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Lituania - Medio ambiente

Prioridades a corto plazo:

  • proseguir con la incorporación de la legislación marco;
  • elaborar programas específicos de aproximación y de estrategias de implementación de determinados actos legislativos;
  • planificar e iniciar la aplicación de estos programas y estrategias.

Evaluación (octubre de 1999)

Estas prioridades ya se han puesto en práctica.

Lituania, en efecto, ha progresado en este sector al seguir adaptando la legislación al acervo comunitario. También ha tomado una serie de medidas para asegurar la aplicación de dicha normativa.

Evaluación (noviembre de 2000)

Ya se ha incorporado y se ha dado inicio a la aplicación de la Directiva de evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente. Ha continuado la incorporación de la legislación marco en lo que se refiere al aire, el agua, los residuos y la protección contra las radiaciones. Se han registrado esfuerzos en la elaboración de planes de financiación de las inversiones. Se ha reforzado la capacidad administrativa.

Evaluación (noviembre de 2001)

La incorporación de la legislación marco avanza satisfactoriamente en los sectores del aire, el agua, los residuos, la protección contra las radiaciones y la protección de la naturaleza. También se ha incorporado la Directiva de evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente. Se han elaborado planes de financiación de las inversiones en determinados sectores. Lituania ha reforzado sus capacidades administrativas a nivel central y local.

Evaluación (octubre de 2002)

En lo que se refiere a la incorporación al derecho interno del acervo de la Unión, debe aprobarse todavía la legislación derivada en los sectores de los productos químicos, los organismos modificados genéticamente (OMG), la contaminación industrial, los residuos, el ruido y la protección de la naturaleza. Ha continuado la aplicación del acervo, pero hacen falta todavía medidas suplementarias en la gestión de residuos, la contaminación industrial, la protección de la naturaleza, los productos químicos y los OMG.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Prioridades a medio plazo:

  • desarrollar las estructuras y la capacidad de control y de aplicación;
  • planificar y aplicar de forma continua programas de aproximación relativos a determinados actos legislativos;
  • se debería prestar especial atención a la calidad del agua potable, a los residuos y a la seguridad nuclear.

Evaluación (octubre de 1999)

No se ha registrado ningún progreso significativo en estos sectores.

Evaluación (noviembre de 2000)

No se han registrado progresos en este sector.

Evaluación (noviembre de 2001)

Es preciso racionalizar las capacidades institucionales, pues existe un elevado número de instituciones que intervienen en la aplicación de la legislación medioambiental. La aproximación ha continuado, especialmente en los sectores del aire, el agua, los residuos, los OGM y la protección de la naturaleza. Lituania ha comenzado a aplicar un programa de acción en favor de un desarrollo sostenible.

Evaluación (octubre de 2002)

Se ha potenciado la capacidad administrativa y de control. No obstante, son todavía necesarios esfuerzos en los sectores de los productos químicos y de los OMG. Han continuado los programas de investigación en el sector del agua, a´si como en el ámbito de la gestión de los residuos al nivel regional. Se han seleccionado las primeras zonas de protección especial y de conservación. Debe prestarse una atención particular a la integración del medio ambiente en las demás políticas sectoriales.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Tras la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa se incorporaron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

REFERENCIAS

Decisión 98/265/CE de 30.03.1998Diario Oficial L 121 de 23.04.1998

Decisión 1999/856/CE de 06.12.1999Decisión L 335 de 28.12.1999

Dictamen de la Comisión COM(97) 2007 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(98) 706 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(1999) 507 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2000) 707 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1750No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final - SEC (2002) 1406No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1204No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

Última modificación: 19.11.2004

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