoverán la dignidad y la resiliencia de los desplazados forzosos de larga duración y su integración en la vida económica y social de los países y comunidades de acogida, reconociendo que las capacidades de las personas desplazadas son un activo vital consustancial a estas y esencial para su resiliencia y para reconstruir sus vidas así como una contribución a sus comunidades de acogida. La UE y sus Estados miembros aplicarán un planteamiento basado en los derechos, prestando especial atención a las mujeres, los menores acompañados y no acompañados y las personas especialmente vulnerables. Protegerán unas estructuras sociales a largo plazo, que integren a las personas sometidas a un desplazamiento prolongado en una planificación para el desarrollo más general, en particular a través del acceso a la educación y al empleo digno.

2.2.   El planeta Tierra — Proteger el medio ambiente, gestionar los recursos naturales y luchar contra el cambio climático

43.

El bienestar humano y la resiliencia de las sociedades dependen de un medio ambiente saludable y de unos ecosistemas que funcionen. La degradación medioambiental, el cambio climático, los fenómenos meteorológicos extremos y los desastres naturales o antropogénicos pueden anular las ventajas del desarrollo y el progreso económico, especialmente para los pobres. Pueden acrecentar las vulnerabilidades y necesidades, poner en peligro la paz y la estabilidad y generar migraciones de gran magnitud. Además de las acciones especializadas, las consideraciones medioambientales deben integrarse en todos los sectores de la cooperación al desarrollo, en particular a través de una acción preventiva. La UE y sus Estados miembros deberán promover la eficiencia en el uso de los recursos y un consumo y una producción sostenibles, que incluirá la gestión sostenible de los productos químicos y de los residuos, con vistas a disociar el crecimiento económico de la degradación medioambiental y permitir la transición hacia una economía circular. Para alcanzar el éxito, será asimismo fundamental contar con un sector privado responsable y garantizar la aplicación sistemática del principio «quien contamina paga». Contribuirán a crear la capacidad para integrar la sostenibilidad medioambiental, los objetivos en materia de cambio climático y la consecución del crecimiento verde en las estrategias nacionales y locales de desarrollo. También harán un mejor uso de la ciencia, la tecnología y la innovación para fomentar la sostenibilidad medioambiental, y promoverán la utilización por los socios de los datos y la información exhaustivos disponibles a través de programas europeos e internacionales de observación de la Tierra para promover decisiones con base empírica que tengan en cuenta el estado del medio ambiente.

44.

La UE y sus Estados miembros apoyarán la conservación y la gestión y el uso sostenible de los recursos naturales, así como la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y los ecosistemas, incluidos los bosques, océanos, regiones costeras, cuencas fluviales y otros ecosistemas, para la prestación de servicios ecosistémicos. En consonancia con los compromisos internacionales, harán frente a la deforestación ilegal y el comercio que genera, la degradación de la tierra y los bosques, la desertización, las sequías, y la pérdida de biodiversidad. Promoverán los beneficios colaterales de la gestión sostenible, incluida la mejora de la resiliencia frente al cambio climático. Fomentarán la integración de la sostenibilidad en todos los sectores de cooperación y aumentarán la visibilidad de las cuestiones medioambientales en el diálogo con sus socios. La UE y sus Estados miembros fomentarán el uso de la contabilidad del capital natural. Respaldarán una mejor gobernanza y la creación de capacidades para la gestión sostenible de los recursos naturales, incluida la prevención de la explotación ilegal de los bosques. También promoverán la participación de las partes interesadas locales y el respeto de los derechos de todos, incluidos los pueblos indígenas y las comunidades locales. Combatirán la caza furtiva de especies silvestres, el tráfico ilegal de especies silvestres y de madera, y la explotación ilegal de otros recursos naturales. Para lograr unos océanos sanos y productivos, promoverán la protección y recuperación de los ecosistemas marinos, la gestión sostenible de los recursos oceánicos y la pesca sostenible, en particular mediante la mejora de la gobernanza de los océanos y el desarrollo de la economía azul.

45.

La UE y sus Estados miembros integrarán el medio ambiente y el cambio climático en todas sus estrategias de cooperación para el desarrollo, en particular fomentando un correcto equilibrio entre mitigación y adaptación. Ejecutarán la Agenda 2030 y cumplirán el Acuerdo de París sobre el cambio climático mediante una actuación coordinada y coherente y aprovecharán al máximo las sinergias. Respaldarán las estrategias nacionales, incluida la planificación y programación interministerial, que promuevan la resiliencia, reduzcan el riesgo climático y contribuyan a la reducción de emisiones, de manera compatible con la aplicación de las contribuciones determinadas a nivel nacional (CDN), teniendo en cuenta los retos a los que se enfrentan los países en desarrollo, y en particular los países menos avanzados y los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID). Contribuirán al surgimiento de defensores locales del clima y difundirán y ampliarán activamente proyectos de prácticas idóneas, en particular prestando apoyo a plataformas multilaterales. El carácter jurídicamente vinculante del Acuerdo de París y la obligación de elaborar las CDN pueden impulsar también la planificación nacional en materia de desarrollo en el contexto de la Agenda 2030.

Energía sostenible y cambio climático

La energía es un instrumento de desarrollo crucial y un componente esencial de las soluciones aplicables para garantizar la sostenibilidad del planeta. Los países en desarrollo necesitan energía para promover un crecimiento integrador y seguir mejorando el nivel de vida. La inversión en energía sostenible puede garantizar y mejorar el acceso a un agua limpia, a unas instalaciones culinarias limpias y a la educación y la asistencia sanitaria, y, asimismo, puede crear puestos de trabajo y brindar apoyo a las empresas locales de manera respetuosa con el medio ambiente.

La UE y sus Estados miembros perseguirán tres objetivos fundamentales interrelacionados: resolver la falta de acceso a la energía; aumentar la eficiencia energética y la generación de energía renovable para alcanzar un equilibrio sostenible entre producción y consumo de energía; y contribuir a la lucha mundial contra el cambio climático en consonancia con el Acuerdo de París y las CDN presentadas por las partes. La UE y sus Estados miembros proseguirán su combate contra la pobreza energética contribuyendo al acceso universal a unos servicios energéticos modernos, asequibles, sostenibles y fiables, haciendo especial hincapié en la energía renovable y la eficiencia energética. Se puede facilitar energía limpia y renovable a través de soluciones participativas a nivel local, independientes de la red o en minirredes, que permitan el acceso a la energía en zonas rurales.

La UE y sus Estados miembros seguirán fomentando la retirada progresiva de las subvenciones a los combustibles fósiles nocivos para el medio ambiente, unos mercados de la energía estables y transparentes, el despliegue de redes energéticas inteligentes y la utilización de las tecnologías digitales para una gestión sostenible de la energía. Esta estrategia reforzada irá acompañada de una actuación permanente de la UE acorde con su liderazgo mundial en la lucha contra el cambio climático y en el apoyo a terceros países para luchar contra el cambio climático, así como de una transición hacia economías de bajas emisiones y resistentes al cambio climático.

46.

La magnitud de la inversión financiera necesaria para universalizar el acceso a unos servicios energéticos seguros y limpios requiere la participación de numerosos actores. La UE y sus Estados miembros incrementarán su cooperación con todas las partes interesadas, incluido el sector privado, sobre la gestión de la demanda de energía, la eficiencia energética, la generación de energía renovable y el desarrollo y la transferencia de tecnologías limpias. Respaldarán el uso de marcos reglamentarios que generen un sector energético competitivo y sostenible y el apalancamiento de la financiación privada. Reunirán fondos adicionales, incluidos los procedentes del sector privado y a través de iniciativas e instrumentos financieros innovadores. El apoyo a África y a los vecinos de la UE en esta transición energética forma parte del marco que hará posible la Unión de la energía de la UE.

2.3.   Prosperidad — Un crecimiento sostenible e integrador y creación de empleo

47.

La creación de empleos dignos, en particular para las mujeres y los jóvenes, es fundamental para un crecimiento integrador y sostenible. La prosperidad compartida y el crecimiento son factores clave que contribuyen al bienestar y la dignidad humana. Un crecimiento integrador y sostenible se basa en la resiliencia duradera de los países asociados, mediante la creación de oportunidades para los grupos vulnerables de la población y los expuestos a un mayor riesgo, de participar en la creación de riqueza y de empleos dignos y beneficiarse de ellos. La UE y sus Estados miembros promoverán una transformación económica que cree empleos dignos, aumente la capacidad productiva, genere unos ingresos suficientes para los servicios públicos y la protección social y fomente las cadenas de valor sostenibles y la diversificación, en particular la industrialización sostenible. Esto incluye la promoción de modelos sostenibles de consumo y producción en una economía circular, incluido el fomento de ciclos de materiales no tóxicos, la eficiencia de los recursos y la transición hacia trayectorias de bajas emisiones y resistentes al cambio climático.

48.

La UE y sus Estados miembros reconocen el papel de las microempresas y de las pequeñas y medianas empresas como factores del desarrollo sostenible, así como agentes esenciales de la lucha contra la pobreza. Estas empresas son motores de crecimiento, empleo, innovación y desarrollo social. La UE y sus Estados miembros respaldarán medidas orientadas hacia la acción e innovadoras, a través de la política de desarrollo, para aumentar la participación de estas empresas en la ejecución de medidas concretas sobre el terreno y para liberar su potencial transformador. Facilitarán el acceso de estas empresas a la información pertinente, tanto en la UE como en los países asociados, y las integrarán en las cadenas de suministro y de valor, a la vez que se hace frente a las deficiencias de financiación de estas empresas. Animarán los intercambios entre empresas y el diálogo entre microempresas y pequeñas y medianas empresas en la UE y en los países o regiones asociados.

