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Género: programa de acción para la integración de la igualdad entre las mujeres y los hombres

El presente programa de acción define un enfoque sistemático y coherente en lo tocante a la integración de la igualdad entre las mujeres y los hombres en la política de desarrollo de la Comunidad Europea con el fin de lograr sus objetivos principales.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 21 de junio de 2001. Programa de acción para la integración del factor género en la cooperación de la Comunidad al desarrollo [COM (2001) 295 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Nuevo planteamiento

El antiguo planteamiento de integración de las cuestiones de género en la política de desarrollo se centraba exclusivamente en el papel de las mujeres. El nuevo enfoque subrayado en el programa de acción hace mayor hincapié en la relación general entre género y desarrollo. Se trata de abordar la totalidad del problema de la desigualdad entre las mujeres y los hombres examinando también el papel de éstos últimos.

En este sentido, la Comunicación establece un enfoque progresivo, a largo plazo. Asimismo, la Comisión considera que es hora de hacer hincapié en medidas de discriminación positiva, lo que constituye un paso adelante.

Ejes principales

La integración de dicha dimensión se articulará en torno a tres grandes ejes, a saber:

  • el análisis y la integración del factor género en los ámbitos prioritarios determinados en la política de desarrollo de la Comunidad;
  • la consolidación de la integración de dicho factor en los proyectos y programas regionales y nacionales;
  • el desarrollo de las capacidades institucionales en lo tocante a las cuestiones de género.

Eje I: integración en los ámbitos prioritarios

Se trata de integrar la cuestión de la igualdad entre los sexos en los seis ámbitos prioritarios identificados en la Comunicación sobre la política de desarrollo de la Comunidad Europea, que son los siguientes:

  • El apoyo a las políticas macroeconómicas y a las estrategias de lucha contra la pobreza y la aplicación programas de desarrollo social (educación, salud, etc.).
  • La seguridad alimentaria y el desarrollo rural sostenible.Se trata de mejorar el acceso de las mujeres, quienes desempeñan un papel predominante en la producción agrícola, a los recursos y abordar el problema de la ausencia de protección de sus derechos sobre la tierra.
  • Los transportes.Es necesario garantizar idéntico acceso a los transportes examinando los diversos grados de movilidad al alcance de hombres y mujeres.
  • El refuerzo de las capacidades institucionales, la buena gestión de los asuntos públicos y el Estado de Derecho.Se trata de garantizar que las mujeres no estén marginadas en el proceso de toma de decisiones y de gestión.
  • El comercio y el desarrollo.Conviene examinar la incidencia socioeconómica de la política comercial para garantizar que las mujeres no queden excluidas de los beneficios comerciales debido a la situación social del país correspondiente.
  • La integración y la cooperación regional.La integración de la dimensión género-desarrollo es esencial y puede propiciar una cooperación regional más eficaz.

Eje II: consolidación de la integración del factor género en los proyectos y programas regionales y nacionales.

Los poderes públicos nacionales y la Comisión deben dar especial prioridad a la integración de esta dimensión, en particular en el diálogo político, las asociaciones entre todas las partes interesadas (Estados miembros, sociedad civil, etc.) y la programación y la gestión del ciclo de proyecto.

Eje III: desarrollo de las capacidades institucionales en lo tocante a las cuestiones de género

Es necesario reforzar las capacidades internas, las herramientas y los métodos de la CE a este respecto. En la Comunicación se propone, en particular:

  • elaborar una publicación de referencia para todas las partes interesadas que aborde la integración de la dimensión de la igualdad entre los sexos;
  • proporcionar formación al personal que trabaja en este ámbito para que tenga en cuenta los aspectos relacionados con las diferencias entre los sexos;
  • reforzar, cuando proceda, la asistencia técnica disponible previa petición en relación con este objetivo.

Aplicación

El programa se aplica durante un período de cinco años (2001-2006), con una evaluación intermedia de los resultados y una evaluación final. El programa se menciona también en el informe anual sobre la aplicación de la política de desarrollo de la Comunidad Europea.

Existe una línea presupuestaria específica consagrada a la integración de los aspectos relacionados con las diferencias entre los sexos en la cooperación al desarrollo. Ésta seguirá utilizándose para atender las peticiones de asistencia técnica suplementaria.

Contexto

Existe una estrecha relación entre la desigualdad entre los sexos y la pobreza. Se estima que el 70 % de los 1.500 millones de personas que viven en condiciones de pobreza son mujeres. No se trata únicamente de un acceso desigual a los recursos económicos y sociales, sino también a la representación política. La igualdad de los sexos figura como tema transversal prioritario en el marco general de la política de desarrollo.

El presente programa de acción se inscribe también en el marco político global establecido por la Comunidad en este ámbito y presentado en los siguientes documentos: la Comunicación sobre la integración en la cooperación al desarrollo de los aspectos relacionados con las diferencias socioculturales entre los sexos (18 de septiembre de 1995), la Resolución del Consejo de 20 de diciembre de 1995 sobre el mismo tema y el Reglamento (CE) nº 2836/98 del Consejo, de 22 de diciembre de 1998, sobre la integración de las cuestiones de género en la cooperación para el desarrollo.

Además, estas iniciativas en el ámbito de la cooperación al desarrollo forman parte de una estrategia marco comunitaria más amplia. Esta iniciativa tiene por objeto integrar los objetivos de supresión de las desigualdades y fomento de la paridad entre los sexos en todas las políticas comunitarias de manera horizontal.

Última modificación: 10.07.2007

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