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Chipre - Justicia y asuntos de interior

Prioridades a corto plazo:

  • adopción y aplicación de la legislación relativa al derecho de asilo de acuerdo con el acervo comunitario;
  • garantía de suministro de informaciones regulares y completas por parte del sector bancario extraterritorial;
  • mejora del material utilizado para los controles en las fronteras y de la formación del personal con el fin de impedir la inmigración clandestina;
  • realización de progresos suplementarios en la detección de documentos falsos;
  • ratificación del convenio europeo de ayuda judicial mutua, su protocolo y el convenio penal del Consejo de Europa sobre corrupción;
  • firma del convenio de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) sobre la lucha contra la corrupción;
  • aumento de los recursos de la unidad encargada de luchar contra el blanqueo de dinero.

Evaluación (noviembre de 2001)

En materia de control de fronteras se han obtenido avances en la detección de documentos falsos y en la mejora de las infraestructuras. Sin embargo deben proseguir los esfuerzos en lo relativo al control de las fronteras marítimas y con vistas a la adhesión al SIS (Sistema de Información de Schengen). Además ha entrado en vigor el convenio europeo de ayuda judicial. Por lo tanto, este prioridad se ha cumplido en parte.

Evaluación (octubre de 2002)

En lo que se refiere al derecho de asilo, Chipre ha introducido las modificaciones necesarias en la Ley sobre los refugiados, incorporando los derechos de los refugiados.

Se están aplicando las medidas relativas a la modernización del equipamiento de los puestos fronterizos.

En cuanto a la lucha contra el blanqueo de capitales, han sido creados 11 puestos por la Unidad encargada de estas lucha (MOKAS).

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Prioridades a medio plazo:

  • continuación de la mejora de los organismos encargados de aplicar la ley y el sistema judicial (efectivos, formación y equipamiento);
  • continuación de la alineación progresiva de la legislación y la práctica con las de la Unión Europea en materia de visados;
  • aplicación efectiva de los instrumentos internacionales en materia de cooperación judicial, en particular el convenio europeo de ayuda judicial mutua en materia penal y de su protocolo adicional, el convenio penal del Consejo de Europa sobre corrupción, así como del convenio de La Haya sobre el procedimiento civil y el acceso a la justicia.

Evaluación (noviembre de 2001)

Chipre ha reforzado los recursos humanos y los equipos de los organismos encargados de la aplicación de la ley y del sistema judicial. Se han realizado esfuerzos para permitir la aplicación de medidas internacionales de cooperación judicial. Esta prioridad por lo tanto se ha logrado en parte.

Evaluación (octubre de 2002)

Chipre ha proseguido la adecuación de su legislación a la política común en materia de visados. No obstante, todavía son necesarios otros avances, particularmente en lo que se refiere a la capacidad de expedición de visados.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Tras la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa se incorporaron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

REFERENCIAS

Decisión 2000/248/CE de 20.03.2000Diario Oficial L 78 de 29.03.2000

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1745No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM (2002) 700 final - SEC (2002) 1401No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1202No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

Última modificación: 19.11.2004

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