Inversiones y comercio

Las inversiones sostenibles públicas y privadas constituyen un factor fundamental del desarrollo sostenible. Contribuyen a diversificar las economías, impulsan el crecimiento y los empleos dignos, aportan productos y servicios innovadores, establecen relaciones entre las economías de los países en desarrollo con las cadenas regionales y mundiales de valor, promueven la integración y el comercio regionales y satisfacen necesidades sociales. La Agenda 2030 y la Agenda de Acción de Adis Abeba ofrecen un marco en el que la inversión responsable puede contribuir al desarrollo sostenible en todas sus dimensiones.

La UE y sus Estados miembros tomarán medidas para impulsar las inversiones combinando la financiación para el desarrollo sostenible, la asistencia técnica para desarrollar proyectos sostenibles y atraer inversores, y medidas que contribuyan a mejorar la gobernanza económica y el entorno empresarial, luchar contra la corrupción y promover la colaboración con el sector privado. La UE y sus Estados miembros contribuirán también a incrementar la inversión pública y privada en una economía verde de bajas emisiones resistente al cambio climático.

Una vía fundamental para dichas acciones será el Plan Europeo de Inversiones Exteriores, que incluirá garantías que reduzcan el perfil de riesgo de las inversiones en los países en desarrollo, movilizando así una financiación adicional, en particular procedente del sector privado. Contribuirá asimismo a la realización de los ODS, contribuyendo con ello a combatir las causas subyacentes de la migración irregular.

La Unión Europea también continuará garantizando, a través de su política comercial, que los países en desarrollo, y en particular los más vulnerables, reciban los beneficios del crecimiento integrador y del desarrollo sostenible procedentes de la participación ampliada en la integración regional y en el sistema multilateral de comercio.

49.

La UE y sus Estados miembros contribuirán a crear un entorno más favorable a las empresas en los países en desarrollo, que respete las normas y principios internacionales en materia de derechos humanos. Contribuirán a mejorar las condiciones para una actividad económica integradora promoviendo políticas y marcos reglamentarios más sostenibles, los derechos humanos, en particular las normas fundamentales del trabajo, y los requisitos de debida diligencia, que den lugar a entornos empresariales más propicios, nuevos modelos de negocio y una mayor capacidad de los Estados. Fomentarán un acceso amplio a los servicios financieros y microfinancieros, en particular para las mujeres, los pobres, las microempresas y las pequeñas y medianas empresas. Promoverán también iniciativas del sector privado, empresas sociales, cooperativas y actividades empresariales de las mujeres y los jóvenes, para impulsar la prestación de servicios locales, así como modelos de negocio integradores y ecológicos. Promoverán un sistema de contratación pública sostenible y transparente que apoye el desarrollo sostenible y facilite el acceso de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas a la contratación pública. Las inversiones del sector público en investigación, innovación y cooperación en ciencia y tecnología pueden también contribuir a eliminar obstáculos para las inversiones del sector privado e impulsar un crecimiento integrador y sostenible en los países en desarrollo.

50.

El blanqueo de capitales, la corrupción, los flujos financieros ilícitos y la evasión y elusión fiscales siguen siendo muy perjudiciales para el desarrollo sostenible, afectando de manera desproporcionada a los países en desarrollo. La UE y sus Estados miembros colaborarán con los países asociados para promover una fiscalidad progresiva, medidas de lucha contra la corrupción y unas políticas redistributivas y hacer frente a los flujos financieros ilícitos para promover el acceso a unos servicios básicos de calidad para todos.

51.

La UE y sus Estados miembros combinarán las capacidades y recursos del sector privado con el apoyo prestado por una ayuda en favor del comercio y unas políticas e instrumentos comerciales y una diplomacia económica favorables. Fomentarán la ayuda en favor del comercio para apoyar la aplicación de la Agenda 2030 con objeto de atender mejor a las necesidades comerciales y de capacidad productiva de los países en desarrollo. Habrán de tenerse en cuenta las necesidades de los países menos adelantados (PMA), y de los países en desarrollo sin litoral en los que la facilitación del comercio y la infraestructura comercial son motores clave del desarrollo, así como las necesidades de los PEID.

52.

La UE y sus Estados miembros deberán promover y facilitar el comercio y la inversión en los países en desarrollo en aras del desarrollo sostenible. La UE seguirá promoviendo el comercio y la integración regional como factores de impulso del crecimiento y de la reducción de la pobreza en los países en desarrollo. Mediante la aplicación de la estrategia «Comercio para todos», la UE y sus Estados miembros ayudarán a sus socios comerciales, en particular a través de los acuerdos de asociación económica, a integrar el desarrollo sostenible en todos los niveles de la política comercial. En consonancia con los compromisos de coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD), la ayuda al desarrollo se utilizará cuando sea adecuado para garantizar que se aplican y se utilizan efectivamente las disposiciones de los acuerdos comerciales relativos al comercio y al desarrollo sostenible. La UE y sus Estados miembros promoverán un crecimiento integrador y sostenible y ayudarán a los países en desarrollo a adoptar modelos de crecimiento que tengan en cuenta la escasez de recursos y la acción contra el cambio climático. Esto incluye promover cadenas de valor sostenibles y normas medioambientales y sociales.

53.

El sector privado puede contribuir a la aplicación de la Agenda 2030. La UE y sus Estados miembros, en estrecha coordinación con el Banco Europeo de Inversiones, promoverán la movilización de recursos privados para el desarrollo, promoviendo también la rendición de cuentas del sector privado en ámbitos con un potencial significativo de transformación para el desarrollo sostenible. Esto incluye la agricultura sostenible, la energía limpia y segura, la gestión integrada de los recursos hídricos, las infraestructuras resilientes, la sanidad, el turismo sostenible, la economía verde y circular, las telecomunicaciones y la tecnología digital.

54.

La UE y sus Estados miembros colaborarán con el sector privado, incluidas las organizaciones de empresarios y trabajadores, para fomentar enfoques responsables, sostenibles y eficaces, en particular mediante el diálogo social. Una mayor asunción de modelos y prácticas de negocio responsables e integradores por parte de un espectro más amplio de empresas de la UE con cadenas de suministro en los países en desarrollo, en estrecha colaboración con las partes interesadas públicas y privadas de estos países, y el fomento de un comercio justo, transparente y ético, en particular con los pequeños productores de los países en desarrollo, pueden aportar una importante contribución a la aplicación de la Agenda 2030. Es preciso que las normas acordadas internacionalmente sobre derechos humanos y los compromisos sobre desarrollo sostenible, transparencia y responsabilidad social corporativa se integren en modelos de negocio, en particular en las asociaciones público-privadas y la financiación combinada, mediante una panoplia de medios como la puesta en común de las mejores prácticas. Esto incluye garantizar una gestión sostenible y el uso de los recursos naturales como los minerales y la madera. La UE y sus Estados miembros seguirán apoyando las prácticas empresariales responsables y la gestión responsable de las cadenas de suministro, respetando los derechos de explotación de la tierra e integrando los derechos humanos y laborales, la integridad financiera y las normas medioambientales y la accesibilidad. Trabajarán para prevenir las violaciones de los derechos humanos y promover los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos. Estas acciones promoverán unas normas laborales que garanticen unas condiciones de trabajo y salarios dignos para los trabajadores, y más concretamente las definidas por la Organización Internacional del Trabajo, tanto en el sector formal como en el informal, en particular apoyando la transición de la economía informal a la economía formal y luchando contra el trabajo infantil.

55.

La agricultura sostenible, junto con una pesca y una acuicultura sostenibles, sigue desempeñando un papel esencial en la erradicación de la pobreza y el desarrollo sostenible y es indispensable para acabar con el hambre y garantizar la seguridad alimentaria. Dos tercios de los pobres del mundo dependen de la agricultura para su sustento, y muchos países en desarrollo siguen dependiendo en gran medida del comercio de unas pocas materias primas. El apoyo a los pequeños agricultores, en particular a las explotaciones agrícolas y pastorales familiares, sigue siendo de importancia fundamental, ya que contribuye sustancialmente a la seguridad alimentaria y a la lucha contra la erosión del suelo y la pérdida de la biodiversidad, al tiempo que procura empleo. La UE y sus Estados miembros respaldarán mejoras de la gobernanza relativas a la gestión sostenible de los bosques, a la gestión participativa de los pastizales y al acceso equitativo a la tenencia de tierras, particularmente para las mujeres, respetando los derechos de las poblaciones locales y los pueblos indígenas, en particular las los usos consuetudinarios de la tierra y del acceso al agua. Fomentarán la creación de organizaciones y cooperativas de agricultores con objeto de abordar, entre otras cosas, una mayor productividad de las explotaciones familiares, los derechos en el uso de la tierra y los métodos de siembra tradicionales basados en el agricultor. Contribuirán a mejorar la calidad de la condiciones sanitarias y fitosanitarias. La UE y sus Estados miembros procurarán desarrollar en los países asociados los mercados y las cadenas de valor agrícolas que favorezcan a los pobres, y animen a la agroindustria a generar empleo y valor añadido. Esto incluirá el apoyo a la integración de los jóvenes y al empoderamiento de las mujeres, y el fomento de la investigación y de la innovación. Se precisan inversiones en agricultura sostenible y en el sector agroalimentario para diversificar los sistemas de producción locales y regionales, prevenir la desnutrición, generar un incremento de la productividad y crear empleo digno, sin dañar el medio ambiente. En muchos países en desarrollo, particularmente en África, son necesarias grandes inversiones públicas y privadas en agricultura sostenible e infraestructuras conexas. Estas inversiones y reformas de las políticas deben ser responsables e integradoras y beneficiar a las poblaciones locales.

56.

