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Document 32013L0034

Estados financieros comparables y claros en toda la UE

Estados financieros comparables y claros en toda la UE

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2013/34/UE sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Tiene por objeto:

  • garantizar la claridad y la comparabilidad de los estados financieros, además de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF);
  • limitar las cargas administrativas y establecer unas normas contables simples y sólidas, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes);
  • aumentar la transparencia de los pagos realizados por las industrias minera y forestal a los Gobiernos, así como de los impuestos sobre sociedades que pagan los grupos multinacionales muy grandes;
  • establecen las normas relativas a la información corporativa en materia de sostenibilidad tras las modificaciones de la Directiva (UE) 2022/2464, la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD).

PUNTOS CLAVE

  • La legislación se aplica a las sociedades de responsabilidad limitada de la Unión Europea (UE).
  • La legislación define y diferencia entre las microempresas, las pequeñas empresas, las medianas empresas y las grandes empresas, en función de su:
    • balance,
    • volumen de negocios neto,
    • número medio de empleados durante un ejercicio contable.
  • Para cada una de las siguientes categorías de tamaño, establece tres límites, dos de los cuales no deben excederse:
    • microempresas: balance (350 000 EUR), volumen de negocios neto (700 000 EUR), empleados (10);
    • pequeñas empresas: balance (4 millones EUR), volumen de negocios neto (8 millones EUR), empleados (50);
    • medianas empresas: balance (20 millones EUR), volumen de negocios neto (40 millones EUR), empleados (250).
  • Las grandes empresas superan al menos dos de los tres criterios siguientes: balance (20 millones EUR), volumen de negocios neto (40 millones EUR) y empleados (250).

De la misma manera, la Directiva establece normas similares para los grupos de empresas (compuestos por empresas matrices y filiales) de diferentes tamaños.

  • Los estados financieros anuales deben:
    • contener, como mínimo, el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y las notas explicativas de los estados financieros*;
    • ofrecer una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la sociedad;
    • ser publicados por cada sociedad en el registro nacional de empresas pertinente.
  • La Directiva establece principios generales de información financiera, como la aplicación coherente de las políticas contables y las bases de valoración de un ejercicio al siguiente.
  • Las normas detalladas abarcan la presentación de los balances, las cuentas de pérdidas y ganancias y las notas explicativas de los estados financieros, así como los informes de gestión, la información no financiera, la gobernanza empresarial y los estados consolidados.
  • Las obligaciones pueden variar en función del tamaño de la empresa y la Directiva ofrece exenciones o simplificaciones en muchos ámbitos para las microempresas y las pymes. Cada Estado miembro de la UE puede decidir el alcance de estas exenciones y simplificaciones.
  • Los estados financieros de las entidades de interés público y las medianas y grandes empresas deben ser auditados por uno o más auditores legales.
  • Las grandes empresas que se dedican a la extracción de minerales, petróleo, gas natural u otros materiales o aquellas que se dedican a la explotación maderera de bosques primarios* deben publicar los detalles de los pagos cuya suma total supere los 100 000 EUR que hayan efectuado a las administraciones públicas en cada ejercicio.
  • A partir del 22 de junio de 2023, se aplica el capítulo 10 bis de la Directiva 2013/34/UE, que se refiere a la divulgación de información relativa al impuesto sobre sociedades de los grupos multinacionales con unos ingresos anuales consolidados superiores a 750 millones EUR.
    • Se exige a las empresas matriz de tales grupos que declaren, en un informe específico publicado en su sitio web, sus ingresos, beneficios, impuesto sobre sociedades pagado y número de empleados por Estado miembro y por país de fuera de la UE que no coopere con la UE en cuestiones fiscales o que no cumpla todas las normas y se haya comprometido a llevar a cabo una reforma.
    • Los registros mercantiles también permitirán el acceso público a estos informes.
    • Los grupos multinacionales de países de fuera de la UE que hagan negocios en la UE están obligados a presentar la misma información.
  • Las normas introducidas por la modificación de la Directiva (UE) 2022/2464 sobre la información corporativa en materia de sostenibilidad exigen que las pequeñas, medianas y grandes empresas (no las microempresas) que cotizan en mercados regulados por la UE —y las empresas matrices de grandes grupos— incluyan en su informe de actividad información relativa al impacto de la empresa en cuestiones de sostenibilidad (como derechos medioambientales, derechos sociales, derechos humanos y factores de gobernanza), junto con la información necesaria para comprender cómo afectan los aspectos de sostenibilidad a su desarrollo, rendimiento y posición. La aplicación de estas normas será progresiva (véase más abajo).

Derogación

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

  • La Directiva 2013/34/UE debía incorporarse a la legislación nacional a más tardar el 20 de julio de 2015.
  • La Directiva modificativa (UE) 2021/2101 debía incorporarse a más tardar el 22 de junio de 2023 y los informes se realizarán para los ejercicios financieros que comiencen a partir del 22 de junio de 2024.
  • La Directiva modificativa (UE) 2022/2464 debe incorporarse a más tardar el 6 de julio de 2024. Su aplicación se desarrollará en tres fases:
    • ejercicio 2024 para las empresas que ya están sujetas a la Directiva de información no financiera [Directiva 2014/95/UE (véase la síntesis];
    • ejercicio 2025 para las grandes empresas que actualmente no están sujetas a la Directiva 2014/95/UE;
    • ejercicio 2026 para las pymes que cotizan en bolsa, las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de seguros cautivas*.

Estas normas también se aplican a empresas de la UE y de fuera de la UE con valores admitidos a cotización en mercados regulados por la UE debido a la referencia transversal incluida en la Directiva 2004/109/CE por la Directiva modificativa (UE) 2022/2464.

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

Notas explicativas de los estados financieros. Información adicional a la que aparece en los estados financieros de una sociedad. Esta información se proporciona en aras de una mayor claridad y puede incluir, por ejemplo, las metodologías contables utilizadas para registrar y notificar información sobre transacciones y planes de pensiones.
Bosques primarios. Bosques formados por especies nativas que no presentan huellas evidentes de la actividad del hombre y sus procesos ecológicos no se han visto alterados de una forma apreciable.
Empresa de seguros cautiva. Una empresa de seguros propiedad de una empresa financiera distinta de una empresa de seguros o de reaseguros o de un grupo de empresas de seguros o de reaseguros o de una empresa no financiera, y que tenga por objetivo ofrecer una cobertura de seguro exclusivamente para los riesgos de la empresa o empresas a las que pertenece o de una empresa o empresas del grupo del que forma parte.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo (DO L 182 de 29.6.2013, pp. 19-76).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2013/34/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos (DO L 330 de 15.11.2014, pp. 1-9).

Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo (DO L 157 de 9.6.2006, pp. 87-107).

Véase la versión consolidada.

última actualización 20.11.2023

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