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Documento 62016TO0010(01)

Auto del Presidente del Tribunal General de 6 de abril de 2016.
GABO:mi Gesellschaft für Ablauforganisation:milliarium mbH & Co. KG contra Comisión Europea.
Procedimiento sobre medidas provisionales — Subvenciones — Sexto y séptimo programas marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2002-2006 y 2007-2013) — Escritos solicitando el reembolso de una parte de las subvenciones concedidas — Nota de adeudo — Demanda de suspensión de la ejecución — Admisibilidad — Inexistencia de urgencia.
Asunto T-10/16 R.

Recopilación de la Jurisprudencia. Recopilación general. Sección «Información sobre las resoluciones no publicadas»

Auto del Presidente del Tribunal General de 6 de abril de 2016 — GABO:mi/Comisión

(Asunto T‑10/16 R)

«Procedimiento sobre medidas provisionales — Subvenciones — Sexto y séptimo programas marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2002-2006 y 2007-2013) — Escritos solicitando el reembolso de una parte de las subvenciones concedidas — Nota de adeudo — Demanda de suspensión de la ejecución — Admisibilidad — Inexistencia de urgencia»

1. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos de admisibilidad — Admisibilidad prima facie del recurso principal — Examen sumario del recurso principal por el juez de medidas provisionales — Actos que no producen efectos jurídicos obligatorios — Actos contra los que no cabe interponer recurso de anulación — Actos indisociables de las relaciones contractuales existentes entre la Comisión y la demandante — Nota de adeudo y escritos informativos remitidos por la Comisión que constituyen un mero requerimiento sin carácter ejecutivo — Inadmisibilidad (Arts. 263 TFUE, 272 TFUE y 299 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156) (véanse los apartados 14 a 16 y 23 a 27)

2. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Perjuicio grave e irreparable — Perjuicio ya producido — Reparación que se sitúa fuera de la finalidad del procedimiento sobre medidas provisionales — (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156) (véanse los apartados 22 y 48)

3. 

Recurso de anulación — Recurso cuyo objeto es en realidad un litigio de naturaleza contractual — Recalificación del recurso — Requisitos [Arts. 263 TFUE y 272 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 76, letra d)] (véase el apartado 28)

4. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos de admisibilidad — Admisibilidad prima facie del recurso principal — Invocación de forma acumulada de fundamentos jurídicos relativos a la vertiente contractual y a la vertiente extracontractual del litigio — Inadmisibilidad de la demanda de medidas provisionales basada en la inadmisibilidad prima facie de los motivos relativos a la vertiente extracontractual del recurso principal — Admisibilidad de la misma demanda basada en la admisibilidad prima facie de los motivos relativos a la vertiente contractual del recurso principal (Arts. 263 TFUE y 272 TFUE) (véanse los apartados 29 a 32)

5. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Demanda — Requisitos de forma — Indicación vaga e imprecisa del objeto de la demanda — Inadmisibilidad [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 76, letra e), y 156, ap. 4] (véase el apartado 33)

6. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carácter acumulativo — Ponderación de todos los intereses en conflicto — Orden en que deben examinarse y modo de verificación — Facultad de apreciación del juez de medidas provisionales (Arts. 256 TFUE, ap. 1, 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156, ap. 3) (véanse los apartados 34 y 35)

7. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carga de la prueba — Perjuicio previsible con un grado suficiente de probabilidad (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156, ap. 3) (véase el apartado 46)

8. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio moral que no puede ser reparado en mayor medida en el procedimiento sobre medidas provisionales que en el principal — Inexistencia de urgencia (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156, ap. 3) (véase el apartado 49)

9. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carga de la prueba — Perjuicio económico — Situación que podría poner en peligro la existencia de la sociedad demandante — Apreciación a la vista de la situación del grupo al que pertenece la empresa y su accionariado — Incapacidad jurídica de dicho grupo para aportar un apoyo financiero — Falta de prueba suficiente al respecto (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE) (véanse los apartados 51, 52, 56, 61 y 63 a 65)

10. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Urgencia — Carga de la prueba — Obligación de aportar indicaciones concretas y precisas, confirmadas por pruebas documentales detalladas, en el momento de la presentación de la demanda (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156, ap. 3) (véanse los apartados 53, 54, 79 y 80)

11. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Examen prima facie de los motivos invocados en apoyo del recurso principal (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156, ap. 3) (véase el apartado 68)

12. 

Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Financiación que sólo cubre los gastos efectivamente soportados — Justificación de la realidad de los gastos declarados — Presentación de documentos contables, ajustados a los requisitos técnicos establecidos para la concesión de la subvención de que se trata, que puedan ser revisados con ocasión de una auditoría — Inexistencia — Gastos no subvencionables (Art. 317 TFUE) (véanse los apartados 76, 77 y 82)

13. 

Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de forma — Presentación de las demandas — Exposición sumaria de los motivos invocados — Falta de explicación suficiente de los motivos que constituyen un fumus boni iuris — Remisión global a otros escritos — Inadmisibilidad (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 156, ap. 3) (véase el apartado 79)

14. 

Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Contratos celebrados en el marco de un programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración — Alcance de la financiación concedida por la Unión para un proyecto concreto — Totalidad de los gastos corrientes de la empresa beneficiaria — Exclusión (Art. 317 TFUE) (véase el apartado 83)

Objeto

Demanda de suspensión de la ejecución, por una parte, de dos escritos de la Comisión de 2 de diciembre de 2015 en los que se informaba a la demandante que aquella procedería a la recuperación de una parte de las subvenciones que se le concedieron en el marco de los programas marco sexto y séptimo de la Comunidad Europea para las acciones de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración (2002-2006 y 2007-2013) y, por otra parte, de una nota de adeudo de la Comisión en la que se ordenaba a la demandante que ingresara la cantidad de 1770417,29 euros no más tarde del 15 de enero de 2016.

Fallo

1) 

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2) 

Revocar el auto de 18 de enero de 2016 en el asunto T‑10/16 R.

3) 

Reservar la decisión sobre las costas.

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