Se precisan una agricultura y unos sistemas alimentarios sostenibles, incluida una pesca sostenible, con los que responder a las necesidades de una población mundial cada vez mayor, protegiendo al mismo tiempo el medio ambiente. La UE y sus Estados miembros respaldarán las prácticas de agricultura ecológica y las acciones para reducir las pérdidas después de las cosechas y el desperdicio de alimentos, así como para proteger los suelos, conservar los recursos hídricos, detener, prevenir e invertir la deforestación, y mantener la biodiversidad y unos ecosistemas sanos. Debe aprovecharse el potencial de mitigación respecto a los gases de efecto invernadero de la agricultura sostenible y de los suelos, a la vez que se potencia la resiliencia ante los impactos del cambio climático. La UE y sus Estados miembros promoverán unas prácticas de pesca y una acuicultura sostenibles, y apoyarán iniciativas destinadas a luchar contra la pesca ilegal, la contaminación marina y las repercusiones del cambio climático.

57.

La UE y sus Estados miembros seguirán apoyando las tecnologías de la información y la comunicación en los países en desarrollo por tratarse de poderosos activadores del crecimiento integrador y del desarrollo sostenible. En los países en desarrollo, las tecnologías digitales se están adoptando a un ritmo sin precedentes. No obstante, la falta de conectividad sigue siendo un obstáculo importante al desarrollo en muchos países en desarrollo, en particular en las zonas rurales y apartadas, especialmente en África. Además, la escasa competencia a menudo puede hacer que las tecnologías digitales resulten inaccesibles e inasequibles para gran parte de la población. La UE y sus Estados miembros se esforzarán por integrar mejor las soluciones digitales en el desarrollo y por fomentar el uso de las tecnologías digitales en toda una serie de ámbitos prioritarios (gobernanza electrónica, agricultura, educación, gestión del agua, salud y energía, entre otros). Favorecerán la creación de entornos favorables a la economía digital mediante el refuerzo de una conectividad gratuita, abierta y segura, y la eliminación de obstáculos para explotar todo su potencial en favor del desarrollo sostenible. Brindarán su apoyo al emprendimiento digital para crear contenidos pertinentes a nivel local y promover la innovación y la creación de empleo digno, también a escala de las microempresas y las pymes. Asimismo, apoyarán la alfabetización y las habilidades digitales para capacitar a las personas, en particular a las mujeres y a las personas en situación de vulnerabilidad y marginación, promover la inclusión social y facilitar la participación de estas personas en la gobernanza democrática y la economía digital.

58.

La UE y sus Estados miembros impulsarán el diseño, la construcción y la explotación de infraestructuras y de edificios de calidad, más eficientes en el uso de los recursos y la energía. Apoyarán el desarrollo de redes de transporte y movilidad sostenibles, de bajas emisiones, interconectadas y seguras, y de otras infraestructuras resilientes y respetuosas con el clima como redes energéticas, sistemas de agua y sistemas de gestión de residuos a fin de promover un acceso equitativo y asequible para todos, el crecimiento, el comercio y las inversiones. Incorporarán sistemáticamente el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en los proyectos de infraestructuras.

59.

La UE y sus Estados miembros reiteran la necesidad de cumplir plenamente con las normas internacionales en materia de medio ambiente y seguridad nuclear en los países socios.

60.

La UE y sus Estados miembros tratarán de impulsar el potencial de las ciudades como núcleos de crecimiento e innovación integradores y sostenibles, tomando en consideración las comunidades rurales más amplias de su entorno y el desarrollo regional equilibrado. Para responder a la desigualdad urbana, promoverán un desarrollo urbano sostenible e inclusivo que se centrará en los más necesitados, en particular en los habitantes de asentamientos informales y barrios de chabolas. Apoyarán a sus socios con el fin de mejorar la prestación de servicios básicos y propiciar un acceso equitativo a la seguridad alimentaria y a una vivienda digna y asequible, y de mejorar la calidad de vida de las poblaciones urbanas en rápido crecimiento. En consonancia con la Nueva Agenda Urbana de las Naciones Unidas, fomentarán una ordenación sostenible del territorio, una gestión equitativa de los mercados de tierras, una movilidad urbana sostenible y ciudades inteligentes y seguras que aprovechen las oportunidades que ofrecen la digitalización y las tecnologías. Promoverán políticas territoriales y urbanas inclusivas, equilibradas e integradas y una coordinación gubernamental a varios niveles, forjando así unos vínculos más sólidos entre las zonas rurales y urbanas. Reforzarán la resiliencia de las ciudades frente a las crisis y aprovecharán las oportunidades para crear una economía hipocarbónica y resistente al cambio climático.

2.4.   Paz — Sociedades pacíficas e integradoras, democracia, instituciones eficaces y responsables, Estado de Derecho y derechos humanos para todos

61.

La UE y sus Estados miembros promoverán, en todos sus instrumentos y asociaciones, en toda situación y en todos los países, a través, en particular, de la acción para el desarrollo, los valores universales de la democracia, la buena gobernanza, el Estado de Derecho y los derechos humanos para todos, ya que se trata de condiciones previas para el desarrollo sostenible y la estabilidad. Apoyarán los esfuerzos nacionales adaptados a las necesidades y al contexto de cada sociedad, por construir Estados democráticos sostenibles, resilientes a las crisis internas y externas, y por hacer frente a los impulsores de la vulnerabilidad, entre ellos la desigualdad.

Buena gobernanza, democracia, Estado de Derecho y derechos humanos

La buena gobernanza, la democracia y el Estado de Derecho son esenciales para el desarrollo sostenible. El Estado de Derecho es un requisito previo para la protección de todos los derechos fundamentales. Los sistemas e instituciones de gobernanza eficaces que responden a las necesidades de los ciudadanos prestan servicios esenciales y promueven un crecimiento inclusivo, mientras que los procesos políticos integradores garantizan que los ciudadanos puedan exigir cuentas a todos los niveles a los cargos públicos.

La UE y sus Estados miembros promoverán instituciones transparentes y que rindan cuentas, incluidos los Parlamentos nacionales, y fomentarán una toma de decisiones participativa y el acceso del público a la información. Promoverán tribunales independientes e imparciales y apoyarán que se imparta una justicia equitativa, que incluya el acceso a la asistencia jurídica. Apoyarán el desarrollo de capacidades a fin de permitir la instauración de instituciones fuertes y de una gobernanza multinivel en las que participen personas en situaciones de vulnerabilidad y minorías a través de asociaciones entre los gobiernos nacionales, subnacionales y locales y aprovechando el potencial de las soluciones digitales. Apoyarán iniciativas para atajar la corrupción e introducir más transparencia y una mayor rendición de cuentas en la financiación pública y la prestación de servicios públicos.

62.

La UE y sus Estados miembros respaldarán un espacio abierto y propicio para la sociedad civil, los enfoques integradores y la transparencia en la toma de decisiones a todos los niveles. Seguirán apoyando elecciones integradoras, transparentes y creíbles a través de una ayuda oportuna prestada durante todo el ciclo electoral, y promoviendo partidos políticos democráticos y responsables, así como la participación activa de los ciudadanos en el conjunto del proceso electoral. Las misiones independientes de observación electoral de la Unión son una importante herramienta a este respecto. La UE y sus Estados miembros respaldarán y promoverán una gobernanza democrática que garantice el disfrute de libertades fundamentales como la libertad de pensamiento, religión y creencias o la libertad de reunión y de asociación, también a las personas marginadas, y que respete los derechos humanos universales, ya sean civiles, políticos, económicos, sociales o culturales. Defenderán la libertad de expresión y de opinión y apoyarán la existencia de medios de comunicación independientes y plurales que produzcan noticias de calidad basadas en hechos y datos.

63.

La UE y sus Estados miembros fomentarán sistemas judiciales eficientes, transparentes, independientes, abiertos y responsables y promoverán el acceso a la justicia para todos, en particular para las personas pobres y en situaciones de vulnerabilidad. Esto incluye esfuerzos para acabar con la delincuencia, incluidas la delincuencia y la violencia urbanas, y para luchar contra la delincuencia transnacional organizada relacionada con el tráfico de armas, drogas o la trata de seres humanos.

64.

La pobreza, los conflictos, las situaciones de fragilidad y los desplazamientos forzados son problemas profundamente interrelacionados que deben abordarse de forma coherente y global, como parte del vínculo existente entre lo humanitario y el desarrollo. La UE y sus Estados miembros deberán enfrentarse a sus causas profundas a todos los niveles, desde la exclusión, la desigualdad, la inseguridad alimentaria, las violaciones y los abusos de los derechos humanos, la impunidad y la ausencia del Estado de Derecho hasta la degradación ambiental, y el cambio climático.

65.

La UE y sus Estados miembros recurrirán a la cooperación para el desarrollo como parte de la gama de políticas e instrumentos para prevenir, gestionar y ayudar a resolver los conflictos y las crisis, evitar que se creen necesidades humanitarias y construir una paz duradera y una buena gobernanza. El principal objetivo de la cooperación para el desarrollo sigue siendo la erradicación de la pobreza en todas sus dimensiones y todos los esfuerzos se orientarán hacia ese objetivo. Promoverán un planteamiento global para abordar conflictos y crisis utilizando mejor las estrategias de transición y el sistema de alerta rápida de conflictos de la UE, centrándose en cuestiones como la fragilidad y la seguridad humana y reconociendo el vínculo existente entre el desarrollo sostenible, la acción humanitaria, la paz y la seguridad.

66.

