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Document 32003R0105
Commission Regulation (EC) No 105/2003 of 21 January 2003 amending Regulation (EC) No 1081/2002 increasing to 578820 tonnes the quantity of barley held by the French intervention agency for which a standing invitation to tender for export has been opened
Reglamento (CE) n° 105/2003 de la Comisión, de 21 de enero de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1081/2002 y se eleva a 578820 toneladas la licitación permanente para la exportación de cebada en poder del organismo de intervención francés
Reglamento (CE) n° 105/2003 de la Comisión, de 21 de enero de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1081/2002 y se eleva a 578820 toneladas la licitación permanente para la exportación de cebada en poder del organismo de intervención francés
DO L 16 de 22.1.2003, pp. 10–11
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Reglamento (CE) n° 105/2003 de la Comisión, de 21 de enero de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1081/2002 y se eleva a 578820 toneladas la licitación permanente para la exportación de cebada en poder del organismo de intervención francés
Diario Oficial n° L 016 de 22/01/2003 p. 0010 - 0011
Reglamento (CE) no 105/2003 de la Comisión de 21 de enero de 2003 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1081/2002 y se eleva a 578820 toneladas la licitación permanente para la exportación de cebada en poder del organismo de intervención francés LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1666/2000(2) y, en particular, su artículo 5, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CEE) n° 2131/93 de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1630/2000(4), fija los procedimientos y condiciones de puesta a la venta de los cereales en poder de los organismos de intervención. (2) El Reglamento (CE) n° 1081/2002 de la Comisión(5) ha abierto una licitación permanente para la exportación de 300000 toneladas de cebada en poder del organismo de intervención francés. Francia ha informado a la Comisión de que su organismo de intervención tiene la intención de proceder a un aumento de 278820 toneladas de la cantidad sacada a licitación para la exportación. Es conveniente elevar a 578820 toneladas la cantidad global sacada a licitación permanente para la exportación de cebada en poder del organismo de intervención francés. (3) Teniendo en cuenta el aumento de las cantidades sacadas a licitación, resulta necesario introducir modificaciones en la lista de las regiones y de las cantidades almacenadas. Es conveniente, por consiguiente, modificar, en particular, el anexo I del Reglamento (CE) n° 1081/2002. (4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El Reglamento (CE) n° 1081/2002 se modificará como sigue: 1) El artículo 2 se sustituirá por el texto siguiente: "Artículo 2 1. La licitación se referirá a una cantidad máxima de 578820 toneladas de cebada que habrán de exportarse a cualquier país tercero con excepción de Estados Unidos de América, Canadá y México. 2. En el anexo I se detallan las regiones en las que se encuentran almacenadas 578820 toneladas de cebada." 2) El anexo I se sustituirá por el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 21 de enero de 2003. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 181 de 1.7.1992, p. 21. (2) DO L 193 de 29.7.2000, p. 1. (3) DO L 191 de 31.7.1993, p. 76. (4) DO L 187 de 26.7.2000, p. 24. (5) DO L 164 de 22.6.2002, p. 16. ANEXO "ANEXO I >SITIO PARA UN CUADRO>"