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Document 32003R0342
Commission Regulation (EC) No 342/2003 of 21 February 2003 amending for the 12th time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with Usama bin Laden, the Al-Qaida network and the Taliban, and repealing Council Regulation (EC) No 467/2001
Reglamento (CE) n° 342/2003 de la Comisión, de 21 de febrero de 2003, que modifica por duodécima vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y que deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo
Reglamento (CE) n° 342/2003 de la Comisión, de 21 de febrero de 2003, que modifica por duodécima vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y que deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo
DO L 49 de 22.2.2003, pp. 13–14
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In force
Reglamento (CE) n° 342/2003 de la Comisión, de 21 de febrero de 2003, que modifica por duodécima vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y que deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo
Diario Oficial n° L 049 de 22/02/2003 p. 0013 - 0014
Reglamento (CE) no 342/2003 de la Comisión de 21 de febrero de 2003 que modifica por duodécima vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y que deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 244/2003 de la Comisión(2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 7, Considerando lo siguiente: (1) En el anexo I del Reglamento (CE) n° 881/2002 figura una lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta el bloqueo de fondos y recursos económicos conforme al mismo Reglamento. (2) El 20 de febrero de 2003, el Comité de sanciones decidió modificar la lista de personas, grupos y entidades a los cuales se aplicará el bloqueo de capitales y recursos económicos; el anexo I debería, pues, ser modificado en consecuencia. (3) Para garantizar la efectividad de las medidas previstas en el presente Reglamento, éste debe entrar en vigor inmediatamente. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El anexo I del Reglamento (CE) n° 881/2002 se modificará de conformidad con el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 21 de febrero de 2003. Por la Comisión Christopher Patten Miembro de la Comisión (1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9. (2) DO L 33 de 8.2.2003, p. 28. ANEXO El anexo I del Reglamento (CE) n° 881/2002 se modificará como sigue: La entrada siguiente se añadirá al epígrafe "Personas físicas": Hekmatyar, Gulbuddin (alias Gulabudin Hekmatyar, Golboddin Hikmetyar, Gulbuddin Khekmatiyar, Gulbuddin Hekmatiar, Gulbuddin Hekhmartyar, Gulbudin Hekmetyar); fecha de nacimiento: 1 de agosto de 1949; lugar de nacimiento: Provincia de Konduz, Afganistán.