La consolidación de la paz y la construcción del Estado son fases esenciales para el desarrollo sostenible que deben tener lugar a todas las escalas, desde la global hasta la local, y en todas las fases del ciclo del conflicto, desde la alerta rápida y la prevención hasta la respuesta a las crisis y la estabilización. En el contexto de la cooperación para el desarrollo, la UE y sus Estados miembros pueden también colaborar con agentes del sector de la seguridad a fin de reforzar su capacidad para propiciar que se alcancen los objetivos de desarrollo sostenible, en particular la consecución de sociedades pacíficas e inclusivas. La UE y sus Estados miembros promoverán soluciones comunes a los desafíos en materia de seguridad y desarrollo, también apoyando la gobernanza democrática del sector de la seguridad y contribuyendo a su capacidad de garantizar la seguridad humana y el desarrollo de capacidades. La UE y sus Estados miembros admiten la necesidad de prevenir y luchar contra la radicalización que conduce al extremismo violento, en particular fomentando la tolerancia religiosa y el diálogo interconfesional. Seguirán apoyando el principio de la «responsabilidad de proteger» y la prevención de los crímenes atroces. En este contexto, la UE y sus Estados miembros seguirán reforzando su cooperación con las Naciones Unidas y los socios regionales y nacionales.

67.

La UE y sus Estados miembros participarán en la reforma del sector de la seguridad, que puede contribuir al establecimiento de un control y una transparencia democráticos efectivos, a la mejora de la seguridad humana, al desarrollo sostenible y a la erradicación de la pobreza. La reforma del sector de la seguridad debe ajustarse a las necesidades en materia de seguridad de los países socios y basarse en una apropiación nacional clara y constante.

68.

Los países en situación de fragilidad o los afectados por conflictos requieren una atención especial y una implicación internacional prolongada a fin de lograr el desarrollo sostenible. Los objetivos de construcción del Estado y consolidación de la paz son esenciales para desarrollar una capacidad nacional que permita integrar plenamente las preocupaciones económicas, sociales y medioambientales con las relativas a la seguridad y el desarrollo. En su ayuda al desarrollo, la UE y sus Estados miembros prestarán especial atención a los Estados frágiles y afectados por conflictos y apoyarán a los más vulnerables. Al promover y proteger los derechos humanos, la democracia, el Estado de Derecho y la buena gobernanza contribuirán de forma proactiva a la estabilidad, la seguridad y la resiliencia. Para maximizar el efecto positivo en favor de la paz, integrarán en todas sus iniciativas la sensibilidad ante los conflictos. Promoverán la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la justicia, colaborando con todas las partes interesadas en los procesos de consolidación y mantenimiento de la paz y de prevención de conflictos. Prestarán apoyo a la justicia transicional a través de medidas adaptadas a los contextos específicos y destinadas a promover la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. La estabilización requiere colmar la brecha existente entre la resolución de conflictos y los procesos de reforma a largo plazo, y crear un clima de confianza entre el Gobierno y la población, en particular reactivando rápidamente la prestación de servicios. En este contexto, la UE y los Estados miembros revitalizarán la colaboración con los socios regionales cualificados. El éxito de las intervenciones relacionadas con la paz y la seguridad depende especialmente de la cooperación con los agentes locales y de su apropiación del proceso. El aprendizaje inter pares entre Estados frágiles y afectados por conflictos puede ser útil. La UE y sus Estados miembros abordarán todos los aspectos relacionados con la prevención y la respuesta a la violencia sexual y de género en situaciones de conflicto y posconflicto y apoyarán a las mujeres, que desempeñan un papel positivo en el marco de los conflictos (prevención, resolución, ayuda de emergencia y recuperación) y en la construcción de una paz duradera.

69.

La UE y sus Estados miembros pondrán en práctica la acción humanitaria y la cooperación para el desarrollo de un modo más coherente y complementario, contribuirán activamente al refuerzo de la resiliencia de las personas, las comunidades, la sociedad y el Estado, lucharán contra la pobreza extrema, se anticiparán y abordarán las crisis, disminuirán la vulnerabilidad crónica y aumentarán la autonomía de las personas. Las soluciones duraderas requieren enfoques multilaterales, intervenciones a distintos niveles y una visión a largo plazo. Esto significa reforzar tan pronto como sea posible el vínculo entre ayuda de emergencia, rehabilitación y desarrollo, también a través de un intercambio intensivo de información, la coordinación de los donantes, un análisis conjunto de los riesgos, puntos vulnerables y lagunas y una visión compartida de las prioridades estratégicas. La UE y sus Estados miembros garantizarán una intervención rápida y una estrecha coordinación de los agentes políticos y de desarrollo desde el primer momento, a fin de complementar las intervenciones de emergencia y recuperación temprana de los agentes humanitarios y darles continuidad. Esto se hará respetando los principios humanitarios, de conformidad con el Derecho internacional humanitario.

70.

La UE y sus Estados miembros extremarán sus esfuerzos por reforzar la resiliencia y la adaptabilidad a los cambios, en consonancia con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 y el Acuerdo de París sobre cambio climático, entre otros marcos. Ayudar a las personas y a las comunidades a estar mejor preparadas, a reducir su exposición y vulnerabilidad y a reforzar su resiliencia para resistir a las conmociones y los desastres y para recuperarse de ellos son elementos imprescindibles para reducir su impacto adverso y evitar la pérdida de vidas y medios de subsistencia. La UE y sus Estados miembros realizarán evaluaciones de riesgos y análisis de las deficiencias en sus programas de cooperación para el desarrollo. También seguirán reforzando la preparación frente a las amenazas transfronterizas para la salud, de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional, en particular a través del refuerzo de las capacidades de los sistemas sanitarios nacionales y regionales y la mejora del intercambio de información. A partir de las enseñanzas extraídas de las crisis sanitarias mundiales, la UE y sus Estados miembros seguirán promoviendo iniciativas intersectoriales a escala internacional, regional y local y situarán el fortalecimiento de los sistemas de salud horizontal en el centro del programa para la mejora de la salud pública.

71.

La migración, el desarrollo sostenible y la estabilidad están estrechamente interrelacionados. La UE y sus Estados miembros están comprometidos con una acción coordinada para hacer frente a las causas profundas de la migración irregular y del desplazamiento forzoso, como por ejemplo los conflictos, la fragilidad del Estado, la inseguridad y la marginación, la pobreza, la inseguridad alimentaria, la desigualdad, la discriminación y la degradación medioambiental, así como el cambio climático. Promoverán los derechos humanos y la dignidad de las personas, la consolidación de la democracia, la buena gobernanza y el Estado de Derecho, la inclusión y la cohesión sociales, las oportunidades económicas sumadas a un empleo digno y a través de empresas centradas en las personas, y el espacio político para la sociedad civil. Lucharán también contra el tráfico ilícito de migrantes y la trata de seres humanos, que constituyen fuentes de inestabilidad. Es fundamental establecer asociaciones sólidas con los países de origen, tránsito y destino que incluyan políticas sostenidas y a largo plazo que respondan a las múltiples dimensiones del desafío.

3.   ASOCIACIÓN — LA UE COMO FUERZA DE APLICACIÓN DE LA AGENDA 2030

72.

Si bien reconoce que cada país es el principal responsable de su propio desarrollo económico y social, la Agenda 2030 debe ser aplicada por todos los países y todas las partes interesadas, que actuarán en el marco de una asociación. El panorama del desarrollo se encuentra en fase de expansión e implica a nuevos agentes, cada vez más numerosos. Los Parlamentos, los partidos políticos, las autoridades regionales y locales, los centros de investigación, los organismos de carácter filantrópico, las cooperativas, el sector privado y la sociedad civil se han convertido en socios fundamentales para llegar a las personas más vulnerables y marginadas. Para lograr un desarrollo sostenible, es fundamental defender y promover un espacio en el que estos agentes del desarrollo puedan intervenir de manera segura.

3.1.   Trabajar mejor juntos

73.

En respuesta a los desafíos mundiales, la UE y sus Estados miembros tratarán de brindar su cooperación de una forma más eficaz, mejorando, entre otras cosas, su manera de trabajar en común, teniendo en cuenta sus respectivas ventajas comparativas. Esto incluye mejorar la eficacia y el efecto de sus iniciativas mediante una mayor coordinación y coherencia, aplicando los principios de la eficacia del desarrollo y haciendo de la cooperación para el desarrollo una parte del conjunto de acciones internas y externas para promover la aplicación de la Agenda 2030. Para ser más eficaz en la consecución de sus objetivos y coherente con el objetivo fundamental de erradicar la pobreza, la política de desarrollo de la UE debe poder adaptarse y responder a necesidades, crisis y prioridades cambiantes.

74.

La UE y sus Estados miembros coordinarán y desarrollarán posiciones comunes en los foros internacionales sobre las cuestiones relacionadas con la política de desarrollo. Esto reforzará la influencia colectiva de la UE y de sus Estados miembros y aumentará la eficacia de los debates multilaterales.

75.

A escala nacional, la UE y sus Estados miembros reforzarán la programación conjunta de la cooperación para el desarrollo con el fin de aumentar su impacto colectivo agrupando sus recursos y capacidades. Se debe promover y reforzar la programación conjunta, pero manteniendo su carácter voluntario, flexible, integrador y adaptado al contexto del país, y se debe permitir la sustitución de documentos de programación de la UE y los Estados miembros por documentos de programación conjunta de la UE. La implicación, la apropiación y la responsabilización del país socio son fundamentales para este proceso. La programación conjunta debe seguir la estrategia de desarrollo del país socio y alinearse con sus prioridades de desarrollo. La UE y sus Estados miembros colaborarán para desarrollar respuestas estratégicas basadas en los conocimientos compartidos, el valor añadido, las enseñanzas extraídas y el análisis conjunto del contexto del país, con especial atención a la pobreza y la sostenibilidad, así como al conjunto de sus relaciones con la UE. Al hacerlo, deberán tener en cuenta los medios disponibles para financiar el desarrollo, en consonancia con la Agenda de Acción de Adís Abeba. La UE y sus Estados miembros buscarán también una mayor coordinación y sinergias más importantes en países frágiles y afectados por conflictos, en particular recurriendo a procesos de programación conjunta y a un análisis conjunto de los conflictos. Ello también contribuirá al Nuevo pacto para la actuación en Estados frágiles.

