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Document 32013D1386

Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta: VII PMA (2014-2020)

Estatuto jurídico del documento Esta síntesis se ha archivado. No se actualizará porque el documento al que se refiere ha perdido su vigencia o ya no refleja la situación actual.

Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta: VII PMA (2014-2020)

El VII Programa de Medio Ambiente (PMA) orientará la política medioambiental europea hasta 2020. Este nuevo Plan identifica nueve objetivos prioritarios y establece una visión a largo plazo sobre la situación deseada de la UE en 2050.

ACTO

Decisión no 1386/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta».

SÍNTESIS

Basándose en la visión a largo plazo «En 2050, vivimos bien, respetando los límites ecológicos del planeta», el Séptimo Programa de Acción en materia de Medio ambiente (PMA) identifica tres ámbitos de acción prioritaria en la EU:

1.

Capital natural

En este ámbito se centra la atención en la protección, conservación y mejora de unos suelos fértiles, unas tierras y unos mares productivos, así como la biodiversidad que mantiene este capital natural. El PMA compromete a la UE y los Estados miembros a acelerar la aplicación de la Estrategia sobre la biodiversidad hasta 2020 y el Programa de salvaguardia de las aguas de Europa.

2.

Economía eficiente en el uso de los recursos

Para transformar la UE en una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos, el PMA exige:

la plena aplicación del paquete de medidas sobre clima y energía para alcanzar las metas 20-20-20 y un acuerdo sobre las futuras medidas relativas a la política climática para después de 2020;

mejoras significativas en el comportamiento medioambiental de los productos durante todo su ciclo de vida;

la reducción del impacto medioambiental del consumo, con cuestiones como la reducción de los residuos alimenticios y el uso de la biomasa de forma sostenible.

También se da carácter prioritario a los usos de los residuos como recurso y al avance hacia la mejora de la eficiencia del uso de los recursos hídricos.

3.

Medio ambiente sano para personas sanas

Esta prioridad contempla problemas para la salud y el bienestar humanos, como la contaminación atmosférica y del agua, el ruido excesivo y los productos químicos. En el PMA, todas las partes se comprometen a:

actualizar su legislación sobre calidad del aire y contaminación acústica;

mejorar la aplicación de la legislación relativa al agua potable y agua de baño;

abordar el problema de los productos químicos peligrosos, incluyendo los nanomateriales, los productos químicos que interfieren con el sistema endocrino y los productos químicos combinados, como parte de un enfoque más amplio para alcanzar un entorno no tóxico.

MARCO INSTRUMENTAL

Los objetivos prioritarios del PMA del cuatro al siete tienen por objeto permitir que Europa alcance las tres primeras metas mediante:

la mejora de la aplicación de la legislación;

la mejora de la información y la base de conocimientos;

una inversión mayor y más racional para la política en materia de clima y medio ambiente;

la plena integración de los requisitos y consideraciones medioambientales en otras políticas.

Los dos últimos objetivos prioritarios del programa son:

ciudades sostenibles;

afrontar desafíos internacionales (medioambientales y climáticos).

El séptimo PMA entró en vigor en enero de 2014. Actualmente, depende de las instituciones de la UE y de los Estados miembros que se garantice su aplicación y que se alcancen los objetivos prioritarios establecidos para 2020.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Decisión no 1386/2013/UE

17.1.2014

-

DO L 354 de 28.12.2013

última actualización 04.07.2014

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