76.

La mayor utilización de las respuestas conjuntas de la UE derivadas de la programación conjunta de la UE puede suponer un mayor impacto y visibilidad para la UE y sus Estados miembros sobre el terreno. Este planteamiento contribuirá a mancomunar recursos, reducir la fragmentación y aumentar la eficiencia. Los marcos comunes de seguimiento y resultados serán elementos esenciales de la respuesta conjunta a fin de mantener el impulso, alimentar el diálogo y fortalecer la responsabilidad mutua. La programación conjunta debe estar abierta a otros donantes pertinentes y a otros actores internacionales cuando las representaciones de la UE y de los Estados miembros lo consideren oportuno a escala de cada país.

77.

La UE y sus Estados miembros también tratarán de ayudar a los países socios mediante la aplicación conjunta cuando proceda. La aplicación conjunta es una manera de promover un apoyo de la UE más coherente, efectivo y coordinado, basado en objetivos comunes en sectores elegidos o en temas específicos intersectoriales y adaptados a los contextos de los distintos países. La aplicación conjunta se basará en análisis conjuntos, tendrá en cuenta los recursos disponibles y será controlada y evaluada conjuntamente. La aplicación conjunta puede realizarse a nivel nacional, regional o mundial y estar vinculada a otros ámbitos de la acción exterior, según corresponda.

78.

La aplicación conjunta será inclusiva y estará abierta a todos los socios de la UE que compartan una visión común y puedan contribuir a ella, con inclusión de las agencias de los Estados miembros y sus instituciones de financiación del desarrollo, el sector privado, la sociedad civil y el mundo académico. Puede incluirse también, cuando se considere oportuno, a otros gobiernos que compartan la misma visión, a las instituciones financieras y a las Naciones Unidas y otras organizaciones regionales e internacionales. La aplicación conjunta puede incluir varios métodos financieros, como la cofinanciación y la cooperación delegada, así como varios medios de aplicación no financieros, y debe basarse en las ventajas comparativas de los distintos agentes y en la puesta en común de mejores prácticas. En este contexto, la UE y los Estados miembros seguirán compartiendo las experiencias de todos los Estados miembros y aprendiendo de ellas, por ejemplo de las experiencias en materia de transición.

79.

La programación en materia de desarrollo sobre una base geográfica o temática seguirá un planteamiento plurianual. En su cooperación para el desarrollo, la UE y sus Estados miembros emplearán modalidades (ayuda a proyectos, apoyo a programas sectoriales, apoyo presupuestario sectorial y general, por ejemplo) y modos de entrega de ayuda (en particular el hermanamiento, la asistencia técnica y el refuerzo de las capacidades) distintos y complementarios, en función de lo que pueda dar mejores resultados en cada país, según sus capacidades, necesidades y resultados.

80.

La UE y sus Estados miembros, en su caso, estudiarán también las posibilidades de poner en común de los recursos y proceder a una toma de decisiones y una ejecución rápidas y flexibles para maximizar el impacto, la eficacia y la visibilidad de la cooperación para el desarrollo de la UE para la consecución de los ODS, a través de iniciativas, en particular los fondos fiduciarios de la UE utilizados para medidas de emergencia, actuaciones posteriores a las emergencias, o actuaciones temáticas, que pueden ofrecer oportunidades para una acción conjunta eficaz por parte de la UE, los Estados miembros y otros socios para el desarrollo. Estos fondos deben aportar eficacia administrativa y valor añadido y deben ser integradores, de forma que participen todos los donantes, incluidos los pequeños. La Comisión garantizará transparencia proporcionando, entre otras cosas, información periódica al Parlamento Europeo y al Consejo, así como a través de su participación adecuada en las estructuras de gobernanza correspondientes, con arreglo a la legislación de la UE aplicable. Los fondos fiduciarios aplicarán toda la gama de principios de eficacia del desarrollo y serán coherentes con las prioridades de desarrollo a largo plazo, con las estrategias por país de los Estados miembros y de la UE y con otros instrumentos y programas pertinentes.

81.

Una acción coordinada de la UE y de sus Estados miembros en materia de apoyo presupuestario contribuirá a promover los esfuerzos de aplicación de los ODS en los países socios, a mejorar la gestión macroeconómica y de las finanzas públicas y a conseguir un entorno empresarial más favorable. El apoyo presupuestario, cuando resulte pertinente y con los agentes que deseen participar, servirá para reforzar la asociación, el diálogo político, la implicación nacional y la responsabilidad mutua con los países en desarrollo, sobre la base de principios, objetivos e intereses compartidos y adecuados a los contextos político, económico y social de los países socios. El apoyo presupuestario se ejecutará de conformidad con los principios de eficacia del desarrollo cuando las condiciones sean adecuadas y existan sistemas de control eficaces de la gobernanza e irá acompañado de un refuerzo de las capacidades y de la transferencia de conocimientos, también de conocimientos especializados. De este modo, complementará los esfuerzos de los países en desarrollo por recaudar más y gastar mejor en favor del desarrollo sostenible y por promover el crecimiento integrador y la creación de empleo, la erradicación de la pobreza, la reducción de las desigualdades y la construcción de sociedades pacíficas. El apoyo presupuestario puede contribuir también a luchar contra las causas de la fragilidad y a promover la estabilidad y la consolidación del Estado en los países en transición o en situaciones de fragilidad.

82.

La combinación de subvenciones y préstamos, una manera de movilizar financiación privada adicional, es otro instrumento importante para la aplicación de la Agenda 2030. El enfoque combinado abarca todos los ámbitos de la cooperación exterior de la UE en sectores como la energía, las infraestructuras de transporte y suministro de agua, el apoyo a las pequeñas y medianas empresas, los sectores sociales y el medio ambiente. Se necesitará un mayor compromiso del sector privado, mediante el empleo de instrumentos financieros innovadores que permitan atraer más financiación privada hacia el desarrollo sostenible, y en particular hacia la acción por el clima. La combinación, que garantiza adicionalidad y se centra en elementos importantes para el desarrollo, será utilizada para mejorar la efectividad y subsanar las disfunciones del mercado, limitando a las vez sus distorsiones. Las actividades de combinación fomentarán la responsabilidad social de las empresas, en particular a través de la aplicación de orientaciones, principios e instrumentos pertinentes acordados a escala internacional. La combinación es un aspecto fundamental del Plan Europeo de Inversiones Exteriores. Una estrecha asociación con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y otras instituciones financieras de los Estados miembros constituirá el eje de las actividades de financiación combinada de la UE. Participarán también otras instituciones financieras internacionales.

3.2.   Promover asociaciones multilaterales más fuertes e integradoras

83.

El refuerzo de las asociaciones es el núcleo del planteamiento adoptado por la UE para la aplicación de los ODS. La UE y sus Estados miembros colaborarán más estrechamente con todos los demás agentes pertinentes para promover la aplicación de la Agenda 2030 y reforzar su capacidad de apropiación democrática. Los Parlamentos y los partidos políticos, así como las autoridades regionales y locales, deben desempeñar plenamente sus respectivos papeles, incluido el de escrutinio, junto con los gobiernos nacionales, y tienen que participar activamente en el proceso de toma de decisiones. Esto también incluye el importante papel de los Parlamentos nacionales y regionales en lo que respecta a la legislación, a los acuerdos sobre el presupuesto y a la rendición de cuentas de los gobiernos.

84.

Los gobiernos nacionales son los principales responsables de la aplicación de la Agenda 2030. En sus relaciones con los países socios, la UE y sus Estados miembros harán mayor hincapié en la apropiación nacional, la asociación y el diálogo, con el fin de contribuir a una gestión más eficaz. Respaldarán una planificación exhaustiva e inclusiva en los países en desarrollo, basada en estrategias de desarrollo, programas y presupuestos nacionales y subnacionales. Promoverán asimismo debates gubernamentales abiertos con todas las partes interesadas durante las fases de toma de decisiones, planificación, aplicación y revisión. Estos procesos permitirán a los gobiernos nacionales evaluar las capacidades de ejecución disponibles, detectar las carencias y seleccionar los ámbitos adecuados para el desarrollo y la cooperación internacional.

85.

Entre los objetivos fundamentales figurarán: reforzar las capacidades de los países en desarrollo para aplicar la Agenda 2030 a escala local, regional y nacional; fomentar entornos políticos favorables, especialmente para las comunidades más marginadas, y apoyar el aprendizaje de lecciones y la puesta en común de conocimientos. Además, se apoyará la movilización y el uso eficaz de los fondos públicos nacionales, con mucho la fuente más importante y estable de financiación del desarrollo sostenible. También se promocionarán sistemas de administración electrónica para una recaudación de impuestos eficaz así como la transparencia en la utilización de los fondos públicos. La UE y sus Estados miembros respaldarán el refuerzo de las capacidades en relación con los marcos de supervisión nacionales, la recogida, la desagregación y el análisis de datos de calidad, en particular a través de herramientas digitales de supervisión, y la coherencia de las políticas en favor del desarrollo sostenible.

86.

La realización de la mayoría de los ODS depende mucho de la participación activa de las autoridades locales y regionales. La UE y sus Estados miembros apoyarán, cuando proceda, las reformas de descentralización, transparencia y rendición de cuentas a fin de capacitar a las autoridades locales y regionales para lograr una mejor gobernanza y un mayor impacto en materia de desarrollo y responder mejor a las desigualdades dentro de los países. Apoyarán asimismo los procesos destinados a ayudar a las personas a interactuar eficazmente con las autoridades locales en todas las fases del proceso de elaboración y aplicación de las políticas y reforzarán su cooperación con las autoridades subnacionales, entre ellas las locales, también a través de una cooperación descentralizada.

87.

El éxito en la aplicación de la Agenda 2030 también depende de que se establezcan asociaciones más estrechas fuera del ámbito gubernamental. La UE y sus Estados miembros intensificarán las asociaciones con el sector privado, la sociedad civil —también con las organizaciones sindicales y patronales— las organizaciones multilaterales y regionales, el mundo académico, las diásporas y otras partes interesadas pertinentes. Seguirán apoyando la creación de capacidades para esos agentes, a fin de permitirles desempeñar plenamente su papel en la concepción, la aplicación, la supervisión y la evaluación de estrategias de desarrollo sostenible.

88.

La UE y sus Estados miembros intensificarán su colaboración con las organizaciones de la sociedad civil (OSC) que apoyan el desarrollo sostenible. Promoverán un espacio de maniobra y entornos propicios para las OSC, con plena participación pública, a fin de que puedan desempeñar sus funciones de defensoras independientes, de encargadas de la ejecución y de agentes del cambio en los ámbitos de la formación y la sensibilización al desarrollo y de la supervisión y la rendición de cuentas de las autoridades. Apoyarán asimismo los compromisos de las OSC en favor de una cooperación para el desarrollo eficaz, transparente, responsable y orientada a los resultados.

89.

La UE y sus Estados miembros reconocen el papel fundamental que desempeña el sector privado como motor de un desarrollo sostenible a largo plazo y la necesidad de colaborar con él mediante un diálogo estructurado y unos objetivos de desarrollo comunes. La UE y sus Estados miembros desarrollarán modalidades prácticas de asociación que sean colaborativas y transparentes y estén abiertas a la participación de empresas, ciudadanos y otras partes interesadas. Respaldarán unas prácticas comerciales sostenibles y éticas, y crearán incentivos para que el sector privado invierta en el desarrollo sostenible mundial.

90.

La UE y sus Estados miembros reforzarán su cooperación con organizaciones multilaterales, incluidos el sistema de las Naciones Unidas, el Fondo Monetario Internacional, el Grupo del Banco Mundial, los bancos regionales de desarrollo, el G7, el G20, la OCDE, y otras instituciones regionales y multilaterales. Les alentarán a que ajusten su planificación estratégica y sus actividades operativas a la Agenda 2030 y fomenten el apoyo coordinado y mutuo a su aplicación, en plena sintonía con las estrategias nacionales de desarrollo sostenible. Con el fin de mejorar la eficacia de las Naciones Unidas y su sistema de desarrollo, la UE y sus Estados miembros fomentarán reformas y sinergias con las Naciones Unidas, tanto a escala de instituciones como a escala de países con el objetivo de conseguir que el sistema de las Naciones Unidas actúe de forma unánime. La UE y sus Estados miembros alentarán a los países en desarrollo a participar en la gobernanza de las organizaciones multilaterales.

3.3.   Adaptar las asociaciones de desarrollo para reflejar las capacidades y necesidades

91.

La cooperación para el desarrollo continuará siendo específicamente nacional o regional, y se basará en las necesidades, estrategias, prioridades y recursos de los socios. La UE y sus Estados miembros cooperarán con los países en desarrollo según modalidades cada vez más diversificadas y adaptadas. Las asociaciones deberán incluir la cooperación para el desarrollo y la ayuda financiera y, además, una serie de estrategias, políticas e instrumentos, con el fin de tener en cuenta la creciente diversidad de las condiciones imperantes en los países en desarrollo.

92.

La cooperación para el desarrollo de la UE y sus Estados miembros, al tiempo que respeta plenamente las prioridades individuales de los Estados miembros, se dirigirá a los lugares más necesitados y en los que pueda tener un mayor efecto, especialmente en los países menos adelantados y en los que se encuentran en situaciones de fragilidad y conflicto. Dichos países, sobre todo en África, albergan a una proporción significante y en aumento de los pobres del mundo y tienen menor potencial para obtener fondos y menos medios para alcanzar los ODS. Continuarán dependiendo en gran medida de la financiación pública internacional en el futuro. Los flujos internacionales de financiación pública en condiciones más favorables, en especial las subvenciones, deben reequilibrarse en beneficio de los países que más la necesitan, en particular aquellos que se hallan en situaciones de fragilidad. La UE y sus Estados miembros prestarán atención a los desafíos específicos de países con niveles de renta situados entre la renta baja y la renta media.

93.

La UE y sus Estados miembros se comprometerán en la cooperación para el desarrollo, el diálogo político y las asociaciones con los países de renta media (PRM) por lo que respecta al desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza, las crisis de refugiados prolongadas y otros intereses compartidos. Combinarán formas de cooperación política, de seguridad, económica, científica, técnica, tecnológica y financiera, según convenga. Los diálogos sobre orden público y reforma tendrán en cuenta la diversidad de los PRM, fomentarán los intereses comunes y determinarán las prioridades, asociaciones y principios para la cooperación compartidos. Apoyarán la aplicación de los ODS, que proporcionan un marco común e integrado para la cooperación, y tratarán también de los bienes públicos mundiales y los desafíos que plantean.

94.

Muchos PRM aún albergan en su territorio a muchas personas que viven en la pobreza, y a menudo tienen unos altos niveles de desigualdad y de exclusión social. Un elemento clave en la relación con los PRM será garantizar que nadie quede al margen, lo que se conseguirá mediante la lucha contra la pobreza y contra los obstáculos formales e informales a la inclusión social a través de la creación y redistribución equitativas de la riqueza. La EU y sus Estados miembros abordarán asimismo la necesidad de acelerar y apoyar el fomento de un consumo y unos modelos de producción sostenibles, la reducción de residuos, la gestión responsable de los productos químicos y la eficiencia de los recursos. La UE y sus Estados miembros trabajarán para compartir conocimientos especializados y facilitar la transferencia de tecnología y el intercambio de buenas prácticas, en particular mediante el establecimiento de plataformas empresariales para microempresas y pymes, con el fin de fomentar la inversión responsable y la reforma fiscal en favor de la energía renovable, la gestión sostenible de recursos naturales y la promoción de la buena gobernanza, el Estado de Derecho y los derechos humanos.

95.

La UE y sus Estados miembros también fomentarán compromisos innovadores con países en desarrollo más avanzados, que incluirán la cooperación financiera e irán más allá de esta, ya que dichos países necesitan menos o ninguna ayuda en condiciones favorables. Dichos países resultan claves para la ejecución de la Agenda 2030 y al tratarse de grandes economías, su impacto sobre los retos y bienes públicos mundiales como el cambio climático es cada vez más importante.

Compromiso innovador con los países en desarrollo más avanzados

Los países en desarrollo más avanzados tienen importantes repercusiones e influencia en sus regiones, incluso como fuentes de estabilidad regional. Su cooperación con otros países en desarrollo se está expandiendo rápidamente y representa una parte importante del conjunto de la cooperación internacional.

La UE y sus Estados miembros desarrollarán nuevas asociaciones con los países en desarrollo más avanzados, con el fin de favorecer la aplicación de la Agenda 2030, mediante una más amplia gama de formas de cooperación. En el centro de dichas cooperación está el diálogo sobre el orden público y la reforma. Los diálogos políticos promoverán los intereses mutuos e identificarán las prioridades comunes, asociaciones y principios de cooperación para la ejecución de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), que facilitan un marco común e integrado de cooperación. Estas nuevas asociaciones se esforzarán por promover el intercambio de mejores prácticas, la asistencia técnica y el intercambio de conocimientos. Además, la UE y sus Estados miembros trabajarán con dichos países para fomentar una cooperación Sur-Sur y triangular coherente con los principios de eficacia del desarrollo.

96.

Los acuerdos, estrategias, marcos, colaboraciones y políticas regionales en relación con todos los países en desarrollo se guiarán por el Consenso y se basarán en objetivos, principios y valores comunes. Promoverán la aplicación de la Agenda 2030 a escala regional con los países socios, incluidos los de África, el Caribe y el Pacífico, así como de Latinoamérica y Asia.

97.

Dicho Consenso servirá de guía a las acciones de la UE en los países en desarrollo de las regiones vecinas de manera coherente y consistente con la política europea de vecindad. La UE y sus Estados miembros utilizarán una combinación de instrumentos en su vecindad, en consonancia con otras acciones llevadas a cabo por la UE en el marco de la Agenda 2030.

4.   REFORZAR LOS PLANTEAMIENTOS DESTINADOS A AUMENTAR EL IMPACTO DE LA UE

4.1.   Movilizar y hacer un uso eficaz de todos los medios de ejecución

98.

Con el fin de reflejar el marco definido por la Agenda de Acción de Adís Abeba y la Agenda 2030, la Unión Europea y sus Estados miembros deberán adaptar su planteamiento con objeto de movilizar todos los medios de ejecución y hacer un uso racional de ellos, incluso mediante mecanismos de financiación innovadora. Ello requiere un renovado interés en establecer un entorno político propicio y favorable a todos los niveles. Ello incluye movilizar y hacer un uso efectivo de los fondos públicos nacionales e internacionales, movilizar el sector privado nacional e internacional, fortalecer la capacidad de los países socios para producir cambios, estimular el comercio y la inversión, fomentar la ciencia, la tecnología y la innovación, así como hacer frente a los retos y aprovechar los efectos positivos de la migración.

99.

La UE y sus Estados miembros colaborarán con los países socios para fomentar un entorno político propicio a la ejecución de la Agenda 2030. Contribuirán a apoyar la capacidad de los Estados para formular y aplicar políticas nacionales de desarrollo sostenible y marcos de resultados así como a aumentar la responsabilidad y la capacidad de respuesta ante los ciudadanos. Fomentarán políticas que asocien las acciones públicas y privadas favorables al desarrollo y que permitan un entorno favorable a un crecimiento sostenible integrador y su justa distribución por medio de los presupuestos nacionales. Planificarán su cooperación para el desarrollo mediante el fortalecimiento de las propias capacidades de los países para ejecutar la Agenda 2030 y satisfacer las necesidades y aspiraciones de sus pueblos.

100.

La UE y sus Estados miembros se centrarán más en la creación de recursos suplementarios nacionales para el desarrollo sostenible en los países socios. Ello incluirá fomentar la movilización de recursos nacionales, fomentar entornos que acrecienten los flujos interiores privados, estimular el comercio internacional como motor de desarrollo y luchar contra los flujos financieros ilícitos.

Movilizar y utilizar los recursos nacionales

Reforzar la movilización de los recursos nacionales resulta clave por lo que respecta a los esfuerzos de todos los gobiernos por logar un crecimiento integrador, la erradicación de la pobreza y el desarrollo sostenible. Ello aumenta la previsibilidad y estabilidad de la financiación del desarrollo sostenible y reduce la dependencia de la ayuda. Junto con una buena gestión del gasto público, ofrece más bienes y servicios públicos allí donde se necesitan, fortaleciendo el contrato social entre el gobierno y los ciudadanos.

La UE y sus Estados miembros fomentarán la movilización y el uso eficaz y eficiente de los recursos, en particular mediante iniciativas como «recaudar más, gastar mejor». Abordarán el fraude fiscal, la evasión fiscal y los flujos financieros ilícitos, así como la eficiencia, la eficacia y la equidad de los sistemas fiscales y de financiación de la protección social. La UE y sus Estados miembros apoyan asimismo la iniciativa fiscal de Adís y el trabajo de la OCDE/G20 para hacer frente a la erosión de la base imponible y la transferencia de beneficios, con la inclusión de la información país por país y el intercambio de información fiscal para garantizar que las empresas paguen los impuestos que corresponden a sus actividades y ganancias comerciales. Respaldan la participación de los países en desarrollo en la gobernanza mundial en materia fiscal y en las conversaciones internacionales así como en los procesos de normalización, en particular en el marco del Foro mundial sobre transparencia e intercambio de información con fines fiscales y de los debates de G20/OCDE. Se comprometen a garantizar la coherencia entre sus políticas fiscales y los efectos de estas en los países en desarrollo.

101.

La financiación pública nacional resulta crucial a la hora de ejecutar la Agenda 2030 en todos los países. La UE y sus Estados miembros intensificarán su apoyo a los países en desarrollo en su esfuerzo por reforzar la movilización de ingresos y la gestión del gasto público y de la deuda pública, por desarrollar sistemas de tasas, por aumentar la eficiencia y eficacia del gasto público y por eliminar gradualmente las subvenciones a los combustibles fósiles perjudiciales para el medio ambiente. La ayuda oficial al desarrollo (AOD) debe seguir desempeñando un papel importante para complementar los esfuerzos de los países —en particular los más pobres y los más vulnerables— por movilizar recursos a nivel nacional. La UE y sus Estados miembros pueden contribuir a aumentar la eficacia de la inversión pública en los países socios, respaldando los marcos de estabilidad macroeconómica y presupuestaria, la solidez de las políticas y reformas sectoriales, unos marcos presupuestarios globales a medio plazo y anuales, y unos buenos sistemas de gestión de las finanzas públicas, entre otras cosas mediante unos procedimientos transparentes y sostenibles de adjudicación de contratos.

102.

La UE y sus Estados miembros son generosos proveedores de cooperación para el desarrollo, ya que han provisto más de la mitad de la ayuda oficial al desarrollo (AOD) en los últimos años. Si bien la AOD es cuantitativamente escasa para el conjunto de los países en desarrollo, es una fuente esencial de financiación para los países más pobres y para los países menos adelantados (PMA), que carecen de la capacidad interna de obtener financiación de otras fuentes. La AOD puede contribuir asimismo a apalancar otros medios de ejecución, en especial la financiación pública nacional y la inversión privada, pero también la ciencia, la tecnología y la innovación.

103.

La UE se ha comprometido a destinar colectivamente el 0,7 % de su renta nacional bruta (RNB) a la ayuda oficial al desarrollo (AOD) en el plazo previsto por la Agenda 2030. Con el fin de destinar selectivamente los recursos allí donde sean más necesarios, especialmente los PMA y los Estados en situación de fragilidad y conflicto, la UE se compromete a alcanzar colectivamente el objetivos del 0,15-0,20 % de la AOD/RNB a los PMA a corto plazo, y alcanzar el 0,20 % de la AOD/RNB a los PMA en el marco temporal de la Agenda 2030. La UE y sus Estados miembros también reconocen los particulares desafíos con los que se enfrentan los países en desarrollo de África. A este respecto, la UE subraya la importancia de priorizar la AOD al continente respetando plenamente al mismo tiempo las prioridades individuales de los Estados miembros en materia de ayuda al desarrollo. La UE y sus Estados miembros reafirman todos sus compromisos de AOD individuales y colectivos, y tomarán medidas verificables y realistas para lograr estos compromisos. Seguirán supervisando los avances e informarán anualmente para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas.

104.

La UE y sus Estados miembros seguirán incrementando la movilización de la financiación de la lucha contra el cambio climático como parte de un esfuerzo global, en particular prestando un decidido apoyo a la mitigación y a la adaptación al cambio climático en los países en desarrollo, respetando los compromisos adquiridos en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y en el Acuerdo de París. Reconocen la necesidad de redoblar los esfuerzos, al igual que la financiación, para adaptarse a la lucha contra el cambio climático y el calentamiento del planeta, entre otras cosas a través de su política exterior y de cooperación para el desarrollo. Procurarán reforzar e incrementar los beneficios paralelos para la lucha contra el cambio climático derivados del impulso de programas de cooperación. La UE y sus Estados miembros se han comprometido a movilizar su participación correspondiente del objetivo de los países desarrollados de movilizar conjuntamente cada año 100 mil millones de dólares estadounidenses de aquí a 2020 y hasta 2025, destinados a la mitigación y la adaptación, procedentes de una gran variedad de fuentes, instrumentos y canales. La UE y sus Estados miembros continuarán el diálogo político con el fin de incrementar los compromisos por parte de otros proveedores.

105.

La UE y sus Estados miembros continuarán garantizando que la AOD esté selectivamente orientada y sea utilizada estratégicamente, y de manera coherente en relación con otros medios de ejecución procedentes de otras fuentes. A este respecto, la UE desarrollará iniciativas que ayuden a medir mejor el espectro total de la financiación al desarrollo, tales como la medida propuesta por la OCDE sobre apoyo oficial total para el desarrollo sostenible.

106.

La cooperación para el desarrollo apoyará a países socios con el fin de generar un crecimiento inclusivo mediante su participación en el comercio mundial, así como para reforzar la contribución de la política comercial de la UE al desarrollo sostenible. La cooperación para el desarrollo contribuirá a reforzar la inclusión y la ejecución de los capítulos de comercio y desarrollo sostenible en los acuerdos comerciales, a aumentar el acceso preferencial de los países vulnerables al mercado de la UE y a apoyar el comercio ético y justo y a desarrollar más políticas que garanticen la gestión responsable de las cadenas de suministro. Ello incluye apoyar la ejecución de acuerdos de asociación económica y acuerdos de libre comercio con países en desarrollo, así como de preferencias unilaterales tales como el acceso sin aranceles ni cuotas al mercado de la UE facilitado a los PMA mediante el acuerdo «Todo menos armas». Una mejor coordinación de los programas de ayuda y cooperación en estos ámbitos, permitirá a la UE aprovechar las oportunidades y reforzar las relaciones comerciales con nuestros socios para promocionar entre ellos esta Agenda, basada en los valores.

107.

La UE y sus Estados miembros fomentarán el recurso a otros medios de aplicación, como la ciencia, la tecnología y la innovación. Procurarán maximizar las oportunidades de que la ciencia, la tecnología y la innovación exploren nuevas soluciones a los desafíos mundiales, teniendo en cuenta el trabajo del Mecanismo de Facilitación de la Tecnología, el Banco de Tecnología para los Países Menos Adelantados y otras organizaciones pertinentes. Seguirán invirtiendo en investigación y desarrollo en y para los países en desarrollo, lo que incluye el refuerzo de los sistemas nacionales de innovación. Tratarán asimismo de reforzar los efectos tangibles sobre los progresos efectuados en favor de los ODS en el marco de un enfoque responsable de la investigación y la innovación, basado principalmente en el libre acceso a los resultados y datos de la investigación para los proyectos financiados por fondos públicos y la enseñanza de las ciencias.

4.2.   Coherencia de las políticas en favor del desarrollo con el fin de alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible (ODS)

108.

El desarrollo sostenible está en el corazón del proyecto de la UE y firmemente anclado en los Tratados, en particular en lo que respecta a la acción exterior. La UE y sus Estados miembros se comprometen a garantizar un desarrollo que se ajuste a las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras de hacer frente a sus necesidades. Garantizar la coherencia de las políticas en favor del desarrollo sostenible tal y como se recoge en la Agenda 2030 requiere tener en cuenta la repercusión de todas las políticas en el desarrollo sostenible a todos los niveles: nacional, dentro de la UE, en cada país y a escala mundial.

109.

La UE y sus Estados miembros reafirman su compromiso con la coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD), lo que requiere tener en cuenta los objetivos de cooperación para el desarrollo en sus políticas que probablemente afecten a los países en desarrollo. Se trata de un elemento crucial de la estrategia para lograr los ODS y una importante contribución al objetivo más amplio de la coherencia de las políticas en favor del desarrollo sostenible (CPDS). La Agenda 2030 brinda a la UE y sus Estados miembros un nuevo impulso para formular y ejecutar políticas que se refuercen entre sí.

110.

El consenso guiará los esfuerzos de aplicación de la CPD en todas las políticas y todos los ámbitos cubiertos por la Agenda 2030, y explorará sinergias, especialmente por lo que se refiere al comercio, las finanzas, el medio ambiente y el cambio climático, la seguridad alimentaria, las migraciones y la seguridad. Se prestará especial atención a la lucha contra los flujos financieros ilícitos y la evasión fiscal, así como a la promoción del comercio y la inversión responsable.

111.

La aplicación del nuevo marco universal para el desarrollo sostenible en el ámbito de la cooperación para el desarrollo es una responsabilidad compartida por todas las partes interesadas. El desarrollo sostenible requiere un enfoque de conjunto e intersectorial y es, en última instancia, una cuestión de gobernanza que necesita abordarse en cooperación con todas las partes interesadas y a todos los niveles. Por lo tanto, la UE y sus Estados miembros promoverán «una perspectiva de la administración en su conjunto» y garantizarán la supervisión política y la coordinación de los esfuerzos a todos los niveles en la aplicación de los ODS. Con objeto de apoyar mejor la elaboración de políticas y la toma de decisiones, garantizarán una base fáctica a la incidencia de estas políticas en los países en desarrollo mediante consultas, la participación de las partes interesadas y la realización de evaluaciones de impacto ex ante y ex post de las principales medidas. La actuación en curso de la UE en relación con las cadenas mundiales de suministro sostenible, como por ejemplo en los sectores forestal y de la confección, ilustra las ventajas de aplicar un planteamiento coherente. Las medidas deberán, cuando proceda, indicar cómo van a contribuir al desarrollo sostenible en los países en desarrollo. Ello servirá asimismo para mejorar la supervisión de la CPD y los informes sobre esta por parte de la UE y sus Estados miembros.

112.

Dada la universalidad de la Agenda 2030, la UE y sus Estados miembros animarán también a otros países a evaluar el impacto de sus políticas sobre los ODS, en particular en los países en desarrollo. Además, la UE y sus Estados miembros fortalecerán su diálogo con los países socios por lo que se refiere a la coherencia de las políticas y los respaldaran en sus esfuerzos por implantar marcos institucionales que garanticen la coherencia de las políticas en favor del desarrollo sostenible. Asumirán un papel dirigente a la hora de fomentar dicha coherencia de las políticas en los foros internacionales tales como las Naciones Unidas y el G20, como parte de su apoyo global a la Agenda 2030 por lo que se refiere a la acción exterior.

4.3.   Eficacia del desarrollo

113.

La UE y sus Estados miembros reafirman su compromiso de aplicar los grandes principios de la eficacia del desarrollo, tal y como se adoptaron en Busan en 2011, y se renovaron en el Foro de Alto Nivel en Nairobi en 2016. Se comprometen a dar mayor relieve a los resultados, incrementar la transparencia y la responsabilidad mutua, mejorar la capacidad de los países de tomar sus propias decisiones y fomentar asociaciones de desarrollo inclusivas. Reconocen la necesidad de que todos los recursos para el desarrollo y todos los socios trabajen juntos eficazmente con el fin de garantizar resultados sostenibles y que no se deje a ninguno de lado. La UE y sus Estados miembros impulsarán sus trabajos en todos los ámbitos, en particular en el contexto de la Alianza Mundial de Cooperación Eficaz para el Desarrollo. La cooperación para el desarrollo se llevará a cabo en estrecha cooperación con otros interlocutores y con plena transparencia respecto de los ciudadanos que residen en Europa y en los países en desarrollo.

114.

Los principios de la eficacia del desarrollo se aplicarán a todas las formas de cooperación para el desarrollo. Se trata, en particular, de la financiación pública internacional, como la AOD y la cooperación Sur-Sur y triangular, los préstamos en condiciones favorables o no, las actividades de los agentes de la sociedad civil, el sector privado y las fundaciones filantrópicas. La UE y sus Estados miembros esperan que todos los socios del desarrollo integren estos principios en sus propias actividades, adaptándolas a sus respectivas situaciones.

115.

La UE y sus Estados miembros seguirán promoviendo la transparencia, que debería abarcar progresivamente toda la gama de los recursos consagrados al desarrollo. Desarrollarán herramientas que permitan establecer y utilizar los datos de la cooperación para el desarrollo de manera más eficaz. Ayudarán a los países socios a establecer un vínculo entre los recursos consagrados al desarrollo y los resultados, gracias a una mejor conexión entre los procesos de planificación y de elaboración de presupuestos con el fin de mejorar los procesos y las normas de rendición de cuentas.

116.

La UE y sus Estados miembros seguirán promoviendo y supervisando el recurso a los sistemas nacionales en todas las modalidades de ayuda, y cuando la calidad lo permita, también a nivel local, con el fin de mejorar la apropiación democrática y la eficacia de las instituciones a escala nacional y subnacional. Evaluarán conjuntamente la eficacia de los sistemas de los países socios, para garantizar un enfoque coordinado con conocimiento de causa. La UE y sus Estados miembros acelerarán sus esfuerzos por desvincular la ayuda y alentarán a hacer lo mismo a todos los proveedores de la cooperación para el desarrollo, con inclusión de las economías emergentes. Tienen como objetivo refinar la definición de la desvinculación de la ayuda con el fin de garantizar que todos los proveedores internacionales de fondos, con inclusión de los socios de desarrollo emergentes, también desvinculen su ayuda en régimen de reciprocidad.

5.   SEGUIMIENTO DE NUESTROS COMPROMISOS

117.

En lo que respecta a la cooperación para el desarrollo, la UE y sus Estados miembros están plenamente comprometidos con un sistema completo, transparente y responsable de seguimiento y evaluación por lo que respecta a la aplicación de la Agenda 2030. Ello incluye la rendición de cuentas a los ciudadanos de la UE, en particular a través del Parlamento Europeo y de los parlamentos nacionales.

118.

La UE y sus Estados miembros adaptarán progresivamente sus sistemas de elaboración de informes en el ámbito de la cooperación para el desarrollo a fin de garantizar la coherencia con los procesos de seguimiento y los indicadores de la Agenda 2030. Mejorarán la calidad y disponibilidad de los datos sobre actividades de cooperación para el desarrollo en la Agenda 2030. Garantizarán que sus sistemas de elaboración de informes sean cada vez más comparables y coherentes con los de otros compromisos internacionales.

119.

La UE y sus Estados miembros incorporarán la Agenda 2030 y fomentarán el uso de los indicadores de los ODS para medir los resultados en materia de desarrollo a nivel de cada país. En particular, los indicadores de los ODS pueden fomentar y facilitar un planteamiento común a escala de la UE centrado en los resultados que favorezca una comunicación armonizada de los resultados a nivel de los países socios, incluidos los marcos de resultados de los países socios, cuando existan.

120.

La UE y sus Estados miembros elaborarán un informe de síntesis conjunto sobre el consenso europeo en materia de desarrollo que incluirá el impacto de sus medidas en el ámbito de la Agenda 2030 en los países en desarrollo, como contribución al informe de la UE presentado en el Foro Político de Alto Nivel de las Naciones Unidas, que se reúne a nivel de Jefes de Estado cada cuatro años. Dicho informe aprovechará y tomará como base otros informes pertinentes de la UE, incluido la notificación sobre los resultados obtenidos, la AOD, la responsabilidad en la financiación para el desarrollo, la CPD y el seguimiento de los ODS en el contexto de la UE.

121.

La UE y sus Estados miembros impulsarán la capacidad estadística de los países en desarrollo, entre otras cosas mediante el refuerzo de la capacidad de producción y de análisis de datos, con el fin de lograr información útil para la elaboración de políticas y la toma de decisiones. Estos datos deberán desglosarse, cuando sea posible, en función de la renta, el sexo, la edad y otros factores, y aportar información sobre los grupos marginados, vulnerables y difíciles de alcanzar, la gobernanza integradora y otras cuestiones, en consonancia con el enfoque de la UE basado en el respeto de los derechos. También será necesario invertir en el refuerzo de los institutos estadísticos a nivel subnacional, nacional y regional, y el uso de nuevas tecnologías y fuentes de datos. La UE y sus Estados miembros alentarán a sus países socios a que incluyan las voces de las comunidades marginadas en el seguimiento de los ODS y a que fomenten mecanismos concretos para dicho fin.

122.

Además, la educación para el desarrollo y la sensibilización pueden desempeñar un papel importante a la hora de conseguir un mayor compromiso entre el público y de abordar los ODS a escala nacional y mundial, contribuyendo de esta forma a una ciudadanía mundial.

123.

Se llevará a cabo una evaluación intermedia de la aplicación de este consenso para 2024. Dicha evaluación indicará cómo se ha aplicado el consenso y lo que este ha conseguido en apoyo de la ejecución de la Agenda 2030. La UE y sus Estados miembros evaluarán sistemáticamente los progresos realizados y adaptarán sus acciones para garantizar que su cooperación para el desarrollo, gracias, en particular, a sus vínculos con los ámbitos de actuación conexos, siga apoyando la aplicación de la Agenda 2030 en los países en desarrollo.


(1)  A/RES/70/1.

(2)  A/RES/69/313.

(3)  A/RES/69/283.

(4)  FCCC/CP/2015/L.9/REV.1.

(5)  A/RES/71/256.


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